Dfx escribió:hal9000 escribió:Dfx escribió:Y es que señores, si trabajas en el extranjero no tienes por que cotizarlo en nuestro pais
Eso no es exacto, si sigue teniendo su residencia fiscal en España, si debe cotizar en España, también y no me refiero a Monedero en concreto, sino a cualquiera en igual situación.
Tiene que pagar lo que le toque, no como si hubiera trabajado para una entidad Española, cuando ha regularizado lo hizo como si hubiese trabajado en España, como no tenia que hacerlo, cuando le salga la renta, le devolveran.
No recuerdo mucho el caso pero si mal no recuerdo tributó aquí, pese a que por las relaciones bilaterales podría haber elegido pagar impuestos en Venezuela. Pero si eliges tributar aquí te riges por la ley de aquí, y aquí se estipula que los ingresos por actividades profesionales van por IRPF.
Si hubiese tributado allí no tendría que pagar ni un duro en España, no es así, pues eligió tributar aquí, sólo que lo hizo como sociedad pagando un veintipico en vez de IRPF.
Pero vamos, que como dije antes, el único que hizo algo ilegal fue Montoro, pues Monedero regularizó su situación a tiempo. O eso parece, porque realmente la empresa se fundó varios años después tanto de la entrega del trabajo como del cobro. Facturarlo años después cuando el año fiscal ya ha pasado no se si será legal, imagino que sí porque no ha salido nada más, ahora, como me pase yo años a la hora de facturar un trabajo no me libro.