Recurrir multa radar

Os cuento la situacion:
Hace 1 mes y medio cazaron a mi padre a 130 en una carretera de 100. Un radar fijo (si, hay que ser tonto para que te pille un radar fijo, pero bueno).
No sabiamos nada, hasta que esta mañana ha llegado la foto y ha sorprendido.

He visto la multa, por si habia algun defecto, sea cual sea, para poder recurrirla, y he visto que faltaba el DNI. No se si por ahi podre recurrir.

Atras de la carta sale un certificado por el cual el 17 de diciembre del 2008 se reviso que el radar iva perfecto, pero, googleando, he visto por la vanguardia que ese radar estaba mal calibrado, y, trafico ha devuelto el importe de las multas de ese radar.

Para recurrir la multa, lo que planeaba hacer es:
-Hacer constar la ausencia de DNI, diciendo que "Pepito perez", hay mas de uno en toda españa, y podrian haberse confundido.
-Pedir certificado de calibracion mas reciente, ya que hace 6 meses que se calibro y podria fallar, y si fuera posible, el certificado de calibracion, fuera del dia en que "cazaron" a mi padre.
-Pedir una nueva calibracion del radar.
-Mencionar que he leido en los medios de comunicacion que ese radar esta mal calibrado, que se ha devuelto el importe de multas por ese radar, y que, a febrero del 2009, "sigue siendo revisado" este radar.

Si no consigo el recurso, por lo menos, me gustaria "perder el tiempo", a ver si resuelve la multa, aunque es un año. Son 135€ que se quedan en 95€ por pronto pago.
[Modo eoliano] Eres un asesino en potencia, asume tus errores y no llores, maldito peligro al volante, mira que ir a 130 en una zona de 100! Mereces que te metan en la cárcel con el resto de asesinos, violadores y pedófilos... ah! que ha sido tu padre... pues eso! todo eso y más! y tú encima, encubridor e intentando que evada un terrible delito...a la cárcel también![/Modo eoliano]

Podrías decir que falta el DNI, aunque claro, siendo una multa de radar, es posible que te pidan que identifiques al infractor (porque le han mandado la multa a tu padre simplemente porque es el titular del vehículo, supongo). Sobre lo del radar mal regulado, supongo que podrías probar por ahí, pero si salió hace poco en los medios, es fácil que ya lo hayan vuelto a calibrar.

No se si se pueden recurrir varias veces, si se puede, yo lo intentaría primero con el tema del DNI, y si te la devuelven, pides el certificado del radar... a ver si se aburren.

Salut y suerte
Retroakira escribió:[Modo eoliano] Eres un asesino en potencia, asume tus errores y no llores, maldito peligro al volante, mira que ir a 130 en una zona de 100! Mereces que te metan en la cárcel con el resto de asesinos, violadores y pedófilos... ah! que ha sido tu padre... pues eso! todo eso y más! y tú encima, encubridor e intentando que evada un terrible delito...a la cárcel también![/Modo eoliano]

Podrías decir que falta el DNI, aunque claro, siendo una multa de radar, es posible que te pidan que identifiques al infractor (porque le han mandado la multa a tu padre simplemente porque es el titular del vehículo, supongo). Sobre lo del radar mal regulado, supongo que podrías probar por ahí, pero si salió hace poco en los medios, es fácil que ya lo hayan vuelto a calibrar.

No se si se pueden recurrir varias veces, si se puede, yo lo intentaría primero con el tema del DNI, y si te la devuelven, pides el certificado del radar... a ver si se aburren.

Salut y suerte

Acabo de redactar el recurso:
Puse esto:

Ilustrísimo señor jefe provincial de Tráfico de Tarragona, señor Eusebi del Olmo Ferrús:

Don XXXXXXXXXXXXX, con DNI XXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio en XXXXXXXXX, con su debido respeto, le deseo exponer:

Hoy, día 29/07/2009, he sido sorprendido con una carta certificada, de un expediente sancionador, cuyo número es XXXXXXX En este, decía que la infracción es grave, y, que, había sido sancionado con una multa por un importe de 135,71€, y, una disminución de 2 puntos en mi permiso de conducción. Esta notificación carece del DNI de la persona denunciada.

Dicho incidente, según la notificación, sucedió el día 17 de Junio del 2009, a las 16:21 horas, y, según el acta, infringía el reglamento general de circulación, el articulo 48.1.

Mi vehículo, un XXXXXXX, con matricula XXXXX, dispone de regulador y limitador de velocidad. Dicho regulador, lo utilizo siempre.

En los medios de comunicación, el cinemómetro que ha detectado mi supuesto exceso de velocidad, ha salido como descalibrado, y, vds, han cancelado y devuelto el importe de las sanciones. Pueden comprobarlo en la pagina web de la vanguardia, del periódico de Catalunya, del país, u otros. En todos se menciona que el 22 de febrero del 2008, se cambió el aparato, no obstante, el nuevo aparato también estaba descalibrado, por lo que “se seguía comprobando”.

Debido a todo lo expuesto, y, tal y como menciona el artículo 13.2 y 19.2, del decreto 1398/1993, tengo derecho a alegar dicha sanción, y solicito lo siguiente:

Un certificado en el cual se demuestre que a día 17 de junio de 2009, dicho cinemómetro, después de haberse demostrado que estaba descalibrado, funcionaba perfectamente a día 29 de junio de 2009.

Un certificado por el cual, los operarios que revisan el cinemómetro están calificados para dicha revisión.

Motivo por el cual mi DNI no aparecía en la notificación recibida.




Ah, y en la multa ponia "Responsable de la infraccion: Conductor"
Ah (segundo Ah), entonces es mejor recurrir varias veces poco a poco? Osea primero les comento lo del DNI, y si no cuela, lo del radar mal calibrado, y si aun asi no cuela, pido el certificado conforme este bien?
vpc1988 escribió:Ah, y en la multa ponia "Responsable de la infraccion: Conductor"
Ah (segundo Ah), entonces es mejor recurrir varias veces poco a poco? Osea primero les comento lo del DNI, y si no cuela, lo del radar mal calibrado, y si aun asi no cuela, pido el certificado conforme este bien?


No tengo ni idea de como es mejor hacerlo, lo comentaba porque si lo pones todo, queda un poco como que pones todas las excusas juntas a ver si cuela, si pides el certificado del radar primero y en la siguiente comentas lo del DNI, ya queda un poco más "organizado" aunque se vea igualmente el plumero de "no quiero pagar la multa y punto".

Repito que eso, en caso de que se pueda recurrir varias veces, que no lo sé.

Salut
vpc1988 escribió:
Retroakira escribió:[Modo eoliano] Eres un asesino en potencia, asume tus errores y no llores, maldito peligro al volante, mira que ir a 130 en una zona de 100! Mereces que te metan en la cárcel con el resto de asesinos, violadores y pedófilos... ah! que ha sido tu padre... pues eso! todo eso y más! y tú encima, encubridor e intentando que evada un terrible delito...a la cárcel también![/Modo eoliano]

Podrías decir que falta el DNI, aunque claro, siendo una multa de radar, es posible que te pidan que identifiques al infractor (porque le han mandado la multa a tu padre simplemente porque es el titular del vehículo, supongo). Sobre lo del radar mal regulado, supongo que podrías probar por ahí, pero si salió hace poco en los medios, es fácil que ya lo hayan vuelto a calibrar.

No se si se pueden recurrir varias veces, si se puede, yo lo intentaría primero con el tema del DNI, y si te la devuelven, pides el certificado del radar... a ver si se aburren.

Salut y suerte

Acabo de redactar el recurso:
Puse esto:

Ilustrísimo señor jefe provincial de Tráfico de Tarragona, señor Eusebi del Olmo Ferrús:

Don XXXXXXXXXXXXX, con DNI XXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio en XXXXXXXXX, con su debido respeto, le deseo exponer:

Hoy, día 29/07/2009, he sido sorprendido con una carta certificada, de un expediente sancionador, cuyo número es XXXXXXX En este, decía que la infracción es grave, y, que, había sido sancionado con una multa por un importe de 135,71€, y, una disminución de 2 puntos en mi permiso de conducción. Esta notificación carece del DNI de la persona denunciada.

Dicho incidente, según la notificación, sucedió el día 17 de Junio del 2009, a las 16:21 horas, y, según el acta, infringía el reglamento general de circulación, el articulo 48.1.

Mi vehículo, un XXXXXXX, con matricula XXXXX, dispone de regulador y limitador de velocidad. Dicho regulador, lo utilizo siempre.

En los medios de comunicación, el cinemómetro que ha detectado mi supuesto exceso de velocidad, ha salido como descalibrado, y, vds, han cancelado y devuelto el importe de las sanciones. Pueden comprobarlo en la pagina web de la vanguardia, del periódico de Catalunya, del país, u otros. En todos se menciona que el 22 de febrero del 2008, se cambió el aparato, no obstante, el nuevo aparato también estaba descalibrado, por lo que “se seguía comprobando”.

Debido a todo lo expuesto, y, tal y como menciona el artículo 13.2 y 19.2, del decreto 1398/1993, tengo derecho a alegar dicha sanción, y solicito lo siguiente:

Un certificado en el cual se demuestre que a día 17 de junio de 2009, dicho cinemómetro, después de haberse demostrado que estaba descalibrado, funcionaba perfectamente a día 29 de junio de 2009.

Un certificado por el cual, los operarios que revisan el cinemómetro están calificados para dicha revisión.

Motivo por el cual mi DNI no aparecía en la notificación recibida.




Ah, y en la multa ponia "Responsable de la infraccion: Conductor"
Ah (segundo Ah), entonces es mejor recurrir varias veces poco a poco? Osea primero les comento lo del DNI, y si no cuela, lo del radar mal calibrado, y si aun asi no cuela, pido el certificado conforme este bien?


en tu recurso debes poner todo lo que consideres oportuno en una sola vez. y esperar respuesta.
porque dependiendo del recurso que sea, puede agotar la via administrativa.

la pagina del diario no digas que la pueden mirar, imprimela y se la mandas junto al recurso. y en el recurso la añades como medio de prueba.
jas1 escribió:
vpc1988 escribió:
Retroakira escribió:[Modo eoliano] Eres un asesino en potencia, asume tus errores y no llores, maldito peligro al volante, mira que ir a 130 en una zona de 100! Mereces que te metan en la cárcel con el resto de asesinos, violadores y pedófilos... ah! que ha sido tu padre... pues eso! todo eso y más! y tú encima, encubridor e intentando que evada un terrible delito...a la cárcel también![/Modo eoliano]

Podrías decir que falta el DNI, aunque claro, siendo una multa de radar, es posible que te pidan que identifiques al infractor (porque le han mandado la multa a tu padre simplemente porque es el titular del vehículo, supongo). Sobre lo del radar mal regulado, supongo que podrías probar por ahí, pero si salió hace poco en los medios, es fácil que ya lo hayan vuelto a calibrar.

No se si se pueden recurrir varias veces, si se puede, yo lo intentaría primero con el tema del DNI, y si te la devuelven, pides el certificado del radar... a ver si se aburren.

Salut y suerte

Acabo de redactar el recurso:
Puse esto:

Ilustrísimo señor jefe provincial de Tráfico de Tarragona, señor Eusebi del Olmo Ferrús:

Don XXXXXXXXXXXXX, con DNI XXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio en XXXXXXXXX, con su debido respeto, le deseo exponer:

Hoy, día 29/07/2009, he sido sorprendido con una carta certificada, de un expediente sancionador, cuyo número es XXXXXXX En este, decía que la infracción es grave, y, que, había sido sancionado con una multa por un importe de 135,71€, y, una disminución de 2 puntos en mi permiso de conducción. Esta notificación carece del DNI de la persona denunciada.

Dicho incidente, según la notificación, sucedió el día 17 de Junio del 2009, a las 16:21 horas, y, según el acta, infringía el reglamento general de circulación, el articulo 48.1.

Mi vehículo, un XXXXXXX, con matricula XXXXX, dispone de regulador y limitador de velocidad. Dicho regulador, lo utilizo siempre.

En los medios de comunicación, el cinemómetro que ha detectado mi supuesto exceso de velocidad, ha salido como descalibrado, y, vds, han cancelado y devuelto el importe de las sanciones. Pueden comprobarlo en la pagina web de la vanguardia, del periódico de Catalunya, del país, u otros. En todos se menciona que el 22 de febrero del 2008, se cambió el aparato, no obstante, el nuevo aparato también estaba descalibrado, por lo que “se seguía comprobando”.

Debido a todo lo expuesto, y, tal y como menciona el artículo 13.2 y 19.2, del decreto 1398/1993, tengo derecho a alegar dicha sanción, y solicito lo siguiente:

Un certificado en el cual se demuestre que a día 17 de junio de 2009, dicho cinemómetro, después de haberse demostrado que estaba descalibrado, funcionaba perfectamente a día 29 de junio de 2009.

Un certificado por el cual, los operarios que revisan el cinemómetro están calificados para dicha revisión.

Motivo por el cual mi DNI no aparecía en la notificación recibida.




Ah, y en la multa ponia "Responsable de la infraccion: Conductor"
Ah (segundo Ah), entonces es mejor recurrir varias veces poco a poco? Osea primero les comento lo del DNI, y si no cuela, lo del radar mal calibrado, y si aun asi no cuela, pido el certificado conforme este bien?


en tu recurso debes poner todo lo que consideres oportuno en una sola vez. y esperar respuesta.
porque dependiendo del recurso que sea, puede agotar la via administrativa.

la pagina del diario no digas que la pueden mirar, imprimela y se la mandas junto al recurso. y en el recurso la añades como medio de prueba.

He visto mas cosas:
En la tabla de sanciones, pone que si te pillan a 131 son 2 puntos y 135€, pero en la multa le han multado con 135€ y iva a 130,1. Ahi tambien puedo recurrir.
Ah, y pone en la table "Entre 111 y 130, tanto" y "Entre 131 y 140, otro tanto". No pone nada de "Entre 130 y 131", por lo que ahi podria mencionarlo.
claro, debes mirar que tipo de sancion es, si es grave, o muy grave, y ver los baremos, si consideras que se han pasado puedes ponerlo.
He visto un vacio legal:

se considera leve entre 111 y 130, y grave entre 131 y 140. Si el el radar le pillo a 130,1 no pone nada de entre 130 y 131.
Tambien lo he mencionado.
vpc1988 escribió:He visto un vacio legal:

se considera leve entre 111 y 130, y grave entre 131 y 140. Si el el radar le pillo a 130,1 no pone nada de entre 130 y 131.
Tambien lo he mencionado.



esas cosas suelen pasar, son muy torpes.

de todas formas ese baremo creo que es orientativo de uso para la guardia civil.

lo importante es lo que diga la ley.

mira aqui tienes el baremo de lo que es retirada de puntos, al pasarte 30,1 kilometros en realidad deberian quitarte 3 puntos. de todas formas tu pon lo que tenias pensado poner, el resultado de un recurso no puede agravar tu situacion.

http://noticias.juridicas.com/areas_tem ... 05340.html

y en cuanto a la cuantia pues al ser una infraccion grave: seria de 91 a 300 euros.

las sanciones vienen en el articulo 67 de la ley de trafico.

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 5.html#a67
Pues nada. El recurso ya esta listo. He modificado un poco todo lo que puse arriba, adjuntare la noticia del periodico, y, todo ello lo mandare por correo certificado "por si se pierde" mañana.

Cuanto suelen tardar en responder?
vpc1988 escribió:Pues nada. El recurso ya esta listo. He modificado un poco todo lo que puse arriba, adjuntare la noticia del periodico, y, todo ello lo mandare por correo certificado "por si se pierde" mañana.

Cuanto suelen tardar en responder?


ufff. eso ya!!!!!!, igual ni te responden nunca.

Echale un mes.
Si no responden, es como si hubiera ganado el recurso no?
Retroakira escribió:[Modo eoliano] Eres un asesino en potencia, asume tus errores y no llores, maldito peligro al volante, mira que ir a 130 en una zona de 100! Mereces que te metan en la cárcel con el resto de asesinos, violadores y pedófilos... ah! que ha sido tu padre... pues eso! todo eso y más! y tú encima, encubridor e intentando que evada un terrible delito...a la cárcel también![/Modo eoliano]


[qmparto] [qmparto] [qmparto] [qmparto] [qmparto] [qmparto]

Lo mejor de todo es que es así.
vpc1988 escribió:Si no responden, es como si hubiera ganado el recurso no?


En teoría sí, pero a veces lo publican en el BOE y lo dan por notificado.

A mi me han puesto un par por parar en el carril taxi-bus a subir o bajar a alguien, ya que el Smart de la Policía Local va tipo Scalextric multando a todo coche parado en el carril, sin discriminar si estás dejando a alguien o has aparcado para tomar un café.

Recurridas ambas al Ayuntamiento nunca me han contestado, pero tampoco me las han cobrado o reclamado.
A mi me han puesto un par por parar en el carril taxi-bus a subir o bajar a alguien, ya que el Smart de la Policía Local va tipo Scalextric multando a todo coche parado en el carril, sin discriminar si estás dejando a alguien o has aparcado para tomar un café.
No es por nada, pero las paradas o estacionamientos en los carriles especiales de bus y taxi están prohibidas para cualquier automovil que no sea autobus o taxi.
s4ur0n escribió:No es por nada, pero las paradas o estacionamientos en los carriles especiales de bus y taxi están prohibidas para cualquier automovil que no sea autobus o taxi.


Si, pero si una calle tiene carril taxi de punta a punta y mide más de 2000 metros, me explicaras como dejas a alguien si no puedes parar en el carril taxi.

Además, en una ciudad dónde se deja libremente aparcar en las aceras, pasos de cebra, rampas y plazas de minuválidos, me parece de traca que te multen por parar a recoger a alguien, otra cosas es que pares para almorzar o para comprarte el periódico.
Pues nada, carta enviada, certificada, y, con acuse de recibo.

El radar que le pillo esta a 10minutos de aqui, he pasado por el. Este radar tiene pinta de ser un radar colocado estrategicamente para recaudar.

Autovia, limite: 120, al cabo de un rato, sale un limite 100, y detras de la señal de 100, el radar.

Si hubiera ido a 150 o 160, diria que si, que se la merece, pero, tal y donde esta el radar, y yendo a 120-130 que iria todo el rato, es una multa recaudatoria.
Raul Martinez escribió:
s4ur0n escribió:No es por nada, pero las paradas o estacionamientos en los carriles especiales de bus y taxi están prohibidas para cualquier automovil que no sea autobus o taxi.


Si, pero si una calle tiene carril taxi de punta a punta y mide más de 2000 metros, me explicaras como dejas a alguien si no puedes parar en el carril taxi.

Además, en una ciudad dónde se deja libremente aparcar en las aceras, pasos de cebra, rampas y plazas de minuválidos, me parece de traca que te multen por parar a recoger a alguien, otra cosas es que pares para almorzar o para comprarte el periódico.


Yo te entiendo, a mi tambien me multaron por parar un momento en un carril bus 10 segundos, no venia ningún bus, y me dijo la policia que me tenia que ir. La multa me llego 5 meses despues. A ver como recoges a alguien en la calle Colón sino, todo carril bus.
Refloto el hilo por si a alguien le interesa XD

Hoy llego el papelito del acuse de recibo a mi casa, con el sello de Transit. Asi no pueden hacerse los locos conforme no lo han recibido.

Ahora solo falta rezar, a ver si hay suerte.
vpc1988 escribió:Refloto el hilo por si a alguien le interesa XD

Hoy llego el papelito del acuse de recibo a mi casa, con el sello de Transit. Asi no pueden hacerse los locos conforme no lo han recibido.

Ahora solo falta rezar, a ver si hay suerte.


Esta semana pague una multa, 70€, por un radar movil.
EN la multa en ningun sitio pone el dni ni hay sitio para ponerlo, ya que si no avisas de que el coche lo conducia otra persona, se da por conductor en el momento de la infraccion la persona propietaria.
El baremo ese de las multas dependiendo la velocidad, en catalunya son unos 5 km/h aprox  menos y creo que en el pais vasco son 2 menos.
Siento desanimarte, pero es asi xD
vpc1988 escribió:Pues nada, carta enviada, certificada, y, con acuse de recibo.

El radar que le pillo esta a 10minutos de aqui, he pasado por el. Este radar tiene pinta de ser un radar colocado estrategicamente para recaudar.

Autovia, limite: 120, al cabo de un rato, sale un limite 100, y detras de la señal de 100, el radar.

Si hubiera ido a 150 o 160, diria que si, que se la merece, pero, tal y donde esta el radar, y yendo a 120-130 que iria todo el rato, es una multa recaudatoria.


En uno así me cazaron a mi. En una autovía de 100, de repente te aproximas a un tunel aparece una señal de 60 y detras el radar. Total, que me pilló a 96. Multa muy grave, 300 €, 6 puntos.

Tuve una suerte del copón y me la retiraron por un defecto de forma. Pero vaya, que si, que los radares están puestos para recaudar.

SalU2
warknight escribió:
vpc1988 escribió:Pues nada, carta enviada, certificada, y, con acuse de recibo.

El radar que le pillo esta a 10minutos de aqui, he pasado por el. Este radar tiene pinta de ser un radar colocado estrategicamente para recaudar.

Autovia, limite: 120, al cabo de un rato, sale un limite 100, y detras de la señal de 100, el radar.

Si hubiera ido a 150 o 160, diria que si, que se la merece, pero, tal y donde esta el radar, y yendo a 120-130 que iria todo el rato, es una multa recaudatoria.


En uno así me cazaron a mi. En una autovía de 100, de repente te aproximas a un tunel aparece una señal de 60 y detras el radar. Total, que me pilló a 96. Multa muy grave, 300 €, 6 puntos.

Tuve una suerte del copón y me la retiraron por un defecto de forma. Pero vaya, que si, que los radares están puestos para recaudar.

SalU2

Cual fue el defecto de forma? En mi caso una de las alegaciones, ademas de un supuesto vacio legal, ha sido la falta de DNI.
Por el DNI vete olvidando de ganarles el recurso, la multa va al titular del coche que sale en la base de datos dgt. Y por lo demas que expones dificil que lo ganes.....

suerte
konac escribió:Por el DNI vete olvidando de ganarles el recurso, la multa va al titular del coche que sale en la base de datos dgt. Y por lo demas que expones dificil que lo ganes.....

suerte

La otra opcion que tenia en mente es aprovecharme de la lentitud del funcionariado, y, ir recurriendo hasta que prescriba.
al final vas a acabar pagandola, y ademas sin rebaja por haber recurrido...
vpc1988 escribió:
konac escribió:Por el DNI vete olvidando de ganarles el recurso, la multa va al titular del coche que sale en la base de datos dgt. Y por lo demas que expones dificil que lo ganes.....

suerte

La otra opcion que tenia en mente es aprovecharme de la lentitud del funcionariado, y, ir recurriendo hasta que prescriba.


Esto no creo que te pase, tal como esta la cosa hoy en dia de recaudar, y viendo lo bien que furrula el centro de la dgt de valladolid, pues creo que dificil lo vas a tener.

Yo hubiera pagado con el descuento, a ver si tienes suerte, aunque dificil lo veo.
konac escribió:
vpc1988 escribió:
konac escribió:Por el DNI vete olvidando de ganarles el recurso, la multa va al titular del coche que sale en la base de datos dgt. Y por lo demas que expones dificil que lo ganes.....

suerte

La otra opcion que tenia en mente es aprovecharme de la lentitud del funcionariado, y, ir recurriendo hasta que prescriba.


Esto no creo que te pase, tal como esta la cosa hoy en dia de recaudar, y viendo lo bien que furrula el centro de la dgt de valladolid, pues creo que dificil lo vas a tener.

Yo hubiera pagado con el descuento, a ver si tienes suerte, aunque dificil lo veo.

que tiene que ver la dgt de valladolid? La fotografia la saco un radar en tarragona, y, la multa, y el certificado de recibo del recurso estan con el nombre del servei catala del transit.
vpc1988 escribió:que tiene que ver la dgt de valladolid? La fotografia la saco un radar en tarragona, y, la multa, y el certificado de recibo del recurso estan con el nombre del servei catala del transit.


ups pensaba que no habia sido en cataluña, valladolid es el centro de gestion de las multas de la dgt.
Por lo del DNI vete olvidando como te han dicho. Al no notificar la sanción en el acto, envían la multa al titular del vehículo. Debe de ser este el que, de no ser el, el que conducía, comunicarlo a transit. Es decir, que no pueden multar a tu padre porque no sabian si era el, el que conducia, ya que no lo pararon. Digamos que "por defecto" multan al titular, este puede confirmar que fué el, o decir que fué otra persona.

Me explico como el culo, pero creo que se entiende mas o menos.
Un saludo.
JotaJota escribió:Por lo del DNI vete olvidando como te han dicho. Al no notificar la sanción en el acto, envían la multa al titular del vehículo. Debe de ser este el que, de no ser el, el que conducía, comunicarlo a transit. Es decir, que no pueden multar a tu padre porque no sabian si era el, el que conducia, ya que no lo pararon. Digamos que "por defecto" multan al titular, este puede confirmar que fué el, o decir que fué otra persona.

Me explico como el culo, pero creo que se entiende mas o menos.
Un saludo.

Mi padre es el titular del coche. Bueno, veamos el recurso y ya reflotare el hilo cuando llegue. Supongo que yendo certificado y con acuse de recibo se dignaran a responder.
Yo la que recurrí y me la devolvieron, fué sobre aproximadamente unos 6 meses... son MUY LENTOS los cabrones... ( y fui en frente de parc central, donde tráfico directamente )

saludos
vpc1988 escribió:Cual fue el defecto de forma? En mi caso una de las alegaciones, ademas de un supuesto vacio legal, ha sido la falta de DNI.


Es largo de contar, pero te resumo

Me pusieron la multa en un radar de euskadi (siendo yo navarro), con un coche alquilado por renting por mi empresa.

Cuando presuntamente cometí la infracción tardaron en tramitarla, pero la enviaron dentro de plazo a la empresa de renting, la cual identificó a mi empresa como rentadora del vehiculo.

tras otro trámite administrativo enviaron la notificación a mi empresa, pero para entonces yo ya había cambiado de trabajo, por lo que la empresa me identificó como conductor y dio mi dirección en pamplona.

Por tercera vez intentaron identificarme en esa dirección, pero al cambiar de trabajo también dejé ese domicilio, por lo que por 3ª vez se fueron de manos vacías.

Tras 3 procesos administrativos supongo que se les inflarían los huevos y me publicaron en el BOPV (boletín oficial del pais vasco, no se si ese es su acrónimo), pero al ser yo navarro, con domicilio en navarra no vale como notificación.

Total, 2 años después me encuentro con que me han quitado 435 € de una cuenta (350 multa + demora) ante lo cual escribo una carta comunicando que no se me ha notificado debidamente esa multa, y solicitando una copia del expediente sancionador (es posible).

un mes despues ni expediente ni leches. Me mandan una carta diciendo que el proceso sancionador ha sufrido defectos de forma por lo que queda archivado, y yo mas contento que unas castañuelas.

La pasta me la devolvieron 3 meses después.

salU2
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