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elmundo.es escribió:Archivado el caso más antiguo contra sitios de enlaces P2P
Una juez de Madrid no ve delito en las actividades de Donkeymania
El sitio web fue clausurado de manera cautelar hace casi siete años
Tras casi siete años de cierre cautelar -fue la primera página web de enlaces clausurada por orden judicial-, la titular del juzgado numero 3 de Madrid ha dictado el sobreseimiento del caso contra el sitio Donkeymania, denunciada por la editorial El Derecho en 2002.
Según el auto de sobreseimiento provisional, contra el que cabe recurso, la juez no ve conducta delictiva en la actividad que hasta su cierre cautelar, en agosto de 2003, venían haciendo los sitos donkeymania y edonkeymania, un índice de contenidos descargables a través de la red de intercambios P2P edonkey.
Basándose en el informe de la Guardia Civil originario, la juez razona que la actividad de los imputados consistía en recopilar enlaces aportados por colaboradores cuyos contenidos se encontraban alojados de forma completa o parcial en los ordenadores personales de los usuarios de la red P2P. "Para favorecer la descarga el usuario se debe bajar un concreto programa de ordenador, por lo que la actividad de los imputados no se debe considerar esencial y se debe proceder al sobreseimiento de lo actuado", afirma.
En el auto se destaca además que no existe una "puesta a disposición" ya que la juez entiende que "este concepto de distribución, que en principio es bastante amplio, implica un actuar efectivo por parte del distribuidor y una intencionalidad en el acto que necesariamente conduce a la obtención de un beneficio económico", algo que en opinión de la magistrada no sucedía en Donkeymania
Afirma la juez que "el lucro que perciben no es directo, pues el usuario de la red debe descargarse previamente un archivo que permita la descarga de ese tipo de contenidos que desea y después conectarse a edonkey, sin que conste que esta web haya recibido cantidad alguna, premio o regalo o precio por facilitar la entrada en la red".
Asimismo, asegura que "el único interés lucrativo reconocido ha sido el de recibir cantidades a cuenta de las 'galletas' de publicidad que se van introduciendo y que 'saltan' cuando se abre la web creada".
Así, concluye que "el apoyo indirecto que prestan a la distribución de archivos protegidos por derechos de propiedad intelectual se localiza a través de su web y servidor, pero los puntos de conexión y los particulares que acceden a ellos son desconocidos y no se lucran de la descarga de tales obras, ni realmente las distribuyen entre aquéllos que finalmente las descargan en su ordenador, por lo que ni se cumple el tipo objetivo, ni los requisitos subjetivos que dicho tipo conlleva".
La parte denunciante, la editorial El Derecho, sostenía que el sitio web de Donkeymanía contenía vínculos al contenido de un CD de una de sus bases de datos. Después se unieron como denunciantes la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (AFYVE) y la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA).
No obstante, se da la circunstancia de que esa misma editorial fue condenada en 2004 por copiar bases de datos de la editorial Aranzadi, un hecho que además provocó la apertura de un expediente del Consejo General del Poder Judicial dado que El Derecho era el suministrador de sentencias del Supremo para los miembros del poder judicial español.
Además, el abogado de la acusación, José María Anguiano, de Garrigues Abogados, recibió en 2004 el Premio Nacional Antipiratería, un galardón que sólo se entregó ese año y que concedía la Asociación Española de Derecho de la Propiedad Intelectual (Aedpi), en la que el propio Anguiano aparecía como asociado representante de dicha asociación.
Esta misma mañana, en el sitio web de Donkeymania aún se podía leer lo siguiente: "Sobre esta página se ha impuesto la medida cautelar del cierre de la misma acordada en un procedimiento penal".