¿Puede prohibirte tu empresa poner donde trabajas en una red social?

Buenas a tod@s!

Esta tarde ha salido un debate en mi trabajo acerca de si estaría prohibido el colocar el nombre de la empresa en la que trabajamos en una red social como Linkedin.

La duda está en que nos hicieron firmar un papel en el que quedaba expresamente prohibido hacer esto, pero tenemos la duda de si legalmente, aún habiendo firmado ese papel, sería procedente un despido si alguno de los miembros de la plantilla pone el nombre de la empresa en esa red social. Hablamos únicamente de poner el lugar donde trabajamos, no de hablar o comentar nada acerca de la empresa. Vaya, unicamente como cualquier otro dato de nuestro currículum (por ejemplo).

Sé que jas1 sabe de leyes, y que más de un forero es abogado. Sabéis si hay jurisprudencia en este sentido?. O alguna ley que hable de ello?. No se estaría entrando vulnerando nuestra libertad de expresión o nuestra privacidad?

Un saludo!
Desconozco si hay algo sobre eso. Jurisprudencia (del supremo) no se si habrá porque es un tema relativamente nuevo.

Pero yo me inclino a que no es legal prohibirlo.

Seria similar que te prohíban incluir esa experiencia laboral en el curriculum. Las redes sociales muchas veces hacen de contacto laboral.

Una causa de despido no es según el estatuto, lo mas parecido seria esto:
La indisciplina o desobediencia en el trabajo.


Pero yo entiendo que hacer eso no es una causa de indisciplina o desobediencia salvo que tu trabajo se vea comprometido de alguna forma por hacer eso publico (un espía por ejemplo). Ya que tu empresa no es competente para decidir lo que puedes o no poner en tu perfil.

Ademas no seria exactamente en el trabajo, sino en un red social fuera de tu trabajo. No te pueden dar una orden que no este relacionada con el trabajo.

Lo que no quita que si alguien que este temporal hace eso, puedan no renovarte el contrato. Y por supuesto motivos para despedirte pueden sacarse de debajo del manga.

Pero no, no creo que puedan motivar un despido en eso.
jas1 escribió:Desconozco si hay algo sobre eso. Jurisprudencia (del supremo) no se si habrá porque es un tema relativamente nuevo.

Pero yo me inclino a que no es legal prohibirlo.

Seria similar paquete prohíban incluir esa experiencia laboral en el curriculum. Las redes sociales muchas veces hacen de contacto laboral.

Una causa de despido no es según el estatuto, lo mas parecido seria esto:
La indisciplina o desobediencia en el trabajo.


Pero yo entiendo que hacer eso no es una causa de indisciplina o desobediencia salvo que tu trabajo se vea comprometido de alguna forma por hacer eso publico (un espía por ejemplo). Ya que tu empresa no es competente para decidir lo que puedes o no poner en tu perfil.

Ademas no seria exactamente en el trabajo, sino en un red social fuera de tu trabajo. No te pueden dar una orden que no este relacionada con el trabajo.

Lo que no quita que si alguien que este temporal hace eso, puedan no renovarte el contrato. Y por supuesto motivos para despedirte pueden sacarse de debajo del manga.

Pero no, no creo que puedan motivar un despido en eso.


Muchas gracias jas1! :)

Es unicamente una curiosidad que nos ha surgido haciendo un debate en la empresa sobre si el papel que nos han hicieron firmar tendría alguna validez legal en ese sentido, o si podrían "escudarse" en ese papel legalmente. Vaya, si ese papel ante un juez tendría algún tipo de validez.

Pero me queda bastante más claro con tu respuesta!
Pues es una buena pregunta. Desconozco si hay alguna regulación legal.
En Linkedin no sé, pero en facebook mucha gente pone dónde trabaja, incluso poniendo este dato como público, lo que me parece una temeridad y una irresponsabilidad tremenda. Yo ya he visto alguna vez algún perfil de una chica que pone como lugar de trabajo: "cafetería tal" o "peluquería cual":

Para que cualquier psicópata trastornado se presente allí a hacerle sabe dios qué.
Dile a los dueños de la empresa donde trabajas que son gilipollas, de mi parte.

Rojos saludos.
tienes un contrato de confidencialidad?
NewDump escribió:tienes un contrato de confidencialidad?


El contrato de confidencialidad no es vinculante si viola cualquiera de tus derechos fundamentales, como mismamente, registrarte en cualquier portal de empleo (como es linkedin) y actualizarlo.

Rojos saludos.
paliyoes escribió:
NewDump escribió:tienes un contrato de confidencialidad?


El contrato de confidencialidad no es vinculante si viola cualquiera de tus derechos fundamentales, como mismamente, registrarte en cualquier portal de empleo (como es linkedin) y actualizarlo.

Rojos saludos.


Si que lo tenemos. Pero no sabia esto que comenta paliyoes!
NAILIK escribió:Si que lo tenemos. Pero no sabia esto que comenta paliyoes!


A ver, lo más probable es que tu empresa, si hagas eso "te despida", en ese caso, con denunciar el despido sería nulo casi de todas todas. En caso, claro está que pongan como motivo de despido que has actualizado tu perfil de empleo en un PORTAL DE EMPLEO específico.

Rojos saludos.
Y, si puede saberse, ¿Con qué motivo lo prohíben? ¿Por si vaya a ser que hablen mal de la empresa?
Rokzo escribió:Y, si puede saberse, ¿Con qué motivo lo prohíben? ¿Por si vaya a ser que hablen mal de la empresa?


Para evitar que nuestro amado forero pueda encontrar otro trabajo.

Rojos saludos.
Yo por ejemplo, me aconsejaron compañeros de mi anterior trabajo que no pusiera en link, ni en infojobs el trabajo en el que estábamos si no que el anterior lo alargaramos en fecha, había habido despidos por que en el contrato de confidencialidad ponía específicamente que no podía divulgarse en lugar ni empresa de trabajo
paliyoes escribió:
Rokzo escribió:Y, si puede saberse, ¿Con qué motivo lo prohíben? ¿Por si vaya a ser que hablen mal de la empresa?


Para evitar que nuestro amado forero pueda encontrar otro trabajo.

Rojos saludos.


De ser así es lo más rastrero y asqueroso que he oído en mucho tiempo [+risas]
NewDump escribió:Yo por ejemplo, me aconsejaron compañeros de mi anterior trabajo que no pusiera en link, ni en infojobs el trabajo en el que estábamos si no que el anterior lo alargaramos en fecha, había habido despidos por que en el contrato de confidencialidad ponía específicamente que no podía divulgarse en lugar ni empresa de trabajo


Claro, y seguro que a los que despidieron, o se les ocurrió denunciar, porque me jugaría el brazo de Aznar a que un juez en un juzgado de lo laboral, consideraría nulo el despido.

Rojos saludos.
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