Supongo que se echa para atrás este texto:
4.- Los residuos de papel-cartón y envases y residuos de envases se depositaran en
sus contenedores específicos, de forma plegada o troceada si así lo requiriese el
volumen del residuo. En cualquier caso se depositarán de forma que no obstruyan o
imposibiliten nuevos depósitos
No es menos cierto que un párrafo antes se dice esto:
3.- Los residuos orgánicos se depositaran en sus contenedores específicos en bolsas
de plástico no fácilmente desgarrables, perfectamente cerradas. Una vez depositado
el residuo en el interior del contenedor se deberá cerrar la tapa.
Y por sentido común y por, como te decía, cualquier manual de reciclaje, has hecho lo correcto y a mi forma de verlo tienes las de ganar, principalmente porque es un sinsentido lo contrario.
Es que en cualquier sitio, digo cualquiera, el papel sucio no se considera papel, sino que se debe reciclar en función de qué ha limpiado ese papel. Vamos, que además de lógico, está registrado en montones de sitios, y un reglamento escueto como ese no es un manual ni mucho menos, y debería interpretarse dentro del contexto que le corresponde, que es el de un manual de gestión de residuos y reciclado.
Edito:
Sigo empeñado en echarte una mano y buscar algún sitio "legal" en el que se cite lo que es de sentido común.
En esta página del Ministerio
http://www.magrama.gob.es/es/calidad-y- ... rresiduos/ se deja claro que son "A nivel de recogida y gestión" son "Restos vegetales de pequeñas dimensiones" y no papel:
Ramos marchitos, flores y hojas secas
Malas hierbas, césped, pequeñas ramas de poda y hojarasca
Residuos de papel
Papel de cocina sucio
Servilletas de papel sucias
Pañuelos de papel
Espero que con esto en la mano podáis reclamar, judicialmente o donde haga falta.