El Egipcio fue absuelto por un error

Noticia EL País

Pues ya la hemos "liao"...Me da a mí, que la sentencia está llenita de fallos, tanto para unos como para los otros...Y lo dice El País ni más ni menos.

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El tribunal absolvió a El Egipcio pese a que la condena de Italia no es firme
La ley exige que la primera sentencia sea definitiva para poder aplicar el principio de 'cosa juzgada'


El tribunal del 11-M incurrió en un error al absolver a Rabei Osman el Sayed, Mohamed el Egipcio, del delito de pertenencia a banda terrorista. Los magistrados decidieron aplicarle el principio de non bis in idem, es decir, que nadie puede ser castigado dos veces por los mismos hechos. Lo hicieron porque consideraban que El Egipcio ya había sido condenado en Italia por sentencia firme. Pero la resolución dictada por el Primer Tribunal de lo Penal de Milán el 6 de noviembre de 2006, por la que se condenaba a 10 años de cárcel a El Egipcio por un delito equivalente al de pertenencia a banda armada, organización o grupo terrorista, no es firme.

El presidente del Tribunal, Javier Gómez Bermúdez, sin embargo, defendió que no se trata de un error y que la aplicación del citado principio no exige que la sentencia sea firme.

La resolución italiana fue recurrida primero ante el Tribunal de Apelación de Milán, que la rebajó de 10 a ocho años de prisión y modificó la calificación jurídica del delito: de dirigente de organización terrorista a simple militante o pertenencia a banda terrorista. Así lo expuso ayer el fiscal Maurizio Romanelli, que llevó las investigaciones sobre El Egipcio en Italia, a miembros de la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Además, según confirmó Endika Zulueta, letrado de El Egipcio en España, también la segunda sentencia va a ser recurrida en Italia ante el Tribunal de Casación, equivalente al Supremo español. Por lo tanto, la condena de El Egipcio en Italia no es firme.

La exigencia de la firmeza venía hasta en los fundamentos jurídicos de la propia sentencia del 11-M: "La excepción de cosa juzgada es consecuencia del principio non bis in idem, que enlaza con los principios de legalidad y tipicidad de las infracciones, incluido en el artículo 25 de la Constitución Española, y que impide castigar doblemente por un mismo delito, de modo que nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un delito por el cual haya sido ya condenado o absuelto a virtud de sentencia firme 'de acuerdo con la Ley de Procedimiento Penal de cada país' (artículo 14.7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, aplicable por disposición del artículo 10.2 CE)".

Por si no fuera suficiente, la sentencia del 11-M agrega: "A diferencia de lo que ocurre en otras ramas del derecho, en penal se exige sólo la identidad subjetiva y objetiva en cuanto que no se puede seguir otro procedimiento sobre el mismo hecho y respecto de la misma persona cuando la causa criminal fue resuelta con anterioridad por sentencia firme o auto de sobreseimiento libre también firme".

Es decir, que la propia sentencia, por dos veces, reconoce que para estimar la cosa juzgada o el principio de non bis in idem es requisito indispensable que sobre el procedimiento que se invoca como ya juzgado se haya dictado sentencia firme.

Y ello, dando por supuesto que los hechos a los que se refiere la sentencia de Italia sean los mismos por los que El Egipcio fue juzgado en España, extremo que el tribunal del 11-M da por sentado. Así, señala que en la sentencia del Primer Tribunal de Milan se le imputó, entre otros cargos, "la Asociación con personas de otros países y se cita expresamente a Sarhane Ben Abdelmajid Fakhet, que se suicidó en Leganés el 3 de abril de 2004, y a los procesados en esta causa Fouad El Morabit Anghar y Basel Ghalyoun, con alusión expresa a 'los estragos de Madrid del 11 de marzo de 2004".

Previsiblemente, varias de las acusaciones que tenían previsto recurrir contra la absolución de El Egipcio plantearán este motivo en sus recursos de casación ante el Supremo.

Sin embargo, puede ocurrir que mientras se tramitan los recursos en España, el Supremo italiano confirme la condena, la eleve o absuelva a El Egipcio y esa sentencia sí sería firme, por lo que el recurso ante el Supremo español basado en la firmeza de la sentencia italiana quedaría en papel mojado.

Pero también podría ocurrir que la sentencia italiana se demorase más que la sentencia española y entonces el Supremo tendría que resolver sobre ese extremo y previsiblemente condenar a El Egipcio ya que el tribunal dejó claro que: "La investigación de las autoridades italianas ha sido encomiable y han permitido probar sin duda alguna la pertenencia del procesado a las células terroristas de tipo yihadista, en las que realizaba, entre otras, una fuerte labor de proselitismo y captación".
1 Inch Punch está baneado por "clon para saltarse una expulsión"
Cada día espanya entera da más asco, pero es que la justicia creo que se lleva la palma sobre cualquier cosa.

Como en un atentado donde murieron 192 personas, pueden quedar libres sospechosos o si tienen condenas, que las cumplan en menos de 40 años?


Este país es la puta vergüenza de Europa.
1 Inch Punch escribió:Como en un atentado donde murieron 192 personas, pueden quedar libres sospechosos o si tienen condenas, que las cumplan en menos de 40 años?



Así es España, te pueden condenar a 1500 años de carcel, pero sabes que no vas a estar más de 40 años por ley, y me dijeron que las rebajas de tiempo por buena conducta, por hacer cursillos y labores, si tu condena es mayor a 40 años, pues la rebaja de tiempo te la aplican a los 40 años en vez de a los 1500 años... con lo que en 30 años estas en la calle...
Escapology escribió:
Así es España, te pueden condenar a 1500 años de carcel, pero sabes que no vas a estar más de 40 años por ley, y me dijeron que las rebajas de tiempo por buena conducta, por hacer cursillos y labores, si tu condena es mayor a 40 años, pues la rebaja de tiempo te la aplican a los 40 años en vez de a los 1500 años... con lo que en 30 años estas en la calle...

Tengo entendido que las reducciones de condena se aplican sobre el total.....a ver si alguien lo confirma.

De todas formas, una verguenza, lo de siempre vamos, para que cambiar XD
En fin, sigan circulando que aqui no ha pasado nada.
Nada menos de esperar de un Juicio que mas que un Juicio ha sido el engaño del Siglo.

nada menos de esperar de un sistema judicial, unas leyes y un "estado de derecho" que tanto en boca esta de muchos políticos que mas que favorecer al ciudadano de a pie favorece al delincuente y asesino.

¿para cuando una reforma con penas más duras acorde hoy en dia? ¿Tan dificil es joder?
NaN escribió:Tengo entendido que las reducciones de condena se aplican sobre el total.....a ver si alguien lo confirma.

De todas formas, una verguenza, lo de siempre vamos, para que cambiar XD
En fin, sigan circulando que aqui no ha pasado nada.


En delitos de terrorismo las reducciones de condena se aplican sobre el total de la pena, no sobre los 40 años de pena máxima.
Es decir, si alguien está condenado a 1500 años de prisión, se va a quedar 40 años en el talego, por muy buena conducta que tenga.

Yo los dejaría de por vida pero vamos, 40 años tampoco es que sean un paseo. Es toda tu puta vida en el trullo (que es ni más ni menos que lo que merecen)
42mil años de carcel y en 30 estarán en la calle. Y encima ahora la lian con el jefecillo, juas! Como molan estos jueces!
HrC está baneado del subforo por ""
ManInBlack escribió:cadena perpetua [fumando]


Eso existe en este pais? Esque aun no e visto a ningun etarra ni calaña de ese tipo con esa pena.
Al igual el PP está buscando interpretaciones para encontrar a ETA o conspiraciones judeomasónicas en la sentencia, el PSOE, a través de El País, está buscando interpretaciones para defender que El Egipcio es realmente el autor intelectual.

La absolución de El Egipcio es el elemento que menos encajaba en la tesis defendida por el gobierno.
HrC escribió:Eso existe en este pais? Esque aun no e visto a ningun etarra ni calaña de ese tipo con esa pena.


No, pero debería.
De esto se extrae que la autoría intelectual, física y moral proviene de ETA, y quien piense lo contrario es un miseggable.
























[qmparto]
Orbatos_II está baneado del subforo por "Flames y faltas de respeto"
eTc_84 escribió:De esto se extrae que la autoría intelectual, física y moral proviene de ETA, y quien piense lo contrario es un miseggable.

[qmparto]


De esto se extrae que algunos con tal de lamerle el culo al gobierno dirán lo que sea

Y también que la instrucción esta hecha con el culo, lo cual no es una sorpresa, que algunos os pensais que si un juez que os cae simpático hace algo, es Moises bajando con las tablas de la ley, y CHAPUZAS los hay en todos lados.

Sin ir mas lejos, mas de la mitad de los atestados del "super juez-que-te-cagas" Garzón luego quedan en nada, porque están hechos con el culo.

Eso si, mucha cámara, mucha TV y mucha tontería... pero de hacer el trabajo en condiciones mas bien poco
13 respuestas