El pasado viernes varias docenas de compañías discográficas y cinematrográficas solicitaron a la Corte Suprema de los Estados Unidos que anulasen la sentencia que declaraba legales los programas de intercambio de ficheros. Esta sentencia, apelada y perdida por las comañías, se basó en el famoso "caso Betamax" que declaró legales los vídeos porque su uso ilegal dependía del usuario. Estaremos atentos a la decisión que tome el Supremo ya que podría determinar el futuro de las redes P2P.
Lo que han de hacer es comercializar productos que sean atractivos al consumidor, tanto de precio como de contenidos, y crear una cultura que vaya más allá del single petardo que suena un mes en las radiofórmulas tras el correspondiente desembolso a la emisora.
Saludos
Sisisi ya hace mucho que lo demostraron...(vease Farenheit 11-9)
Aver, a mi practicamente me da = que alli se hagan ilegales, yo si me bajo algo es en castellano y ellos no van a aportarme nada en castellano [+risas]
Es que si está apelada es que ya la han perdido 2 veces. Esto sería una re-apelación?
El “caso Betamax”
a- Napster alegó en su defensa la doctrina esbozada en el “caso Betamax”, el cual fue resuelto por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el año 1984.
En el mismo, se discutió la legalidad de los aparatos videograbadores (VCRs).
El tribunal distinguió entre una copia de un programa de T.V., hecha desde una videograbadora, para fines de uso doméstico y no comerciales, con el único propósito de poder ver ese programa en un horario que sea más cómodo para aquél que realiza la copia, y la copia de un archivo MP3 hecha por un usuario de Napster.
El primer caso fue aceptado por la Corte como de “uso legítimo o justo” en el “caso Betamax”.
b- El hecho de conectarse a Napster y acceder a las computadoras de otros usuarios para obtener copias de temas musicales por las cuales de cualquier otro modo, el usuario debería abonar un precio, también trae aparejado el peligroso problema de la distribución y reproducción de múltiples virus que podrían propagarse indiscriminadamente a través de millones de ordenadores.
Esto significa que las posibilidades que ofrece Napster de bajar temas en forma gratuita implica un altísimo riesgo.
c- El Tribunal determinó que la actividad que se lleva a cabo a través de Napster, no es una práctica que podría caracterizarse como de uso doméstico, basándose específicamente en la utilización masiva del sitio y eso sumado a que ninguno de los usuarios paga por esas copias.
Napster trató de asimilar la doctrina del “traslado en el tiempo” (Time Shifting) a la del “traslado del espacio físico o lugar” (Space Shifting), aplicada por Napster a la práctica que realizan sus usuarios, por ejemplo el hecho de que un individuo utilice Napster para obtener la copia de un tema musical en archivo de formato MP3, y luego lo transfiera de la computadora de su hogar a la computadora de su oficina, para disfrutar del mismo en otro ámbito.
Según la opinión del Tribunal, la legislación tenida en cuenta en el “caso Betamax”, fue el AHRA (The Audio Home Recording Act) de 1992, y la misma es inaplicable al caso Napster, en principio porque la doctrina del “time shifting” representaba el uso principal que se le daba a las videograbadoras, es decir, la gente utilizaba estos aparatos con el único fin de realizar una copia de uso doméstico de un programa de televisión, que le era imposible ver al horario de su emisión.
La Corte resolvió que la doctrina que dispone el AHRA no es similar a la que plantea Napster al hacer su defensa.
Para la Corte, tampoco el “space shifting” sería el uso principal que ofrece Napster.
Asimismo, considera que esta doctrina no evade a Napster de la responsabilidad indirecta que tiene a raíz de las prácticas que propone a través de su sitio.
Napster, según el Tribunal, falló en demostrar que la doctrina del “space shifting” constituye el uso comercial más importante con el que cuenta el sitio.
Finalmente, la Corte también establece que Betamax ofrecía una protección al consumidor, tanto en la fabricación como en la venta del producto, dando la posibilidad al usuario de tener cierto control sobre el uso de su aparato videograbador.
Mientras que Napster contribuye -y de alguna manera apoya- a la piratería de música, ya que ofrece a su público archivos de música no autorizados por los artistas, y los hace disponibles a través de su página.
El tribunal no convalida la actuación de Napster y por el contrario considera legítima la conducta de la demandada en el fallo Betamax.
d- La Corte Suprema resolvió en Betamax que las copias para uso doméstico no trangredían las normas de protección del copyright.
Pero de ninguna manera sostuvo la misma postura ante Napster a quien considera responsable indirecto por la violación de derechos de autor que realizan sus usuarios.
En su momento se dijo que si Napster no podia quitar el contenido ilegal de su red entonces debia cerrar la red. Su uso para materiales que no llevaran copyright era licitio, pero era napster quien debia controlarlo.
En el caso de los p2p actuales (como la red edonkey) los servidores no dependen de ninguna empresa en concreto, por lo tanto el tribunal no puede exigir que excluyan el contenido con copyright de la red. Tampoco les pueden pedir que cierren la red, ya que tampoco depende de los que hacen el programa.
Lo que intentan ilegalizar las discograficas es el CONCEPTO de p2p, a nivel generico. Si consiguen ilegalizarlo implicara que no se podrian utilizar legalmente para NINGUN uso (ni para compartir tus fotos). Eso es muy complicado.
Aun si lo consiguieran, el siguiente paso seria buscar QUIEN tiene la obligacion de cerrar las redes, no olvidemos que son "redes ciudadanas". Los unicos que tienen el poder tecnico serian los ISPs.
Si los ISPs recibieran orden de cerrar redes p2p seguramente seria caso por caso, cuando se detectase material con copyright. Seria algo parecido a lo que pasa con el hosting, al ISP le dicen "tal" web tiene esta peli que es mia, y el ISP cierra ESA web.
Van muy fuertes en USA, pero ilegalizar el CONCEPTO de p2p me parece que es un paso que ni siquiera ellos son capaces de hacer.
Saludos.
Los P2P de hoy en dia no tienen servidor de registro, sino que solo sirven para conectar a los usuarios unos con otros, pero que no obtienen datos de nada.
Solo veo una cosa grave. Los psiquiatricos de EEUU tienen que estar petados, si tienen a estos tios que estan locos como administradores de las grandes discograficas, ¿ Que coño tienen en los manicomios y psiquiatricos ?
Esto no tiene sentido.