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juantxo85 escribió:Si a traves de una web, compro un articulo a un determinado precio, pagandolo via tarjeta de credito, esa web se puede negar a venderme dicho producto aludiendo a que el precio era erroneo?
Esa es mi duda.
Salu2
Auriok escribió:Hola 927PoWeR. Primero decir que me he leído buena parte del post. Tu labor me parece digna de elogio, y como tal no puedo más que felicitarte por tu acción.
Tengo una duda de la cual he obtenido tanto respuestas a favor como en contra. He googleado un poco pero no me parece satisfactorio del todo lo que he encontrado, así que te pregunto, esperando por otra parte que no lo hayas respondido antes . Sé que lo de error tipográfico no tiene valor para reclamar pero mi duda es ¿lo de hasta fin de existencias tampoco?
Un saludo y gracias.
927PoWeR escribió:
Dado que la frase "salvo error tipográfico" se considera nula de pleno derecho, y si posees factura y correos donde aparezca el precio pagado por el producto en cuestión, NO, no pueden negarse a vendértelo.
Lo que pasa, que al ser una tienda por internet, deberás de presentar una denuncia ante el juzgado, para la que no necesitarás ni abogado ni procurador según el importe a demandar, por lo que, dependiendo de lo adquirido, podría o no compensar.
Ten en cuenta que te ampara la Ley de consumo (ahora RDL 1/2007), la Ley de Publicidad y la LSSI.
Saludos.
charlesdegaule escribió:Paisano, ante todo comentarte que eres un fenómeno, y venía aquí para saber si pudieras asesorarme.
Verás, no tenía intención de comprarme ninguna consola next-gen, pero la oferta del Media Mark por 199 euros me llamó bastante la atención, por lo que pensé que sería un fantástico regalo de reyes. Al llegar no quedaba ninguno, el mismo vendedor, sorprendido, nos comentó que no esperaban vender a tanto nivel esa oferta pues él pensaba que habia ofertas mucho mejores. Tras insistirle en la oferta, e ir a hablar con su jefe, nos anotó en una lista para cuando llegase la siguiente remesa (Dificil lo veo cuando se trata de lotes que están de liquidación), quedaron en llamarme el miércoles a media mañana, y tras personarme allí resultó que ni siquiera estaba pedido a Microsoft, sino solamente figuraba en una hoja que tienen ellos.
¿A partir de qué día podría pedir explicaciones?. Poseo la captura de pantalla de la oferta por si acaso, pero temo que con el tema de que la oferta ya pasó estém toreándome para que se me olvide el tema. ¿Puede ocurrir esto? ¿O aun podria poner una reclamación?.
Muchas gracias tio, espero que pases unas fantásticas fiestas.
charlesdegaule escribió:Pues, mi padre solicitó algo por escrito, pero dijo el de allí que al no tener un número de serie de una consola pues no podría darme nada oficial. Mi nombre figura en la libreta de pedidos, y esa no se ha perdido porque al dia siguiente fuimos a comprobarlo y estaba ahí el nombre. Si no llega ¿Debería olvidarme de la consola?.
Un saludo tio
charlesdegaule escribió:Oye muchas gracias por todo, he ido al MM de Puerto Real y me han dado un vale que dice que tengo una consola en cuanto llegue. Ahora otra pregunta, ¿Pueden estar todo el tiempo que quieran sin traer la consola o a partir de X día puedo solicitar alguna compensación por no haber tenido stock en el tiempo de oferta?.
De nuevo muchas gracias por todo, y ¡¡Que pases unas felices fiestas!!
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS Y OTRAS LEYES COMPLEMENTARIAS escribió:Artículo 120. Régimen jurídico de la reparación o sustitución del producto.
La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:
1. Serán gratuitas para el consumidor y usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los productos con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.
2. Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario, habida cuenta de la naturaleza de los productos y de la finalidad que tuvieran para el consumidor y usuario.
3. La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el artículo 123. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor y usuario ponga el producto a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor y usuario del producto ya reparado. Durante los seis meses posteriores a la entrega del producto reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el producto defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados.
4. Si concluida la reparación y entregado el producto, éste sigue siendo no conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la sustitución del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
5. La sustitución suspende los plazos a que se refiere el artículo 123 desde el ejercicio de la opción por el consumidor y usuario hasta la entrega del nuevo producto. Al producto sustituto le será de aplicación, en todo caso, el artículo 123.1, párrafo segundo.
6. Si la sustitución no lograra poner el producto en conformidad con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la reparación del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
7. El consumidor y usuario no podrá exigir la sustitución en el caso de productos no fungibles, ni tampoco cuando se trate de productos de segunda mano.
thedark30 escribió:Gracias , que me recomiendas que pague primero y luego vaya a la ocu con posibilidad que me devuelvan el dinero o vaya antes y se lo diga a la pagina.
Esque tengo miedo que la pagina me diga pues ahora no la acepto o la tengan hay 6 meses sin darmela.
saludos
sunjamer escribió:hola,
expongo mi caso...
El 13 de enero de 2007 compre un receptor de TDT en un centro comercial de barcelona.
Esta semana (Enero de 2008) el receptor ha dejado de funcionar...
Como se supone que la garantía es de 2 años y el aparato tiene menos de 1 año aun lo hemos llevado junto al ticket de compra al establecimiento.
Alli nos han dicho que ellos no reparan nada y que tenemos que llevarlo nosotros al servicio tecnico. Total que nos lo hemos vuelto a llevar a casa.
Creo que la ley dice que el vendedor es el responsable del producto durante la vigencia de la garantia y es quien ha de intermediar entre el fabricante y nosotros ante una averia durante el periodo de garantia.
Es eso correcto ??
Como deberia proceder a partir de ahora??
gracias..
salu2,
sunjamer
Sobre responsabilidad del vendedor escribió:Artículo 123. Plazos.
1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad.
2. Salvo prueba en contrario, la entrega se entiende hecha en el día que figure en la factura o tique de compra, o en el albarán de entrega correspondiente si éste fuera posterior.
3. La acción para reclamar el cumplimiento de lo previsto en el capítulo II de este título prescribirá a los tres años desde la entrega del producto.
4. El consumidor y usuario deberá informar al vendedor de la falta de conformidad en el plazo de dos meses desde que tuvo conocimiento de ella. El incumplimiento de dicho plazo no supondrá la pérdida del derecho al saneamiento que corresponda, siendo responsable el consumidor y usuario, no obstante, de los daños o perjuicios efectivamente ocasionados por el retraso en la comunicación.
Salvo prueba en contrario, se entenderá que la comunicación del consumidor y usuario ha tenido lugar dentro del plazo establecido.
Pandereta escribió:Bueno, voy a intentar sacar "tajada" de este útil hilo, por otra parte.
Os cuento el caso:
Compramos hace un año el portátil en El Corte Inglés, y contratamos una extensión de garantía, que amplia dicha garantía con El Corte Inglés -no con el fabricante- durante 3 años a todo riesgo.
Se nos jode el ordenador hace unos dos meses. Llamamos al Corte INglés, nos lo viene a recoger y que "ya nos llamarán" cuando esté arreglado. Pasan dos semanas, tres. No hay señales de vida. Llamamos y nos dan largas.
Han pasado más de dos meses y seguimos sin ordenador, y en el ECI nos dicen que no lo arreglan porque no tienen las piezas, que están pedidas y no saben cuanto tardarán.
Bien, realmente no sé que pone en el contrato de la garantía porque la tengo en Valladolid, que es donde vive mi novio, pero desde luego, 2 meses me parece una barbaridad.
Hemos puesto una hoja de reclamaciones, que lo único que nos sirve es para que nos llamaran pidiendo disculpas.
El caso es, ¿podemos hacer algo? Nisiquiera nos han dado la opción a darnos uno nuevo. Cosa que tampoco queremos porque tenemos datos importantes en el disco duro en el roto.
En fin, nos e si podréis ayudarnos, pero bueno, al menos se intenta. Y gracias de todas las maneras por leerlo!
Derechos que te asisten: escribió:Artículo 120. Régimen jurídico de la reparación o sustitución del producto.
La reparación y la sustitución se ajustarán a las siguientes reglas:
1. Serán gratuitas para el consumidor y usuario. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los productos con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y los materiales.
2. Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor y usuario, habida cuenta de la naturaleza de los productos y de la finalidad que tuvieran para el consumidor y usuario.
3. La reparación suspende el cómputo de los plazos a que se refiere el artículo 123. El período de suspensión comenzará desde que el consumidor y usuario ponga el producto a disposición del vendedor y concluirá con la entrega al consumidor y usuario del producto ya reparado. Durante los seis meses posteriores a la entrega del producto reparado, el vendedor responderá de las faltas de conformidad que motivaron la reparación, presumiéndose que se trata de la misma falta de conformidad cuando se reproduzcan en el producto defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados.
4. Si concluida la reparación y entregado el producto, éste sigue siendo no conforme con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la sustitución del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
5. La sustitución suspende los plazos a que se refiere el artículo 123 desde el ejercicio de la opción por el consumidor y usuario hasta la entrega del nuevo producto. Al producto sustituto le será de aplicación, en todo caso, el artículo 123.1, párrafo segundo.
6. Si la sustitución no lograra poner el producto en conformidad con el contrato, el consumidor y usuario podrá exigir la reparación del producto, salvo que esta opción resulte desproporcionada, la rebaja del precio o la resolución del contrato en los términos previstos en este capítulo.
7. El consumidor y usuario no podrá exigir la sustitución en el caso de productos no fungibles, ni tampoco cuando se trate de productos de segunda mano.
Pandereta escribió:Muchísimas gracias, de verdad. Muy completo, claro, y facilísimo. Mañana iremos a hacerlo. Os comento resultados por aquí.
De nuevo, millones de gracias.
phaeton escribió:Problema con concesionario Oficial Peugeot:
A ver que os parece.
Estas navidades me regalaron un Carputer+Pantalla Tactil.
Lo llevé (todo configurado), simplemente para que me pasaran los cables, y así no hacer una chapuza.
Es decir, le dia las instrucciones al mecanico de que lo "UNICO" que habia que hacer era pasar cables del maletero hacia el hueco de la radio, que todo lo demás ya estaba hecho.
Mi sorpresa fué al ir a buscar el coche y encontrarme una factura de 400€ (6h, a razon de 52€ la hora + IVA, + materiales eléctricos por valor de 30€)
Cuando proteste por semejante salvajada, me dijo el encargado del concesionario "Aun te hacemos un favor por ser cliente de toda la vida porque "pepito" ha estado mas de 12 horas trabajando en el coche.
Le dije que si me llegan a facturar 12h, prendo fuego al conce, que 6h ya me parecía un escándalo.
La cuestion es que me fuí de ahí y dejé el coche en el parking, porque no lo necesitaba hasta unos dias mas tarde.
Cuando lo cojo , le doy al boton de encender la radio y veo que se mueve, compruebo, y veo que la radio no está ni "atornillada", ni apretada, ni sujeta, es decir, simplemente "encarada" en el hueco, pero sin nada que la sujete, solo los cables.
Llamo al conce de nuevo y la respuesta es "no la atornillamos porque no cabe, y no habia manera de sujetarla".
Coño, pues llamame y dimelo, no me cobres 400€ por una radio que solo está "encarada".
Le digo, que así no puede ir, que en caso de accidente es un peligro llevar una radio suelta de esa manera, y me dice que vale, que se la lleve y que me la cambia por otra que le traiga yo mismo.
Hoy me dicen que el coche ya está listo y que me cobran otra hora de mano de obra en concepto de quitar una y poner la otra (52€+IVA) mas.
De verdad me pueden estar cobrando todo esto, o a parte de cagarme en sus muertos puedo hacer algo ??
Es decir, yo se que me estan atracando en mis narices, pero a parte de montar el numerito y quedarme igual que ahora, pero mas desahogado, puedo hacer algo de manera "legal" para que no me roben ??
Ni hubo presupuesto previo ni nada.
Yo tirando por lo alto calculé que serian 2h. de mano de obra.ç
Y esta segunda vez pensé que si la cagada fué suya, no me cobrarian nada
mceada28 escribió:Hola
Pues hoy 17 de enero cumpl los 18 meses de contrato y me quiero disvincular de ellos y he llamado y dicen que hasta mañana dia 18 no me pueden tramitar la baja porque dicen que hoy aun estoy en el compromiso.
Eso es asi o me estan toreando?
saludos
927PoWeR escribió:
Hoja de reclamaciones "oficial" y llevando en un anexo TODOS los hechos detallados.
phaeton escribió:
Pero que detallo en esas hojas ??
Que no me hicieron presupuesto ?
O que yo creo que se han psaado 40 pueblos en las horas facturadas ?
O que , a pesar de todas las horas, he tenido que volver con una radio diferente y que me han vuelto a facturar mas horas ??
Donde relleno eso ?, en el mismo concesionario ?
Ahí es donde llevo el coche desde siempre, ya a pesar de que estoy supercabreado, no quisiera estar intranquilo la proxima vez que les lleve el coche (cambiar de conce descartado, por proximidad de este )
pandereta escribió:Asunto arreglado. Pusimos reclamación oficial ayer por la mañana. Y hoy a las 11 de la mañana ya teníamos nuestro ordenador completamente arreglado.
mceada28 escribió:Buenas
Pues tengo don contratos de orange uno cumplio ayer los 18 meses enel cual he mandado el fax y tengo otro que cumple el 7 febrero 2008.
Me quiero dar de baja del segundo pero tengo una duda antes de arriesgarme.
Tengo entendido que para darse de baja hay que avisar con 15 dias antelacion,pues bien quero mandar un burofax hoy mismio indicando claramente que solicito la baja apartir del 8 de febrero.
(aclaro que no estoy diciendo que me quiera dar de baja antes del compromiso sino enviar el burofax con antelacion indicanodoles que apartir del dia 8 febrero)
Entonces de esta gente de orange no me fio un pelo porque ellos capaz de decirme que no me puedo dar de baja hasta que no llegue el dia 8 de febrero y creo que esto no es asi y queria asegurarme que si lo hago de estamanera lo estoy haciendo bien .
Otra cosa es que en la baja que he echo hoy del otro numero me han dado codigo de desactivacion de la linea que he tenido que poner en el fax y claro es la primera vez que lo escucho..
No se que hacer si llamales y decirles lo que he comentado aqui aunque ya se que me van a decir que me no puedo enviar nada hasta el mismo dia 8 de febrero y que no me pueden dar codigo de desactivacion o bien mandar el burofax diecctamente y pasa r del codigo ese.
Bueno espero una ayuda
927PoWeR escribió:
Hombre, yo creo que lo del número de desactivación es el número de baja.
Otra cosa es la no renovación de contrato, eso si, si lo avisas con 15 días de antelación, es válido, es tu derecho.
Mándalo como burofax, o espera a hacer lo mismo que con el otro, esperar al día posterior, aunque yo, personalmente, mandaría el burofax.
De todas formas, aquí podrás encontrar más información sobre el tema.
mceada28 escribió:El dia 24 hasta el dia 8 hace los 15 dias,a sique que el dia 24 pedire la baja y el codigo de desactivacion y lo mando por burofax y si me sancionan con los 75 euros les meto una denuncia en la omi o en la facua
Por cieto sabes que tendria mas efecto y mayor ligereza en tramites si la OMIC que es publico del ayuntamiento o la FACUA que es privado de socios y tengo que pagar cuotas ?
saludos
exitido escribió:Hola, he estado leyendo el hilo y hay algo que no se como se hace, es sobre las reservas.
Tengo claro que si no hay un producto puedo reservar y cuando llegue me lo tienen que dar al precio al que estaba cuando reserve (suele pasar con los productos "ganchos" que estan de oferta y nunca estan en la tienda)
¿Pero como se hace la reserva?
Por ejemplo voy a por un portatil que esta de oferta, voy el ultimo dia de la oferta y no les quedan.
Voy a atencion al cliente y digo que lo quiero reservar, pero me dicen que no les quedan, que cuando lleguen me llamaran pero el precio sera otro porque la oferta habra terminado, que les de el telefono.
Pero entonces como se hace una reserva para pagar el portatil al precio de la oferta si no lo tienen?
Lo tengo que pagar ese dia aunque no tengan el portatil y que me hagan una factura o como se hace?
927PoWeR escribió:
Mira el tema es sencillo:
1º.- Cuando vayas a reservar, si estás dentro del plazo de la oferta, HAN DE DARTE un papel de reserva en el que figure el artículo, el precio y la fecha y hora de la reserva.
2º.- Si dicen que habrá modificación de precios, o que no hay más, pon una hoja de reclamaciones OFICIAL en el que hagas constar eso que te dicen y que estás dentro de la oferta.
3º.- Las frases "hasta fin de existencias" o "cantidades limitadas", son NULAS siempre y cuando estén dentro de un periodo de tiempo, es decir, si dichas frases están incluidas en un catálogo que ponga, por ejemplo, "Del 1 al 15 de enero...", serán nulas y deberán de respetar el contrato.
4º.- Si no hay artículos del que vas a buscar y no van a traer más dentro del periodo de validez de la oferta, estás en tu derecho de solicitar uno de similares o superiores características AL MISMO PRECIO.
927PoWeR escribió:Antes de nada, perdón por la tardanza en responder, pero la gripe me ha tumbado y no he tenido fuerzas para aparecer por aquí.
Para "Ral":
Si has rellenado la hoja de reclamaciones y has puesto todo lo que has comentado aquí, deberás de esperar a lo que respondan ellos, y en base a su respuesta ya miramos el tema, ¿OK?.
DarK_IsI escribió:te comento mi caso
20 1 2006 compro una grabadora de dvd
3 7 2006 se estropea ,la entrego me dicen que ya me llamaran para lo de la garantia ,varias llamadas y nada me decian que tenian que esperar a lo que diga el proveedor ,ya por ultimo me dicen que la han perdido y sin ticket de entrega no pueden reclamarla ,y no me dieron ningun ticket ,que hago