PS3 averiada con tres meses.

Pues eso, al arrancarla han empezado a fallar las texturas de todos los juegos. El caso es que los menús de la consola y de los juegos van bien pero no dibuja correctamente la textura de personajes y escenarios, ya la había actualizado cuando salió la 1.82. He formateado, reseteado... lo único que no he podido hacer es quitar la actualización, porque los cachondos no dejan flashear la memoria interna a su estado original. Total que vuelta al centro mail para devolver la consola.
Aquí viene lo cojonudo, a los pobres chavales les tienen dicho que después de 60 días tengo que mandar yo la play a Madrid y encargarme de todo... ¿COMORRRRRR? Paseme usted con el gerente.
Oiga me comentan que soy yo el que tengo que encargarme de arreglar la play por mi cuenta... "si señor, es que despues de 60 días..." Yo espero que su negocio, por su bien, este adherido al sistema de arbitraje de consumo, porque según la ley julio/2003 son ustedes los que se deben hacer cargo del producto averiado y puedo reclamar la sustitución del mismo... "ya pero..." Ni pero ni nada...
Total que después de soltarle toda la parrafada, me vuelvo a casa con otra ps3 recién estrenada.

Así que si alguno le pasa esto que se informe bien y no se deje engañar por esta practica habitual de la mayoría de los comercios, que la ley del consumidor está muy clara.
Como debe ser.

MUY bien hecho...así deberíamos de hacer todos, y así andarían finos cawento
joder si lo llego a saber.... a mi en game me dijeron q la tenia q mandar y me lo crei... asiq la mande y ahora a esperar a q me manden la nueva.... >.<

ademas me dijeron q ellos solo la cambiaban durante el primer mes -.-
el puto amo a esa gente hay k ponerle las cosas claras
Para que quede claro, creo que esto debería ser un Post it.



La garantía en los bienes de consumo

El 11 de septiembre entró en vigor la nueva Ley sobre Garantías en los bienes de consumo (Ley 23/2003, de 10 de julio)

Amueblar nuestro hogar, adquirir un electrodoméstico, comprar un automóvil, etc., constituyen contratos de compraventa de bienes denominados de naturaleza duradera que llevan aparejados unos derechos y deberes para el comprador y el vendedor.

En estos contratos tiene especial relevancia la garantía, especialmente en caso de que los bienes adquiridos adolezcan de vicios o defectos ocultos.

Según la nueva Ley sobre Garantías en los bienes de consumo, desde el pasado 11 de septiembre, el vendedor deberá responder de aquellos defectos del producto adquirido que lo hacen inútil para el uso a que está destinado, disminuyen su uso y, que de haber sido conocidos por el comprador, éste no lo hubiera adquirido o habría dado menos precio por él.

NUEVA LEY DE GARANTÍAS EN LA VENTA DE BIENES DE CONSUMO: LAS PRINCIPALES NOVEDADES

1.
El plazo de garantía se amplía a 2 años COMO MÍNIMO para los bienes nuevos y un periodo de garantía MÍNIMO de 1 año para los de segunda mano.
2. Una novedad importante es la incorporación del derecho del consumidor a elegir entre la reparación y la sustitución del producto. Si ésta no fuera posible o se demorara irrazonablemente, se podrá optar entre la rebaja del precio o la resolución del contrato (devolver el producto y recuperar el dinero).
3. El vendedor del producto será el garante (responderá ante cualquier falta de conformidad), ya que es con quien el consumidor ha establecido la relación de compraventa. Si resultara imposible o muy difícil dirigirse contra el vendedor (ejemplo: por cierre de establecimiento) el consumidor podrá dirigirse contra el fabricante o el importador.
4. ¿Cuál es el aspecto menos positivo de la nueva ley? La ley contempla que SÓLO en los 6 primeros meses tras la compra, se da por su supuesto que la falta de conformidad con el producto ya existía cuando se adquirió, por lo que el consumidor puede exigir hacer uso de su derecho a la garantía (y elegir entre la reparación y la sustitución del bien) automáticamente. Sin embargo, pasados esos 6 meses, el consumidor deberá demostrar que el defecto era de origen y no se ha debido a un mal uso.

¿CUÁNDO EL CONSUMIDOR PUEDE RECLAMAR?

El consumidor podrá reclamar si:

El bien adquirido no se ajusta a la descripción realizada por el vendedor.

El bien adquirido no tiene las cualidades que el consumidor ha visto mediante una muestra o modelo.

El bien adquirido no sirve para los usos a que ordinariamente se destinan los bienes de consumo del mismo tipo.

No es apto para el uso especial que hubiese sido requerido por el consumidor y que el vendedor haya aceptado.

No presenta la calidad y el comportamiento esperados, especialmente teniendo en cuenta las declaraciones públicas (publicidad, folletos, etiquetado...) sobre sus características concretas hechas por el vendedor o el fabricante.

¿QUÉ PUEDE EL CONSUMIDOR RECLAMAR SI SE DAN ALGUNO DE ESTOS SUPUESTOS?

Si en el uso de un producto (de los que se entienden de naturaleza duradera: electrodomésticos, material informático, automóviles, equipos de imagen y sonido...) el consumidor detecta alguno de los supuestos anteriores, TENDRA DERECHO A:

ELEGIR entre la REPARACIÓN (sin ningún coste) del bien, o su SUSTITUCIÓN. La sustitución no podrá exigirse para bienes de segunda mano o para aquellos de imposible sustitución por otros similares.

Sólo si la reparación o sustitución no fuesen posibles, o fuesen desproporcionadas, el consumidor podrá ELEGIR una REBAJA en el precio, o DEVOLVER el producto y recuperar su dinero (resolución del contrato).

¿QUÉ PLAZO DE GARANTÍA TENEMOS?

El periodo de garantía por el que debe responder el vendedor es de 2 años, con dos supuestos:

Si la falta de conformidad se manifiesta durante los 6 primeros meses de la entrega, se da por supuesto que el defecto ya existía cuando se entregó el producto. Es decir, en ese plazo, el consumidor para reclamar no deberá demostrar la causa del mal funcionamiento del bien.

PERO, a partir del sexto mes, es al consumidor al que le corresponde probar (mediante un informe de un técnico o perito, por ejemplo) que el defecto era de origen y ya existía en el momento de la entrega del producto.

¿QUÉ PLAZO TIENE EL CONSUMIDOR PARA RECLAMAR?

El consumidor deberá informar y reclamar al vendedor en el plazo de 2 meses desde que detecte la irregularidad.

EL DOCUMENTO DE GARANTÍA

La garantía comercial y los derechos que esta Ley concede se formalizarán por escrito. El documento de garantía deberá expresar el bien u objeto sobre el que recae, el nombre y dirección del garante (el vendedor), el plazo de duración y el alcance territorial.

LA GARANTÍA COMERCIAL

No hay que confundir la garantía legal con la comercial: Durante los dos años de garantía están cubiertos todos los gastos. A partir de ese plazo, el fabricante puede establecer la garantía que considere conveniente.

VENTAS A DISTANCIA

La nueva garantía legal de 2 años, también se aplica a los bienes de naturaleza duradera adquiridos por el sistema de ventas a distancia
bravo, bravo !!!!!!!!!!!!!!! [plas] [plas] [plas] [plas] [plas] [plas] [plas]
un 10 esto es muy bueno saberlo.
muchas gracias
di que si chavalote, eres un crack xD

Segun esa ley, cuanto tiempo tienen obligación de cambiarte el producto defectuoso en cuestión en el establecimiento???

Saludos!
jejejeje con un par amiguete...¿pq no te habre llevado yo para lo de mis 3 luces rojas?


saludos
muy bien echo y muy bien hablado [beer] lo has dejado tieso como una mojama!! [poraki]
Pue eso.... lo que pasa es que suena muy agresivo eso de Play 3 petada.... vaya, ya se ke te dieron un nuevecita, kosa ke es EXELENTE... pero... no probaste de casualidad con otro cable para verificar que EFECTIVAMENTE la Play habia Petado????....

SALUDOS CHavales....
Buah tío, muy bien hecho. Eres un crack [ok]

5 stars [tadoramo]
oskorp escribió:Pue eso.... lo que pasa es que suena muy agresivo eso de Play 3 petada.... vaya, ya se ke te dieron un nuevecita, kosa ke es EXELENTE... pero... no probaste de casualidad con otro cable para verificar que EFECTIVAMENTE la Play habia Petado????....

SALUDOS CHavales....


Como he dicho, los menús de la ps3 y los menús de dentro del juego iban bien, era a la hora de reproducir algunas texturas cuando fallaba, cosa que no puede ser del cable porque si no fallaría todo. Suena más a tarjeta petada.
Aquí os dejo el BOE 165, donde viene regulado todo esto.

ENLACE

Para el que no lo sepa, lo que dice el BOE va a misa, y si os presentáis con esto en la tienda no os pueden decir que no (a no ser que estén deseando gastar una hoja de reclamaciones) [sonrisa] .
Si señor.
El parrafo ese de la ley sobre garantias creo q tendria q estar en un post fijo para que todos se enteren y asi no nos timen.
Y otro BOE que nos puede venir de perlas, sobre la publicidad:

ENLACE

edito: a este enlace le falta el artículo 6bis, actualizado hace poco y algún artículo añadido y suprimido (aunque no nos afecta demasisado). Si puedo ahora busco un sitio donde venga actualizado.
gracias por esos links

mis dudas, entre esto:

Artículo 5. Reparación y sustitución del bien.
1. Si el bien no fuera conforme con el contrato,
el consumidor podrá optar entre exigir la reparación o
la sustitución del bien, salvo que una de estas opciones
resulte imposible o desproporcionada. Desde el momento
en que el consumidor comunique al vendedor la
opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella.
Esta decisión del consumidor se entiende sin perjuicio
de lo dispuesto en el artículo siguiente para los supuestos
en que la reparación o la sustitución no logren poner
el bien en conformidad con el contrato.


y esto:

Artículo 10. Acción contra el productor.
Cuando al consumidor le resulte imposible o le suponga
una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por
la falta de conformidad de los bienes con el contrato
de compraventa podrá reclamar directamente al productor
con el fin de obtener la sustitución o reparación del
bien.


queda claro 100% sin resquicio alguno, que la tienda está obligada durante los 2 años de garantía a hacerse cargo de todo, y que podemos exigir una sustitución (uno nuevo) en lugar de esperar a la reparación?

es que lo de 'Si el bien no fuera conforme con el contrato' me confunde, según se mire lo de 'conforme con el contrato' puede dejar fuera a las averías.

No se, como lo véis?
Muy interesante el boletín del BOE. :)
Una pregunta. El articulo 5.1 dice que el consumidor podra elegir entre la sustitucion o reparacion, siempre que el coste no sea desproporcionado. En el 5.2 lo especifican mejor:
BOE escribió:2. Se considerará desproporcionada toda forma de
saneamiento que imponga al vendedor costes que, en
comparación con la otra forma de saneamiento, no sean
razonables, teniendo en cuenta el valor que tendría el
bien si no hubiera falta de conformidad, la relevancia
de la falta de conformidad y si la forma de saneamiento
alternativa se pudiese realizar sin inconvenientes mayores
para el consumidor.


No podrían alegar que el coste de sustituirte la PS3 es desproporcinado comparado con el coste de repararlo?

Tengo un problema similar con una tele nueva y un euroconector roto :/
este hilo va directo a favoritos, no vaya a ser que me haga falta algún día
AsdePicas, eres el puto amo(y los de GAME unos [cawento ] listos)
josealb escribió:Muy interesante el boletín del BOE. :)
Una pregunta. El articulo 5.1 dice que el consumidor podra elegir entre la sustitucion o reparacion, siempre que el coste no sea desproporcionado. En el 5.2 lo especifican mejor:

No podrían alegar que el coste de sustituirte la PS3 es desproporcinado comparado con el coste de repararlo?

Tengo un problema similar con una tele nueva y un euroconector roto :/


buena pregunta

me uno a ella
jotum escribió:este hilo va directo a favoritos, no vaya a ser que me haga falta algún día
AsdePicas, eres el puto amo(y los de GAME unos [cawento ] listos)


Esa ley es una mierda, os explico mi punto de vista:


Compro mi PS3 (por decir algo) a una franquicia de Game (por ej), me gasto mis 600€ y a los 60 dias empieza a fallar, que putada por mis 600€...voy a la tienda y cumpliendo con la ley, me la cojen y me dan una nueva ,por cada consola no ganan ni 30€, pero fijate, por culpa de SONY, del fabricante ya han perdido 600€ teniendo que comerse una consola rota.

Game envía la consola a Sony, ellos como tiene mas de X dias no se la cambian por otra, sino que se la reparan y envian antes o despues (posiblemente se la devuelvan cuando la PS3 haya bajado de precio y puede que no la puedan vender ni al precio de coste inicial).

A Game les llega la PS3 reparada, que hacen con ella? quedarsela y tener que vender 20 PS3 para suplir la perdida de esa unidad (eso si falla solo esa, si fallan 10 PS3 subimos a un total de 200PS3 SOLO para cubrir costes Oooh ) o la venden que es lo mas normal?

La sacan a la venta y llega otro forero de EOL a por su PS3, que lleva desde que salio ahorrando y hasta ahora no habia podido pillarla, pero :( ups :( se lleva mi consola estropeada y reparada.


Y mientras tanto Sony de rositas sin complicarse por vender un producto defectuoso.
entiendo lo que tu dices

pero que la tienda se apañe con el fabricante

y eso de que la "reparada" se la encasquillan a otro, puede ser. Pero el 1er de todos no tiene que esperar tiempo por la reparada y el 2do mientras "no se note" y funcione todos tan contentos
Solucion => pillarla en cuanto sale xD
Ahora en serio es posible que en la venta a mayoristas la ley no funcione igual. Depende de la tienda en cuestion y de lo que tenga acordado con sony segun tengo entendido
josealb escribió:Solucion => pillarla en cuanto sale xD
Ahora en serio es posible que en la venta a mayoristas la ley no funcione igual. Depende de la tienda en cuestion y de lo que tenga acordado con sony segun tengo entendido


La ley solo se aplica a particulares, si compras la PS3 y la compras bajo una empresa, no tienes ese derecho de sustitucion del bien, asi como la tienda no tiene más que 15 días para el cambio con Sony.


Yo creo que lo normal es que el responasble tendría que ser el fabricante, el fabrica el producto, el asume los fallos y problemas, no la pobre tienda, pero bueno, es lo que hay, teneis hasta 6 meses para pedir el cambio directo si asi lo quereis.
DJROD escribió:

Yo creo que lo normal es que el responasble tendría que ser el fabricante, el fabrica el producto, el asume los fallos y problemas, no la pobre tienda, pero bueno, es lo que hay, teneis hasta 6 meses para pedir el cambio directo si asi lo quereis.


Y la duda que teniamos chacmatac y yo?
josealb escribió:
Y la duda que teniamos chacmatac y yo?


Pues creo que si podrían alegar que es un gasto desproporcionao (realmente lo es), y ahi ya entrariais en un lio, preocupaciones, arbitrajes, juicios, etc que no creo que merezca la pena pudiendo llevarlo al SAT y tenerlo en 15 dias reparado (El plazo máximo fijado por ley para reparaciones en territorio nacional, un mes si han de salir fuera de España...si no recuerdo mal)

Saludos
El puto amo, eso es lo que teniamos que hacer todos y hecharle un par de huevos que por desconocimiento o por no andar con lios nos dejamos que nos toreen.
[plas] [plas] [plas] [plas] [plas] [plas]
josealb escribió:Muy interesante el boletín del BOE. :)
Una pregunta. El articulo 5.1 dice que el consumidor podra elegir entre la sustitucion o reparacion, siempre que el coste no sea desproporcionado. En el 5.2 lo especifican mejor:

No podrían alegar que el coste de sustituirte la PS3 es desproporcinado comparado con el coste de repararlo?

Tengo un problema similar con una tele nueva y un euroconector roto :/


Buenas!!

Bueno, en la medida de lo posible intentaré responder a lo que se ha ido comentando, y espero que sea acertado.

No voy en orden, voy según voy leyendo lo que sé (o creo saber) lo voy respondiendo.


Con respecto a esto:



josealb escribió:No podrían alegar que el coste de sustituirte la PS3 es desproporcinado comparado con el coste de repararlo?

Tengo un problema similar con una tele nueva y un euroconector roto :/


La obligación del vendedor es repararte el daño de la cosa, y como dice el 5.1 puedes elegir para ello la reparación o la sustitución.

Game TIENE la obligación de repararte el daño de la cosa, pero no tiene la posibilidad de elegir entre reparación o sustitución. Ellos no te lo pueden arreglar allí. Además, ten en cuenta que no supone para ellos un coste desproporcionado. Ellos se comen la PS3, pero ellos pueden mandársela a SONY, que debería mandarles a ellos una nueva. No es de recibo que una compañía no reponga a las tiendas los productos en mal estado. Por tanto, desproporcionado no es.

Con respecto a tu tele, tienen que cambiártela. Tienen que darte una solución. Y en principio además debe ser sustitución, al igual que la PS3.


Según vaya leyendo sigo posteando a ver si podemos aclararnos.



clamatac escribió:es que lo de 'Si el bien no fuera conforme con el contrato' me confunde, según se mire lo de 'conforme con el contrato' puede dejar fuera a las averías.


El contrato es un contrato de compra-venta. El contrato de compra-venta tiene una serie de requisitos para ambas partes, pero en ningún caso nos pueden dejar fuera las averías. Como dice el BOE 165 en el artículo 5.1: "Si el bien no fuera conforme con el contrato, el consumidor podrá optar entre exigir la reparación o la sustitución del bien". El bien que te están vendiendo tiene que estar en perfectas condiciones. Si ellos saben que está mal y te lo venden tienen que declararlo explícitamente. La garantía cubre a los usuarios contra los desperfectos de fábrica que pueda traer el producto. No pueden escaparse de eso.

clamatac escribió:queda claro 100% sin resquicio alguno, que la tienda está obligada durante los 2 años de garantía a hacerse cargo de todo, y que podemos exigir una sustitución (uno nuevo) en lugar de esperar a la reparación?
Nop. La tienda se tiene que hacer cargo de los problemas que haya durante 6 meses. Lo de los dos años viene en relación al productor. El productor tiene que hacerse cargo de los desperfectos durante dos años. Lo que pasa es que el productor también se hace cargo de los desperfectos si para tí es un problema ir a la tienda. Imagina que vives en un pueblo de la sierra y te han llevado al carrefour más cercano a 50 km en coche. Imagina que has comprado la PS3 allí y te da problemas. Si tu para poder exigir la sustitución tienes que volver a ir a ese Carrefour y tienes que ir con la PS3 a cuestas (a parte de ponerte cuadrado), SONY tiene que hacerse cargo sin rechistar (nunca rechistan). Para tí es un marrón moverte 50km con la PS3, así que el productor se hace cargo y te lo arregla.

En resumen:

6 primeros meses ---> Tienda. Sustitución (en el caso de PS3) o reparación si la sustitución tiene costes demasiado altos.
* Si no puedes ir a la tienda o por cualquier razón te resulta "gravoso", el productor se hace cargo (en este caso sony)

Año y medio a partir de los 6 primeros meses ---> La tienda se lava las manos, pero el productor te lo tiene que seguir arreglando.
Hidalgo escribió:Buenas!!

Bueno, en la medida de lo posible intentaré responder a lo que se ha ido comentando, y espero que sea acertado.

No voy en orden, voy según voy leyendo lo que sé (o creo saber) lo voy respondiendo.


Con respecto a esto:

La obligación del vendedor es repararte el daño de la cosa, y como dice el 5.1 puedes elegir para ello la reparación o la sustitución.

Game TIENE la obligación de repararte el daño de la cosa, pero no tiene la posibilidad de elegir entre reparación o sustitución. Ellos no te lo pueden arreglar allí. Además, ten en cuenta que no supone para ellos un coste desproporcionado. Ellos se comen la PS3, pero ellos pueden mandársela a SONY, que debería mandarles a ellos una nueva. No es de recibo que una compañía no reponga a las tiendas los productos en mal estado. Por tanto, desproporcionado no es.

Con respecto a tu tele, tienen que cambiártela. Tienen que darte una solución. Y en principio además debe ser sustitución, al igual que la PS3.


Según vaya leyendo sigo posteando a ver si podemos aclararnos.


Ok muchas gracias por aclararlo espero que no me pongan peros en la tienda despues...
entonces en la tienda te la tienen que cambiar por una nueva si tiene menos de 6 meses no?
bua pues anda que no se ponen listos los de pcgreen los hijos de puta a veces i te dicen siempre que llames al creador del producto
y si te la compras en 1 media market de estos que te dicen q tienes 1 mes de garantia con ellos???cuanto tiempo en realidad tengo de garantia con ellos??
muy bien hecho chaval!!!

PD: Creo que este firm 1.82 está bloqueando muchas consolas...

[bye]
Muy bien hecho, si señor, como debe ser [plas] [plas] [plas]
bobaloo escribió:y si te la compras en 1 media market de estos que te dicen q tienes 1 mes de garantia con ellos???cuanto tiempo en realidad tengo de garantia con ellos??


La garantía que tienes es igualmente de 2 años, pero durante los 6 primeros meses puedes optar por que el vendedor arregle o sustituya tu artículo en mal estado, siempre que no haya sido causado por ti o por accidente, claro. :)

Y ahora una pregunta de cosecha propia:

Pongamos que voy a la tienda antes de los 6 primero meses y los de la tienda se me ponen tontos, no hacen caso y siguen en sus trece. Que no me la cambian y punto, y que llame yo a Sony y lo arregle. Eso es lo que suele pasar, no?

Qué medidas puedo tomar en el mismo local? Es decir, puedo llamar a la policía? Tengo que joderme e ir dierectamente a ponerles una denuncia? Y una denuncia donde? Policía? Consumo?

Lo digo porque a mi hermano le pasó algo así en PCBOX, y no quisieron hacerse cargo de un lector DVD que no funcionaba como tocaba, así que puso la pertinente denuncia en Consumo...

Al final, nada de nada. Mi hermano se lo ha tenido que comer con patatas, porque por lo visto las denuncias a Consumo no sirven más que para perder el tiempo y ponerte de los nervios. PCBOX argumentó (mediante mentiras) que ellos hicieron todo lo posible por ayudar y que se ofrecieron a hacerse cargo del producto ellos (curiosamente era lo que pedía mi hermano)... Consumo le dijo que traspasaba la instancia a no sé que Ministerio, y éste contestó que solamente se limitaba a arbitrar entre ambas partes, pero que no tenía postestad para obligar a PCBOX a proceder como está previsto en la Ley... en pocas palabas, nada de nada.
pues en la tienda de videojuegos que yo trabajo hay un papelito y pone que en los primeros 15 dias puede ir a reclamar a la tienda, pero pasado ese tiempo viene el numero del sat de sony, microsoft y nintendo para que el cliente llame y hable con ellos.

en algunos casos creo que ponia que el tiempo era de un mes, pero nada mas
bufank escribió:pues en la tienda de videojuegos que yo trabajo hay un papelito y pone que en los primeros 15 dias puede ir a reclamar a la tienda, pero pasado ese tiempo viene el numero del sat de sony, microsoft y nintendo para que el cliente llame y hable con ellos.

en algunos casos creo que ponia que el tiempo era de un mes, pero nada mas


Pues eso es ilegal, así de simple.
Me autoquoteo...

moist escribió:Pongamos que voy a la tienda antes de los 6 primero meses y los de la tienda se me ponen tontos, no hacen caso y siguen en sus trece. Que no me la cambian y punto, y que llame yo a Sony y lo arregle. Eso es lo que suele pasar, no?

Qué medidas debo tomar en el mismo local? Es decir, puedo llamar a la policía? Tengo que joderme e ir dierectamente a ponerles una denuncia? Y una denuncia donde? Policía? Consumo?


AsdePicas, podrías responderme a esto? Gracias!
AsdePicas escribió:
Pues eso es ilegal, así de simple.


si fuera ilegal no estaria alli escrito, es una cadena de tiendas de videojuegos a nivel mundial y creo que el tema legal esta mas que mirado
bufank escribió:
si fuera ilegal no estaria alli escrito, es una cadena de tiendas de videojuegos a nivel mundial y creo que el tema legal esta mas que mirado


La ley dice . Responsabilidad del vendedor y derechos del consumidor.

El vendedor responderá ante el consumidor de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del bien. En los términos de esta Ley se reconoce al consumidor el derecho a la reparación del bien, a su sustitución, a la rebaja del precio y a la resolución del contrato.
La renuncia previa de los derechos que esta Ley reconoce a los consumidores es nula , siendo, asimismo, nulos los actos realizados en fraude de esta Ley, de conformidad con el artículo 6 del Código Civil.

Por lo tanto es ilegal. Por lo tanto por mucho que ponga en el recibo lo de 60 días y demás, este acuerdo queda anulado por el párrafo de responsabilidades de la ley 23/2003.
Genial, o como dirían mis amigos..."genital" ^^

A mí me pasó algo parecido, pero en el mismo día, y aún así, no me la querían cambiar. Al final...acabé saliendo de la tienda con una PS3 nueva también XDDDDDDDDDDDDDDDDDD

En fin, nunca está de más saberlo...
AsdePicas escribió:
La ley dice . Responsabilidad del vendedor y derechos del consumidor.

El vendedor responderá ante el consumidor de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del bien. En los términos de esta Ley se reconoce al consumidor el derecho a la reparación del bien, a su sustitución, a la rebaja del precio y a la resolución del contrato.
La renuncia previa de los derechos que esta Ley reconoce a los consumidores es nula , siendo, asimismo, nulos los actos realizados en fraude de esta Ley, de conformidad con el artículo 6 del Código Civil.

Por lo tanto es ilegal. Por lo tanto por mucho que ponga en el recibo lo de 60 días y demás, este acuerdo queda anulado por el párrafo de responsabilidades de la ley 23/2003.


pues ahi pondra eso, pero yo si hago cualquier cosa distinta a lo que pone en el papelito se me cae el pelo, a ver si me lo puedo traer hoy a casa y lo escaneo para que lo veais, creo que tambien tiene puestas algunas leyes
yo creo q ante la duda te pillas una copia del boletin, pides una hoja de reclamacion y llamas a la policia, una vez lleguen seguro q se acelera el proceso y se te da una consola nueva isofacta y ademas poniendote buena cara pues ni q se le ocurra faltarte el respeto delante de la poli.. si no pues denuncia al canto..
me paso algo similar con unos cascos, q tenian 10 meses pero valian 40€ la question escusas que no los canviaban que si yo me habia puesto en contacto con el proveedor etc, etc solte el rollo me puse en mis trece porque conozco la ley y a los 2 dias se me abonaron, no se si lo hicieron por quedar bien o porque sabian que no tenian razon pero enfin, ellos mismos, era o como la ley decia o yo iva a denunciar a consumo es senzillo.
ami me a pasado hace poco algo parecido con un nokia n95 xD, se le peto la bateria y se me apagaba el movil, coji lo lleve y me dijeron k lo tenian que enviar a reparar a madrid y yo le dije k keria uno nuevo no ke me lo reparen, asi que al final la tia se salio con la suya y esta reparandose en madrid..

No se si hice bien o ke.

Me voy a imprimir la ley esa por si algun dia se me ponen tontos ir con la ley en la mano nunca mejor dicho xD

bufank esta claro k si no cumples lo k te dicen en el curro pues se te cae el pelo pero ante un caso de que un cliente sepa sobre los derechos sobre la venta de bienes de consumo no te keda otra de llamar a tu gerente porke el cliente en este caso tiene la razon vamos k lo dice la ley.
uff a ver si podeis ayudarme.. tengo toda la info en este hilo.. un poco desesperado ya.. le he hecho referencia a esta ley.. y me han dado dos palmaditas en la espalda...

http://www.elotrolado.net/showthread.php?s=&threadid=818638
Ratz escribió:uff a ver si podeis ayudarme.. tengo toda la info en este hilo.. un poco desesperado ya.. le he hecho referencia a esta ley.. y me han dado dos palmaditas en la espalda...

http://www.elotrolado.net/showthread.php?s=&threadid=818638

En el corte se han vuelto menos permisivos, pero bueno si tienes suerte puedes proponerles directamente el cambio que quieres hacer. Lo del cambio del dinero tienen razón porque pasados 15 días no te lo devuelven así que...
Además no está rota ni nada, es un poco el chanchullo que te quieres montar, así que no veo la forma de agarrarte a lo que están poniendo aquí.

Lo de la BOE es para llevar un llavero con el libraco y tirárselo a la cabeza como se te pongan tontos.
La verdad es que pasa con casi todo, coches, electrodomésticos, etc.
Las tiendas se suelen aprovechar del ciudadano normal que no tiene la carrera de abogado para tomarle el pelo, véase el caso del que en la tienda que trabaja cubrían x tiempo cuando por ley está estipulado otro cosa.
Las típicas técnicas abusivas de las empresas y sus empresarios que no buscan más que hacer dinero a costa de estafar al consumidor. Pero bueno, ninguna novedad.
bufank escribió:
pues ahi pondra eso, pero yo si hago cualquier cosa distinta a lo que pone en el papelito se me cae el pelo, a ver si me lo puedo traer hoy a casa y lo escaneo para que lo veais, creo que tambien tiene puestas algunas leyes


a ver si lo que pone es que puedes devolverlo por otro producto en 15 dias.
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