El año pasado nos sorprendíamos con la
noticia de que un juzgado madrileño solicitó al al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que decidiera si Telefónica debía o no identificar a usuarios P2P, tras una demanda de Promusicae presentada en 2005. Finalmente el Tribunal ha
ratificado el
dictamen inicial y concluye que las operadoras no están obligadas a ceder dichos datos:
"Tribunal de Justicia de la UE" escribió:El derecho comunitario no obliga a los Estados miembros a divulgar datos personales con objeto de garantizar la protección efectiva de los derechos de autor, en el marco de un procedimiento civil, pero tampoco excluye la posibilidad de que los Estados miembros impongan dicho deber [...] Los estados miembros deben procurar adaptar las Directivas de forma que se garantice un justo equilibrio entre los distintos derechos fundamentales protegidos por el ordenamiento jurídico comunitario y no se entre en conflicto con dichos derechos fundamentales o con los demás principios generales del Derecho comunitario, como el de proporcionalidad.
Gracias a KAISER-77 por el aviso.