Hola buenos días,
Tengo una duda, yo estoy realizando un Master Oficial en una Universidad Privada en Madrid, en el cual me matricule de 50 ECTS el primer año, y 10 ECTS este (2016/2017), (por estar trabajando a la vez). Me concedieron la beca Matrícula y la beca variable mínima (60€); el caso es que yo pague el precio del Master antes de que la beca se resolviera, y claro luego me ingresaron solo 1.300€ cuando supuestamente deberia haber sido mucho más.
En el artículo 5 de la convocatoria dice que el montante de la beca en universidades privadas, será el mismo que el del precio publico mínimo establecido en la cominidad autonoma para el curso 2015/2016. Bien ese precio es de 58.5€ por ECTS, por lo que el importe de la beca debería ser: "50 x 58.5 = 2.925". Como digo la universidad solo me devolvió 1.300 amparandose en el artículo 52 que viene a decir que el importe que recibirán las universidades como beca matrícula será el del curso 2011-2012 actualizado a un 1%.
¿Existe una contradicción entre artículos? ¿Cual debería ser entonces la cuantía a percibir, lo que dice el artículo 5 o lo que dice el artículo 52? Hice un escrito y me han dicho que no tengo razón y que da fin a la vía administrativa pudiendo interponer un recurso Contencioso-Administrativo.
Gracias de antemano y saludos.