Dudas creación empresa y responsabilidades si quiebra

Hola,
No sabía muy bien donde poner esto, creo que en misce estará bien.

El caso es que estábamos tomando algo el otro día con unos amigos, y apareció por el bar un "conocido" del barrio, y salió el tema de que el tio tenia una empresa y había quebrado.

El caso es que este tio siempre ha vivido al límite, ahora tenía una peazo moto BMW y un mercedes para fliparlo, pues se ve que como la empresa que tenía (nadie sabe de qué, porque el tío es un manta y no parece que haga mucho) ha cerrado por impagos, le han quitado el coche y la moto, que estaban a nombre de la empresa.
A raíz de esto un amigo dijo que hace años también quebró otra empresa de este tío, y entonces también le quitaron el coche que tenía, a nombre de la empresa por supuesto.

¿cómo puede ser esto?, el tío crea una empresa, pone las cosas a nombre de la empresa, y si se da una ostia no pasa nada, empresa en bancarota y el banco se queda las propiedades de esta... ¿esto es así?, no tenemos mucha idea de empresas y tal, pero no llegamos a ninguna conclusión, y desde luego el pavo iba a cubatas, así que pasta tendría....

En fín, a ver si alguien me puede sacar de dudas.
Salu2

Gracias
Creo que la diferencia es dependiendo de si es una S.L o una S.A ,si es limitada el dueño debe responder con su patrimonio a todas las deudas que tenga la empresa y si es S.A el director o presidente no responde con su patrimonio.
Si por ejemplo es una sociedad limitada (SL), la responsabilidad de los socios se limita únicamente al capital aportado.
No sé ahora cual es el capital mínimo de la SL, pero creo que antes eran unos 3.000€ (500.000 ptas).

litio5000 escribió:Creo que la diferencia es dependiendo de si es una S.L o una S.A ,si es limitada el dueño debe responder con su patrimonio a todas las deudas que tenga la empresa y si es S.A el director o presidente no responde con su patrimonio.

No, en ninguno de los dos casos responden con su patrimonio. La principal diferencia entre una SL y una SA son las acciones, y el capital mínimo a aportar (el de la SA antes era 10.000.000 ptas, no sé si ahora ha variado).


Ho!
aravenas está baneado por "troll"
litio5000 escribió:Creo que la diferencia es dependiendo de si es una S.L o una S.A ,si es limitada el dueño debe responder con su patrimonio a todas las deudas que tenga la empresa y si es S.A el director o presidente no responde con su patrimonio.

segun tu,un pobre hombre que se monta una empresa de candados con 2 curritos, si quiebra responde con su piso por ejem. y una mega empresa con 100 empleados si quiebra responde con los coches de empresa y tal¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
ni de coña es asi¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
Sí, eso sí, lo de la S.L. y S.A. queda claro.
Lo que nosotros no nos cuadra, de este caso, es que el tío tiene (o tenía), un almacén con cosas de fontanería, se supone que al tener que invertir para construir ese almacén y comprar cosas y demás, el banco le tendría que dar un crédito no?, ¿cómo vas al banco y le dices:"necesito X millones para hacer mi empresa"?, no puede ser tan sencillo.
Uno de los colegas con los que discutíamos esto, hace un par de años fué al banco a pedir un crédito para montar una tienda de informática y le dijeron que nanai.
¿será porque el banco considera si un proyecto será o no viable?
Aclaremos conceptos.

Una sociedad responde con su patrimonio o capital social (SL:3000 € mínimo y SA 60.000€ mínimo).
Un autónomo responde con su propio patrimonio.

Ahora bien. Es altísimamente probable que cualquier empresario tenga una póliza de crédito un aval o cualquier otro tipo de producto financiero y haya prestado su patrimonio como garantía. Entonces es el propio banco el que ejecuta en caso de impago y sí, se puede quedar tu coche o tu casa.

También es posible que aún no teniendo prestado el patrimonio propio como garantía, un juzgado pueda mandar un embargo en caso de que quede de manifiesto que la quiebra o los impagos se han producido por mala fe del administrador de la sociedad.
Exacto... normalmente los créditos obtenidos por microempresas están avalados por el patrimonio personal de los propios socios, por lo que en caso de quiebra, el banco ejecutaría esos avales, y los socios podrían perder coches, casas y todo lo que tuvieran.

Además, una SL, que es una entidad jurídica, está representada por al menos un Administrador, que es una persona física, y si se demuestra que ha actuado con dolo para llegar a esa quiebra, no se va a ir de rositas.

Ahora bien, si realmente la empresa quiebra por razones puramente de mercado, entonces la responsabilidad se limita al patrimonio de la propia empresa.
el problema radica, como ha explicado un compañero antes, que detras de una SL hay un autonomo, y muchas veces, por no decir practicamente siempre al final terminas avalando operaciones con tu patrimonio personal.

eso o montas el negocio con bastante pasta, con lo cual no te hace falta negocio.. :p

vamos el pez que se muerde la cola, una cosa es la teoria, y otra la practica.

si los bienes estan puestos a nombre de la empresa, y presentas suspension de pago, los acreedores tiraran de todas las posesiones de la misma, eso si llegan antes que los bancos.. XD
Reverendo escribió:Aclaremos conceptos.

También es posible que aún no teniendo prestado el patrimonio propio como garantía, un juzgado pueda mandar un embargo en caso de que quede de manifiesto que la quiebra o los impagos se han producido por mala fe del administrador de la sociedad.


Exacto, conozco un caso de 1ª mano. El marido de una amiga tenía una empresa con otros 3 socios, la empresa les fue mal y dejaron de pagar el IVA durante un año, la empresa quebró y la liquidaron. Pues ahora, 3 años después, Hacienda les ha dicho que o pagan el IVA adeudado más los intereses, o les embargan hasta los calzoncillos, es un fraude no atribuible a la marcha económica de la empresa.
eso esta claro, los acreedores cobraran o no, pero de hacienda no te escapas. XD

todo lo relacionado con el tema de impuestos, seguridad social, autonomo, etc, si no les pagas te tiran directamente de las propiedades del administrador de la empresa.
OK, ya tengo un poco más claros los conceptos, ahora sólo queda explicárselos a mis colegas, jeje

Aunque la situación del tio este que os he puesto seguimos sin tenerla clara, porque está claro que ha actuado de "mala fé".

Gracias a todos por las respuestas.
salu2
NWOBHM escribió:
Reverendo escribió:Aclaremos conceptos.

También es posible que aún no teniendo prestado el patrimonio propio como garantía, un juzgado pueda mandar un embargo en caso de que quede de manifiesto que la quiebra o los impagos se han producido por mala fe del administrador de la sociedad.


Exacto, conozco un caso de 1ª mano. El marido de una amiga tenía una empresa con otros 3 socios, la empresa les fue mal y dejaron de pagar el IVA durante un año, la empresa quebró y la liquidaron. Pues ahora, 3 años después, Hacienda les ha dicho que o pagan el IVA adeudado más los intereses, o les embargan hasta los calzoncillos, es un fraude no atribuible a la marcha económica de la empresa.


el estado si tiene cubiertas las espadas, iva, aportaciones a la seguridad social y ese tipo de cosas en caso de impago, es responsable el empresario.
Y qué pasa con los trabajadores si la empresa S.L quiebra? (aclaro: los socios de dicha empresa tienen más empresas con diferente nombre).

Saludos, y gracias
chikyenana escribió:Y qué pasa con los trabajadores si la empresa S.L quiebra? (aclaro: los socios de dicha empresa tienen más empresas con diferente nombre).

Saludos, y gracias


Pues que acaban en la TV denunciando que han declarado suspensión de pagos y se les adeuda 3 meses de sueldo.....años y años de lucha para obtener,con mucha suerte,la mitad de la mitad de lo que se les adeuda.....
maponk escribió:
chikyenana escribió:Y qué pasa con los trabajadores si la empresa S.L quiebra? (aclaro: los socios de dicha empresa tienen más empresas con diferente nombre).

Saludos, y gracias


Pues que acaban en la TV denunciando que han declarado suspensión de pagos y se les adeuda 3 meses de sueldo.....años y años de lucha para obtener,con mucha suerte,la mitad de la mitad de lo que se les adeuda.....



Muchas gracias!
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