radeonxt escribió:Llevan mejoras de resolución o vienen a pelo?
Kosuke Atami escribió:Nintendo 64 fue la peor consola de Nintendo con diferencia.
Oystein Aarseth escribió:no vamos a jurar odio eterno a Nintendo y a hacer una quema publica de sus productos por esto.
Solid.Snake escribió:¿Y dónde dice lo contrario de lo yo dije? ¿Puedes poner el artículo que prohíbe bajar una obra para uso propio? Sólo prohíbe la divulgación y explotación de una obra sin el derecho del autor.
Solid.Snake escribió:Otra aclaración, con explotación de la obra no se refiere a visualizarla para disfrute propio, sino como utilización en beneficio propio referido al lucro. Y no lo digo yo como abogado, sino los jueces. ¿Alguna vez en España alguien ha sido juzgado o amonestado por bajase una película, videojuego o libro? Lo único prohibido es lo que dice lo que has puesto, lucrarse
Artículo 17. Derecho exclusivo de explotación y sus modalidades.
Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley.
2. Sin perjuicio de la compensación equitativa prevista en el artículo 25, no necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, sin asistencia de terceros, de obras ya divulgadas, cuando concurran simultáneamente las siguientes circunstancias, constitutivas del límite legal de copia privada:
a) Que se lleve a cabo por una persona física exclusivamente para su uso privado, no profesional ni empresarial, y sin fines directa ni indirectamente comerciales.
b) Que la reproducción se realice a partir de una fuente lícita y que no se vulneren las condiciones de acceso a la obra o prestación.
c) Que la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, ni de distribución mediante precio.
3. Quedan excluidas de lo dispuesto en el anterior apartado:
a) Las reproducciones de obras que se hayan puesto a disposición del público conforme al artículo 20.2.i), de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y momento que elija, autorizándose, con arreglo a lo convenido por contrato, y, en su caso, mediante pago de precio, la reproducción de la obra.
b) Las bases de datos electrónicas.
c) Los programas de ordenador, en aplicación de la letra a) del artículo 99.
i) La puesta a disposición del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 100 de esta Ley los derechos exclusivos de la explotación de un programa de ordenador por parte de quien sea su titular con arreglo al artículo 97, incluirán el derecho de realizar o de autorizar:
a) La reproducción total o parcial, incluso para uso personal, de un programa de ordenador, por cualquier medio y bajo cualquier forma, ya fuere permanente o transitoria. Cuando la carga, presentación, ejecución, transmisión o almacenamiento de un programa necesiten tal reproducción deberá disponerse de autorización para ello, que otorgará el titular del derecho.
GrimFregando escribió:logame escribió:Para qué hacer ports de las versiones PAL a 30fps y sin bandas negras... para qué pudiendo poner la ntsc en inglés y a tomar por culo.
Eso sería un trabajo extra innecesario sabiendo que la gente pagará por cualquier mierdaYuluga escribió:vamos que nos meten las roms americanas y nos jodemos de los pocos juegos que había en Español... la ley del minimo esfuerzo siempre presente en Nintendo... si van a vender igual
De hecho lo que dice la noticia (no el titular sensacionalista para crear este tipo de confusiones debates y críticas) es que la aplicación de juegos de Nintendo 64 traerá las dos versiones, la versión NTSC y la versión PAL, para quien quiera jugarlo a 60HZ (versión NTSC) o para quien quiera jugarlo en versión PAL porque el juego original tuviese idiomas Europeos. Puedes jugar a los juegos que tuviesen Español en Español en su versión que traía Español (PAL) o en inglés en versión NTSC, algo que se pedía porque muchos juegos están en inglés y viene bien tener la versión de 60Hz en esos juegos donde el idioma no importa porque solo es uno.
Patchanka escribió:Solid.Snake escribió:¿Y dónde dice lo contrario de lo yo dije? ¿Puedes poner el artículo que prohíbe bajar una obra para uso propio? Sólo prohíbe la divulgación y explotación de una obra sin el derecho del autor.
Leo eso y me imagino un ladrón diciendo al juez "me puedes decir el artículo que dice que robar un coche para uso propio es ilegal?"Solid.Snake escribió:Otra aclaración, con explotación de la obra no se refiere a visualizarla para disfrute propio, sino como utilización en beneficio propio referido al lucro. Y no lo digo yo como abogado, sino los jueces. ¿Alguna vez en España alguien ha sido juzgado o amonestado por bajase una película, videojuego o libro? Lo único prohibido es lo que dice lo que has puesto, lucrarse
Vamos a ver otra vez lo que dice la ley...Artículo 17. Derecho exclusivo de explotación y sus modalidades.
Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley.
Ahí no dice nada de beneficio propio referido al lucro. Dice que el autor tiene el ejercicio exclusivo de todos los derechos, incluidos los de reproducción. Es decir, si el autor no da autorización (y se supone que al bajar una rom de una página no tienes esa autorización) no puedes reproducirla...
...a no ser en las excepciones previstas en la propia ley. Vamos entonces a buscar lo que dice sobre "disfrute propio", ya que es lo que estás argumentando. Vamos a buscar por "privado".
El artículo 25 habla de la compensación equitativa por copia privada. Vamos, el canon. No es lo que buscamos.
Pero ojo, el artículo 31 habla de copia privada. A ver que dice.2. Sin perjuicio de la compensación equitativa prevista en el artículo 25, no necesita autorización del autor la reproducción, en cualquier soporte, sin asistencia de terceros, de obras ya divulgadas, cuando concurran simultáneamente las siguientes circunstancias, constitutivas del límite legal de copia privada:
a) Que se lleve a cabo por una persona física exclusivamente para su uso privado, no profesional ni empresarial, y sin fines directa ni indirectamente comerciales.
b) Que la reproducción se realice a partir de una fuente lícita y que no se vulneren las condiciones de acceso a la obra o prestación.
c) Que la copia obtenida no sea objeto de una utilización colectiva ni lucrativa, ni de distribución mediante precio.
No sé, acepto a y c, pero el punto b me parece un poco raro, sabiendo que compartir roms no es algo legal. Podría ser algo similar a la captación de mercancía robada.
De todas formas, también hay un punto raro en el siguiente apartado...3. Quedan excluidas de lo dispuesto en el anterior apartado:
a) Las reproducciones de obras que se hayan puesto a disposición del público conforme al artículo 20.2.i), de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y momento que elija, autorizándose, con arreglo a lo convenido por contrato, y, en su caso, mediante pago de precio, la reproducción de la obra.
b) Las bases de datos electrónicas.
c) Los programas de ordenador, en aplicación de la letra a) del artículo 99.
Si buscamos ese artículo 20.2.i, tenemos:i) La puesta a disposición del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija.
Yo ahí entiendo que puedes bajar lo que quieras... desde que tengas autorización del autor de la obra (vamos, lo de "autorizandose con arreglo a lo convenido por contrato" creo que se entiende que es un contrato con el dueño de la obra, no el dueño de la página que a saber quien será).
Y lo de programas de ordenador es lo que está abajo.Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 100 de esta Ley los derechos exclusivos de la explotación de un programa de ordenador por parte de quien sea su titular con arreglo al artículo 97, incluirán el derecho de realizar o de autorizar:
a) La reproducción total o parcial, incluso para uso personal, de un programa de ordenador, por cualquier medio y bajo cualquier forma, ya fuere permanente o transitoria. Cuando la carga, presentación, ejecución, transmisión o almacenamiento de un programa necesiten tal reproducción deberá disponerse de autorización para ello, que otorgará el titular del derecho.
Que dice también que para ejecutar el programa necesitas autorización del titular del derecho.
No sé, pero creo que esos artículos son bastante claros al decir que eso de "bajar una obra para uso propio es legal", cuando la obra en cuestión es un videojuego, es una señora patraña.
A no ser que me muestres una sentencia que dicte jurisprudencia que diga que todo eso que dice ahí arriba significa que "bajarse una obra para uso propio sin pagar un duro" es legal, entonces me callo.
Kosuke Atami escribió:Nintendo 64 fue la peor consola de Nintendo con diferencia.
berny6969 escribió:Kosuke Atami escribió:Nintendo 64 fue la peor consola de Nintendo con diferencia.
Madre mía lo Que hay que leer
manoo205 escribió:Nintendo siempre ha tenido una agresiva política de precios con sus ventajas e inconvenientes.
Yo ni me planteo está subscripción, creo que tengo 3 juegos de switch: street of rage 4, sonicmania y ring fit, y SNES y NES claro.
La switch es una gran consola me encanta sus modos de juego, como usan los mandos, pero es súper cara cuando te pones a hacer cuentas. Y yo paso ya.
Me voy a comprar un steam deck que al menos le puedo poner Netflix y apoyo un poco SteamOS, y tengo 200 juegos en Steam a los que darles otra vida.
frasracing escribió:Me encanta la gente quejándose...
Pero vamos a ver, alguien os obliga a pagar el sobre coste del servicio? NO, pues ya está, si os interesa de verdad el servicio lo pagáis y punto.
Noriko escribió:frasracing escribió:Me encanta la gente quejándose...
Pero vamos a ver, alguien os obliga a pagar el sobre coste del servicio? NO, pues ya está, si os interesa de verdad el servicio lo pagáis y punto.
Verdad? mira que quejarse la gente por una practica abusiva, en vez de agachar la cabeza, agradecer a Nintendo y aplaudirle todas las gracias....hay que ver con la gente....
Solid.Snake escribió:Revisa tu comprensión lectora porque ahí precisamente afirma lo que dije, no hay prohibición de bajar algo para visualizarlo sin ánimo de lucro, aunque no tengas el derecho del autor. Lo único prohibido es hacer negocio con el material pirata. Un juez no dicta sentencia diciendo lo que es legal o no, solo te juzga cuando haces algo ilegal, para lo cual ha de estar presente en una ley (la cual no puede ser de derecho privado para poder hablar de delito y por tanto de legal o ilegal). Robar un coche está definido como robo en la ley, pero ver una película pirata no está calificado ni definido como robo por ninguna ley.
Solid.Snake escribió:Primero de todo, la ley que citas es derecho privado, no es público, por lo que ya queda excluido hablar si es ilegal, en todo caso puedes hablar sobre si es lícito o ilícito, que difiere de legal e ilegal.
Solid.Snake escribió:El derecho de explotación del art. 17 se refiere al rendimiento económico por la utilización de su obra y en ningún momento prohíbe la utilización de una descarga.
Solid.Snake escribió:Precisamente el apartado 2 me da la razón, no solo la a) y c), sino la b). Encima empieza ya diciendo no necesita autorización del autor la reproducción , en cualquier soporte, sin asistencia de terceros, de obras ya divulgadas, cuando...
Solid.Snake escribió:Los demás artículos son confusos y podrían calificar la visualización como algo ilícito. Aunque de todas formas no menciona ninguna pena y no tengo constancia de ninguna sentencia sobre visualizaciones de obra sin ánimo de lucro por no tener el derecho del autor. Si encuentras alguna pásamela porque estoy intrigado.
Noriko escribió:frasracing escribió:Me encanta la gente quejándose...
Pero vamos a ver, alguien os obliga a pagar el sobre coste del servicio? NO, pues ya está, si os interesa de verdad el servicio lo pagáis y punto.
Verdad? mira que quejarse la gente por una practica abusiva, en vez de agachar la cabeza, agradecer a Nintendo y aplaudirle todas las gracias....hay que ver con la gente....
Kosuke Atami escribió:Nintendo 64 fue la peor consola de Nintendo con diferencia.
Patchanka escribió:@Solid.Snake
Y tú sigues erre que erre, pero mientras yo copio artículos de ley, tú simplemente dices que yo intento "torcer las palabras" y pones la diferencia entre ilegal e ilícito.
Aunque sí, no hay condenas. Porque no merece la pena que vayan a por pececillos, porque la publicidad negativa no va a compensar los cuatro duros que van a sacar. Porque aquí no hay las leyes pidiendo cientos de miles de dólares como en EEUU.
spiriel escribió:frasracing escribió:Me encanta la gente quejándose...
Pero vamos a ver, alguien os obliga a pagar el sobre coste del servicio? NO, pues ya está, si os interesa de verdad el servicio lo pagáis y punto.
Pues precisamente, los que se quejan no lo van a pagar, y quejarse es importante, para que las compañías vean con que no está de acuerdo la gente. Además que están en todo su puto derecho, que mania tenéis algunos queriendo controlar a la gente.
cuantas veces he escuchado de gente que quiere modificar sus consolas para jugar a esas basuras de roms... (y no para los juegos sparrow actuales) en fin... cada dia flipo mas con la gente.luismakina escribió:Encuanto a la chapuza (una más) de cobrar más aún del Online por semejante basura de roms.
luismakina escribió:Kosuke Atami escribió:Nintendo 64 fue la peor consola de Nintendo con diferencia.
Claro que si, la consola más potente en hardware del mercado en su momento con el mejor juego de la historia para medio mundo como es el Ocarina Of Time pero fué la peor de la historia... mare de deu.
La consola fue abajo por los precios altísimos y la escasez de catálogo debido a que el formato de cartucho era poco apetecible para las compañias.
Encuanto a la chapuza (una más) de cobrar más aún del Online por semejante basura de roms.... una vergüenza