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[PeneDeGoma] escribió:ocihc escribió:[PeneDeGoma] escribió:Existe una cosa que se llama derechos fundamentales y esto lo sobrepasa
Pd no me toques los cojones con politica que yo ni hace muchos años que no vivo en españa ni voto alli
Los derechos fundamentales están ahí intactos. Si crees que no los cumplen, no entres y denuncias. Mira qué fácil.
Este problema que tenéis con Mercadona es política pura y dura de unos políticos que les han lavado el cerebro a unos pocos para odiar lo que ellos indiquen que deben odiar A estas alturas no nos vais a venir con milongas que ya somos mayorcitos.
https://www.google.com/search?safe=off& ... s-wiz-serp
Yo diria que lo que se lava es otra cosa..
ocihc escribió:[PeneDeGoma] escribió:ocihc escribió:
Los derechos fundamentales están ahí intactos. Si crees que no los cumplen, no entres y denuncias. Mira qué fácil.
Este problema que tenéis con Mercadona es política pura y dura de unos políticos que les han lavado el cerebro a unos pocos para odiar lo que ellos indiquen que deben odiar A estas alturas no nos vais a venir con milongas que ya somos mayorcitos.
https://www.google.com/search?safe=off& ... s-wiz-serp
Yo diria que lo que se lava es otra cosa..
Coño!! Entonces si que es política!!!
Ya decía yo
[PeneDeGoma] escribió:Es una medida nazi de una empresa corrupta que da dinero ilegalmente a un partido condenado por corrupcion.
Si eso es tu definicion de politica, estas equivocado, y no la comparto
Por cierto llamazares debe estar acojonado
https://www.elmundo.es/elmundo/2010/01/ ... 98044.html
Que ya sabemos estos sistemas, ademas, son perfectos e infalibles
ocihc escribió:[PeneDeGoma] escribió:Existe una cosa que se llama derechos fundamentales y esto lo sobrepasa
Pd no me toques los cojones con politica que yo ni hace muchos años que no vivo en españa ni voto alli
Los derechos fundamentales están ahí intactos. Si crees que no los cumplen, no entres y denuncias. Mira qué fácil.
Este problema que tenéis con Mercadona es política pura y dura de unos políticos que les han lavado el cerebro a unos pocos para odiar lo que ellos indiquen que deben odiar A estas alturas no nos vais a venir con milongas que ya somos mayorcitos.
ocihc escribió:[PeneDeGoma] escribió:Es una medida nazi de una empresa corrupta que da dinero ilegalmente a un partido condenado por corrupcion.
Si eso es tu definicion de politica, estas equivocado, y no la comparto
Por cierto llamazares debe estar acojonado
https://www.elmundo.es/elmundo/2010/01/ ... 98044.html
Que ya sabemos estos sistemas, ademas, son perfectos e infalibles
Hombre. Puedes compartirla o no pero hay política de por medio. Es un hecho, no una opinión.
Es Igual que con lo de la tarjeta robada a su amante con fotos y mensajes privados comprometidos, el dinero que llega de Venezuela, Iran, etc. Los mítines donde se demoniza al empresario para tener contento al rebaño y hacerle creer que hay un enemigo, etc.
Simplemente se trata de que si lo hace uno da igual y si lo hace otro se están vulnerando nosecuantos miles de derechos fundamentales.
Lo que viene siendo "sarna con gusto no pica"
[PeneDeGoma] escribió:Que hay de politica en que una empresa implemente eso.
Que tiene que ver la sim y venezuela en el hilo? Que alguien me lo explique pofavo
ocihc escribió:[PeneDeGoma] escribió:Existe una cosa que se llama derechos fundamentales y esto lo sobrepasa
Pd no me toques los cojones con politica que yo ni hace muchos años que no vivo en españa ni voto alli
Los derechos fundamentales están ahí intactos. Si crees que no los cumplen, no entres y denuncias. Mira qué fácil.
Este problema que tenéis con Mercadona es política pura y dura de unos políticos que les han lavado el cerebro a unos pocos para odiar lo que ellos indiquen que deben odiar A estas alturas no nos vais a venir con milongas que ya somos mayorcitos.
ocihc escribió:[PeneDeGoma] escribió:Que hay de politica en que una empresa implemente eso.
Que tiene que ver la sim y venezuela en el hilo? Que alguien me lo explique pofavo
Pues mírate el enlace que tú mismo has puesto y verás como la motivación para criticar algo que el usuario tiene total libertad para elegir es meramente político.
@fusco
No estoy insinuando nada. Esto afirmando.
El peloteo Ibex35 ese que suena tan a Podemos y la libertad de elección son dos cosas distintas. No creo que deba ser yo el que tenga que explicar eso.
[PeneDeGoma] escribió:Ahora intenta decir algo sin que salga de tu boca podemos, venezuela, irán, sim..
Por cierto, del enlace que he puesto, pie de foto" la empresa acepta su responsabilidad y niega motivos políticos"
shinta_hid escribió:con la ley actual de proteccion de datos no deben hacer firmar unos cuantos papeles a cada cliente? por que si no lo hacen pueden llevarse unas pocas de denuncias
Adris escribió:La idea en si, para detectar malos malosos me parece estupenda.
Ahora, el uso que se le de mas allá de eso, me crea dudas.
Como los micrófonos que tenia el Corte Inglés instalados, que eran capaces de escuchar hasta susurros. Pues váyase usted a la mierda xDD.
ocihc escribió:[PeneDeGoma] escribió:Ahora intenta decir algo sin que salga de tu boca podemos, venezuela, irán, sim..
Por cierto, del enlace que he puesto, pie de foto" la empresa acepta su responsabilidad y niega motivos políticos"
Voy a intentarlo... Que va. No me sale, lo siento. Se ve tan claramente las intenciones podemitas de todo esto que es imposible
@Shadowcoatl
Esas dudas que te surgen son super fáciles de resolver: No vayas al Mercadona. Asunto solucionado. Nadie te obliga.
Al igual que nadie te obliga a usar WhatsApp que, si te lees lo que aceptas para instalarlo, es poco menos que vender tu alma al diablo.
VozdeLosMuertos escribió:Un detalle: si ese sistema de reconocimiento facial infringe la ley de protección de datos, la solución no es no ir a esa cadena de supermercados sino exigir que cumpla la ley. ¿No?
srkarakol escribió:Teniendo en cuenta que es un establecimiento privado y pueden tirarte del mismo porque "si" sin mas explicación... el tema del reconocimiento me parece una gilipollez...
LLioncurt escribió:srkarakol escribió:Teniendo en cuenta que es un establecimiento privado y pueden tirarte del mismo porque "si" sin mas explicación... el tema del reconocimiento me parece una gilipollez...
Eso es mentira.
srkarakol escribió:LLioncurt escribió:srkarakol escribió:Teniendo en cuenta que es un establecimiento privado y pueden tirarte del mismo porque "si" sin mas explicación... el tema del reconocimiento me parece una gilipollez...
Eso es mentira.
pos fale.
Requisitos que establece la Ley para la reserva del derecho de admisión:
Objetividad y no discriminación: Las condiciones de acceso tienen que ser objetivas, no arbitrarias o improcedentes, respetando siempre la dignidad de las personas y sus derechos fundamentales, sin que en ningún caso pueda producirse discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión u opinión. Por ejemplo, sería improcedente negar la entrada a las personas de una raza, condición sexual o religión determinada.
Publicidad: Las condiciones de admisión en el local deben constar en un cartel perfectamente visible colocado en la entrada del mismo. No basta con poner un cartel con la frase “reservado el derecho de admisión”, sino que es necesario incluir las condiciones objetivas establecidas por el titular del establecimiento. Por ejemplo, si vamos a prohibir el acceso con atuendo deportivo, conviene concretar el atuendo específico por el que se deniega el acceso (por ejemplo, zapatillas de deporte o chándal).
Igualdad: La aplicación de las condiciones de acceso al establecimiento debe hacerse en términos de igualdad. Es decir, las reglas establecidas deben aplicarse a todos por igual. No sería lícito que, anunciando que se deniega el acceso con chándal, se permitiera en algunos casos y en otros no.
Comunicación a la administración competente
Por regla general, es obligatorio comunicar a la Administración autonómica competente las condiciones de admisión que el titular del establecimiento va a establecer, remitiendo a la misma una copia del cartel que se colocará en la entrada del local.
La Administración visará el cartel con el correspondiente sello y lo remitirá al interesado para que lo custodie en el propio establecimiento.
Cualquier modificación de las condiciones de acceso al local debe igualmente comunicarse al organismo autonómico competente.
No obstante, se recomienda consultar la normativa autonómica vigente sobre esta materia, ya que el requisito de la comunicación previa puede variar de una Comunidad Autónoma a otra.
LLioncurt escribió:srkarakol escribió:LLioncurt escribió:
Eso es mentira.
pos fale.Requisitos que establece la Ley para la reserva del derecho de admisión:
Objetividad y no discriminación: Las condiciones de acceso tienen que ser objetivas, no arbitrarias o improcedentes, respetando siempre la dignidad de las personas y sus derechos fundamentales, sin que en ningún caso pueda producirse discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión u opinión. Por ejemplo, sería improcedente negar la entrada a las personas de una raza, condición sexual o religión determinada.
Publicidad: Las condiciones de admisión en el local deben constar en un cartel perfectamente visible colocado en la entrada del mismo. No basta con poner un cartel con la frase “reservado el derecho de admisión”, sino que es necesario incluir las condiciones objetivas establecidas por el titular del establecimiento. Por ejemplo, si vamos a prohibir el acceso con atuendo deportivo, conviene concretar el atuendo específico por el que se deniega el acceso (por ejemplo, zapatillas de deporte o chándal).
Igualdad: La aplicación de las condiciones de acceso al establecimiento debe hacerse en términos de igualdad. Es decir, las reglas establecidas deben aplicarse a todos por igual. No sería lícito que, anunciando que se deniega el acceso con chándal, se permitiera en algunos casos y en otros no.
Comunicación a la administración competente
Por regla general, es obligatorio comunicar a la Administración autonómica competente las condiciones de admisión que el titular del establecimiento va a establecer, remitiendo a la misma una copia del cartel que se colocará en la entrada del local.
La Administración visará el cartel con el correspondiente sello y lo remitirá al interesado para que lo custodie en el propio establecimiento.
Cualquier modificación de las condiciones de acceso al local debe igualmente comunicarse al organismo autonómico competente.
No obstante, se recomienda consultar la normativa autonómica vigente sobre esta materia, ya que el requisito de la comunicación previa puede variar de una Comunidad Autónoma a otra.
srkarakol escribió:LLioncurt escribió:srkarakol escribió:
pos fale.Requisitos que establece la Ley para la reserva del derecho de admisión:
Objetividad y no discriminación: Las condiciones de acceso tienen que ser objetivas, no arbitrarias o improcedentes, respetando siempre la dignidad de las personas y sus derechos fundamentales, sin que en ningún caso pueda producirse discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión u opinión. Por ejemplo, sería improcedente negar la entrada a las personas de una raza, condición sexual o religión determinada.
Publicidad: Las condiciones de admisión en el local deben constar en un cartel perfectamente visible colocado en la entrada del mismo. No basta con poner un cartel con la frase “reservado el derecho de admisión”, sino que es necesario incluir las condiciones objetivas establecidas por el titular del establecimiento. Por ejemplo, si vamos a prohibir el acceso con atuendo deportivo, conviene concretar el atuendo específico por el que se deniega el acceso (por ejemplo, zapatillas de deporte o chándal).
Igualdad: La aplicación de las condiciones de acceso al establecimiento debe hacerse en términos de igualdad. Es decir, las reglas establecidas deben aplicarse a todos por igual. No sería lícito que, anunciando que se deniega el acceso con chándal, se permitiera en algunos casos y en otros no.
Comunicación a la administración competente
Por regla general, es obligatorio comunicar a la Administración autonómica competente las condiciones de admisión que el titular del establecimiento va a establecer, remitiendo a la misma una copia del cartel que se colocará en la entrada del local.
La Administración visará el cartel con el correspondiente sello y lo remitirá al interesado para que lo custodie en el propio establecimiento.
Cualquier modificación de las condiciones de acceso al local debe igualmente comunicarse al organismo autonómico competente.
No obstante, se recomienda consultar la normativa autonómica vigente sobre esta materia, ya que el requisito de la comunicación previa puede variar de una Comunidad Autónoma a otra.
Mañana vas al mercadona, al seguridad no le gusta tu cara y te "invita a irte" porque tenías actitud sospechosa
y creía que ibas a robar algo. O porque él asegura que la semana pasada te llevaste algo y no pudo detenerte a tiempo que lo ha visto en las cámaras... o porque alega que tu actitud es violenta. Intenta impedírselo y verás que pasa... que tú te irás a la calle (igual con alguna colleja) y cuando vayas a un abogado te dirá que lo dejes estar que no puede hacer nada.
No hablo de ley, hablo de realidad.
LLioncurt escribió:srkarakol escribió:LLioncurt escribió:
Mañana vas al mercadona, al seguridad no le gusta tu cara y te "invita a irte" porque tenías actitud sospechosa
y creía que ibas a robar algo. O porque él asegura que la semana pasada te llevaste algo y no pudo detenerte a tiempo que lo ha visto en las cámaras... o porque alega que tu actitud es violenta. Intenta impedírselo y verás que pasa... que tú te irás a la calle (igual con alguna colleja) y cuando vayas a un abogado te dirá que lo dejes estar que no puede hacer nada.
No hablo de ley, hablo de realidad.
Pues no sé de qué realidad hablas, en el Mercadona de mi barrio entraba gente que se sabía que entraba a robar y no pasaba nada. Las cajeras avisaban al segurata mediante un código (Señor Pascual, acuda a salida X), el segurata estaba encima y listo. Pero no les tocaba ni un pelo.
Por cierto, en estos casos no se habla con un abogado, se habla con la policía local para que levante acta de que no te permiten acceder a un local público.
[PeneDeGoma] escribió:Gracias
Bueno, creo que no se ha comentado, al final les han acabado multando, como a muchos nos parecia de recibo, si quieren espiar que se queden sus grabaciones para hacerse pajas pero no para esto.
https://www.eldiario.es/tecnologia/merc ... 61764.html
A mi me parece poco dinero, les hubiera obligado a cerrar unas cuantas tiendas manteniendo a trabajadores, pero bueno algo es algo, 2.5 kilos que iran menos en pagos b al partido politico de turno y directos a las arcas del estado.
Luis_GR escribió:¿Por qué alguien iba a tener una orden de alejamiento sobre un Mercadona?
Luis_GR escribió:¿Por qué alguien iba a tener una orden de alejamiento sobre un Mercadona?
Luis_GR escribió:
¿Por qué alguien iba a tener una orden de alejamiento sobre un Mercadona?
angelillo732 escribió:Juraría que esto es para las ventas, ya se pueden inventar 300 excusas que solo quieren recopilar datos para ver asiduos, compras, saber dónde colgar las cosas, etc..
Es una estupidez y espero que lo retiren.
Mercadona paga una sanción de 2,5 millones de euros por sus cámaras de reconocimiento facial y no recurrirá "por la indefinición sobre esta tecnología"
Mercadona ha anunciado que pagará los 2,5 millones de euros de sanción que les había propuesto la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Termina así un procedimiento que arrancó en julio del año pasado, después de que la cadena española anunciase la instalación de cámaras de reconocimiento facial en 48 de sus tiendas.
Nepal77 escribió:angelillo732 escribió:Juraría que esto es para las ventas, ya se pueden inventar 300 excusas que solo quieren recopilar datos para ver asiduos, compras, saber dónde colgar las cosas, etc..
Es una estupidez y espero que lo retiren.
Lo han retirado, de hecho le han multado por el tema de las cámaras.Mercadona paga una sanción de 2,5 millones de euros por sus cámaras de reconocimiento facial y no recurrirá "por la indefinición sobre esta tecnología"
Mercadona ha anunciado que pagará los 2,5 millones de euros de sanción que les había propuesto la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Termina así un procedimiento que arrancó en julio del año pasado, después de que la cadena española anunciase la instalación de cámaras de reconocimiento facial en 48 de sus tiendas.
https://www.businessinsider.es/multa-me ... ial-903687
Dfx escribió:Me parece que en este caso hay algún detalle que no ha trascendido, si Mercadona tenia los permisos judiciales y la colaboración de la AEPD para el sistema, ¿Cómo es posible que al final todo termine en multa?
Tiene pinta que Mercadona no estaba borrando los datos cada 3 segundos como inicialmente planteaba.
Dfx escribió:Me parece que en este caso hay algún detalle que no ha trascendido, si Mercadona tenia los permisos judiciales y la colaboración de la AEPD para el sistema, ¿Cómo es posible que al final todo termine en multa?
Tiene pinta que Mercadona no estaba borrando los datos cada 3 segundos como inicialmente planteaba.
hal9000 escribió:Balla balla, una empresa pretendiendo que no le entre chusma a robar en su negocio, donde vamos a parar...
Pero luego para tomar un café hay que presentar un certificado de vacunación y todos aplaudiendo..
Feroz El Mejor escribió:Que fuerte, no me habia enterado de esto, menos mal que al final les han parado y les han multado.hal9000 escribió:Balla balla, una empresa pretendiendo que no le entre chusma a robar en su negocio, donde vamos a parar...
Pero luego para tomar un café hay que presentar un certificado de vacunación y todos aplaudiendo..
Yo creo que hay una enorme diferencia entre un certificado sanitario (que es comparable a que te pidan el dni para saber si eres mayor de edad), a que te graben y "archiven" tu rostro.
hal9000 escribió:Luego vas por la calle y te graban todos los cajeros y como entres en cualquier chino / paki, ahí tienes tropecientas cámaras...
hal9000 escribió:Feroz El Mejor escribió:Que fuerte, no me habia enterado de esto, menos mal que al final les han parado y les han multado.hal9000 escribió:Balla balla, una empresa pretendiendo que no le entre chusma a robar en su negocio, donde vamos a parar...
Pero luego para tomar un café hay que presentar un certificado de vacunación y todos aplaudiendo..
Yo creo que hay una enorme diferencia entre un certificado sanitario (que es comparable a que te pidan el dni para saber si eres mayor de edad), a que te graben y "archiven" tu rostro.
Al final ese "certificado" lo van a escanear, no solo mirarlo, a partir de ese momento ya saben que mengano fulanez ha estado en ese sitio a tal hora, tal día, para mi mucho peor.
Luego vas por la calle y te graban todos los cajeros y como entres en cualquier chino / paki, ahí tienes tropecientas cámaras...
Hay países donde no hay dni o aun habiéndolo no lo tienes que enseñar mas que a la autoridad competente y de forma justificadísima. Aquí estamos acostumbrados a las reglas del abueno, DNI en la boca para todo.
hal9000 escribió:@Feroz El Mejor
Si si borrar... acuerda de la Cifuentes, que sacaron dos años después las imágenes de como afanaba en una tienda.
kopperpot escribió:hal9000 escribió:@Feroz El Mejor
Si si borrar... acuerda de la Cifuentes, que sacaron dos años después las imágenes de como afanaba en una tienda.
Unos 150.000 euros de multa que le cascó la AEPD al supermercado por aquello.