El contrato de obra y servicio tenía que ser como máximo 3 años, pero creo que podía extenderse 12 meses según convenio.
Si sigues con es contrato, la empresa te puede echar en cualquier momento por finalizar el contrato.
Si eso pasara, pues te correspondería la prestación por desempleo, y el finiquito con la parte proporcional de vacaciones y pagas extraordinarias, pero al no ser despido no tendrías indemnización por despido.