Creo que en la noticia estaba todo bastante explicado, pero voy a intentar aclararlo un poco más. Cuando hablamos de delito estamos hablando de incumplir el código penal, lo cual puede llegar a acarrear penas de cárcel (aunque según la gravedad puede quedar en una multa), en cualquier caso el hecho de ser condenado por cometer un delito puede causarte bastantes problemas en la vida (por ejemplo a la hora de trabajar). Un ilícito civil sin embargo nunca podrá acarrear penas de prisión, sólo multas o indemnizaciones, digamos que es algo más light, aunque siga siendo ilegal. A parte la policía, a la hora de investigar ilícitos civiles, está mucho más limitada, ya que normalmente un juez no permitirá la vulneración de algunos derechos elementales de los sospechosos durante la investigación.
Y por alusiones paso a contestar algunas cuestiones:
bowser escribió:Y otras tantas han confirmado lo contrario,no generalizemos para lo que nos interesa y hagamos oidos sordos a las otras (...) sentencias.
No conozco ninguna condena penal por posesión (que no comercialización) de software sin tener el original ni utilizarlo con fines comerciales (en empresas por ejemplo). Si me pudieras facilitar alguna para apoyar lo que comentas te lo agradecería.
zheo escribió:Y encima partimos de la base de que el titular es incorrecto ya que NO EXISTE COPIA PRIVADA DE SOFTWARE, sólo copia de seguridad.
Como bien hay dicho hay muchas sentencias en contra, así que los abanderados del emule que lo llevan en la firma, que no empiecen a tener orgasmos todavía xD
El titular está perfectamente, claro que existe la copia privada de software, otra cosa es que sea ilegal como bien indico en el cuerpo de la noticia. Vuelvo a repetir que una copia privada es aquella para uso privado del copista realizada sin ánimo de lucro, copiemos lo que copiemos. En el caso de las obras audiovisuales la copia privada es legal aunque no tengamos la copia original (la copia de seguridad es un tipo de copia privada), en el caso de software no, pero es un ilícito civil, no un delito.
Y te extiendo también a ti la invitación a que nos facilites alguna sentencia contraria a la de la noticia (dándose las mismas condiciones de no existir ánimo de lucro).
MisC0 escribió:Pues a ver si nos aclaramos, porque yo para mí que esta juez no tiene muy clara la L.P.I.
La copia privada no existe en el caso de sofware, solo la de seguridad (teniendo el original) por tanto el delito, falta o como lo queramos llamar se había cometido. Puede que no tuviese ánimo de lucro, ni daño a terceros pero es que eso da igual. Eran unas copias "fuera de la ley" por no poseer un original.
Como dice otro forero un poco antes, no alcemos las campanas al vuelo. Esta es una sentencia tan equivocada como la que pudiera condenar por poseer/distribuir una película por el emule.
Estás equivocado. El conocimiento que tenga el juez de la L.P.I. no importa en este caso porque lo que se estaba juzgando era un delito, utilizándose el Código Penal como herramienta. En este caso no corresponde juzgar si los hechos eran legales o no, sino si eran delictivos. Si la acusación hubiese empleado la via civil contra la acusada el resultado habría sido sin duda condenatorio, pero seguramente las penas no serían lo suficientemente atractivas.