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Retroakira escribió:[Modo eoliano] Eres un asesino en potencia, asume tus errores y no llores, maldito peligro al volante, mira que ir a 130 en una zona de 100! Mereces que te metan en la cárcel con el resto de asesinos, violadores y pedófilos... ah! que ha sido tu padre... pues eso! todo eso y más! y tú encima, encubridor e intentando que evada un terrible delito...a la cárcel también![/Modo eoliano]
Podrías decir que falta el DNI, aunque claro, siendo una multa de radar, es posible que te pidan que identifiques al infractor (porque le han mandado la multa a tu padre simplemente porque es el titular del vehículo, supongo). Sobre lo del radar mal regulado, supongo que podrías probar por ahí, pero si salió hace poco en los medios, es fácil que ya lo hayan vuelto a calibrar.
No se si se pueden recurrir varias veces, si se puede, yo lo intentaría primero con el tema del DNI, y si te la devuelven, pides el certificado del radar... a ver si se aburren.
Salut y suerte
Ilustrísimo señor jefe provincial de Tráfico de Tarragona, señor Eusebi del Olmo Ferrús:
Don XXXXXXXXXXXXX, con DNI XXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio en XXXXXXXXX, con su debido respeto, le deseo exponer:
Hoy, día 29/07/2009, he sido sorprendido con una carta certificada, de un expediente sancionador, cuyo número es XXXXXXX En este, decía que la infracción es grave, y, que, había sido sancionado con una multa por un importe de 135,71€, y, una disminución de 2 puntos en mi permiso de conducción. Esta notificación carece del DNI de la persona denunciada.
Dicho incidente, según la notificación, sucedió el día 17 de Junio del 2009, a las 16:21 horas, y, según el acta, infringía el reglamento general de circulación, el articulo 48.1.
Mi vehículo, un XXXXXXX, con matricula XXXXX, dispone de regulador y limitador de velocidad. Dicho regulador, lo utilizo siempre.
En los medios de comunicación, el cinemómetro que ha detectado mi supuesto exceso de velocidad, ha salido como descalibrado, y, vds, han cancelado y devuelto el importe de las sanciones. Pueden comprobarlo en la pagina web de la vanguardia, del periódico de Catalunya, del país, u otros. En todos se menciona que el 22 de febrero del 2008, se cambió el aparato, no obstante, el nuevo aparato también estaba descalibrado, por lo que “se seguía comprobando”.
Debido a todo lo expuesto, y, tal y como menciona el artículo 13.2 y 19.2, del decreto 1398/1993, tengo derecho a alegar dicha sanción, y solicito lo siguiente:
Un certificado en el cual se demuestre que a día 17 de junio de 2009, dicho cinemómetro, después de haberse demostrado que estaba descalibrado, funcionaba perfectamente a día 29 de junio de 2009.
Un certificado por el cual, los operarios que revisan el cinemómetro están calificados para dicha revisión.
Motivo por el cual mi DNI no aparecía en la notificación recibida.
vpc1988 escribió:Ah, y en la multa ponia "Responsable de la infraccion: Conductor"
Ah (segundo Ah), entonces es mejor recurrir varias veces poco a poco? Osea primero les comento lo del DNI, y si no cuela, lo del radar mal calibrado, y si aun asi no cuela, pido el certificado conforme este bien?
vpc1988 escribió:Retroakira escribió:[Modo eoliano] Eres un asesino en potencia, asume tus errores y no llores, maldito peligro al volante, mira que ir a 130 en una zona de 100! Mereces que te metan en la cárcel con el resto de asesinos, violadores y pedófilos... ah! que ha sido tu padre... pues eso! todo eso y más! y tú encima, encubridor e intentando que evada un terrible delito...a la cárcel también![/Modo eoliano]
Podrías decir que falta el DNI, aunque claro, siendo una multa de radar, es posible que te pidan que identifiques al infractor (porque le han mandado la multa a tu padre simplemente porque es el titular del vehículo, supongo). Sobre lo del radar mal regulado, supongo que podrías probar por ahí, pero si salió hace poco en los medios, es fácil que ya lo hayan vuelto a calibrar.
No se si se pueden recurrir varias veces, si se puede, yo lo intentaría primero con el tema del DNI, y si te la devuelven, pides el certificado del radar... a ver si se aburren.
Salut y suerte
Acabo de redactar el recurso:
Puse esto:Ilustrísimo señor jefe provincial de Tráfico de Tarragona, señor Eusebi del Olmo Ferrús:
Don XXXXXXXXXXXXX, con DNI XXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio en XXXXXXXXX, con su debido respeto, le deseo exponer:
Hoy, día 29/07/2009, he sido sorprendido con una carta certificada, de un expediente sancionador, cuyo número es XXXXXXX En este, decía que la infracción es grave, y, que, había sido sancionado con una multa por un importe de 135,71€, y, una disminución de 2 puntos en mi permiso de conducción. Esta notificación carece del DNI de la persona denunciada.
Dicho incidente, según la notificación, sucedió el día 17 de Junio del 2009, a las 16:21 horas, y, según el acta, infringía el reglamento general de circulación, el articulo 48.1.
Mi vehículo, un XXXXXXX, con matricula XXXXX, dispone de regulador y limitador de velocidad. Dicho regulador, lo utilizo siempre.
En los medios de comunicación, el cinemómetro que ha detectado mi supuesto exceso de velocidad, ha salido como descalibrado, y, vds, han cancelado y devuelto el importe de las sanciones. Pueden comprobarlo en la pagina web de la vanguardia, del periódico de Catalunya, del país, u otros. En todos se menciona que el 22 de febrero del 2008, se cambió el aparato, no obstante, el nuevo aparato también estaba descalibrado, por lo que “se seguía comprobando”.
Debido a todo lo expuesto, y, tal y como menciona el artículo 13.2 y 19.2, del decreto 1398/1993, tengo derecho a alegar dicha sanción, y solicito lo siguiente:
Un certificado en el cual se demuestre que a día 17 de junio de 2009, dicho cinemómetro, después de haberse demostrado que estaba descalibrado, funcionaba perfectamente a día 29 de junio de 2009.
Un certificado por el cual, los operarios que revisan el cinemómetro están calificados para dicha revisión.
Motivo por el cual mi DNI no aparecía en la notificación recibida.
Ah, y en la multa ponia "Responsable de la infraccion: Conductor"
Ah (segundo Ah), entonces es mejor recurrir varias veces poco a poco? Osea primero les comento lo del DNI, y si no cuela, lo del radar mal calibrado, y si aun asi no cuela, pido el certificado conforme este bien?
jas1 escribió:vpc1988 escribió:Retroakira escribió:[Modo eoliano] Eres un asesino en potencia, asume tus errores y no llores, maldito peligro al volante, mira que ir a 130 en una zona de 100! Mereces que te metan en la cárcel con el resto de asesinos, violadores y pedófilos... ah! que ha sido tu padre... pues eso! todo eso y más! y tú encima, encubridor e intentando que evada un terrible delito...a la cárcel también![/Modo eoliano]
Podrías decir que falta el DNI, aunque claro, siendo una multa de radar, es posible que te pidan que identifiques al infractor (porque le han mandado la multa a tu padre simplemente porque es el titular del vehículo, supongo). Sobre lo del radar mal regulado, supongo que podrías probar por ahí, pero si salió hace poco en los medios, es fácil que ya lo hayan vuelto a calibrar.
No se si se pueden recurrir varias veces, si se puede, yo lo intentaría primero con el tema del DNI, y si te la devuelven, pides el certificado del radar... a ver si se aburren.
Salut y suerte
Acabo de redactar el recurso:
Puse esto:Ilustrísimo señor jefe provincial de Tráfico de Tarragona, señor Eusebi del Olmo Ferrús:
Don XXXXXXXXXXXXX, con DNI XXXXXXXX, mayor de edad, con domicilio en XXXXXXXXX, con su debido respeto, le deseo exponer:
Hoy, día 29/07/2009, he sido sorprendido con una carta certificada, de un expediente sancionador, cuyo número es XXXXXXX En este, decía que la infracción es grave, y, que, había sido sancionado con una multa por un importe de 135,71€, y, una disminución de 2 puntos en mi permiso de conducción. Esta notificación carece del DNI de la persona denunciada.
Dicho incidente, según la notificación, sucedió el día 17 de Junio del 2009, a las 16:21 horas, y, según el acta, infringía el reglamento general de circulación, el articulo 48.1.
Mi vehículo, un XXXXXXX, con matricula XXXXX, dispone de regulador y limitador de velocidad. Dicho regulador, lo utilizo siempre.
En los medios de comunicación, el cinemómetro que ha detectado mi supuesto exceso de velocidad, ha salido como descalibrado, y, vds, han cancelado y devuelto el importe de las sanciones. Pueden comprobarlo en la pagina web de la vanguardia, del periódico de Catalunya, del país, u otros. En todos se menciona que el 22 de febrero del 2008, se cambió el aparato, no obstante, el nuevo aparato también estaba descalibrado, por lo que “se seguía comprobando”.
Debido a todo lo expuesto, y, tal y como menciona el artículo 13.2 y 19.2, del decreto 1398/1993, tengo derecho a alegar dicha sanción, y solicito lo siguiente:
Un certificado en el cual se demuestre que a día 17 de junio de 2009, dicho cinemómetro, después de haberse demostrado que estaba descalibrado, funcionaba perfectamente a día 29 de junio de 2009.
Un certificado por el cual, los operarios que revisan el cinemómetro están calificados para dicha revisión.
Motivo por el cual mi DNI no aparecía en la notificación recibida.
Ah, y en la multa ponia "Responsable de la infraccion: Conductor"
Ah (segundo Ah), entonces es mejor recurrir varias veces poco a poco? Osea primero les comento lo del DNI, y si no cuela, lo del radar mal calibrado, y si aun asi no cuela, pido el certificado conforme este bien?
en tu recurso debes poner todo lo que consideres oportuno en una sola vez. y esperar respuesta.
porque dependiendo del recurso que sea, puede agotar la via administrativa.
la pagina del diario no digas que la pueden mirar, imprimela y se la mandas junto al recurso. y en el recurso la añades como medio de prueba.
vpc1988 escribió:He visto un vacio legal:
se considera leve entre 111 y 130, y grave entre 131 y 140. Si el el radar le pillo a 130,1 no pone nada de entre 130 y 131.
Tambien lo he mencionado.
vpc1988 escribió:Pues nada. El recurso ya esta listo. He modificado un poco todo lo que puse arriba, adjuntare la noticia del periodico, y, todo ello lo mandare por correo certificado "por si se pierde" mañana.
Cuanto suelen tardar en responder?
Retroakira escribió:[Modo eoliano] Eres un asesino en potencia, asume tus errores y no llores, maldito peligro al volante, mira que ir a 130 en una zona de 100! Mereces que te metan en la cárcel con el resto de asesinos, violadores y pedófilos... ah! que ha sido tu padre... pues eso! todo eso y más! y tú encima, encubridor e intentando que evada un terrible delito...a la cárcel también![/Modo eoliano]
vpc1988 escribió:Si no responden, es como si hubiera ganado el recurso no?
No es por nada, pero las paradas o estacionamientos en los carriles especiales de bus y taxi están prohibidas para cualquier automovil que no sea autobus o taxi.A mi me han puesto un par por parar en el carril taxi-bus a subir o bajar a alguien, ya que el Smart de la Policía Local va tipo Scalextric multando a todo coche parado en el carril, sin discriminar si estás dejando a alguien o has aparcado para tomar un café.
s4ur0n escribió:No es por nada, pero las paradas o estacionamientos en los carriles especiales de bus y taxi están prohibidas para cualquier automovil que no sea autobus o taxi.
Raul Martinez escribió:s4ur0n escribió:No es por nada, pero las paradas o estacionamientos en los carriles especiales de bus y taxi están prohibidas para cualquier automovil que no sea autobus o taxi.
Si, pero si una calle tiene carril taxi de punta a punta y mide más de 2000 metros, me explicaras como dejas a alguien si no puedes parar en el carril taxi.
Además, en una ciudad dónde se deja libremente aparcar en las aceras, pasos de cebra, rampas y plazas de minuválidos, me parece de traca que te multen por parar a recoger a alguien, otra cosas es que pares para almorzar o para comprarte el periódico.
vpc1988 escribió:Refloto el hilo por si a alguien le interesa
Hoy llego el papelito del acuse de recibo a mi casa, con el sello de Transit. Asi no pueden hacerse los locos conforme no lo han recibido.
Ahora solo falta rezar, a ver si hay suerte.
vpc1988 escribió:Pues nada, carta enviada, certificada, y, con acuse de recibo.
El radar que le pillo esta a 10minutos de aqui, he pasado por el. Este radar tiene pinta de ser un radar colocado estrategicamente para recaudar.
Autovia, limite: 120, al cabo de un rato, sale un limite 100, y detras de la señal de 100, el radar.
Si hubiera ido a 150 o 160, diria que si, que se la merece, pero, tal y donde esta el radar, y yendo a 120-130 que iria todo el rato, es una multa recaudatoria.
warknight escribió:vpc1988 escribió:Pues nada, carta enviada, certificada, y, con acuse de recibo.
El radar que le pillo esta a 10minutos de aqui, he pasado por el. Este radar tiene pinta de ser un radar colocado estrategicamente para recaudar.
Autovia, limite: 120, al cabo de un rato, sale un limite 100, y detras de la señal de 100, el radar.
Si hubiera ido a 150 o 160, diria que si, que se la merece, pero, tal y donde esta el radar, y yendo a 120-130 que iria todo el rato, es una multa recaudatoria.
En uno así me cazaron a mi. En una autovía de 100, de repente te aproximas a un tunel aparece una señal de 60 y detras el radar. Total, que me pilló a 96. Multa muy grave, 300 €, 6 puntos.
Tuve una suerte del copón y me la retiraron por un defecto de forma. Pero vaya, que si, que los radares están puestos para recaudar.
SalU2
konac escribió:Por el DNI vete olvidando de ganarles el recurso, la multa va al titular del coche que sale en la base de datos dgt. Y por lo demas que expones dificil que lo ganes.....
suerte
vpc1988 escribió:konac escribió:Por el DNI vete olvidando de ganarles el recurso, la multa va al titular del coche que sale en la base de datos dgt. Y por lo demas que expones dificil que lo ganes.....
suerte
La otra opcion que tenia en mente es aprovecharme de la lentitud del funcionariado, y, ir recurriendo hasta que prescriba.
konac escribió:vpc1988 escribió:konac escribió:Por el DNI vete olvidando de ganarles el recurso, la multa va al titular del coche que sale en la base de datos dgt. Y por lo demas que expones dificil que lo ganes.....
suerte
La otra opcion que tenia en mente es aprovecharme de la lentitud del funcionariado, y, ir recurriendo hasta que prescriba.
Esto no creo que te pase, tal como esta la cosa hoy en dia de recaudar, y viendo lo bien que furrula el centro de la dgt de valladolid, pues creo que dificil lo vas a tener.
Yo hubiera pagado con el descuento, a ver si tienes suerte, aunque dificil lo veo.
vpc1988 escribió:que tiene que ver la dgt de valladolid? La fotografia la saco un radar en tarragona, y, la multa, y el certificado de recibo del recurso estan con el nombre del servei catala del transit.
JotaJota escribió:Por lo del DNI vete olvidando como te han dicho. Al no notificar la sanción en el acto, envían la multa al titular del vehículo. Debe de ser este el que, de no ser el, el que conducía, comunicarlo a transit. Es decir, que no pueden multar a tu padre porque no sabian si era el, el que conducia, ya que no lo pararon. Digamos que "por defecto" multan al titular, este puede confirmar que fué el, o decir que fué otra persona.
Me explico como el culo, pero creo que se entiende mas o menos.
Un saludo.
vpc1988 escribió:Cual fue el defecto de forma? En mi caso una de las alegaciones, ademas de un supuesto vacio legal, ha sido la falta de DNI.