› Foros › Off-Topic › Miscelánea
Bostonboss escribió:Hola, buenas
Al ser una vivienda hipotecada, el banco me obliga a tener seguro. Segun tengo entendido por ley, para cambiar de seguro tengo que avisar con un plazo minimo de 2 meses (me gustaria que me lo confirmarais). Fui al banco a preguntar y me dijeron que les entregara la solicitud de cesión de la otra compañia para estudiarla y responderme.
Chaos78 escribió:Bostonboss escribió:Hola, buenas
Al ser una vivienda hipotecada, el banco me obliga a tener seguro. Segun tengo entendido por ley, para cambiar de seguro tengo que avisar con un plazo minimo de 2 meses (me gustaria que me lo confirmarais). Fui al banco a preguntar y me dijeron que les entregara la solicitud de cesión de la otra compañia para estudiarla y responderme.
Para cambiar de seguro y que no te puedan marear hay que avisar con dos meses de antelación.
Si lo intentas cuando el plazo sea menor también se puede hacer, pero te intentarán intimidar con cartas diciendo que te lo van a reclamar por via judicial. Efectivamente podrían hacerlo, pero en la práctica no creo que ninguna compañía de seguros se meta en un juicio por un seguro de 400 euros.
Si estás en plazo, mandalo con más de dos meses y ya está.
En cuanto a la solicitud de cesión, imagino que te refieres a la clausula de cesión de derechos.
Esta es una clausula que se incluye en el seguro de hogar, señalando que la vivienda tiene un prestamo, por lo que en caso de siniestro (un incendio por ejemplo) el beneficiario sería el banco.
Esta clausula no te la pueden "dar". Es algo que se incluye en la póliza una vez que esté hecha.
El banco también puede intentar marearte diciendote que el seguro tiene que estar con ellos, pero en principio puedes contratarlo con quien quieras. El capital de "continente" debería ser el valor de la vivienda según tasación.
Si tu les presentas un seguro de hogar, que cubra las cantidades correctas y con clausula de cesión de derechos para el banco, no deberían de ponerte ningún problema.
Y si te ponen alguna pega diciendo que los capitales son bajos, que hay que poner lo de clausula de cesión asó o asá....en la compañía donde contrates el seguro te lo pueden modificar sin problemas, las veces que haga falta.
El único motivo por el que te pueden poner pegas es para intentar liarte / convencerte / marearte para que sigas con ellos (pagando más caro que en la mayoría de aseguradoras)
Como han comentado antes, es habitual que al hacerte el seguro fuera del banco, te cubra más cosas o más capitales y pagues menos.
Bostonboss escribió:el problema es q queda poco mas de un mes y me da miedo q me acabem cobrando los dos seguros.
me recomendarias intentarlo? cobran por adelantado?
mattt escribió:Y si te pasan el recibo lo devuelves y sin pegas, sin pasta no hay seguro
CrazyJapan escribió:mattt escribió:Y si te pasan el recibo lo devuelves y sin pegas, sin pasta no hay seguro
No es tan fácil ni tan bonito, el seguro puede reclamar, ya que para no renovar hay que avisar con los 2 meses establecidos.
Lo mejor es hacer las cosas bien, asi luego no tener quebraderos de cabeza.