Post no oficial: GARANTIA DE VUESTRA 360: ¡Evitad ser engañados!

Ante la masiva (o no) afluencia de post en estos foros y de otros sitios donde se comentan dudas y cabreos relacionados con unidades defectuosas de nuestra querida xbox360 y/o cualquiera de sus accesorios y como parece que no tenemos ni la mas remota idea de cuales son nuestros derechos como consumidores y los deberes de los proveedores, me he decidido a postear este humilde mensaje donde, con la ley en la mano, se enumera aquellos casos en los que podeis reclamar la sustitucion o reparacion de vuestras unidades defectuosas tanto en plazo como en forma. Para ir calentando motores empezamos con un grupo de links; el primero hace referencia a la version integra de la ley de garantias publicada en el BOE, la segunda es una versión en folleto que el ministerio de consumo distribuyo cuando la ley entro en vigor donde se hacia un resumen somero de los aspectos de la ley que incidian directamente sobre el consumidor, faltan partes importantes, pero si sois vaguetes es lo que ahi. El tercero es una interpretacion de la ley. Leed, es bueno para la salud :

ley de garantias para los que les gusta leer

ley de garantias para vaguetes

Interpretacion

Los HIGHLIGHTS

1. La ley de garantias se extiende durante un periodo de dos años. Este periodo de dos años, a efectos practicos, se divide en dos tramos. Los 6 primeros meses de la garantia, y el resto de tiempo.

2. Durante los 6 primeros meses de garantia, cualquier defecto que se presente sobre el producto se sobrentiende que es de fabricacion (salvo caso flagrante de uso inapropiado, lease portatiles volando por los aires y su posterior caida, gatos que tienen la mania de dar zarpazos a tu pobre 360 en vertical, estrellar tu flamante mando inalambrico contra la pared despues de que te metan un gol en pro5 in extremis, etc), esto tendra como consecuencia la reparacion o sustitucion del producto A ELECCION DEL CONSUMIDOR (ni que decir tiene que nos quedamos con la sustitucion) EN EL COMERCIO DONDE SE NOS VENDIO EL PRODUCTO.

3. El año y medio siguiente, cualquier defecto que se produzca sobre el producto puede tener como origen el mal uso o un defecto de fabrica que se ha puesto de manifiesto despues de los 6 primeros meses. En esta situacion la ley es donde tiene su mayor fallo, ya que indica que el consumidor debera probar que el defecto es de fabricacion y/o el vendedor que es por mal uso, tanto uno como otro lo tienen verdaderamente crudo de demostrar (salvo caso flagrante, claro esta). Aun asi (es muy dificil que un fabricante pueda demostrar que un producto que falle ha sido por mal uso salvo en casos flagrantes, ya que, en realidad, casi siempre es fallo es debido a la pobre calidad de materiales de fabricacion, lease entre lineas ps2) la ley indica que el fabricante tiene como obligacion reparar el producto del consumidor. Esta reparacion jamas tendra ningun coste para el consumidor, ni en piezas ni mano de obra ni gastos de transporte, todos estos correran a cargo del fabricante. El consumidor, ademas tiene el derecho de elegir entre dos opciones: a)que todas las gestiones necesarias se las realice el comercio donde adquirio el producto;b) tratar directamente con el fabricante. Por motivos de tiempo, la eleccion es clara, siempre se recurre al fabricante.

Y eso es todo lo que yo humildemente he podido entender en teoria y, orgulloso, puedo decir que he puesto en practica con una movida en media mart con una grabadora de dvd. Asi que, comentarios de vendedores o en el propio ticket del tipo:

1. Tiene usted 15 dias-------->>>>>> FALSO
2. Hable con el fabricante para ejecutar su garantias--------->>>> Sera si me sale de las pelotas, porque la ley me dice que los 6 primeros meses me das TU una unidad nueva, y el resto de tiempo, si me sale del cimbel, me gestionas TU la reparacion.
3. El comercio se limpia el culo con tus hojas de reclamacion------->>> Veremos cuando delante de un juez de consumo tus abogados te digan que tienes que pasar por el aro y encima indemnizar.

Bueno, pues esto es todo. Os recomiendo encarecidamente que os leais la ley, cuando menos el folleto, y no permitais que os pasen la patita por encima cuando vayais a reclamar vuestro derecho de garantia en cualquier producto.

P.D.: Esta ley tiene ambito europeo y, de hecho, la ley española es la implementacion en nuestra legislacion de una normativa europea anterior que trataba estos asuntos en los mismos terminos.

P.D.2.: Cualquier fallo que hayais visto en mi interpretacion despues de leer la ley, no dudeis en hacermelo saber para editar convenientemente, errar es de humanos

Saludetes
Bien explicado y sobretodo el detalle de los 15 dias, porque ahi muchisimos que creen que porque se haga en CI se hace en todos los lados.
Y tambien lo de la garantia.
Llame a la Empresa X, que yo de esto no me encargo, la garantia la da la empresa, yo sola la vendo.
Salu2
Muchas gracias por la informacion,se agradece [beer] [bye]
El punto 3, que dice que el comercio se limpia el culo con las hojas de reclamacion no lo entiendo, que significa? que es mentira?
Pues significa q las hojas de reclamaciones no valen para nada.YO toy trabajndo en un comercio(de moviles) y te digo q no valen PARA NADA.


saludos
Muchisimas gracias amigo. El lunes devuelvo mi COD2 en Centro Mail.
Lion_omega escribió:El punto 3, que dice que el comercio se limpia el culo con las hojas de reclamacion no lo entiendo, que significa? que es mentira?


kiza con 1 hoja o 2, el comercio pueda sudar, pero cuando se le acumulen unas cuantas (aca toys'r us) pues como ke ya aunk tenga mucho papel para varios culos, como ke de ellos no lo haria...

Atte
Evil Vega
nas

como demuestras que cod2 esta mal si por ejemplo esta rallao por culpa de la consola?


pueden decir que lo has rallao tu [nop]

un saludo
Lion_omega escribió:El punto 3, que dice que el comercio se limpia el culo con las hojas de reclamacion no lo entiendo, que significa? que es mentira?


yo he tenido problemas con las hojas esas, no valen para nada, ni la misma ocu les echa cuenta. a cualquier problema, denuncia y al juzgado, que las leyes de defienden al consumidor son leyes como todas las demás
Jeje, este hilo me viene que ni pintado. Gracias BladeRunner.
Que opinais vosotros que deberiamos hacer con las Tarjetas de Prepago q no funcionan? Reclamar en la tienda aunq nos digan q no nos la pueden cambiar?
Vamos por partes...

1. La ley de garantias se extiende durante un periodo de dos años. Este periodo de dos años, a efectos practicos, se divide en dos tramos. Los 6 primeros meses de la garantia, y el resto de tiempo.

Exacto, realmente lo que ocurre es eso. De todas formas el FABRICANTE amplia esos 6 meses a 12 meses, dejando los ultimos 12 meses al VENDEDOR. Los ultimos 12 meses se consideran como GARANTIA DE CONFORMIDAD.

2. Durante los 6 primeros meses de garantia, cualquier defecto que se presente sobre el producto se sobrentiende que es de fabricacion (salvo caso flagrante de uso inapropiado, lease portatiles volando por los aires y su posterior caida, gatos que tienen la mania de dar zarpazos a tu pobre 360 en vertical, estrellar tu flamante mando inalambrico contra la pared despues de que te metan un gol en pro5 in extremis, etc), esto tendra como consecuencia la reparacion o sustitucion del producto A ELECCION DEL CONSUMIDOR (ni que decir tiene que nos quedamos con la sustitucion) EN EL COMERCIO DONDE SE NOS VENDIO EL PRODUCTO.

Como bien te dice la Ley, el cambio se hara siempre y cuando no sea un coste desmesurado para el vendedor. Tambien aclarar que el VENDEDOR se hace cargo de la garantia cuando es una FALTA DE CONFORMIDAD. Que tu consola (u otro dispositivo) falle podrá ser a causa de un fallo de fabricacion o del bajo material con el cual ha sido fabricado. Eso no se considera falta de conformidad porque tu dispositivo ha estado funcionando X tiempo, y desde el principio ha cumplido con el contrato de compra-venta (es decir la factura). Con lo cual tendrías que hablar con el fabricante de forma directa o atraves del vendedor (esta ultima siempre mucho mas lenta).

3. El año y medio siguiente, cualquier defecto que se produzca sobre el producto puede tener como origen el mal uso o un defecto de fabrica que se ha puesto de manifiesto despues de los 6 primeros meses. En esta situacion la ley es donde tiene su mayor fallo, ya que indica que el consumidor debera probar que el defecto es de fabricacion y/o el vendedor que es por mal uso, tanto uno como otro lo tienen verdaderamente crudo de demostrar (salvo caso flagrante, claro esta). Aun asi (es muy dificil que un fabricante pueda demostrar que un producto que falle ha sido por mal uso salvo en casos flagrantes, ya que, en realidad, casi siempre es fallo es debido a la pobre calidad de materiales de fabricacion, lease entre lineas ps2) la ley indica que el fabricante tiene como obligacion reparar el producto del consumidor. Esta reparacion jamas tendra ningun coste para el consumidor, ni en piezas ni mano de obra ni gastos de transporte, todos estos correran a cargo del fabricante. El consumidor, ademas tiene el derecho de elegir entre dos opciones: a)que todas las gestiones necesarias se las realice el comercio donde adquirio el producto;b) tratar directamente con el fabricante. Por motivos de tiempo, la eleccion es clara, siempre se recurre al fabricante.

Como bien he dicho en el punto anterior, el fabricante amplia esos 6 meses de garantia a 1 año, de forma que el cliente durante el primer año no tiene que demostrar nada. Hay que especificar que algunos productos no estan cubiertos por el año de garantia, como por ejemplo las baterias.

Referente a las hojas de reclamaciones, siempre son efectivas cuando el cliente tiene la razon. Es imprescindible siempre tenerla, porque sino malgastaremos tiempo en patalear un rato y la unica respuesta que tendremos por parte de una empresa es que estan esperando tu reparacion.

En algunos comercios, para determinados productos de un valor reducido, el vendedor es el encargado de tramitar la garantia. Me explico, si comprais un reproductor de mp3 de 120€, si el vendedor cree que es mejor cambiarte la unidad lo hara. Esa medida no es desmesurada para el vendedor y por eso lo hace, una cosa diferente es que te compres un portatil que te ha costado 2000€ y pidais la sustitucion por el vendedor, obviamente el vendedor te va a decir que no te lo va a cambiar y que opta por la reparacion en fabricante.

Los 15 dias de prueba los da el vendedor, y no estan obligados por ley. Es mas en vuestro contrato de compra venta os especifica las condiciones para la devolucion. Hay otros establecimientos que dan incluso 30 dias.

La unidad nueva te la daran si no les supone un coste desmesurado a la empresa, en caso contrario si te lo cambiaran.

Si optais por la hoja de reclamacion, toda posible solucion por parte de la tienda sera anulada. Es decir, el establecimiento dejara ya que se guie por la via administrativa, con lo cual tendreis que esperar a que se realice vuestra resolucion, sin olvidar que puede ser positiva o negativa.

Y por ultimo os comento que vuestras consolas no seran cambiadas en los establecimientos a no ser que esten dentro de los plazos de devolucion. Como alternativa infinitamente mas alta es la de tramitar la garantia con el fabricante.

Se que me direis, yo compro algo en un sitio y me lo tienen que solucionar ellos. Yo os dire que el vendedor es un simple intermediario, y que se lavara las manos siempre que pueda, e intentara dar la mejor solucion al cliente. Lo que nunca haran es negarse a tramitar vuestra garantia con el fabricante.

Un saludo...

Llamad a M$ sera siempre mas facil y rapido xD
me cuelo en este foro para hacer una preguntita [jaja] ...

en q casos puedes pedir el reembolso del dinero??

tambien se puede pedir el reembolso en el caso de los juegos?

hay muchos comercios q ni sikiera te lo dejan cambiar una vez desprecintado el juego...

saludosss
Exacto, realmente lo que ocurre es eso. De todas formas el FABRICANTE amplia esos 6 meses a 12 meses, dejando los ultimos 12 meses al VENDEDOR. Los ultimos 12 meses se consideran como GARANTIA DE CONFORMIDAD.


Centrandonos en el caso que nos ocupa, la xbox 360, en ningun momento se indica referencia alguna a esta ley que expongo, sino que expone una suya propia con condiciones mas bien draconianas (donde la sustitucion no tiene cabida); dentro de esta garantia se indica que el tiempo de extension de esta es de un año natural a contar desde la fecha de adquisicion del producto. Esto no es conforme a la legislacion oficial, pero ellos se cubren el culo con el siguiente parrafo en negrita:

"La legislacion de su pais le concede a usted, como consumidor, derechos de garantia que usted puede hacer efectivos ante el VENDEDOR de su consola Xbox 360. La garantia que el fabricante le concede (o sea esta que tu comentas) a usted en este documento no afecta a tales derecho"

En resumen, que ese pequeño folletito con el nombre de "garantia" no sirve absolutamente para nada, la legislacion nacional (la que aqui se comenta) es la que vale. Y como en la garantia de MS no se hace ninguna referencia a la ley vigente en la UE, es claro que la interpretacion de que los 12 meses de garantia es una extension del periodo de sustitucion de 6 a 12 meses es una mala interpretacion; mas bien este panfleto es una vulneracion de nuestros derechos, para nada extiende o mejora nada ( nintendo es la unica compañia que en sus folletos de garantia introduce los dos años, en conformidad con las ley, desde luego MS y Sony no, como cualquier lectura de sus garantias puede demostrar)



Como bien te dice la Ley, el cambio se hara siempre y cuando no sea un coste desmesurado para el vendedor. Tambien aclarar que el VENDEDOR se hace cargo de la garantia cuando es una FALTA DE CONFORMIDAD. Que tu consola (u otro dispositivo) falle podrá ser a causa de un fallo de fabricacion o del bajo material con el cual ha sido fabricado. Eso no se considera falta de conformidad porque tu dispositivo ha estado funcionando X tiempo, y desde el principio ha cumplido con el contrato de compra-venta (es decir la factura). Con lo cual tendrías que hablar con el fabricante de forma directa o atraves del vendedor (esta ultima siempre mucho mas lenta).


Dos cosas respecto de esto que comentas.

Respecto a lo de coste desmesurado, el articulo 5.1 comenta lo siguiente:

"Si el bien no fuera conforme con el contrato,
el consumidor podrá optar entre exigir la reparación o
la sustitución del bien, salvo que una de estas opciones
resulte imposible o desproporcionada. Desde el momento
en que el consumidor comunique al vendedor la
opción elegida, ambas partes habrán de atenerse a ella.
Esta decisión del consumidor se entiende sin perjuicio
de lo dispuesto en el artículo siguiente para los supuestos
en que la reparación o la sustitución no logren poner
el bien en conformidad con el contrato."

el consumidor puede elegir entre estas dos opciones, a su antojo, salvo que UNA DE ELLAS sea desproporcionada (lease intentar que te entre en garantia una maquina como gp32, que todavia esta en tiempo de garantia pero ya es muy dificil de encontrar en tiendas, de modo que la sustitucion es DESMESURADA o no, habria que discutirlo) en cuyo caso se optara por la otro, Pero siempre una de estas opciones se debe de tomar, nada de suspender la garantia, olvidate de ello. Con lo que es bien claro que un producto que este actualmente a la venta y catalogado, no puede adherise a ningun argumento del tipo "coste desmesurado", al menos en mi humilde opinion

Respecto a la conformidad. LA ley dice esto:

"Salvo prueba en contrario, se entenderá que los
bienes son conformes con el contrato siempre que cumplan
todos los requisitos que se expresan a continuación,
salvo que por las circunstancias del caso alguno de ellos
no resulte aplicable:
a) Se ajusten a la descripción realizada por el vendedor
y posean las cualidades del bien que el vendedor
haya presentado al consumidor en forma de muestra
o modelo.
b) Sean aptos para los usos a que ordinariamente
se destinen los bienes del mismo tipo.
c) Sean aptos para cualquier uso especial requerido
por el consumidor cuando lo haya puesto en conocimiento
del vendedor en el momento de celebración
del contrato, siempre que éste haya admitido que el
bien es apto para dicho uso.
d) Presenten la calidad y prestaciones habituales de
un bien del mismo tipo que el consumidor pueda fundadamente
esperar, habida cuenta de la naturaleza del
bien y, en su caso, de las declaraciones públicas sobre
las características concretas de los bienes hechas por
el vendedor, el productor o su representante, en particular
en la publicidad o en el etiquetado. El vendedor
no quedará obligado por tales declaraciones públicas
si demuestra que desconocía y no cabía razonablemente
esperar que conociera la declaración en cuestión, que
dicha declaración había sido corregida en el momento
de celebración del contrato o que dicha declaración no
pudo influir en la decisión de comprar el bien de consumo."

Evidentemente una consola que deje de funcionar a los dos meses NO ESTA CONFORME a CONFORMIDAD conforme a esta descripcion (valga la redundancia)


En algunos comercios, para determinados productos de un valor reducido, el vendedor es el encargado de tramitar la garantia. Me explico, si comprais un reproductor de mp3 de 120€, si el vendedor cree que es mejor cambiarte la unidad lo hara. Esa medida no es desmesurada para el vendedor y por eso lo hace, una cosa diferente es que te compres un portatil que te ha costado 2000€ y pidais la sustitucion por el vendedor, obviamente el vendedor te va a decir que no te lo va a cambiar y que opta por la reparacion en fabricante.


Creo que confundes la cosas, por experiencia laboral te digo que las unidades sustituidas por el VENDEDOR, jamas son perdidas para el, cuando el cambio este justificado (mayor parte de las veces); los vendedores tienen convenios con los fabricantes de tal modo, con conformidad a la ley, ellos hacen de intermediarios entre el fabricante y el consumidor, de modo que mas tarde el fabricante restituye economicamente o materialmente todas aquellas unidades destinadas a cambios por parte del vendedor. Asi que tanto si son 200€ como 2000€ o 200000000000000€, la ley es clara, en los 6 primeros el vendedor debe sustituir el producto, independientemente del coste del producto.


Y por ultimo os comento que vuestras consolas no seran cambiadas en los establecimientos a no ser que esten dentro de los plazos de devolucion. Como alternativa infinitamente mas alta es la de tramitar la garantia con el fabricante.


El plazo es claro, los 6 primeros meses sustitucion por parte del vendedor, de eso no hay ninguna duda.

Pues eso es todo, me alegro si he sido de alguna ayuda.

Saludos
¿entonces tenemos derecho a reclamar que se nos cambie el COD 2 a los que los tenemos rajado? yo he entendido que si. He entendido bien¿?
gallafajones, si el disco ha sufrido daños debido a mal uso, no tiene cabida la reclamacion, sin embargo si tu problema es el debido a que se raja el dvd por el centro debido a algun problema de fabrica o a la propia caja, entonces esto es defecto de fabricacion y deben cambiartelo. Al menos en mi opinion
Hola a todos:
Ya era hora de encontrar algo "normal" en el foro de la 360.
Gracias por las distintas interpretaciones de la ley que acabo de leer porque me han aclarado muchas dudas respecto a las garatias en general, no solo de la 360
Os doy mi mas sincera gratitud.

Saludos a todos y Gracias.
5 estrellitas para este post
a mas de 1 le vendrá de gran ayuda
CHANQUETE_FFXI escribió:5 estrellitas para este post
a mas de 1 le vendrá de gran ayuda
Ahí voy yo también. [tadoramo]
Blade Runner escribió:2. Hable con el fabricante para ejecutar su garantias--------->>>> Sera si me sale de las pelotas, porque la ley me dice que los 6 primeros meses me das TU una unidad nueva, y el resto de tiempo, si me sale del cimbel, me gestionas TU la reparacion.
Saludetes


Yo tengo una tienda, y en muchos casos ese hable con el fabricante viene IMPUESTO por el propio fabricante, caso de ps2 por ejemplo q he llamado varias veces y SIEMPRE me han dicho q tiene q ser el cliente el q llame y no yo, y algunos otros casos, o sea q eso es verdad a medias.

PD: en la medida de lo posible suelo ser yo el q hace esas cosas, a menos q el cliente no quiera o q el fabricante me diga q ha de llamar el propio cliente, en el resto de casos soy yo, en tema de epson y hp segun maquinas , en caso de averia en el periodo de garantia llamas, te recogen la tuya en casa y te traen unos dias mas tarde una NUEVA con sus cartuchos NUEVOS.
Bueno CASTIGADOR, es bien sabido que los fabricantes intenta en la medida de lo posible olvidar esta ley (lease el caso de la garantia de 360 o a la de la psp, donde te indican que si la pantalla tiene menos de 5 pixels muertos no se te cambia). Esto desde luego no quiere decir que les exima de cumplirla ante un cliente bien informado. Como tu estas cara al cliente ( yo tambien los fines de semana) y, al fin y al cabo, quien se come este tipo de marrones somos nosotros, es conveniente que estemos informados. Por lo que has comentado parece que tu eres el dueño de tu tienda, en ese caso te aconsejo que saques copia impresa de la ley de garantias publicada en el BOE, la estudies con detenimiento, saques tus conclusiones y, en base a ello, hables con tus proveedores para resolver tus dudas ( que creo seran muchas por lo que comentas). Yo lo unico que puedo decir es lo que ya he dicho y tu has incluido en la cita; eso es lo que la ley indica.
Blade Runner escribió:gallafajones, si el disco ha sufrido daños debido a mal uso, no tiene cabida la reclamacion, sin embargo si tu problema es el debido a que se raja el dvd por el centro debido a algun problema de fabrica o a la propia caja, entonces esto es defecto de fabricacion y deben cambiartelo. Al menos en mi opinion


pues fui a la tienda y me lo cambiaron.. muchas gracias por el post sin duda es de las cosas mas utiles e interesantes que por aqui he leido.
Pues respecto a mis proveedores, compre un portatil marca toshiba tecra a5, lo entrego al cliente y ese mismo dia viene con el, la bandeja no abre, el led se queda leyendo y para colmo no lee nada (lo abri usando un clip sin hacer apenas presion), llamo a mi proveedor y me dice apañatelas con toshiba :( , llamo a toshiba y lo primero que me sueltan es que para cualquier problema haga el registro online antes que nada, le explico el caso y me dice que eso es tema de mi proveedor y aquel pasa olimpicamente y me mete el marron a mi.
A ver, lo de los 15 dias a ver si nos informamos un poquito mejor. La ley te dice que si compras algo y no te gusta, puedes devolverlo en los proximos 7 dias estando completo con embalajes y demas sin mas explicacion. En el MM te dan 15 dias, es decir, el doble de lo que la ley exige, asi que antes de decir tonterias, informate un poco.
Lukesky, ¿ha leido algo o simplemente te gusta aporrear el teclado para ver que mensaje te sale al azar?; porque es que no veo ni el mas minimo sentido a lo que dices

A ver, lo de los 15 dias a ver si nos informamos un poquito mejor. La ley te dice que si compras algo y no te gusta, puedes devolverlo en los proximos 7 dias estando completo con embalajes y demas sin mas explicacion


Copia y pega el texto de la ley donde dice eso que tu afirmas

En el MM te dan 15 dias, es decir, el doble de lo que la ley exige, asi que antes de decir tonterias, informate un poco.


Culturizanos, y de paso nos dices a que viene esto del media mart
perdon por volver a pregutnarlo pero como nadie me responde y me interesa mucho...
fartuco escribió:me cuelo en este foro para hacer una preguntita ...

en q casos puedes pedir el reembolso del dinero??

tambien se puede pedir el reembolso en el caso de los juegos?

hay muchos comercios q ni sikiera te lo dejan cambiar una vez desprecintado el juego...

saludosss


saludosss
La ley dice esto respecto a los gastos derivados de la garantia

"Serán gratuitas para el consumidor. Dicha gratuidad
comprenderá los gastos necesarios realizados
para subsanar la falta de conformidad de los bienes con
el contrato, especialmente los gastos de envío, así como
los costes relacionados con la mano de obra y los materiales."

fartuco, tu nunca debes pagar los gastos de envio de un producto que se ha enviado para su reparacion. Respecto de juegos, si estos no presentan ningun problema, evidentemente no se te van a cambiar; si lo tuvieren se te cambiarian por una unidad nueva; el reembolso del dinero solo se considera cuando la reparacion o sustitucion es imposible.

Saludos
Es muy facil. El periodo de "satisfaccion" viene de la ley de compra de productos a distancia, en la cual se dice que si te compras un producto por correo y al recibirlo no estas conforme, puedes devolverlo en los proximos 7 dias y que te reintegren el dinero. Pues en este tipo de compras pasa exactamente lo mismo. Si te compras algo en una tienda, esta te da un periodo de "satisfaccion" para que pruebes el producto, y si no estas conforme y lo devuelves completo te reintegran el importe del mismo y ya esta y en este caso, el MM te da 15 dias.

El tema viene a colacion de cuando dices eso de "15 dias ----> falso"...a eso viene.

Tema aparte es la garantia a la que tengas derecho, lo de los 2 años (aunque leyendo la ley son mas bien 6+18 meses).
Lukesky, aqui no se ha hablado en ningun momento de eso que tu llamas "periodo de "satisfaccion" viene de la ley de compra de productos a distancia", aqui se expone el caso de un producto defectuoso, no que no te guste y la responsabilidad que tiene el vendedor en todo esto.

Hay un par de cosas que no entiendo y quizas tu me puedes explicar.

1. ¿Como una cosa que tu llamas periodo de satisfacion para la compra de productos a distancia , va a ser vigente en un comercio de venta tradicional como media mart?

2. ¿Que coño es esa ley de venta de productos a distancia?. ¿Puedes linkarme un acceso al BOE donde esta expuesta?

Gracias.

Ah

asi que antes de decir tonterias, informate un poco


esto te sobra

Tema aparte es la garantia a la que tengas derecho, lo de los 2 años (aunque leyendo la ley son mas bien 6+18 meses)


Creo que no te has leido el post
La exposicion de lo de "venta a distancia" era un ejemplo de aplicacion de esa norma empresarial, amos, para que se me entendiera claramente (parece que no termino de lograrlo). Ya que todos los que hemos comprado algo por correo y no nos ha gustado tenemos derecho a 7 dias posteriores a la recepcion del producto para devolverlo integro.

Lo que queria exponer es que en las compras "in situ" pasa exactamente lo mismo, puedes cambiar en los proximos 7 dias ese producto sin mas entregandolo tal cual te lo llevaste "porque no te gusta"...y yasta. Por eso le he llamao "periodo de satisfaccion" (lease el entrecomillado) por llamarlo de alguna manera...si tienes alguna forma de definirlo mejor, ruego me la comentes.

Culturizanos, y de paso nos dices a que viene esto del media mart


Pues hombre, como el hilo empezo hablando de tus problemas con el MM...de ahi viene.

esto te sobra
ciertamente, igual que le sobra el "falso" de tu primer post. Mis disculpas.

EDITO:
Me he puesto a googlear un poco respecto a lo que me preguntabas del "periodo de satifaccion" ese TAN RARO que me invento yo en las compras a distancia que mira, me he puesto a perder un poco de mi tiempo. La ley lo llama "periodo de disentimiento" jate...


Ley 7/1996 de 15 de enero de Ordenación del Comercio Minorista, artículo 44: "El comprador dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para desistir del contrato de compra, sin penalización alguna y sin indicación de los motivos". Será la ley del Gobierno del Principado de Asturias (lugar orígen de ésta venta), la que determinará qué días han de tenerse por hábiles. Para realizar la devolución, el producto tiene que estar en perfectas condiciones y en su embalaje original.
Sacado de AQUI >>
ciertamente, igual que le sobra el "falso" de tu primer post


Es que es FALSO que el comercio solo te cubra 15 dias de tu garantia, y de este tema hablo de primera mano, pues sufri una grabadora de dvd defectuosa que murio a las 3 semanas y media mart decia que no me la cambiaba porque SOLO tenia 15 dias para reclamar la garantia con ellos, debia dirigirme al fabricante. Ni que decir tiene que me la cambiaron despues de sacar una copia de la ley.

Me reitero, lo de los 15 dias es FALSO

ejemplo de aplicacion de esa norma empresarial


Eso tiene tanto vigencia como firmar un contrato donde prometes haber matado a malolete. Cualquier normativa o restriccion de una empresa a sus clientes jamas puede ponerse por encima de la normativo publica. Una empresa lo unico que puede hacer es extender tus beneficios respecto a una ley de rango superior, nunca restringirlos o anularlos. Y, por lo que te comento mas arriba, te aseguro que media mart no tiene esa "ventaja" empresarial como tu dices para con sus clientes, doy fe.

Ley 7/1996 de 15 de enero de Ordenación del Comercio Minorista, artículo 44: "El comprador dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para desistir del contrato de compra, sin penalización alguna y sin indicación de los motivos". Será la ley del Gobierno del Principado de Asturias (lugar orígen de ésta venta), la que determinará qué días han de tenerse por hábiles. Para realizar la devolución, el producto tiene que estar en perfectas condiciones y en su embalaje original.


Gracias, lo estudiare. Pero te vuelvo a repetir que este post no se basa en falta de conformidad con el articulo, simplemente de defecto en el propio producto y como tu garantia te cubre.
Blade Runner escribió:

Es que es FALSO que el comercio solo te cubra 15 dias de tu garantia, y de este tema hablo de primera mano, pues sufri una grabadora de dvd defectuosa que murio a las 3 semanas y media mart decia que no me la cambiaba porque SOLO tenia 15 dias para reclamar la garantia con ellos, debia dirigirme al fabricante. Ni que decir tiene que me la cambiaron despues de sacar una copia de la ley.

Me reitero, lo de los 15 dias es FALSO


ciertamente en este caso deberian haberte dado una grabadora nueva directamente y una vez comprobado que efectivamente estaba defectuosa, pero como se de primera mano como funciona MM, lo de los 15 dias es rigurosamente cierto, y en muchisimos casos, bastante mas de 15 dias.
Lukesky escribió:A ver, lo de los 15 dias a ver si nos informamos un poquito mejor. La ley te dice que si compras algo y no te gusta, puedes devolverlo en los proximos 7 dias estando completo con embalajes y demas sin mas explicacion. En el MM te dan 15 dias, es decir, el doble de lo que la ley exige, asi que antes de decir tonterias, informate un poco.


Vuelvo a repetir... En ningun lado la ley dice eso, esa "norma" la establece el establecimiento.

Puede que en algun establecimiento os cambien la consola, pero os aseguro que no va a ser lo normal y lo haran para que os cayeis la boca y os largueis lo antes posible de alli .

Antes hablabamos del tema de las hojas de reclamaciones, y os puedo asegurar que el 99,8% de las reclamaciones por parte del comprador al vendedor por la no sustitucion del bien durante los primeros 6 meses, 12 meses o incluso 2 años son denegadas. A no ser que el cliente tenga la razon (y con eso me refiero a que se demuestre la garantia de conformidad a partir de los 6 meses de la compra del producto).

Una vez dicho esto, voy a ir respondiendo paso a paso :)

Evidentemente una consola que deje de funcionar a los dos meses NO ESTA CONFORME a CONFORMIDAD conforme a esta descripcion (valga la redundancia)


Si la consola no esta conforme, debes tramitar tu garantia. El vendedor nunca se va a desentender de tramitartela, obviamente el que lo hagas tu por tu cuenta directamente con el fabricante te sera infinitamente mas rapido, esquivando los procedimientos internos obligados que tenga que cumplir cada vendedor.

el consumidor puede elegir entre estas dos opciones, a su antojo, salvo que UNA DE ELLAS sea desproporcionada (lease intentar que te entre en garantia una maquina como gp32, que todavia esta en tiempo de garantia pero ya es muy dificil de encontrar en tiendas, de modo que la sustitucion es DESMESURADA o no, habria que discutirlo) en cuyo caso se optara por la otro, Pero siempre una de estas opciones se debe de tomar, nada de suspender la garantia, olvidate de ello. Con lo que es bien claro que un producto que este actualmente a la venta y catalogado, no puede adherise a ningun argumento del tipo "coste desmesurado", al menos en mi humilde opinion

Efectivamente, a tu humilde opinion ( e incluso a la mia como consumidor) no se deberia de tener como argumento el "coste del producto para el cambio es desmesurado", pero la ley esta ahi, y esa es una de las partes flojas de ella misma, que aparte de hacerte la picha un lio al consumidor, le siguen dando facilidades a los vendedores (y ataco directamente a centros comerciales y grandes multinacionales).

Imaginate un pobre vendedor de informatica, que saca el dinero justo para pagar el local y tener un sueldo digno para pagar sus letras... ¿Crees que te daria un portatil nuevo sabiendo que el fabricante se lo va a devolver reparado y sin embalar, con lo cual no estando apto a la venta como producto nuevo?

Creo que confundes la cosas, por experiencia laboral te digo que las unidades sustituidas por el VENDEDOR, jamas son perdidas para el, cuando el cambio este justificado (mayor parte de las veces); los vendedores tienen convenios con los fabricantes de tal modo, con conformidad a la ley, ellos hacen de intermediarios entre el fabricante y el consumidor, de modo que mas tarde el fabricante restituye economicamente o materialmente todas aquellas unidades destinadas a cambios por parte del vendedor. Asi que tanto si son 200€ como 2000€ o 200000000000000€, la ley es clara, en los 6 primeros el vendedor debe sustituir el producto, independientemente del coste del producto.

No confundo, te explico (mi experiencia laboral tambien me lo demuestra). Como tu bien describes siempre y cuando el cambio este justificado (un cambio de un producto de valor 2000€ obsoleto no esta justificado, ya que al estar obsoleto no existe equipo de sustitucion y sale de forma mas economica el repararlo [por parte del fabricante], de ahi la solucion desmesurada por parte del vendedor para negarse a hacer el cambio) no se considera perdida para la empresa ya que el convenio establecido con el fabricante se lo devolvera en material nuevo o devolucion del dinero. No se si quedo claro lo que intento explicar, sino en el proximo post intentare explicarme mejor.

Y otra cosa, tal vez para lo que es la tienda en si como multinacional (estoy hablando claramente de grandes superficies) el cambio de un producto no supone una perdida. Pero para la tienda en si, si lo supone ya que se genera un stock defectuoso que tiene que ser devuelto.

El plazo es claro, los 6 primeros meses sustitucion por parte del vendedor, de eso no hay ninguna duda.

Pues eso es todo, me alegro si he sido de alguna ayuda.


Te comento de nuevo que estas equivocado y tu postura en este post es muy buena, pero no se tendria que liar tanto la castaña para una cosa que bajo mi experiencia vivo dia a dia, y que si consigues la sustitucion del bien en los 6 primeros meses sera para que dejes de patalear y vuelvas feliz otro dia a comprar a dicho establecimiento (pero pocas veces funciona).

Os puedo asegurar que puedo entregar unas 5 o 6 hojas de reclamaciones semanales para que rellenen todo lo que estais diciendo, y que ni una sola ha sido aceptada.

Y os aseguro que desde la parte del consumidor me jode muchisimo saber todo esto [mad]

Tambien existen convenios (por ejemplo con SONY), en el cual SONY autoriza el cambio de cualquier unidad defectuosa completa durante el primer mes. Haciendose el cambio automaticamente por parte del vendedor. Es decir, especifica claramente que durante el primer mes desde la compra la consola falla y esta completa se cambie por una unidad nueva, haciendose ellos cargo del stock negativo.

Y por ultimo una reflexion, si el fabricante da 12 meses de garantia sin necesidad de comprobar nada, todo lo que se excluya de esa opcion es una "opcion desmesurada" para el vendedor. Por logica si el fabricante lo va a reparar... ¿para que le voy a dar una unidad nueva y generar stock negativo?

Perdonadme si soy algo negativo, pero es que lo vivo todos los dias... Y gracias a eso me esta causando una contractura muscular en la espalda acojonante xD Puto extres...

Un saludo

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Edito he visto lo de la Ley, pero creo que solamente es para Asturias... Habria que mirar el resto de comunidades autonomas
Sobre el tema del periodo de validez de la garantia.. sirve solo el ticket de compra? o hay que andar aun sellando los tickets o documentos similares en los distintos comercios?
gothnux, podria comenzar a copiar y pegar trozos de la ley, pero de verdad prefiero que la leas.

Creo que aqui el problema es que hay una brecha entre lo que la ley exige a los vendedores y fabricantes y aquello que realmente sucede. Tristemente veo, que muchos de vosotros estais en el punto de vista del vendedor, y puedo observar las condiciones draconianas a las que los distribuidores y fabricantes os someten, todas ellas en mi opinion fuera de la legislacion. Yo solo puedo comentar la ley desde el punto de vista del comprador, puesto que si bien trabajo como vendedor a tiempo parcial, mi cometido no va mas alla de la atencion al cliente, no trato la compra de producto a los fabricantes y sus condiciones. Lo que si te puedo asegurar es que en la superficie que trabajo se mantenian condiciones como las que tu comentas, hasta que un par de denuncias les hizo cambiar de politica a la correcta, que es la que aqui expongo y apoyo con los documentos del BOE.

Nada mas, cada cual extraiga sus conclusiones partiendo de mis comentarios, de los tuyos y de la lectura de la ley.

Saludos

PD:

Sobre el tema del periodo de validez de la garantia.. sirve solo el ticket de compra? o hay que andar aun sellando los tickets o documentos similares en los distintos comercios?


el ticket de compra o factura es suficiente. Saludos
este post DEBE pasar a un lugar de honor, sinceramente ,,, muy buen trabajo.
Y no hay un post igual par lo de los juegos rajados?
A un colega le ha pasado con el fifa y las del jump lo trataron como si fuera imbecil y no supieran sacar un disco de la caja,no sabemos a quien reclamar si ea, MS, jump...el juego lo compro el 19 de diciembre,pero veo que a la gente le pasa asi qe es un problema de fabricacion materiales y tal,no porque mi amigo sea subnormal,lo malo es que se quedo callado y se largo de la tienda frustrado...
Joder, que susto me he pegao al leer la version larga...
¿Habeis visto quien la firma?

Presidente del Govierno - MARIANO RAJOY BREY

(si, pone en funciones, pero a primera vista acojona un rato...)

[mad] [agggtt] [mad]

Salu2.
Al que ha dicho que le ponen 5 reclamaciones diarias conforme a la ley y que son desestimadas... [ejem]

Te aseguro que los servicios de atención al consumidor de los ayunbtamientos se lo curran bastante bien para la poca gente y medios que tienen. Si realmente la reclamación tiene base legal, va a misa. El consumidor nunca pierde y ya se verá si se come el paquete el vendedor, distribuidor o fabricante.

Puede que el consumidor no gane nada, que le den la razón despues de las molestias y tiempo empleado. Pero perder no pierde. En cualquier caso el paquete se lo come la parte reclamada y las multas igual.

Ejemplo: Quieres comprar un producto a precio X por publicidad incorrecta. El fabricante se niega a vender. Reclamas. Consumo te da la razón. El comercio/distribuidor/fabricante (quien sea responsable de la publicidad) no te lo vende. Tu nunca pierdes nada (aunque no ganas). Consumo empaqueta a la parte denunciada. Ésta siempre pierde.

Ejemplo2: No te cambian algo que has comprado y que legalmente debe hacerse como tu quieres. Reclamas. Consumo te da la razón. El comercio/distribuidor/fabricante por cojones se tiene que hacer cargo (tu dinero está en juego, el contrato de compra-venta va a misa). Tu nunca pierdes nada (aunque puede que no te indemnicen por las molestias o puede que si, o puede el cambio no sea exactamente como querías). Consumo empaqueta a la parte denunciada y la obliga a cumplir la ley en tu favor. Ésta siempre pierde.

La mayor parte de denuncias a consumo son por telefonía que son cosas mas chungas que esto, por la imposibilidad del usuario de reclamar fisicamente y de demostar el chanchullo que te hacen al ser un servicio "no tangible". No os asusteis a la hora de reclamar cuando la ley os de la razón. En cosas de tiendas NUNCA se pierde. Que sean los vendedores/fabricantes/distribuidores quienes se coman el marron y se pongan de acuerdo entre ellos.
delone, creo que en una de las paginas de este post un compañero comentaba un problema como el que describes, le respondi explincandole que estaba cubierto por su garantia y parece que se lo cambiaron en el comercio donde lo compro

User447 totalmente de acuerdo.


HUOPO y lexus, muchas gracias a vosotros por leer

o0firestarter0o, es curioso eso si, no sabia que un presidente en funciones tenia poderes plenos como para firmar una ley estatal. De las cosas que uno se entera leyendo un pokito.

Saludetes a todos
Hola pues yo tengo una duda sobre la garantía, estos días me compré la XBOX 360 y tuve la mala suerte de que me salio defectuosa, volvi a Centro Mail dondde la compré y me la cambiaron sin problemas.

Pero mi pregunta es, cuando pasado un mes en caso dde haber algun defecto la tenga que enviar a microsoft, que cosas me vana pedir junto con la consola? lLa garantia de la 360 es ta simple como ese librillo que trae hablando sobre ella? supongo que junto con ese librillo necesitaría enviarles la factura de compra de centro mail (para que microsoft vea que la consola no fue comprada hace mas de un año llegado el momento)

Creía que entre los papeles de la consola cuando la compras habia alguna especie de papel que fueras la garantía en si misma, donde se iddentificara el numero de serie unico y exclñusivo de tu propia consola
Buenas electric^Voodoo, el unico documento que debes aportar para hacer uso de la garantia es tu factura. Supongo que si envias la consola a microsoft te pedira que hagas una copia de la factura que debas de mandarles junto con la consola, si llegara el caso.

Respecto a los plazos de la garantia, lee el primer mensaje de este post donde se da esa informacion. La devolucion de la consola por otra unidad nueva no se circunscribe al primer mes como creo piensas, y la garantia es de mas de un año, no como se indica en el panfleto de garantia de MS, del que debes de pasar ya que no se ajusta a la legislacion que aqui se expone.

Saludos
No me he lido todos los post, pero en los primeros 6 meses, ante cualquier defecto del aparato, si te dirijes a la tienda para que sustitución... ¿se habla de plazos?

Pq con la excusa que lo tiene que revisar nuestro SAT o el fabricante para ver si se ha echo un mal uso...
Blade runner escribió:La ley dice esto respecto a los gastos derivados de la garantia

"Serán gratuitas para el consumidor. Dicha gratuidad
comprenderá los gastos necesarios realizados
para subsanar la falta de conformidad de los bienes con
el contrato, especialmente los gastos de envío, así como
los costes relacionados con la mano de obra y los materiales."

fartuco, tu nunca debes pagar los gastos de envio de un producto que se ha enviado para su reparacion. Respecto de juegos, si estos no presentan ningun problema, evidentemente no se te van a cambiar; si lo tuvieren se te cambiarian por una unidad nueva; el reembolso del dinero solo se considera cuando la reparacion o sustitucion es imposible.

Saludos


O sea, que si yo decido mandar a alternate una grafica que me da la impresion de esta cascada, ¿no debo de pagar los portes de envio?
¿O sera que a partir de que la grafica esta en la tienda, los gastos de envio al fabricante corren por cuenta del mismo?

¡Este hilo es fantastico!
Yo le ponia una chincheta al hilo y lo dejaba fijo, porque mas de uno tendra problemas de este tipo, y si alguien de por aqui entiende del tema...
Hola, justo hoy se me ha jodido la XBOX360, con las famosas luces de la muerte. Rebuscando he encontrado este post, donde explica bien la ley de garantias, y de lo comentado por el autor entiendo que en los 6 primeros meses se puede reparar o sustituir la consola, a elección del consumidor.

Mi duda viene de la lectura de la ley, ya que en el artículo 6, apartado g) dice:

"El consumidor no podrá exigir la sustitución en
el caso de bienes no fungibles, ni tampoco cuando se
trate de bienes de segunda mano."

Obviamente, a mi entender, una consola es un bien NO fungible, así que no podríamos exigir una sustitución . . . .

Al grano: La consola la compre en Alcampo, hace menos de 2 meses, ¿alguien la ha devuelto alli sin problemas en un periodo de tiempo similar?

Saludos!
Haber he estado leyendo y no me aclaro todabia.
tengo mi consola con menos de un mes, unos 25 dias y esta KO, comprada en gamestop, q debo hacer???
1- me vy con 2 cojones a decirle al tio q me la cambia o le meto un pakete
2- le pido amable mente comentandole el contenido de la ley q esta en el hilo del cambio de la consola x el vendedor.
3- me dy x vencido y llamo directamente al fabricante

ayuda plissssssss
Buenas,

sólo quería decir para aquellos que dicen que las hojas de reclamaciones no sirven para nada, que eso es FALSO, no servirán para nada si lo que se reclama no tiene fundamento, pero yo puse una en un Camping (por unas razones muy largas de contar) y nos indemnizaron a todos los que la pusimos de forma económica, osea que servir sirven...

Y hay muchos casos de gente que no le han querido cambiar algo o se le han puesto chulos y ha sido pedir la hoja de reclamaciones y solucionarse todo de inmediato (y se casos de el Corte Inglés, concesionarios de coches,...)

Salu2
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