Juez Serrano aboga por nuevo régimen de reparto de viviendaEl juez de Familia de Sevilla y presidente de la Asociación Española Multidisplinar de Investigación sobre Interferencias Parentales (ASEMIP), Francisco Serrano, aboga por un nuevo régimen de reparto de la vivienda familiar en caso de separaciones de los miembros de una pareja.
Se trata de una propuesta formulada por el juez Serrano a la que ha tenido acceso Efe, en la que explica que la Ley de 8 de Julio de 2005 es una reforma "correcta, oportuna pero insuficiente, que se ha vendido de cara a la galería como un paradigma de progreso" pero que mantiene "el inmovilismo en aquellos aspectos considerados como patrimonio de las mujeres".
Así, éstas son "llamadas por su condición sexual a ser las custodias de la prole y por ende titulares del interés familiar preferente" que "justifica" el uso del hogar familiar "con independencia de su titularidad dominical, de los gravámenes hipotecarios y de la situación de indigencia en que pudiera quedar el privado de seguir viviendo en la que hasta ahora era su casa".
Explica Serrano que es un "incomprensible planteamiento, generador de desigualdad", donde "se han ignorado las situaciones de posible custodia compartida, como medida que precisamente reduciría esa confrontación y repercutiría en interés y beneficio de todos los integrantes de la familia separada".
Por tanto, propone el juez un reforma en la que se omite "cualquier atisbo de contaminación ideológica de género" y no se alude "a hombres o mujeres, padres o madres" sino que hace referencia a intereses de "cónyuges, progenitores e hijos".
Con esta modificación, Serrano pretende facilitar el recurso de la negociación y mediación familiar, reducir situaciones de conflictividad familiar "que pueden degenerar en episodios de violencia doméstica" y favorecer "la negociación, el consenso, la conciliación, mediación y diálogo".
Asimismo, esta reforma facilitaría a su juicio que realmente la situaciones de custodia compartida pasaran de ser la regla excepcional en las modalidades de custodia a ser la opción preferente, puesto que "detrás de muchas reclamaciones de custodia de los hijos, se esconde un interés soterrado de quedarse con el uso de la vivienda familiar".
Para ello, las reglas que propone el jurista son que, preferentemente, se procure la liquidación del domicilio y de los enseres existentes en el mismo cuando "se ostenten en cotitularidad y bajo cualquier régimen de titularidad de bienes, bien mediante su transmisión a terceros o bien mediante la adjudicación de su propiedad a uno de los cónyuges previa compensación de la cantidad que le corresponda al otro".
Según la propuesta, en caso de que existan hijos menores o mayores que se encuentren bajo la custodia de uno de los progenitores, "se podrá adjudicar el uso, posesión y disposición exclusiva a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden, pero debiendo limitarse temporalmente esa atribución para facilitar la liquidación del inmueble".
En caso de que no existan hijos o sean mayores e independientes, el uso temporal de la vivienda familiar -hasta que se proceda a su venta o adjudicación de titularidad a uno de los cónyuges-, corresponderá al que se considere que ostenta el interés familiar más necesitado de protección.
Si la vivienda es de titular privativa de uno de los cónyuges, su uso no le podrá ser atribuido al otro salvo que, excepcionalmente, se justifique y en todo caso sea de forma temporal que nunca será superior a dos años "cuando el propietario carezca de otros inmuebles o recursos suficientes".
Fuente:
http://www.adn.es/local/sevilla/2009090 ... parto.htmlResumen: En el siglo XXI según este juez mujeres y hombres pueden trabajar en igualdad para mantener a los hijos con custodia compartida, previa liquidación a medias de los bienes del matrimonio que se divorcia.