La ley obliga a avisar 15dias antes para irte de un trabajo?

En mi caso es un contrato de duración determinada (fin de obra) y en menos de 15 días me iré a un trabajo mejor, por eso lo pregunto.
Es obligatorio por la ley?
En esta empresa llevo 10 meses.
Si quieres que te paguen los dias y que te los cuenten como cotizados si, a no ser que estés en contrato de prueba, dependiendo del trabajo el plazo puede ser de más tiempo, según lo que hayas firmado en el contato (a mi una vez me hicieron avisar con un mes de antelación)
tu de un trabajo te puedes ir cuando te de la gana
ahora, si quieres el finiquito, deberas darles esos 15 dias
Entonces no estoy obligado legalmente hablando,. verdad?
Si es así, que peso me quitáis de encima.
Estas obligado legalmente si quieres cobrar el finiquito xD

Si te da igual no cobrarlo pues ningun problema.
tu te puedes ir cuando te de la gana,eso si si te vas sin avisar olvidate de que te pagen finiquito!
tienes que avisar (mejor por escrito)que te marchas en 15 dias y asi te lo pagan!
Lemakako escribió:tu te puedes ir cuando te de la gana,eso si si te vas sin avisar olvidate de que te pagen finiquito!
tienes que avisar (mejor por escrito)que te marchas en 15 dias y asi te lo pagan!


Por escrito, y que te pongan en sello de la empresa y/o firma. Haz dos copias. Una para ti y la otra para la empresa.
revisa primero tu convenio. En el mio, enseñanza, tenemos que avisar tan sólo con tres días de antelación aunque la empresa si está obligada a quince días.
creo que ha quedado claro, mirate el convenio, tu categoria y los dias

lo de los 15 dias no es para el finiquito ya que ellos te han de abonar los dias trabajados y lo que corresponda de vacaciones y paga extra si la tuvieras.
Me parece que legalmente el empresario podria exigir daños y perjuicios si te vas sin avisar con esos 15 dias de antelacion, pero casi nunca se toman acciones legales cuando se da el caso...
rhipone escribió:creo que ha quedado claro, mirate el convenio, tu categoria y los dias

lo de los 15 dias no es para el finiquito ya que ellos te han de abonar los dias trabajados y lo que corresponda de vacaciones y paga extra si la tuvieras.


precisamete esa es la definicion de finiquito, no lo confundas con indemnizacion [beer]
Mi convenio es el de "empresas consultoras de planificación", voy a buscar a ver.
Pero ahora si que me estoy liando por tantas respuestas! XD
Gracias!

EDITO
Artículo 31. Dimisión del trabajador.

1. En caso de dimisión del trabajador de su puesto de trabajo en la empresa, habrá de avisar por escrito a la Dirección de la misma, con un mínimo de quince días laborables de antelación, computados estos según el calendario laboral del Centro de Trabajo donde preste sus servicios el dimisionario. Si no se realizase este preaviso, perderá el interesado la parte proporcional de la paga extraordinaria de julio o Navidad que estuviese devengada, como resarcimiento de los daños y perjuicios que tal omisión de plazo ocasione a la empresa. Lo establecido en el párrafo precedente se entiende sin perjuicio de la indemnización prevista en los supuestos que contempla el artículo 21 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

2. En caso de incumplimiento parcial, esto es, cuando el trabajador preavisare de su cese aunque con antelación menor a los quince días laborables, la pena, es decir, la pérdida de paga extra devengada será igualmente parcial, en proporción de un quinceavo de la cuantía de la paga extra correspondiente por cada por cada día laborable que falte para para completar los quince fijados por el preste Convenio.


Según entiendo con esto, no me pagaran nada. Pero con mis pagas prorrateadas me da igual y el empresario no podría pedirme ningún tipo de penalizacion, no?
Sip, si te vas de la noche a la mañana, como compensación la empresa tiene derecho a quedarse con tu finiquito.
Lo que ya te han dicho todos vamos.

Para resumirlo: Te puedes ir cuando te da la gana, pero tan solo tendrás derecho a un parte proporcional del finiquito (dependiendo de los días de pre aviso).
a ti no te queda mas remedio que avisar. La ultima vez que deje un trabajo tuve que avisar con 15 dias de antelacion. Pero esto no suele ser asi con muchas empresas a la hora de hechar a la gente ya que prefieren pagar la compensacion por no haberte avisado con 15 dias que tener a un tio 15 dias tocandose los cojones por que sabe que le van a hechar
Pero no con todo el finiquito, sólo con los quince días del preaviso, o un día por cada día omitido que marque el convenio, según entiendo de la clausura 2 del convenio, si le avisas un día antes por escrito ya sería un incumplimiento parcial.
Mi particular caso es que el día 16 me dirán si me cogen en un trabajo para empezar el 28.
Si me lo dicen el 16 al 28 van 12 días, por lo que de 15 no llegan, por 3 días pero no.
Obviamente no diré nada antes por si no consigo finalmente el otro trabajo.
Y a la larga me compensara mas perder el poco finiquito que me puedan dar ...
Un consejo, ya que no estas seguro que te van a coger en el otro sitio:
Nada de pasotismo o eso que cagarse en la puta madre de tu (actual) jefe. Se que es difícil pero compórtate como si no tuvieras el otro trabajo...

No se si me explico...
titanioberilio escribió:Un consejo, ya que no estas seguro que te van a coger en el otro sitio:
Nada de pasotismo o eso que cagarse en la puta madre de tu (actual) jefe. Se que es difícil pero compórtate como si no tuvieras el otro trabajo...

No se si me explico...

Si tranquilo eso lo sé, educación y buenas formas ante todo.
Ya se sabe aquello de que : "Hay que quedar bien en todos los trabajos por si luego se hubiera de volver..."
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