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4. CONDICIONES DE FACTURACIÓN
Serán de aplicación las condiciones generales de facturación con las siguientes matizaciones:
La facturación del Servicio de cualquier Tarifa Plana se realizará siempre mensualmente y en modalidad de postpago, incluyéndose en la factura mensual la cuota fija y cuota por tráfico adicional (si aplica), conforme la tarifa de plana contratada y precios vigentes en cada momento.
Para el cálculo del tráfico consumido en un mes, se sumará (en bytes) todo el tráfico nacional, mensual e intercambiado (subida + bajada) entre el usuario y la Red. Este tráfico mensual acumulado, se redondeará al entero superior en MB (no teniendo ningún efecto el número de sesiones realizadas).
A efectos de facturación:
si el tráfico mensual acumulado supera la franquicia de tráfico establecida para cada Tarifa Plana, se facturará la diferencia como cuota por tráfico adicional además de la cuota fija mensual.
si el tráfico mensual acumulado no supera la franquicia de tráfico establecida para cada Tarifa Plana se facturará la cuota fija mensual.
El tratamiento del tráfico en Roaming, se realizará siempre por separado. Todo lo anterior, siempre conforme la Tarifa Plana contratada y precios vigentes en cada momento
Para clientes de tarjeta, la facturación del Servicio se realizará por sesión en bloques de 10KB, exceptuando la conexión inicial a Internet de cada sesión, en cuyo caso será de 100KB. Descontándose en ese momento del saldo disponible el correspondiente consumo acorde con la tarifa de conexión vigente en cada momento
La facturación del Servicio, para clientes de contrato que no tengan contratada ninguna tarifa plana se realizará siempre mensualmente y en modalidad de postpago, conforme la tarifa de conexión vigente en cada momento
La facturación mensual en modalidad de contrato admite prorrateo en función de la fecha de alta o baja y de los días en que el servicio hubiera estado disponible, siempre que no se consuma el máximo de capacidad disponible o tráfico disponible en esa tarifa plana. De esta manera, cuando se de la alta (o baja) del servicio en un día diferente al primero (o último) de mes, PEPEPHONE prorrateará y facturará la parte proporcional de la cuota correspondiente a ese mes. Este prorrateo se calculará considerando como parte proporcional a facturar, la mayor entre:
El porcentaje de días de servicio activos del mes respecto al total de días del mes.
El porcentaje de tráfico de datos consumidos respecto a la franquicia mensual.
Si el tráfico correspondiente a la franquicia mensual ha sido consumido en ese periodo, este se facturará íntegramente junto con las cantidades que corresponda facturar si hubiera tráfico en exceso.
Para efectuar los pagos devengados, se utilizará por defecto el sistema de domiciliación bancaria, sin perjuicio del derecho del cliente a elegir otro medio de pago, de entre los comúnmente utilizados en el tráfico comercial.