Las revisiones de las calderas de gas son bianuales

"Actualmente la normativa dice que es obligatoria la revisión de calderas
cada 2 años y no cada uno como estaba estipulado.
http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM ... 9265463020


16/01/2014 Consumo recuerda que la revisión de la caldera es obligatoria
cada dos años
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Revisión de calderas HASTA ABRIL DE 2013 SE DEBÍA REVISAR ANUALMENTE El
mantenimiento obligatorio de las calderas de gas de potencia inferior o
igual a 70kW, que son la mayoría de las domésticas, debe hacerse cada dos
años y no cada año como hasta hace unos meses. Así lo estableció el Real
Decreto 238/2013, en abril de 2013, aunque algunas empresas siguen
informando sobre la antigua obligatoriedad anual al ofrecer sus contratos
de mantenimiento de un año de duración. Las instalaciones de calefacción
que funcionan con gasóleo, electricidad, etc. de hasta 70 kW sí deben
revisarse como mínimo una vez al año, y en el caso de las térmicas de más
de 70kW (instalaciones comunitarias, locales comerciales, viviendas unifamiliares que dispongan de piscina térmica o spa), la revisión es
obligatoria cada mes. Por último, los calentadores de agua caliente
sanitaria a gas con una potencia entre 24,4 y 70kW deben revisarse cada dos
años, y los de hasta 24,4kW, cada cinco años. Es importante saber que el
consumidor es el encargado de contactar con una empresa instaladora
habilitada para llevar a cabo ese mantenimiento. El precio de este servicio
es libre y lo abona el cliente, por lo que es conveniente solicitar un
presupuesto previo. No es obligatorio disponer de un contrato de
mantenimiento para realizar esta revisión en el caso de las calderas de
potencia inferior o igual a 70 kW. Independientemente del mantenimiento de
la caldera, el consumidor está obligado a realizar cada cinco años otra revisión de las instalaciones en general. En este caso, es la empresa
distribuidora la que se pone en contacto con el usuario, excepto en el caso
de las instalaciones de gas envasado (por ejemplo, butano), y se encarga de
comprobar que las zonas comunes y las propias cumplen con las condiciones
establecidas en la ley. El cliente debe permitir a la empresa que lleve a
cabo esta inspección y se le cobrará en la siguiente factura de gas. Se
puede consultar información ampliada pinchando aquí."

Esta todo en la pagina web de la comunidad de madrid.

Este hilo esta desactualizado: viewtopic.php?p=1732838197

Sl2.
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