Duda laboral y paro

Tengo una duda que no se si alguno me podreis resolver, proximamente me voy a quedar sin trabajo pero me ha salido una oportunidad para trabajar en londres, el problema es que si me voy a londres tendre trabajo pero no podre mantenerme alli y pagar la hipoteca aqui, por lo tanto, queria saber si puedo trabajar alli y a la vez cobrar el paro para hacer frente a los gastos de aqui mientras tanto...
No creo, creo que necesitas residir aquí para cobrarlo pero no estoy seguro.
Cobrar el desemplo conlleva que alguien está desempleado y está buscando activamente trabajo.... si estás trabajando en otro país, ni estás buscando empleo activamente en España, ni podrias acudir a cursos o entrevistas, y encima tienes trabajo.

Si no puedes mantener dos casas y dos vidas, no es culpa de la seguridad social
reloopmst escribió:Tengo una duda que no se si alguno me podreis resolver, proximamente me voy a quedar sin trabajo pero me ha salido una oportunidad para trabajar en londres, el problema es que si me voy a londres tendre trabajo pero no podre mantenerme alli y pagar la hipoteca aqui, por lo tanto, queria saber si puedo trabajar alli y a la vez cobrar el paro para hacer frente a los gastos de aqui mientras tanto...


Supongo que no, pero en cualquier caso me parece una vergüenza siquiera el plantearlo. Así nos corre el pelo y luego con decir "Spain is different" todo arreglado ¬_¬
Menuda poca vergüenza,unos trabajando para pagar a gente parada y trabajando en otros sitios...
Hay que tener mucha caradura para venir ni siquiera a preguntar eso a un foro público.
A ver si lo he entendido bien. Pretendes que mientras curras en Londres, el resto de los españoles te paguemos la hipoteca,es así, ¿verdad?

creo que el resto de usuarios ya lo ha dejado claro.
Pues ha habido una reforma justamente para evitar eso. Que gente como tú ,o como muchos otros antes , vayan al extranjero cobrando paro.

No voy a entrar a juzgarte , pero planteate que quizás si tienes una hipoteca..tenías que haberlo pensado antes de comprarte una casa...
En Gran Bretaña tampoco ven bien que se trabaje en negro. Si vas a ir allí comprueba que el visado te permite trabajar, si no te lo permite no puedes trabajar.

Si te vas allí para trabajar legalmente y con un visado apropiado, probablemente puedas pagarte la hipoteca desde allí aunque no percibas el paro.

Salu2
Vamos a ver por que creo que os estais equivocando, una cosa es cobrar el paro por que has cotizado y te pertenece un dinero en relacion a lo pagado y al tiempo trabajado y otra es recibir una prestacion como la de los 400€ por que si, cuantos de vosotros teneis hipoteca? Cuantos estais en paro o veis que os vais a quedar asi? Que hariais vender la casa y perder la mitad del dinero? Creo q a cualquiera en esta situacion sabiendo como esta el tema del trabajo aqui se lo replantearia sabiendo que tiene una oferta laboral fuera del pais durante un tiempo, prefiero aprovechar y seguir trabajando y pagando mis cosas a estar como un pendejo agotando mi paro pidiendo prestaciones extras y quejandome sin buscar vias o soluciones, creo que la mayoria si estuviera en esta situacion tambien se lo replantearia no seamos hipocritas.

Por cierto pinchadiscos, tu no tienes casa? Propia o de tu familia? Algun dia la comprarias o la comprarian no? Yo lo hice hace 7 años, tu hace 7 años como veias las cosas? Es verdad mejor no juzgues...
reloopmst escribió:Vamos a ver por que creo que os estais equivocando, una cosa es cobrar el paro por que has cotizado y te pertenece un dinero en relacion a lo pagado y al tiempo trabajado y otra es recibir una prestacion como la de los 400€ por que si, cuantos de vosotros teneis hipoteca? Cuantos estais en paro o veis que os vais a quedar asi? Que hariais vender la casa y perder la mitad del dinero? Creo q a cualquiera en esta situacion sabiendo como esta el tema del trabajo aqui se lo replantearia sabiendo que tiene una oferta laboral fuera del pais durante un tiempo, prefiero aprovechar y seguir trabajando y pagando mis cosas a estar como un pendejo agotando mi paro pidiendo prestaciones extras y quejandome sin buscar vias o soluciones, creo que la mayoria si estuviera en esta situacion tambien se lo replantearia no seamos hipocritas.

Por cierto pinchadiscos, tu no tienes casa? Propia o de tu familia? Algun dia la comprarias o la comprarian no? Yo lo hice hace 7 años, tu hace 7 años como veias las cosas? Es verdad mejor no juzgues...


Que hayas cotizado no quiere decir que la prestación por desempleo te pertenezca, solo te pertenece en ciertos casos, y si estás trabajando, no tienes derecho a ella.

Y si tienes pensado irte a trabajar a Londres, pues a lo mejor si tienes que pensar en vender o alquilar la vivienda para ir pagando la hipoteca, mucha gente se va durante unos años, pues alquilan su casa y luego vuelven a ella.

Pero ten claro eso, el dinero que has cotizado para desempleo, no te pertenece salvo que cumplas unos requisitos, y en tu caso, si trabajas, no los cumples.
reloopmst escribió:Vamos a ver por que creo que os estais equivocando, una cosa es cobrar el paro por que has cotizado y te pertenece un dinero en relacion a lo pagado y al tiempo trabajado y otra es recibir una prestacion como la de los 400€ por que si, cuantos de vosotros teneis hipoteca? Cuantos estais en paro o veis que os vais a quedar asi? Que hariais vender la casa y perder la mitad del dinero? Creo q a cualquiera en esta situacion sabiendo como esta el tema del trabajo aqui se lo replantearia sabiendo que tiene una oferta laboral fuera del pais durante un tiempo, prefiero aprovechar y seguir trabajando y pagando mis cosas a estar como un pendejo agotando mi paro pidiendo prestaciones extras y quejandome sin buscar vias o soluciones, creo que la mayoria si estuviera en esta situacion tambien se lo replantearia no seamos hipocritas.

Por cierto pinchadiscos, tu no tienes casa? Propia o de tu familia? Algun dia la comprarias o la comprarian no? Yo lo hice hace 7 años, tu hace 7 años como veias las cosas? Es verdad mejor no juzgues...


mira tío, sin animo de echar mas leña al fuego y de que esto se nos vaya de las manos. Lo que propones, en mi opinión, simplemente es deleznable. La ayuda de los 400 € que comentas (exactamente 426€) es el subsidio por desempleo y, como tal, no se puede compaginar con trabajo de ningún tipo, sea en España, en Inglaterra o en la conchinchina. Pues esto anterior es exactamente igual de aplicable a la prestación por desempleo ordinaria (llámalo "paro" o como quieras), y que hayas cotizado no quiere decir que ese dinero sea tuyo y tengas disponibilidad de él cada vez que quieras.

Yo también tengo hipoteca y se lo cuesta echarte un hogar a la espalda, pero eso no nos da pie para engañar a nadie. También te digo que estás intentando justificar tu acción con nuestras opiniones porque me da la sensación de que la decisión ya la tienes tomada, así que, no busques aprobación, simplemente hazlo y ya está pero no lo publiques para intentar justificarlo.

Teminando ya, creo que eres informático, y como tal, y con esta es la 2ª vez que lo escribo en dos días en EOL, si buscas trabajo de tu profesión no tardarás mas de 20 días en encontrarlo, otra cosa es lo sibaritas que podamos llegar a ser.
Nada...si asi nos va...es la puta mentalidad española intentar estafar todo lo que se pueda, y es la mentalidad en general, comentas esto en tu circulo familiar y seguro que el 90% de las veces te animan a hacerlo...

Aun asi no puedes hacer lo que has comentado.
aperitivo escribió:
reloopmst escribió:Vamos a ver por que creo que os estais equivocando, una cosa es cobrar el paro por que has cotizado y te pertenece un dinero en relacion a lo pagado y al tiempo trabajado y otra es recibir una prestacion como la de los 400€ por que si, cuantos de vosotros teneis hipoteca? Cuantos estais en paro o veis que os vais a quedar asi? Que hariais vender la casa y perder la mitad del dinero? Creo q a cualquiera en esta situacion sabiendo como esta el tema del trabajo aqui se lo replantearia sabiendo que tiene una oferta laboral fuera del pais durante un tiempo, prefiero aprovechar y seguir trabajando y pagando mis cosas a estar como un pendejo agotando mi paro pidiendo prestaciones extras y quejandome sin buscar vias o soluciones, creo que la mayoria si estuviera en esta situacion tambien se lo replantearia no seamos hipocritas.

Por cierto pinchadiscos, tu no tienes casa? Propia o de tu familia? Algun dia la comprarias o la comprarian no? Yo lo hice hace 7 años, tu hace 7 años como veias las cosas? Es verdad mejor no juzgues...


mira tío, sin animo de echar mas leña al fuego y de que esto se nos vaya de las manos. Lo que propones, en mi opinión, simplemente es deleznable. La ayuda de los 400 € que comentas (exactamente 426€) es el subsidio por desempleo y, como tal, no se puede compaginar con trabajo de ningún tipo, sea en España, en Inglaterra o en la conchinchina. Pues esto anterior es exactamente igual de aplicable a la prestación por desempleo ordinaria (llámalo "paro" o como quieras), y que hayas cotizado no quiere decir que ese dinero sea tuyo y tengas disponibilidad de él cada vez que quieras.

Yo también tengo hipoteca y se lo cuesta echarte un hogar a la espalda, pero eso no nos da pie para engañar a nadie. También te digo que estás intentando justificar tu acción con nuestras opiniones porque me da la sensación de que la decisión ya la tienes tomada, así que, no busques aprobación, simplemente hazlo y ya está pero no lo publiques para intentar justificarlo.

Teminando ya, creo que eres informático, y como tal, y con esta es la 2ª vez que lo escribo en dos días en EOL, si buscas trabajo de tu profesión no tardarás mas de 20 días en encontrarlo, otra cosa es lo sibaritas que podamos llegar a ser.


Si de hecho incluso ahora lo estaba compaginando el curro tambien con un gs, tengo ya otro gs y un gm y 2 certificaciones, pero te puedo decir que no encuentro nada de ello de hecho curro de 18 en eci y en discotecas, no busco ninguna aprobacion ni he determinado nada, estais sacando todo de contexto, si yo me quedo parado en españa tengo derecho a percibir ese dinero por el tiempo que lo haya cotizado, SOLO HE CONSULTADO SI SE PUEDE cobrarlo estando fuera, nada mas, leer bien el primer comentario
Por cosas como esta cada vez está mas jodida la cosa para solicitar el paro o las ayudas.

Si vas a tener un trabajo (sea aqui o en el extranjero) no tienes derecho a percibir paro, al menos eso tengo entendido.

Aprovecho el hilo para hacer una pregunta:

Yo tengo cotizados en españa unos 5 meses y pico, y ahora me ha llegado un papel de UK (el formulario "U1") en el que consta el tiempo que estuve currando en londres (6 meses y 1 dia).
El caso es que llevo casi un año parado, y no puedo presentarme para pedir el paro (hay un plazo de 15 dias desde que te quedas parado para solicitar el paro).
Ahora voy a currar unos diitas (4 dias) y me gustaria saber si cuando termine de currar, presentando el U1, podria solicitar aunque sea el subsidio de 400 pavos.

Tambien, si me falta menos de 1 mes para llegar al año cotizado (vamos, creo que me faltarán dias) mereceria mas la pena esperar a completar el año (que puede ser en breve, o en meses) o solicitar el subsidio?
Porque si solicito el subsidio, el resto del tiempo cotizado lo perderia, no?
Enchu escribió:Ahora voy a currar unos diitas (4 dias) y me gustaria saber si cuando termine de currar, presentando el U1, podria solicitar aunque sea el subsidio de 400 pavos.


Puedes hacer 2 cosas.
1. Solicitar el subsidio de 6 meses por no haber cotizado suficiente para el paro. Te darán 6 meses 426 € y luego el Prepara si sigue vigente.
2. No solicitar nada y seguir acumulando tiempo hasta llegar al año y cobrar desempleo. El tiempo trabajado en UK te sirve como si hubieses trabajado en España a todos los efectos (prestaciones, jubilación, etc)
reloopmst escribió:Si de hecho incluso ahora lo estaba compaginando el curro tambien con un gs, tengo ya otro gs y un gm y 2 certificaciones, pero te puedo decir que no encuentro nada de ello de hecho curro de 18 en eci y en discotecas, no busco ninguna aprobacion ni he determinado nada, estais sacando todo de contexto, si yo me quedo parado en españa tengo derecho a percibir ese dinero por el tiempo que lo haya cotizado, SOLO HE CONSULTADO SI SE PUEDE cobrarlo estando fuera, nada mas, leer bien el primer comentario


Bueno reloopmst, puede ser que hayamos sido un poco susceptibles (algo entendible dada la situación!) demos el enfoque de consulta. Según una ley que creo que ha salido hace bien poquito, no se puede cobrar prestaciones y salir del país. Si no ha salido la ley, creo que estaba a punto, que alguien lo confirme.

En cuanto al trabajo, busca, de verdad, empéñate, pero a veces hay que sacrificarse, yo soy de guadalajara y me voy todos los días a Madrid a trabajar porque en Guadalajara no hay nada, y nos soy el único, como yo, un montón inimaginable de gente.

Edito para añadir de nuevo, que aunque hubiera un resquicio legal que lo permitiera, me parecería inmoral y deleznable.
Aqui todo el mundo dándoselas de caballeros de la justicia y la moralidad...luego entras al hilo de la pirateria en pc y....en serio que a mi se caen los huevos ya con este sinsentido.Cerveza,tortilla y al fútbol,Manolete.
skalan escribió:Aqui todo el mundo dándoselas de caballeros de la justicia y la moralidad...luego entras al hilo de la pirateria en pc y....en serio que a mi se caen los huevos ya con este sinsentido.Cerveza,tortilla y al fútbol,Manolete.


Spain is different

Tenia que ponerlo.
Insegur0 escribió:
skalan escribió:Aqui todo el mundo dándoselas de caballeros de la justicia y la moralidad...luego entras al hilo de la pirateria en pc y....en serio que a mi se caen los huevos ya con este sinsentido.Cerveza,tortilla y al fútbol,Manolete.


Spain is different

Tenia que ponerlo.


lee mi primer comentario de este hilo Oooh
aperitivo escribió: Según una ley que creo que ha salido hace bien poquito, no se puede cobrar prestaciones y salir del país. Si no ha salido la ley, creo que estaba a punto, que alguien lo confirme.


Esa ley siempre ha estado. Cuando se cobran prestaciones hay que pedir permiso para salir del país. Existen diferentes tipos de permiso en función de la causa.
La novedad de la que hablas es que ahora, si sales al extranjero, se interrumpe la inscripción para el cobro del RAI. Esto lo han puesto porque lo que hacian muchos inmigrantes mayores de 45 años era lo siguiente:
1. Inscribirse como demandante de empleo.
2. Largarme del país.
3. Ir renovando la demanda cada 3 meses por internet.
4. Al llegar al año, volver a España y solicitar la Renta Activa de Inserción: 426 € x 11 meses.
5. Volverse a largar del país y vivir como un rey en Panchilandia con sus 426 €

Y esto se puede hacer 3 veces. No se necesita cotización ni haber trabajado un solo puñetero dia en toda la vida.
gracias por la aclaración suskie, sabía que había algo de novedad pero no estaba muy seguro de cual era.
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