El Pais informa de una condena en un tribunal de Vizcaya a dos sitios que ofrecían enlaces a sistemas p2p. Parece que esto cambia la tendencia que existía hasta ahora...
Según el abogado defensor, se alegó expresamente en el juicio una sentencia del Tribunal Supremo por la que si hay una absolución en primera instancia, el recurso no puede ser condenatorio salvo que se practiquen las pruebas, cosa que no se produjo en este juicio. El abogado no descarta acudir al Tribunal Constitucional o a la jurisdicción europea por ello. El tribunal sostiene que la presencia de los acusados, que rechazaron declarar, cubre sobradamente este problema. El tribunal incluye el ánimo de lucro en la medida que el sitio albergaba publicidad.
Vale, ánimo de lucro por tener publicidad... si demuestran que esos ingresos eran altos y se utilizaban para algo más que para el mantenimiento de la web, no?
Estoy en contra de todo esto de pagar por conseguir enlaces y del ánimo de lucro... pero es que la justicia tiene que funcionar bien y si aquí hubo delito, que se pruebe con algo más que un representante de ADESE diciendo: hay enlaces y ganan dinero.