Duda sobre las bases de cotización a la Seguridad Social

En el caso de que se supere el máximo las bases de cotización de contingencias comunes, se cotiza con el máximo, bien, pero es que las bases de cotización de contingencias profesionales es el resiltado de sumarle a las comunes el valor de las horas extra... Entonces... ¿La base de contingencias comunes se mantendría en el máximo de las bases de contingencias comunes, o sería ese máximo + las horas extra?

Gracias por la ayuda :)
ramulator escribió:En el caso de que se supere el máximo las bases de cotización de contingencias comunes, se cotiza con el máximo, bien, pero es que las bases de cotización de contingencias profesionales es el resiltado de sumarle a las comunes el valor de las horas extra... Entonces... ¿La base de contingencias comunes se mantendría en el máximo de las bases de contingencias comunes, o sería ese máximo + las horas extra?

Gracias por la ayuda :)

edito ;
Pd: hace mucho que dejé de hacer nóminas, pero contingencias profesionales es contingencias Comunes mas horas extras, si una vez calculada la cuota de contingencias profesionales, sobrepasa la cotización máxima en su categoría profesional, si no estoy equivocado y sino ha cambiando la legislación en el 2014, se toma como referencia la cotización máxima de la categoría , es decir : contingencias comunes 2000 euros . Horas extras 300 euros .
Contingencias profesionales 2300 euros . Si la cotización maxima en la categoría es de 2100, tienes que coger 2100.
Puedo estar equivocado, hace tiempo que deje de hacer nóminas . Un saludo
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