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Requisitos de acceso:
1.- Escala Básica:
Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, antes de que termine el último día de plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
- Ser español.
- Tener 18 años de edad y no haber cumplido los 30.
- Tener una estatura mínima de 1,70 metros los hombres, y 1,65 metros las mujeres.
- Estar en posesión o en condiciones de obtener, el título de Graduado en Educación Secundaria o acreditar la superación de la prueba que recoge el artículo 32 de la Ley Orgánica 1/90, de 3 de octubre, referido a los ciclos formativos de la formación específica de grado medio, o tener titulación o estudios equivalentes o superiores a los señalados, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1487/94, de 1 de julio, por el que se modifica y completa el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo. (BOE núm. 179, de 28-07-94).
- Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
- No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Será aplicable, no obstante, el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas siempre que aquélla se acredite mediante el correspondiente documento oficial por parte del aspirante.
- Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B (antes B1). Asimismo los opositores deberán estar en posesión del permiso de conducir de la clase A y de la autorización (B.T.P.), para conducir los vehículos a que refiere el artículo 7.3 del Reglamento General de Conductores , obtenido con anterioridad a la fecha en que comparezcan a la realización de la cuarta prueba, momento en que deberán acreditarlo.
2.- Escala Ejecutiva:
Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, antes de que termine el último día de plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
- Ser español.
- Tener 18 años de edad y no haber cumplido los 30. No obstante lo anterior, para los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía en activo, que aspiren a ingresar en la categoría de Inspector, por el procedimiento de oposición libre, la edad máxima se amplía a los 35 años.
- Tener una estatura mínima de 1,70 metros los hombres, y 1,65 metros las mujeres.
- Estar en posesión del título de Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado universitario o equivalente, o del Diploma Superior en Criminología, siempre que este último se haya obtenido tras cursar las enseñanzas que reúnan los requisitos señalados en el apartado segundo de la Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 19-11-1996 (BOE núm. 286, de 27 de noviembre)..
- Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
- No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Será aplicable, no obstante, el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas siempre que aquélla se acredite mediante el correspondiente documento oficial por parte del aspirante.
- Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B. Asimismo los opositores deberán estar en posesión de la autorización (B.T.P.) para conducir los vehículos a que refiere el artículo 7.3 del Reglamento General de Conductores, obtenidos con anterioridad a la fecha en que comparezcan a la realización de la cuarta prueba, momento en que deberán acreditarlo.
Acreditación de requisitos:
En la fecha en que sean convocados para la realización de la entrevista personal y el reconocimiento médico los opositores que hayan superado las pruebas anteriores, presentarán al Tribunal los siguientes documentos:
- Declaración de no haber sido separado del servicio del Estado, de la Administración autonómica, local o institucional ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
- Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.Certificado de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de Penados y Rebeldes.
- Fotocopia compulsada de la titulación académica. Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en el apartado de requisitos académicos habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación en tal sentido del Ministerio de Educación y Cultura.
- Fotocopia compulsada del permiso de conducir de las clases A (Escala Básica) y B y autorización BTP.
- Documento acreditativo, en su caso, de los servicios prestados como militar de reemplazo o empleo.
- Documento acreditativo, en su caso, de la condición de funcionario en activo del Cuerpo Nacional de Policía y del servicio prestado en el mismo (Escala Ejecutiva).
Cuantos documentos se presenten habrán de ser originales o extendidos en copias debidamente autorizadas o compulsadas. Las compulsadas deberán afectar, en su caso, a la totalidad de las páginas del documento y no se considerarán válidas cuando carezcan de la firma e identificación personal del funcionario que las extiende. No serán tenidos en cuenta documentos transmitidos por telefax u otros sistemas análogos.
Cuando se aleguen equivalencias u homologaciones de título obtenidos o estudios cursados, dicha circunstancia deberá, asimismo, acreditarse. En otro caso no será tenida en cuenta.
Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar aquellos extremos que constituyeron requisito previo para su nombramiento. En este caso, acompañarán la oportuna certificación extendida por la unidad de personal correspondiente.
Exclusiones médicas:
Talla: Estatura mínima: 1,70 metros los hombres; 1,65 metros las mujeres.
Obesidad/delgadez: Obesidad o delgadez manifiesta que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.
Se evaluará a través del índice peso ideal = 0,75 x (talla en centímetros-150) + 50, no debiendo el aspirante desviarse un 20 por 100 del ideal.
Exclusiones circunstanciales:
Enfermedades o lesiones agudas, activas en el momento del reconocimiento, que puedan producir secuelas capaces de dificultar o impedir el desarrollo de las funciones policiales.
En estos casos, el Tribunal Médico podrá fijar un nuevo plazo para comprobar el estado de salud del aspirante, al final del cual los Servicios de Sanidad de la Dirección General de la Policía certificarán si han desaparecido los motivos de la exclusión circunstancial.
Exclusiones definitivas:
Ojo y visión:
Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en ambos ojos.
Queratotomía radial.
Desprendimiento de retina. Estrabismo.
Hemianopsias.
Discromatopsias.
Cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.
Oído y audición:
Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre los 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.
Otras exclusiones:
Aparato locomotor: Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio del Tribunal Médico, con el desempeño del puesto de trabajo. (Patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares).
Aparato digestivo: Úlcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que, a juicio del Tribunal Médico, dificulte el desempeño del puesto de trabajo.
Aparato cardiovascular: Hipertensión arterial de cualquier causa, no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm./Hg en presión sistólica, y los 90 mm./Hg en presión diastólica; varices o insuficiencia venosa periférica, así como cualquier otra patología o lesión cardiovascular que, a juicio del Tribunal Médico, pueda limitar el desempeño del puesto de trabajo.
Aparato respiratorio: El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotorax espontáneo (en más de una ocasión),la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos del aparato respiratorio que dificulten el desarrollo de la función policial.
Sistema nervioso: Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.
Piel y faneras: Psoriasis, eczema, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de la función policial.
Otros procesos patológicos: Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistémicas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis y cualquier otro proceso patológico que, a juicio del Tribunal Médico, limite o incapacite para el ejercicio de la función policial.
Pruebas:
La oposición consta de 4 pruebas diferentes: examen de conocimientos, pruebas físicas, psicotécnicos, ortografía y entrevista, y revisión medica. La tercera prueba se realiza en dos partes, el primer día se realizan los exámenes y aquellos que pasen esta fase realizaran la entrevista personal el mismo día de la revisión medica.
PRESENTACION DE SOLICITUDES
Fecha: octubre-noviembre
Numero de opositores: 15000
Ratio: 1 plaza por cada 12 opositores
Descripción:
Una vez se publique en el BOE la apertura del plazo para presentar las instancias tendremos 20 días hábiles para presentar todos los documentos necesarios. La fecha de la publicación varia, pero no suele ser antes de octubre.
Impreso de solicitud:
El pasado año la convocatoria fue publicada en el BOE del viernes 4 de diciembre. A partir de ese día se debe ir a la comisaría más cercana y recoger dos impresos. El primero es un impreso para rellenar con nuestros datos. El segundo es un impreso para abonar en el banco el coste de los exámenes que para la escala básica es de1500 pts.
Al presentar la instancia es imprescindible tener el permiso de conducir B pues en el impreso tendremos que poner la fecha de expedición de nuestro carnet. Este año el carnet de conducir A no era necesario hasta la última de las pruebas. También es importante tener el DNI en regla, si está caducado no nos permitirán presentarnos a la oposición.
Pago de los derechos de examen:
Una vez acabado el plazo saldrá una lista provisional con los admitidos y los excluidos. Tendremos que comprobar que nuestros datos están correctos (DNI, nombre y apellidos e idiomas elegidos). Si hay algún error o estamos en la lista de excluidos nos darán unos días para resolver los errores antes de que se publique la lista definitiva.