Mizuono escribió:No es tan complicado leñe.
http://www.mir.es/SGACAVT/extranje/regi ... sitos.htmlLo ideal es fijar el domicilio de invitación en aquel donde estés empadronado. Y mejor que invite el propietario. Ten en cuenta que se trata de que un particular, se hace responsable de la entrada de unos cuidadanos extranjeros.
Ahí solo te piden eso, pero cuando lo vas a presentar a la policia ellos te dan el papel y los requisitos mínimos que me piden a mi en Barcelona:
Datos del invitado:
Escritura pública o título de propiedad.
Certificado o nota simple del registro de la propiedad.
Certificado municipal acreditativo del número de personas que conviven en la vivienda.
Fotocopia de este impreso.
Datos de identidad del invitante:
Documento Nacional de Identidad.
Relación o vínculo con el invitado:
Fotocopia de la hoja de filiación o datos personales del pasaporte.
Certificación oficial acreditativa del domicilio del invitado (igualmente legalizada Y TRADUCIDA) (Ojo a eso porque has de ir al notario)
Fotografías, correspondencia, o cualquier otro documento o soporte audiovisual que demuestre una relación entre invitador e invitado.
Entonces eso es mucho papeleo para unas personas que vienen a visitarte durante 20 días y mi padre ni siquiera las conoce en persona, ni puede demostrar a no ser que se comiencen a enviar emails. Y es mucha faena esas cosas que en la web no aparecen.