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sitanglo escribió:es la ley y por mucho que digan ellos los vales... No es del todo legal. Si no han pasado 7 dias puedes exigir tu dinero, sea cual sea el motivo de la devolucion. Esto lo he hablado con la OCU. ( orgn de consumidores) y estamos en nuestro derecho.
cjsosa escribió:Yo lo hablo por la experiencia que he tenido.
Aqui en Gran Canaria devuelven en el mismo medio que lo abonaste.
Ya hace 1 año y poco fui a devolver un PLC que no me funcionaba bien en casa y al devolverlo los vi que me iban a dar un vale y les dije claramente... mira, no han pasado 7 dias, si no me das la pasta llamamos a la Policia Nacional y que te levante acta de lo que estas haciendo para que luego te caiga bien el paquetito del gobierno por no cumplir la ley.
Respuesta, no se preocupe caballero, me puede dar la tarjeta con la que pagó???
Y otra es la de los blisters... oiga esto está abierto.. y respuesta mia... oiga no es culpa mia que usted y su proveedor decidan poner un plasticucho que va totalmente contra el medio ambiente (quitando las bolsas eso si) y yo no puedo probar el articulo... Digame entonces como pruebo el articulo y lo devuelvo atendiendo a la ley que me protege...
La verdad que en particular MM ha tenido aqui muchisimas protestas de los usuarios por los abusos en las devoluciones, como también reconozco que hay tongas de usuarios que abusan (lo se pues tengo un colega en pos-venta) con el temita de las timadas con las consolas.
PD.- por cierto, ahora que he mirado un tiket que tenia por aqui tirado sobre la mesa... es verdad que los muy mamones ponen lo de cambio que no devolucion en el tiket..
PD2.- Por último, exige DEVOLUCION como dice la ley que te ampara, y no CAMBIO... que son unos listorros y confunden a mas no poder... porque no soy tonto.
Artículo 71. Plazo para el ejercicio del derecho de desistimiento.
1. El consumidor y usuario dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para ejercer el derecho de desistimiento. Será la ley del lugar donde se ha entregado el bien objeto del contrato o donde hubiera de prestarse el servicio, la que determine los días que han de considerarse hábiles.
2. Siempre que el empresario haya cumplido con el deber de información y documentación establecido en el artículo 69.1, el plazo a que se refiere el apartado anterior se computará desde la recepción del bien objeto del contrato o desde la celebración de éste si el objeto del contrato fuera la prestación de servicios.
3. Si el empresario no hubiera cumplido con el deber de información y documentación sobre el derecho de desistimiento, el plazo para su ejercicio será de tres meses a contar desde que se entregó el bien contratado o se hubiera celebrado el contrato si el objeto de éste fuera la prestación de servicios. Si el deber de información y documentación se cumple durante el citado plazo de tres meses, el plazo legalmente previsto para el ejercicio del derecho de desistimiento empezará a contar desde ese momento.
4. Para determinar la observancia del plazo para desistir se tendrá en cuenta la fecha de expedición de la declaración de desistimiento.
Artículo 76. Devolución de sumas percibidas por el empresario.
Cuando el consumidor y usuario haya ejercido el derecho de desistimiento, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y usuario sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá efectuarse lo antes posible y, en cualquier caso, en el plazo máximo de 30 días desde el desistimiento.
Transcurrido dicho plazo sin que el consumidor y usuario haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad.
Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo.
JAGV escribió:Pues al final sin abrirlo, para quitarme de problemas, por si acaso, me fui al MM y le entrego el producto PRECINTADO y va el tío y lo desprecinta para comprobar que todo está bien. En fin...
JAGV escribió:Pues al final sin abrirlo, para quitarme de problemas, por si acaso, me fui al MM y le entrego el producto PRECINTADO y va el tío y lo desprecinta para comprobar que todo está bien. En fin...
ryderark escribió:A ver, a ver, que hay que tener claro lo que dice la ley. Si para empezar no tenemos claro eso, vamos dados.
La legislación vigente aplicable en España es el "Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias". Esto se aplica tanto a las ventas por Internet como a las demás. Vamos, que se aplica a cualquier compraventa. En el caso de que sea por Internet, tiene un apartado específico sobre "Contratos celebrados a distancia", que se aplica no solo a Internet, sino también, por ejemplo, si compramos algo por correo ordinario visto en una revista, o por teléfono (formas en desuso, pero admisibles). Pero las partes generales son de aplicación en cualquier contrato de compra de un bien o servicio.
Para empezar, de las cosas que planteáis:
- El derecho de desistimiento, que se llama al derecho a devolver un producto tras probarlo, sin dar explicación ninguna (importante: no hay por qué explicar las razones. ¡Que no lo quiero y punto!) tiene un plazo mínimo, para cualquier producto y cualquiera que sea el contrato con el que se compre (directo o a distancia) de 7 días hábiles (ojito también, que son hábiles y no naturales, no cuentan ni los domingos ni los días de fiesta). En concreto, el art. 71 no tiene desperdicio:Artículo 71. Plazo para el ejercicio del derecho de desistimiento.
1. El consumidor y usuario dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para ejercer el derecho de desistimiento. Será la ley del lugar donde se ha entregado el bien objeto del contrato o donde hubiera de prestarse el servicio, la que determine los días que han de considerarse hábiles.
2. Siempre que el empresario haya cumplido con el deber de información y documentación establecido en el artículo 69.1, el plazo a que se refiere el apartado anterior se computará desde la recepción del bien objeto del contrato o desde la celebración de éste si el objeto del contrato fuera la prestación de servicios.
3. Si el empresario no hubiera cumplido con el deber de información y documentación sobre el derecho de desistimiento, el plazo para su ejercicio será de tres meses a contar desde que se entregó el bien contratado o se hubiera celebrado el contrato si el objeto de éste fuera la prestación de servicios. Si el deber de información y documentación se cumple durante el citado plazo de tres meses, el plazo legalmente previsto para el ejercicio del derecho de desistimiento empezará a contar desde ese momento.
4. Para determinar la observancia del plazo para desistir se tendrá en cuenta la fecha de expedición de la declaración de desistimiento.
Es decir, que si no viene bien clarito en el ticket cuánto tiempo tenéis para devolver un producto, se aplican 3 meses y no los 7 días mínimos. Además, puede ser que en ciertos establecimientos el tiempo para la devolución sea mayor, por política del establecimiento, pero nunca podrá ser inferior.
- En cuanto a si tienen obligación de devolverte el dinero: SI, obligados a devolverte exactamente lo que tú hayas contraprestado por el bien. Leamos el art. 76:Artículo 76. Devolución de sumas percibidas por el empresario.
Cuando el consumidor y usuario haya ejercido el derecho de desistimiento, el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor y usuario sin retención de gastos. La devolución de estas sumas deberá efectuarse lo antes posible y, en cualquier caso, en el plazo máximo de 30 días desde el desistimiento.
Transcurrido dicho plazo sin que el consumidor y usuario haya recuperado la suma adeudada, tendrá derecho a reclamarla duplicada, sin perjuicio de que además se le indemnicen los daños y perjuicios que se le hayan causado en lo que excedan de dicha cantidad.
Corresponde al empresario la carga de la prueba sobre el cumplimiento del plazo.
Para más inri, si no te lo devolvieran en 30 días, tendrías derecho a exigir el doble.
En fin, se pueden sacar muchas más cosillas de esa ley, que no es nada árida y creo que puede ser muy interesante para los intereses de cualquiera en este foro. Os dejo el link para "browsear":
Libro II, Título I del TRLGDCU
Saludos.
pablosurian83 escribió:Un problema que tengo con Worten, a ver sí me podéis ayudar:
Compré un Kindle en verano con tarjeta de crédito, resulta que extravíe el ticket de compra, pero tengo el extracto bancario de mi banco como que realice la compra en Worten ese día.
Imprimí ese extracto bancario como justificante para que me hicieran un duplicado, pero ellos se niegan a darmelo, alegando que no tienen obligación de ello, lo necesito por temas de garantía ( por sí en un futuro funcionará mal )
Tengo alguna posibilidad "legal" de que me vuelvan a dar el duplicado?
A que mala hora no lo compré en Amazon la verdad.....
kach0 escribió:gente,fui hoy al mediamarkt y me dijeron que no me descambiaban el raton y el teclado por estar ´´sucio y el raton rallado´´,razon??me compre un teclado y un raton,concretamente logitech g500 y un teclado logitech k120 por 57,77 y 13,14 euros,(el dia sin iva,sino 70 y 16) .
Mi sorpresa fue cuando en pccomponentes valia el teclado 10 y el raton 39,
Lo use un par de dias y es normal esos rallones por el desliz en la alfombrilla,nada,lo traje para casa y estoy intentando disimularlos un poco mejor con algodon y nose que producto echar...igual abrillantador de zapatos
y lo del teclado ya era increible,la chica que solo la falto la lupa para mirar,y habias 2 motas contadas de polvo y me dice lo mismo,esta sucio.
me fui de alli con una vergüenza...nose que hacer,algun consejo?siento que la culpa es mia y nose que hacer
kach0 escribió:gente,fui hoy al mediamarkt y me dijeron que no me descambiaban el raton y el teclado por estar ´´sucio y el raton rallado´´,razon??me compre un teclado y un raton,concretamente logitech g500 y un teclado logitech k120 por 57,77 y 13,14 euros,(el dia sin iva,sino 70 y 16) .
Mi sorpresa fue cuando en pccomponentes valia el teclado 10 y el raton 39,
Lo use un par de dias y es normal esos rallones por el desliz en la alfombrilla,nada,lo traje para casa y estoy intentando disimularlos un poco mejor con algodon y nose que producto echar...igual abrillantador de zapatos
y lo del teclado ya era increible,la chica que solo la falto la lupa para mirar,y habias 2 motas contadas de polvo y me dice lo mismo,esta sucio.
me fui de alli con una vergüenza...nose que hacer,algun consejo?siento que la culpa es mia y nose que hacer
Artículo 74. Consecuencias del ejercicio del derecho de desistimiento.
1. Ejercido el derecho de desistimiento, las partes deberán restituirse recíprocamente las prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1303 y 1308 del Código Civil.
2. El consumidor y usuario no tendrá que rembolsar cantidad alguna por la disminución del valor del bien, que sea consecuencia de su uso conforme a lo pactado o a su naturaleza, o por el uso del servicio.
3. El consumidor y usuario tendrá derecho al rembolso de los gastos necesarios y útiles que hubiera realizado en el bien.
Angelnov escribió:Repito que por obligacion solo si lo indican en el ticket (o en cualquier otro lado) o si es por inet. Sino, depende enteramente del establecimiento el devolvertelo o no.
Y centrandome mas en el caso Mediamarkt, en el de mi ciudad lo que hacen por politica es cambiartelo por otro.
Crazy Rainbow escribió:buenas no se si este post es antiguo, e comprado una lg en el dia sin iva, 1570 euros, queria la samsung 7 pero cuando llegue cual fue mi sorpresa que en tienda valia 200 euros mas que por internet, entonces si pido la otra por internet y devuelvo esta me devolveran el dinero?
Esta acada de la caja puesto quode no me cabia en el coche y ellos mismo me la han preparado para transportarla de esa forma