¿Contrato de obra sin vacaciones ni finiquito?

Buenas,

a un amigo le han ofrecido un contrato de obra y servicio por 6 meses, y le han dicho que no habría ni finiquito ni le pertenecerían vacaciones por los seis meses trabajados.

Aparte de que pueda aceptar o no las condiciones, ¿está dentro de la legalidad?

Gracias!
No.
es ilegal no tener vacaciones, y el finiquito es obligatorio al finalizar un contrato.
Que firme el contrato y que luego, al terminar, exija el finiquito. A mi mujer le hicieron algo parecido, una semana de vacaciones y sin finiquito, cuando se quiso ir le exigió a la empresa su mes de vacaciones y la empresa la despidió sin pagarle nada, así que fue a CCOO y previo pago de 30€ por la consulta, el abogado de ahí llamó al abogado de la empresa y al rato estábamos reunidos con dicho abogado, que llamó a los exjefes y les convenció que les merecía la pena pagar y callar, porque si empiezan a remover mierda pueden hablar el resto de empleados.
Eso es, que firme y luego demande. Ojo que si puede ocurrir que el finiquito sea 0 legalmente. Es decir, si el contrato es de 6 meses y te pagan religiosamente tus 6 meses (y tus vacaciones si no las has disfrutado)... pues el finiquito es 0 ya que no hay indemnización ni te deben un céntimo. Yo por ejemplo me fui voluntariamente de un curro un día 31 de mes habiendo disfrutado exactamente las vacaciones que me correspondían a los meses que estuve con ellos... pues el finiquito no se si fueron 30€ de alguna chorradilla y poco más.
Siempre hay finiquito, ademas de que el 90% de los contratos de obra y servicio en realidad son contratos indefinidos por defectos de forma y tal, debe especificar claramente en el contrato cual es la obra o servicio en la que se va a trabajar, por lo que el finiquito es todavía mas.
Mi consejo, que firme y cuando se vaya a la calle, pues que exija lo suyo. Mi experiencia en un par de trabajos es que este tema es fácilmente demostrable, y que seguramente la empresa se rajara y pagara lo que es por ley antes de ir a juicio.
Si no se quiere meter en berenjenales (que en realidad son defender tus derechos), pues que diga que no.
Dentro de los 6 primeros meses el despido es libre (se considera como periodo de prueba) y si te prorratean el pago de las vacaciones dentro de las retribuciones de esos 6 meses es perfectamente legal.
Evidentemente no es legal.
aperitivo escribió:Dentro de los 6 primeros meses el despido es libre (se considera como periodo de prueba) y si te prorratean el pago de las vacaciones dentro de las retribuciones de esos 6 meses es perfectamente legal.


El despido es libre, quiere decir que no tendrá indemnización, pero si finiquito, todo despido tiene finiquito. En el te pagarían las vacaciones que te deben, la parte de las pagas extras que te deban y la indemnización en el caso de que hubiera. Las vacaciones en ningún caso pueden ser prorrateables, solo se pagarían al finalizar el contrato en caso de no haberlas disfrutado. Las pagas extras si que se pueden prorratear.
http://laboro-spain.blogspot.com.es/201 ... rueba.html
http://laboro-spain.blogspot.com.es/200 ... uando.html
Pues muchísimas gracias a todos por las recomendaciones. Le diré que lea bien lo que firma, y cuando se vaya a acabar el contrato, ya les exigirá.

Gracias!
A lo mejor querian decir que:
1) No puede disfrutar de vacaciones, pero se las prorratean durante todos los meses
2) No cobrara indemnizacion (finiquito si, aunque sea con el salario del ultimo mes)

?
DemonR escribió:A lo mejor querian decir que:
1) No puede disfrutar de vacaciones, pero se las prorratean durante todos los meses
2) No cobrara indemnizacion (finiquito si, aunque sea con el salario del ultimo mes)

?


Lo último que le han dicho:

No tendrás las vacaciones pagadas al terminar el servicio ni te corresponden festivos por mes trabajado. Las condiciones son exactamente las mismas que un autónomo, con la diferencia de que el papeleo corre de nuestra cuenta (por así decirlo).

¿Qué os parece?
Si las condiciones son las mismas que de autónomo, es que lo van a dar de alta como autónomo, nada de contrato..que le eche un vistazo a esto, el falso autónomo
http://laboro-spain.blogspot.com.es/201 ... trato.html
Ragnok escribió:El despido es libre, quiere decir que no tendrá indemnización, pero si finiquito, todo despido tiene finiquito. En el te pagarían las vacaciones que te deben, la parte de las pagas extras que te deban y la indemnización en el caso de que hubiera. Las vacaciones en ningún caso pueden ser prorrateables, solo se pagarían al finalizar el contrato en caso de no haberlas disfrutado. Las pagas extras si que se pueden prorratear.
http://laboro-spain.blogspot.com.es/201 ... rueba.html
http://laboro-spain.blogspot.com.es/200 ... uando.html


me parece a mi que has tenido mucha suerte en esta vida y no te ha tocado nunca trabajar a través de una ETT [tomaaa]

Insisto, si te prorratean las vacaciones y las pagas extra, al final no te queda nada que "finiquitar", el tema de esto es que te lo van a prorratear para que te creas que lo que te pagan es decente, pero si lo miras detenidamente lo que te pagan es mierda.
A ver, que yo no digo que se haga, de echo se hace eso y mil putadas mas, digo que no es legal. De echo con las dos empresas que he tenido líos has sido ETT, o cárnicas como se les conoce por el mundillo de la informática, se hacen llamar consultoras pero son las misma mierda, en las dos me han puteado y he tenido que acabar de juicios, y en las dos se han rajado por no ir a juicio y han pagado.
Como te han dicho a tu amigo le están haciendo autónomo. Un contrato de obra y sercivio tiene indemnización por finalización de contrato, que en este caso serian de 6 días por ser un contrato de 6 meses.

http://www.empleo.gob.es/es/informacion/contratos/contenidos/obraoserv.html

Aquí tienes más datos sobre el tipo de contrato que en teoría están ofertando.
Una cosa. Un contrato de obra y servicio NO tiene un tiempo delimitado. El contrato dura lo que dura la obra. Si tienen pensado que la obra o el servicio dura 6 meses vale, pero si se alarga y a los 6 meses le echan que sepa que no es finalización de contrato si no despido.

Que firme, que una cosa es lo que diga el contrato y otra lo que debe ser el contrato. Si luego tiene problemas que reclame.
Muchas gracias a todos. Seguiremos informando :(
Mmmmm yo recuerdo haber tenido un contrato de ese tipo por x meses y si recibí finiquito... por lo que no me parece transparente.
Yo no creo que te hagan autonomo (te van a dar un contrato y todo). La diferencia esque te van a vender la moto de que no tienes derecho a vacaciones ni festivos.

Revisa las condiciones de trabajo. La mayoría de los contratos temporales son fraude:
http://laboro-spain.blogspot.com.es/200 ... de-de.html

Al finalizar el contrato puede demandar, cobraría la misma idemnización que un indefinido (además de las vacaciones impagadas y demás).
amchacon escribió:Yo no creo que te hagan autonomo (te van a dar un contrato y todo). La diferencia esque te van a vender la moto de que no tienes derecho a vacaciones ni festivos.

Revisa las condiciones de trabajo. La mayoría de los contratos temporales son fraude:
http://laboro-spain.blogspot.com.es/200 ... de-de.html

Al finalizar el contrato puede demandar, cobraría la misma idemnización que un indefinido (además de las vacaciones impagadas y demás).


Es lo que le he dicho. Supongo que le están diciendo eso y si cuela, cuela. ¿Creéis que lo mejor es que acepte con una amplia sonrisa al empezar y luego demande?

Saludos!
Ragnok escribió:Siempre hay finiquito, ademas de que el 90% de los contratos de obra y servicio en realidad son contratos indefinidos por defectos de forma y tal...



Ragnok escribió:
aperitivo escribió:Dentro de los 6 primeros meses el despido es libre (se considera como periodo de prueba) y si te prorratean el pago de las vacaciones dentro de las retribuciones de esos 6 meses es perfectamente legal.


El despido es libre, quiere decir que no tendrá indemnización, pero si finiquito, todo despido tiene finiquito. En el te pagarían las vacaciones que te deben, la parte de las pagas extras que te deban y la indemnización en el caso de que hubiera. Las vacaciones en ningún caso pueden ser prorrateables, solo se pagarían al finalizar el contrato en caso de no haberlas disfrutado. Las pagas extras si que se pueden prorratear.
http://laboro-spain.blogspot.com.es/201 ... rueba.html
http://laboro-spain.blogspot.com.es/200 ... uando.html


Cuando he leído el primer post ya me he imaginado que era algo leído en Laboro, viendo el segundo lo confirmo.

De verdad crees que el 90% de los contratos por obra y servicio están mal?

Me encantaría que todo lo que ponen ahí fuera cierto, pero me da que aveces ellos hacen interpretaciones demasiado favorables al trabajador.


Por ejemplo: "El Trabajo en festivos o dias de descanso tiene un plus obligatorio del 75%"
http://laboro-spain.blogspot.com.es/201 ... as-de.html

Apelando al Real Decreto 2001/1983.

Este texto comienza con:
La disposición final 4.ª de la Ley 8/1980, del Estatuto de los Trabajadores, habilitaba al Gobierno para dictar normas de adecuación de dicha Ley a la jornada y descansos en el sector transportes, criterio éste referido en concreto a tal sector, que coincidía con el genéricamente establecido en el artículo 34.5 del propio Estatuto de los Trabajadores, relativo a la posibilidad de que el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Trabajo y previa consulta a las Organizaciones Sindicales y Asociaciones Empresariales más representativas, estableciese ampliaciones o limitaciones a la jornada de trabajo. No habiéndose producido tal desarrollo reglamentario en el momento de publicación de la Ley 4/1983, de 29 de junio, de fijación de la jornada máxima legal en cuarenta horas y de las vacaciones anuales mínimas en treinta días, la disposición adicional de tal Ley ha reiterado la necesidad de proceder a la revisión de la normativa sobre jornadas especiales vigente en la fecha de entrada en vigor de esa Ley, ajustándola a la nueva jornada máxima legal.

Y lo respaldan con una sentencia de un ere en renfe (sector de transportes), pero Laboro interpreta que es para todos los trabajadores.

Asi que yo lo de que la mayoria o el 90% de los contratos por obra y servicio sean fraudulentos lo pongo en duda, sobretodo si es una cifra hecha "a ojo" y no esta respaldada por ninguna fuente.
ShadowCoatl está baneado por "Saltarse el ban con un clon"
Buf...

-"Contrato de obra y autónomo."

-·"...tranquilo que ya nos encargamos nosotros del papeleo."

Mira compi, dile a tu amigo que huya como la mierda de esos negreros hijos de puta, o que curre y se vaya buscando un buen abogado laboralista desde el día uno y denuncie a esos cabronazos de mierda. Qué puto asco de país.
Es cierto que laboro a veces parece que vive en el país de la pirueta, y es cierto que es ese porcentaje es en base a mis contratos y el de algunos conocidos, pero estoy casi seguro de que si se revisarán todos los contratos de obra y servicios iba a ir por ahí la cosa. Mi consejo, que vaya a currar y luego se informe de cuanto puede sacar demandando, pero antes de firmar cualquier cosa que le pueda comprometer.
kokosone escribió:Asi que yo lo de que la mayoria o el 90% de los contratos por obra y servicio sean fraudulentos lo pongo en duda, sobretodo si es una cifra hecha "a ojo" y no esta respaldada por ninguna fuente.


Y el 95%

Igual que seguro más del 75% de los contratos (indefinidos o no) de informáticos vía "consultoras" son cesión ilegal de trabajadores y están en fraude de ley.

El que parece vivir en el mundo de la piruleta eres tu [+risas]
Yo no estoy tan seguro de que la contraten de autonomo. Eso cuesta pasta y si dicen que corre a cuenta de la empresa, no les van a salir las cuentas (valga la redundancia).
banderas20 escribió:Es lo que le he dicho. Supongo que le están diciendo eso y si cuela, cuela. ¿Creéis que lo mejor es que acepte con una amplia sonrisa al empezar y luego demande?

Saludos!

Pues si, acepta con una gran sonrisa. Así sacas sueldo + idemnización.

Si te pones a negociar te harán a un lado y cogerán a otro menos quejica. La idea es mostrar tus armas cuando no tengas nada que perder ;)

PD: Las conversaciones ocultas sirven como prueba en un juicio laboral ;)
Yo estoy trabajando así
redscare escribió:
kokosone escribió:Asi que yo lo de que la mayoria o el 90% de los contratos por obra y servicio sean fraudulentos lo pongo en duda, sobretodo si es una cifra hecha "a ojo" y no esta respaldada por ninguna fuente.


Y el 95%

Igual que seguro más del 75% de los contratos (indefinidos o no) de informáticos vía "consultoras" son cesión ilegal de trabajadores y están en fraude de ley.

El que parece vivir en el mundo de la piruleta eres tu [+risas]


Bueno, es que lo de la cesión ilegal es el pan nuestro de cada día, se ve cada cosa que es que ya es descarado... En fin, ante eso tome la decisión de decir a todo que si a la hora de firmar el contrato y demandar luego.. Si todo el mundo hiciera eso quizás se le quitarían las ganas de robar tanto al currela, pero como hay mucha gente que le gusta bajarse los pantalones , pues así nos va..
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