El Bufet Almeida ha publicado los fundamentos jurídicos de la reciente sentencia que absolvía a una web P2P. Es muy interesante la sentencia para ver porqué, a pesar de demostrarse el ánimo de lucro y que la web ponía a disposición de los usuarios todo lo necesario para realizar las descargas, la actividad no supone un delito. Aun así el juez deja abierta la posibilidad de reclamar por vía civil los posibles perjuicios sufridos por los demandantes.
Por otro lado, entre los fundamentos de la sentencia destacamos el siguiente, cuya aplicación creemos mucho más importante para los usuarios:
Por otro lado, entre los fundamentos de la sentencia destacamos el siguiente, cuya aplicación creemos mucho más importante para los usuarios:
Actualización: En El País también amplían la noticia. Gracias BoB_HawK.Es un criterio generalizado actualmente que la actividad de descarga de archivos a través de Internet no es constitutiva de delito, no sólo porque es- una actividad generalizada y de la que no existe precedente judicial alguno condenatorio sino porque parte de la doctrina así lo entiende. Baste referir el criterio de la Circular 1/2006 de la Fiscalía General del Estado para poner de relevancia esa circunstancia.
Todo ira bien hasta el dia que el Gobierno saque la nueva ley de propiedad intelectual o cualquier otra reforma donde especifique la descarga de archivos sea delito.. algo se inventaran..
Al final de todo las gestiones de gestion tienen la sarten por el mango para llevar a juicio a quien le interese y solo nos cabe la posivilidad de que a los acusados tengan la suerte de tener un juez más o menos liberal.
Salu2
Hombre, precisamente esta frase no la veo con demasiado fundamento.
Pero gueno, puntillismos aparte, me alegro por la sentencia.
"sino porque parte de la doctrina así lo entiende."
que coño significa?
saludines
No, pero la veo bien :)
No soy abogado, pero creo que se refiere a que parte de las sentencias, dictámenes y clarificaciones previas sobre el tema (la doctrina jurídica sobre el tema ) siguen el mismo criterio que esta sentencia, que les da bastante en los morros a los demandantes.
Veremos en qué queda la apelación, que seguro que la habrá.