Legislación Garantías y Demanda Gratuita (sin papeleo).

CAPITÁN (Estudiante de Derecho)

Legislación Garantías y Demanda Gratuita (sin papeleo). Incluye denominación social y fax de las posibles empresas demandadas:

Con este hilo solamente pretendo es crear un espacio de información porque es evidente que a partir de los intentos de estafar por parte de muchas tiendas y por parte de $...y no podemos quedarnos de brazos cruzados.
Seguro que en cualquier OMIC (oficina de información al consumidor) nos informan perfectamente pero no todos los consumidores que son propietarios de una PS3 acuden, y junto con lo que nos informan, más lo que hemos oído, más lo que nos dicen en tiendas puede que nos desoriente.

Por ello, resumo en materia de garantías:

1.-La ley Ley 23/2003, de 10 de julio, de Garantías en la Venta de Bienes
de Consumo (Vigente hasta el 1 de diciembre de 2007) está derogada.

2.-La normativa vigente es la siguiente: Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

3.-De todas formas, hay que tener en cuenta que generalmente cualquier relación jurídica se rige por las disposiciones vigentes al tiempo de su nacimiento, por tanto, sólamente las relaciones jurídicas nacidas a partir de la publicación de esta nueva legislación se rigen por ella.

Por tanto, las compraventas de bienes de consumo realizadas antes de la derogación se rigen por la ley 23/2003 y las compraventas celebradas después de su derogación, en diciembre de 2007, se rigen por el RDL 1/2007.
Todo depende de la publicación de la ley en el BOE o boletín correspondiente.

4.-En la práctica se dará que la mayoría de consolas han sido compradas durante la vigencia de la Ley 23/2003. Esta ley, como cualquiera en materia de consumidores, es derecho imperativo o de aplicación necesaria, por lo que no se puede renunciar, modificar... y la garantía de la PS3 son 2 años frente al vendedor, pudiendo el consumidor (porque lo establece el derecho comunitario, que goza de primacía y aplicabilidad directa) elegir dirigirse al vendedor o al fabricante.

Según esta Ley y el Reglamento 58/1988 los consumidores han de diponer de un servicio de repuestos con una lista de precios, es decir, que sus productos dispongan de piezas.

DEMANDA:

Animo a TODOS los que estén descontentos con el SAT, con establecimiento al que se dirijan o con $...y a que presenten una demanda sucinta de juicio verbal (hasta 900 € de cuantía de reclamación), cuyo coste es cero y no requiere la intervención de abogado ni de procurador. Solamente es necesario cumplimentar este formulario normalizado (enlace abajo) y presentarlo en el decanato del partido judicial del domicilio del demandante, pues los consumidores pueden elegir el foro de competencia o dónde presentarla.

MUY IMPORTANTE:

-En el petitum (lo que se solicita) hacer constar que se solicita una indemnización por el valor total del producto, valorado en X euros (menos de 900 siempre), por negarse ABCD a cambiarlo por otro nuevo y/o a repararlo.

-Las partes demandadas han de ser las mayores posibles, el establecimiento, sto...no, S...y.
En el hipotético caso de que una de las partes demandadas fuese Sony, esta es su denominación social completa:

SONY COMPUTER ENTERTAINMENT ESPAÑA, S. A.
Hernández de Tejada, 3
28027 MADRID
CIF: A81192627
FAX: 913777125

También dejo apuntada la denominación social de la sociedad Stock uno para el hipotético caso en que haya de constituirse como parte pasiva del proceso:

STOCK UNO GRUPO DE SERVICIOS. S.L.
C/ Mariano Benlliure, 1
Parque Logístico Wereldhave
Pol. Ind. Santa Ana
28521 Rivas-Vaciamadrid
Madrid (España)
CIF: B84735745
FAX: 913126292

-La demanda ha de dirigirse al Juzgado de Primera Instancia y ha de presentarse en el Decanato correspondiente según el domicilio del demandante, pues somos consumidores y podemos elegir el foro de competencia o dónde presentarla. Para que el consumidor sea considerado como tal (y pueda elegir dónde presenta la demanda) ha de existir un contrato entre una persona y una empresa, por lo que la factura de compraventa prueba que existe una relación jurídica y la correspondiente garantía.
http://www.mjusticia.es/Directorio/Part ... 7821035144

-Transcurridos 2 años de garantía el consumidor dispone de 3 años a contar desde la fecha de compra para interponer acciones judiciales ante los tribunales de justicia para exigir lo que dispone la garantía, como por ejemplo la acción citada.

-Aportar la documentación necesaria, albarán, facturas, hojas de reclamaciones... en que se base nuestra reclamación (esto es inevitable) y en la cuantía de la demanda poner una cifra que no supere los 900€ (recomiendo poner 900€). Numerar la documentación aportada en el impreso, número que deberemos poner a cada documento. EJ:

(1.- Factura del producto marca y modelo y por valor de x €
2.- Hoja de reclamaciones presentada ante A en fecha tal.

Numerar cada documento haciendo coincidir el número con la relación anterior.)

-QUEDARSE copia sellada (con nº de registro) de la demanda sucinta de juicio verbal presentada. (tener en cuenta que se han de presentar tantas copias de todo lo anterior como partes demandadas hayan. Ejemplo: si existen 3 partes demandadas se tendrán que presentar 4 copias de TODO, 1 copia por cada parte damandada y otra copia para el demandante.

Documento único(nada de papeleo):

http://www.mjusticia.es/cs/Satellite?bl ... inary=true

PROCEDIMIENTO DE ESTA DEMANDA:

1- Presentada y admitida la demanda por el Juzgado, se citará al demandante para la vista.

2- Se tendrá que acudir a la vista aportando toda la documentación, y en dicha vista el demandante expondrá las razones en las que basa su reclamación y propondrá las pruebas de que disponga.

(ESTADÍSTICAMENTE ESTÁ COMPROBADO QUE L@S DEMANDAD@S NO SUELEN ACUDIR A LA VISTA EN ESTOS TIPOS DE DEMANDAS, por lo que existe una gran probabilidad de éxito, sin perjuicio de las pruebas que el demandante aporte.)

RECORDEMOS QUE EL CONSUMIDOR PUEDE PRESENTAR LA DEMANDA DONDE LE CONVENGA Y DIRIGIRSE CONTRA QUIEN LE SEA MÁS CÓMODO (la mejor opción es, sin duda, dirigirse contra todos).

EJ: Puedo haber comprado la máquina en A Coruña, y vivir y presentar la demanda en Barcelona, por ejemplo. O es posible que la tienda en Bilbao haya cerrado y el consumidor no pueda reclamar pero s..y, con sede social en Madrid, ha de hacerse cargo de las obligaciones derivadas de la garantía de 2 años, pudiendo presentar la demanda en Bilbao, en Madrid o en el lugar del domicilio del demandante.

PD: agradecería cualquier aporte.

PD2: En relación a los establecimientos que han cerrado y no es posible reclamar creo que la mejor opción es presentar igualmente este tipo de demanda. La parte demandada será la tienda (que el establecimiento cierre no quiere decir que el negocio o empresa matriz lo hagan), sto..o si se niega a hacerse cargo, y S...Y conjuntamente. Mirar en g...e la denominación social de la tienda para encontrar datos (CIF, domicilio social...a ser posible en la misma provincia que nuestra residencia habitual, sino, no importa).

PD3: Puede ser una buena opción enviar previamente a la/s empresas o el sat un burofax, pero recordemos que cuesta unos 11-20 euros.

PD4: Personalmente he presentado este tipo de demanda por otro asunto distinto y he recibido la indemnización solicitada, aunque se me han impuesto las costas de la parte que venía a juicio desde otra Comunidad autónoma y se ha fallado que na ha existido culpa o negligencia suya.

Para esto estamos.
efegarcia está baneado por "saltarse el ban con un clon"
¡¡gracias..¡¡..a ver si asi las compañias..TODAS ,dejan de tomar el pelo a los usuarios..se te olvida decir que segun la OCU ,POR LEY ,te tienen que devolver TU MISMA consola u otra NUEVA..igualmente, durante el periodo de garantia, no pueden cobrarte NADA por la reparacion, ni en concepto de transporte, seguro..etc..¿ os acordais de los famosos 10 euros..?
Correcto! No quería explicar lo que la mayoría sabemos para no hacer pesado el post.

Gracias de todas formas!

PD: Si los 10€ que cobran es en concepto de contratación de un seguro, nos proporcionan la póliza del seguro? O la factura? Como dice el compañero, NO se puede cobrar por ningún concepto durante el periodo de garantía, por lo que tendremos que guardar la factura para adjuntarla a la demanda sucinta!

PD': Según la legislación, el SAT tendría que devolver la pieza o piezas sustituidas previa petición nuestra y para el caso en que el producto NO esté en garantía.

Para esto estamos
Jur...

Movido por error a Multiplataforma; por favor, que el moderador lo mueva a PS3.

Un saludo.
Capitán escribió:Correcto! No quería explicar lo que la mayoría sabemos para no hacer pesado el post.

Gracias de todas formas!

PD: Si los 10€ que cobran es en concepto de contratación de un seguro, nos proporcionan la póliza del seguro? O la factura? Como dice el compañero, NO se puede cobrar por ningún concepto durante el periodo de garantía, por lo que tendremos que guardar la factura para adjuntarla a la demanda sucinta!

PD': Según la legislación, el SAT tendría que devolver la pieza o piezas sustituidas.

Para esto estamos



¿La compañia esta obligada a devolver la pieza?
Según tengo entendido, las compañias como sony que no dejan de ser hasta cierto punto montadores tienen garantia con el fabricante.
Es decir, HP monta un ordenador con un disco duro seagate, al año y medio se te rompe y le mandas el ordenador al servicio técnico, en el servicio técnico sacan el roto ponen uno nuevo y tirando. Pero el roto lo envian a Seagate por que HP tambien tiene una garantia de un determinado tiempo con Seagate, no se si me explico.
En cierto modo es lo que sucede. Claro, aquí ya comenzaríamos un amplio debate sobre prácticas monopolísticas!
Esto está claro por lo siguiente: Porqué vamos a tener que estar nosotros vinculados con los contratos que el sat o s...y realice con otras empresas para devolverles un disco duro o lector?

Se ha de distinguir si el producto está CUBIERTO por la garantía o no.

Real Decreto 58/1988, de 29 de enero, sobre protección de los derechos del consumidor en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico.

Artículo 4. Piezas de repuesto.

4.1 Todas las piezas de respuesto que se utilicen en las reparaciones deberán ser nuevas, excepto si el usuario da su consentimiento por escrito para que se utilicen piezas de repuesto usadas o recuperadas o no originales, estas estén en perfectas condiciones de uso para el que van destinadas y a precio mas bajo de las nuevas si existieran en el mercado.

4.2 El servicio de asistencia técnica que efectúe la reparación, esta obligado a ofrecer al usuario y a entregarle, al termino de la misma, si así lo desea, las piezas de repuesto que hayan sido sustituidas, siempre que la reparación no este amparada por la garantía del aparato.

4.3 Todos los servicios de asistencia técnica están obligados a tener a disposición del público justificación documental que acredite el origen, naturaleza y precio de las piezas de repuesto utilizadas en las reparaciones.

4.4 Queda prohibida toda sustitución innecesaria de piezas, cuando ello suponga un incremento de costo para el usuario o una posible degradación del aparato.

4.5 Todos los servicios de asistencia técnica están obligados a dar servicio de piezas de repuesto durante el menos siete años para las funcionales, salvo en el caso de aparatos cuyo precio de venta no supere las 10.000 pesetas, que será de cinco años, y dos para las estéticas, contados todos ellos a partir del cese de la fabricación de ese modelo.

Todas las piezas de repuesto, deberán servirse al cliente en un plazo no superior a un mes desde la fecha de solicitud para los aparatos de importación y no superior a quince días para las piezas correspondientes a aparatos nacionales.

4.6 Los fabricantes, importadores y representantes oficiales de las marcas, estarán obligados a facilitar los repuestos de la marca o marcas representadas a los usuarios o servicios de asistencia técnica, oficiales o no, que lo solicitaren, siempre que tengan existencias de los mismos, y en todo caso en el plazo señalado en el apartado anterior.

Para esto estamos
Chinchetazo ya!!!!!!!!

Gracias por la aportacion.
Gracias spiker por el aporte pero he de decir que en los enlaces que has puesto no se muestra una regulación extensa de lo que he dicho sinó que simplemente hace referencia a la aprobación y publicación de la Directiva europea a partir de la que el estado realiza la transposición de ésta aprobando la ley 23/2003, de Garantías. No creo que nos interese la Directiva europea, pero gracias.

Creo que para buscar legislación lo mejor es hacerlo en una página que indique si está vigente la disposición concreta. De todas formas, la legislación esencial para estos casos es la que he apuntado anteriormente.

Para esto estamos
Joder Capitán, podias haberte pasado este hilo, lo posteo en Sat > PS3, si no te importa que no creo...y yo que llamé...pidiendo una puta carcasa y se negaron...jos de puta.

Yo tengo mails, al SAT de Sony diciendome, que no me venden la carcasa, que si quiero que por 210 € me dan una nueva, que ellos no dan piezas.
es que en el tema de garantia y sat sony da asco, a ver si desde aqui les ponemos entre todos un poco las pilas.
Jur...

que no me venden la carcasa, que si quiero que por 210 € me dan una nueva, que ellos no dan piezas

Realmente en ese caso tienen razón, ya que ellos son un servicio de asistencia técnica/reparación, no una tienda/empresa que vendan piezas, y no están obligados a vender componentes.

Si llamas al servicio técnico oficial de cualquier casa tampoco es habitual que acepten vender piezas/partes al cliente final.


Sobre la obligación o no de que un SAT está obligado a enviarte la pieza que han reparado, Capitan lo explica bastante bien: si la consola está en garantía, no tienen porqué darte la pieza reparada.

Si no está en garantía, tienen que enviártela si tú la pides.

Un saludo.
Hola Ferdopa, creo que nos equivocamos o nos engañan cuando nos dicen que el SAT no está obligados a vender piezas, pues una cosa es que no lo haga y otra es que legalmente esté obligado. Cómo se lucra más S...y, vendiendo piezas sueltas o cambiando la máquina? No hace falta responder. Esto podría ser uno de los motivos de la demanda!!!

Está claro lo que prevé el Reglamento:

Real Decreto 58/1988, de 29 de enero, sobre protección de los derechos del consumidor en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico.

TÍTULO I.
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DERECHO A LA ADMISIÓN.
Artículo 1. Ámbito de aplicación.

1.1 La presente disposición se aplicará a todas las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la instalación, conservación, reparación o mantenimiento de aparatos de uso doméstico.

1.2 A los efectos de la presente disposición se establecen las siguentes definiciones:

1.2.1 Aparatos de uso doméstico: Son aquellos bienes de consumo duradero de uso doméstico que utilicen, directa o indirectamente para su funcionamiento o aplicación, cualquier tipo de energía y/o la transformen.

1.2.2 Servicio de Asistencia Técnica (SAT): Son aquellos establecimientos o personas que, cumpliendo los requisitos reglamentarios establecidos para esta actividad, se dediquen a la reparación, instalación y/o conservación o mantenimiento de aparatos de uso doméstico y presten sus servicios tanto en los locales donde se desarrolla su actividad como en los domicilios de los usuarios.

1.2.3 SAT Oficial de Marca: Son aquellos servicios de asistencia técnica que posean autorización escrita del fabricante o de su representante legal en España.

En el caso de los talleres no autorizados como SAT Oficiales de Marca, queda prohibida la ostentación de referencias a marcas, tanto en el exterior como en el interior del taller, que pueda inducir a confusión o error al usuario, respecto a la vinculación citada en el presente artículo.

EDITO: Ferdopa tiene razón, error mío.

[u]EL SAT NO HA DE VENDER PIEZAS! Pero sí disponer de ellas para la reparación en el PLAZO DE UN MES artículo 4.4.5 de este Reglamento!:
4.5 Todos los servicios de asistencia técnica están obligados a dar servicio de piezas de repuesto
durante el menos siete años para las funcionales, salvo en el caso de aparatos cuyo precio de venta no supere las 10.000 pesetas, que será de cinco años, y dos para las estéticas, contados todos ellos a partir del cese de la fabricación de ese modelo.[/u]gracias por el aporte Ferdopa.

Para esto estamos.
Jur...

Un servicio de reparación no está obligado a venderte piezas, sea de Sony o sea de cualquier otra marca.

Lo que dice la ley es que el SAT ha de tener piezas disponibles durante 7/5/2 años según su importancia. para reparar tu producto.

De hecho lo pone bien claro: "dar servicio de piezas de respuesto"; es un servicio, dereparción, no prevé la venta ni la cita en ninguna parte.

Esto se hace para que no compres hoy un electrodoméstico/consola y dentro de dos/tres/cuatro años te digan "no tenemos piezas para repararlo".

No están obligados a vendértelas.

Un saludo.
Oido cocina, pero esque mi consola está en "garantía" pero pedí una carcasa por que por problema físico ya no lo está, una carcasa no vale 210 € ni en puta broma.
Por que la respuesta de ellos es esa.Ok?


Entonces me a tocado comprar carcasa a USA, por menos de que una sola web, ojo solo una la venden
Jur...

Oido cocina, pero esque mi consola está en "garantía" pero pedí una carcasa por que por problema físico ya no lo está, una carcasa no vale 210 € ni en puta broma.
Por que la respuesta de ellos es esa.Ok?


Comentabas que que no me venden la carcasa, no que estuviera en garantía.

Primero, la garantía no es un "comodín".

Si estamos hablando de leyes y legalidad, las garantías tienen unas condiciones, entre las que están el uso correcto del producto, y que por lo tanto la garantía no cubre defectos ocasionados por golpes (por ejemplo).

Y claro que una carcasa no vale/cuesta 210 euros.

Lo que ocurre es que ellos no te la están vendiendo, te están reparando la consola.

Pasaba lo mismo con PS2: podías tener la consola con la fuente mal, con los puertos del mando estropeados o con la salida de video dando problemas, o la carcasa totalmente rota. Hay reparaciones más caras que otras (en cuanto costes), pero el precio que te cobran siempre es el mismo.

Un saludo.
Pos amos apañaos...total ya tengo una carcasa pedida a USA por unos 65 € con gastos incluidos, la del modelo de allí( con retro, tarjetas, 4 usb) vale para la de 60 de aquí.

Se consideraria estafa si yo luego mando esa consola al SAT? sabiendo que la que me mandaron de 60 gb entran los discos rectos.
Y que la compre el dia 23...de marzo..

Antetodo: Gracias Capitán por las aclaraciones , de la ley,y Ferdopa por las dudas, rapidamente contestadas.
Jur...

Se consideraria estafa si yo luego mando esa consola al SAT? sabiendo que la que me mandaron de 60 gb entran los discos rectos.

No entiendo:

- Si mandas una consola abierta por ti y cambiada en algún aspecto de la consola que has comprado (salvo el disco duro), has incumplido las normas de garantía. Eso significa que ellos pueden (a veces no lo hacen) cobrarte el arreglo.

- Si la mandas sin usar la garantía, te cobran y te la arreglan.

Un saludo.
Y que opinas ferdopa sobre el que no se pueden sustituir piezas innecesarias cuando suponga un coste adicional para el usuario.Hablando fuera de garantia por ejemplo,que tengas el lector roto y te cambien la consola entera cobrandote un paston.

¿No seria una sustitución inecesaria?.

Y luego esta lo que pone en el manual de la garantia de la ps3,que sony a su discreción,puede usar piezas nuevas o reparadas.Y la ley dice que no se pueden usar piezas reparadas a no ser que el usuario de permiso por escrito. [comor?]
Jur...

sobre el que no se pueden sustituir piezas innecesarias cuando suponga un coste adicional para el usuario

No pueden; tienen que avisarte antes.

Y luego esta lo que pone en el manual de la garantia de la ps3,que sony a su discreción,puede usar piezas nuevas o reparadas.Y la ley dice que no se pueden usar piezas reparadas a no ser que el usuario de permiso por escrito.

Ahí ya tengo más dudas, porque habría que ver a que se refiere exactamente; cuando habla de piezas reparadas pueden ser consolas reparadas.

Por ejemplo, con PS2 te daban la posibilidad de recibir una consola reparada en unas tres semanas, o bien reparar la tuya y esperar bastante más tiempo.

Otro caso sería (me parecería rarísimo) que las piezas que sustituyen las defectuosas sean "usadas" (no sería normal que te vayan a poner una fuente de alimentación usada, o una lente gastada... porque no tienen arreglo), pero si ese fuera el caso, incumplen la ley.

Un saludo.
Pues lo pone en la pagina 13 del libro de la garantia dice que se compromete a repararar a sustituir a discreción de scee cualquier componente de este produco.

Un poco mas abajo dice que la sustitución se llevarará a cabo con unidades o componentes nuevos o reparados a discreción de scee.
Jur...

Un poco mas abajo dice que la sustitución se llevarará a cabo con unidades o componentes nuevos o reparados a discreción de scee.

Por eso te comento que si lo hacen, incumplen la ley de garantías (si seguimos las normas que habeis escrito en el foro).

Lo que también te comento es que determinados componentes (y también los más comunes) que salen defectuosos es imposible que se utilicen reparados; si un lector está mal no se arregla... por lo que ni lo arreglan ni te van a poner uno arreglado de tercero; algo similar pasa con las fuentes de alimentación.

En informática los componentes ya no se arreglan, se sustituyen.

Otra cosa es que, por ejemplo, te pongan piezas en perfecto estado de otras consolas que estén inservibles por problemas graves (quemado de GPU/CPU, por ejemplo).

Un saludo.
LaBestiaHumana+ está baneado por "saltarse el ban con un clon"
Estimado Ferdopa.

Aunque te tengo en gran valia, no puedo dejar de corregirte, de algo que puedo dar fe, en un juzgado o juicio, aunque claro, generalizar no puedo algo que tu si estas haciendo.

dices:"En informática los componentes ya no se arreglan, se sustituyen."

Es rotundamente falso, he trabajado mas de 5 años para Dell computer, y se arreglan, bueno no, se "reacondicionan", que pasa, pues que estas reparaciones con piezas reacondicionadas, tienen una tasa de errores ampliamente superior a si se utiliza una nueva, es mas, aunque se utilice una nueva, la tasa de averias repetidas es superior.

No se trabaja con las mismas medidas en el proceso de fabricación, que mientras se repara.

Por eso, estoy con un jaleo con Panasonic, entre otras cosas, aviso a navegantes NO COMPREIS, ningun articulo que en el exterior de sus cajas, vengan con cualquier tipo de pegatina, roja, naranja o verde normalmente redonda..... ES REPARADA, la 360 en Francia se vendio mucho asi y no es que fueran medidas antiluzrojas, eran reparaciones porque habian dado ya un fallo, en el proceso de esamblaje.
¿Que creeis que hacen con los componentes que no pasan el control de calidad?.

Se separan y se vuelven a montar en otro equipo, se reutilizan.

Antiguamente se reparaban hasta los modulos de memoria evidentemente eso es ahora una locura, pero apaños de placas madres los hay generalizados, ¿tu te crees que todas esas placas montadas con condensadores malos, que se hinchan y dejan de funcionar, son tirados a la basura?,

NO son reparados, ¿piensas que esas placas madres tienen la misma fiabilidad que las fabricadas directamente con un condensador en condiciiones?....

Pues eso, atentos que vienen curvas, no os creeis el marketing de SAT, SAC, que hablan con terminologia, para no mentir, pero ocultando verdad.

Saludos efusivos Ferdopa.
Gracias al autor, es el siguiente caso contra panasonic, aunque antes tengo que meter al vendedor de por medio.
Ferdopa escribió:Jur...

Un poco mas abajo dice que la sustitución se llevarará a cabo con unidades o componentes nuevos o reparados a discreción de scee.

Por eso te comento que si lo hacen, incumplen la ley de garantías (si seguimos las normas que habeis escrito en el foro).

Lo que también te comento es que determinados componentes (y también los más comunes) que salen defectuosos es imposible que se utilicen reparados; si un lector está mal no se arregla... por lo que ni lo arreglan ni te van a poner uno arreglado de tercero; algo similar pasa con las fuentes de alimentación.

En informática los componentes ya no se arreglan, se sustituyen.

Otra cosa es que, por ejemplo, te pongan piezas en perfecto estado de otras consolas que estén inservibles por problemas graves (quemado de GPU/CPU, por ejemplo).

Un saludo.
Jur...

Se separan y se vuelven a montar en otro equipo, se reutilizan.

Si ves mi respuesta, verás que también lo digo. Lo que comentas es vender productos "refurbished" , algo que en consolas no conozco ningún caso.

Hay muchos componentes, tanto en informática como en consolas, que no se reparan, porque es imposible.... o no sale a precio.

Una lente no tiene arreglo si está gastada, al igual que una fuente de alimentación no se arregla (en la mayor parte de los casos sale más cara arreglarla que cambiarla... si no está quemada).

Como sabrás, actualmente casi todo en una consola viene integrado; salvo los componentes mecánicos (sistema de carga de discos), pantallas (en portátiles), disipadores fuente de alimentación, modulos WiFi y poco más, todo viene integrado en placa y/o separado por módulos.... y no van estar soldando/desoldando los componentes estropeados para poner unos nuevos.

Cambian módulos/partes completas.

Un saludo.
LaBestiaHumana+ está baneado por "saltarse el ban con un clon"
LLevas razón, creo que tenemos muchos puntos en los que estamos de acuerdo, pero....

la lente tiene un tiempo de vida, si van a repararla, podria darse el caso que se limpie la lente, porque no esta gastada, y vuelvan a poner la unidad en circulación.

¿quien me lo hizo?, pues HP con una grabadora de cd en los tiempos que valian un riñon, me endosaron una unidad que, tenia uso de lente, evidentemente no me duro como una nueva. cambiaron la lente ... pues no. eso fue una refurbished, limpiada y actualizada, si funciona despues del reacondecimiento, se lo endosan al siguiente.

En mi tele plasma panasonic, pues me traen una tele en vez de nueva me la endosan con 600 horas de uso del plasma, eso es refurbished, se ha reutilizado piesas de "otrolado".

En Dell me daba verguenza, la reparacion de las pdas, consistia en cobrar una nueva, pero se le mandaba una reacondicionada, algunas veces con los datos del anterior usuario, hay que ver los servicios y calidades de reacondicionamiento, que eso es otra tela.

Y si las reparaciones, si era cambio de placa madre o pantalla, mejor le recomendaba "extraoficialmente" comprar un equipo actualizado por el coste de la reparacion, que encima le ponian un panel USADO, en muchas ocasiones.

Vamos que los malos habitos estan a la orden del dia. Por eso aunque todos pensamos positivamente, la realidad, es bastante mas "empresarial".

Y otro dia te cuento los follones, por explicar mis razones para evitar el lanzamiento de un portatil con 3 meses de garantia en España, visto lo visto, sabia los problemas que podia traer, pero como podeis imaginar, se me callo obvio y se tiro pa alante.

Un saludo, y RECLAMEMOS todos ante todas las actuaciones indebidas, ya sea Panasonic, Sony, Microsoft, Dell o quien sea, en todos sitios cuecen habas.

Ferdopa escribió:Jur...

Se separan y se vuelven a montar en otro equipo, se reutilizan.

Si ves mi respuesta, verás que también lo digo. Lo que comentas es vender productos "refurbished" , algo que en consolas no conozco ningún caso.

Hay muchos componentes, tanto en informática como en consolas, que no se reparan, porque es imposible.... o no sale a precio.

Una lente no tiene arreglo si está gastada, al igual que una fuente de alimentación no se arregla (en la mayor parte de los casos sale más cara arreglarla que cambiarla... si no está quemada).

Como sabrás, actualmente casi todo en una consola viene integrado; salvo los componentes mecánicos (sistema de carga de discos), pantallas (en portátiles), disipadores fuente de alimentación, modulos WiFi y poco más, todo viene integrado en placa y/o separado por módulos.... y no van estar soldando/desoldando los componentes estropeados para poner unos nuevos.

Cambian módulos/partes completas.

Un saludo.
Creo que este hilo deberia ser puesto como "importante" puesto que es un hilo que lo más seguro es que pronto se hunda entre la gran cantidad de hilos, y es algo que, seguramente no hoy ni mañana, pero si dentro de algunos meses (o años) la mayoría de este gran foro podrá hacer uso...
Gracias Kinggg por tu opinión respecto de este hilo.

Por otra parte he de agradecer el interés y participación de Ferdopa y de todos los que aportan su granito de arena a dicho hilo.
No es mi intención que este hilo pase a ser importante, de todas formas esto no está en mis manos, pero gracias por pedirlo.

Para esto estamos.
Ahí estamos , entrando por la puerta grande tio.
Chincheta NAO o almenos cerca del sat...por que mas de uno eberia de leerlo.
Realmente no nos damos cuenta que la legislación está de la parte del consumidor, lo que sucede es que no se suele saber cómo reclamar:

A.-garantía de 2 años (vía de reclamación a consumo o ante establecimiento).

B.-plazo para reclamar judicialmente lo dispuesto en materia de garantía: 3 años (ante los tribunales de justicia- por ejemplo la demanda sucinta a la que hago referencia en mi hilo-)


Real Decreto Legislativo 1/2007

CAPÍTULO III.
EJERCICIO DE DERECHOS POR EL CONSUMIDOR Y USUARIO.
Artículo 123. Plazos.

3. La acción para reclamar el cumplimiento de lo previsto en el capítulo II de este título prescribirá a los tres años desde la entrega del producto.

para esto estamos

PD: Lo mismo establece el art. 9.3 de la Ley 23/2003, de garantías(derogada)
lo que esta claro, en el caso de las ps3 y el sat esque hay un 100% de razones de demanda para aquellos que han estado meses sin la consola, ya que claramente se indica que tienen que repararlas en 1 mes. y no vale el cuento de si cambias la de 60 por una de 40 la tienes en 5 semanas y si quieres la de 60 te jodes y esperas 4 meses...

en la ley explica algo de si estan obligados a facilitar nº de telefono gratuito? porque el 902 tampoco es barato...
Hola compañeros, por recomendación de Jax0, copio y pego esto que posteé en el hilo oficial del Sat y averías, a ver si me podéis ayudar, o aconsejar...

William Blake escribió:Os cuento mi aventura... He ido a Fnac Valencia, que es dónde compré la ps3, con la legislación y la play y el ticket. Total, que antes de cogérmela, me dicen que no vale la pena, que SONY no recoge las ps3 de las superficies comerciales, si no de los usuarios. Es decir, que ellos llaman al mensajero, y cuando le dicen ven a Fnac, que no va, porque Sony no recoge en comercios. Yo me he quedao flipando, le he dicho que tengo compañeros (por aquí, de leeros) que en muchos otros comercios sí se las han cambiado, y él tío (el encargado) empeñado en que no, en que los de Sony le envían emails diciéndole que de ahí no la recogen. Llegados a este punto le he dicho que me da igual, que mi play se la quede y haga los trámites necesarios, y que me vaya informando de todo, y que si Sony le envía otro de esos emails diciéndole que no la recogen de las superficies comerciales que haga el favor de enseñármelo... Me ha dicho a parte que si de aquí a tres meses no se la han llevado los de Sony, que me la tendré que llevar a casa... En fin, ¿qué opináis?, ¿qué hago tíos?...
pues directamente le pides el libro de reclamaciones, lo rellenas explicando que el encargado de la tienda reniega de su obligación y que te está impidiendo ejercer tu derecho a hacer efectiva la garantia y con eso relleno cojes tu copia y la de consumo y la llevas a la oficina del consumidor.
de paso podias rellenar el escrito de este hilo y ponerle una denuncia a lafnac por no cumplir con su obligacion.
hola a todos, os cuento mi caso, la cosa es que me compre un ps3 de 60 gb en el corte ingles el 10/10/07 (creo que tiene 2 años de garantia,no?) y el 27/03/08 la tengo que enviar al sat y tras muchas peñeas y muchos € en telefono me envian otra reparada casi a los 4 meses, resulta que hoy enciendo la consola y otra vez la misma averia, no me lee los juegos. Como comprendereis no tengo ni pu** gana de volver a tratar con esa gentuza del sat ni de estar tanto tiempo sin consola. Deberian en el corte ingles hacerse cargo de todo?? me podeis guiar un poco en como actuar??.
Gracias
AATT: STOCK UNO GRUPO DE SERVICIOS. S.L.
C/ Mariano Benlliure, 1
Parque Logístico Wereldhave
Pol. Ind. Santa Ana
28521 Rivas-Vaciamadrid
Madrid (España)
CIF: B84735745
FAX: 913126292


Nº de recogida xxxxxx-xxxxx


Le envío la presente para participarle que en relación al nº de recogida al margen referenciado se está produciendo por su parte un retraso significativo en la sustitución y entrega del equipo marca y modelo “Sony Playstation 3 de xx GB de memoria”.

De acuerdo con el artículo 120.b del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, en relación con el artículo 4.4.5 2º párrafo del Real Decreto Real Decreto 58/1988, de 29 de enero, sobre protección de los derechos del consumidor en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico, las piezas de repuesto debéran servirse en un plazo no superior a 15 días.

Esta parte se reserva la acción legal correspondiente ante la jurisdicción ordinaria en caso de no recibir el producto en el plazo de 15 días hábiles.

Barcelona, a xx de xx de dos mil nueve.

Atentamente

fulanito menganito zutanito
roberrs777 escribió:hola a todos, os cuento mi caso, la cosa es que me compre un ps3 de 60 gb en el corte ingles el 10/10/07 (creo que tiene 2 años de garantia,no?) y el 27/03/08 la tengo que enviar al sat y tras muchas peñeas y muchos € en telefono me envian otra reparada casi a los 4 meses, resulta que hoy enciendo la consola y otra vez la misma averia, no me lee los juegos. Como comprendereis no tengo ni pu** gana de volver a tratar con esa gentuza del sat ni de estar tanto tiempo sin consola. Deberian en el corte ingles hacerse cargo de todo?? me podeis guiar un poco en como actuar??.
Gracias


Yo ayer mismo lleve la mia al corte Ingles, por el mismo fallo. Tu garantia es de dos años, y ellos, si tu quieres, se tienen que encargar de todo, aunque te mareen o algo. Yo la compre en el Corte Ingles precisamente por eso, para no tener problemas despues.

Me vino un encargado, me explico el tema de que tenia que llamar a sony y tal, y con la boca pequeña , que lo podian tramitar ellos. Como Siempre, el trato excelente. La revisaron por si acaso habia jodido la garantia abriendo la consola (pegatina de garantia), Y LISTO

Les han debido de mandar una circular interna con los problemas que da la de 60 gb. No me lo pense dos veces, y se la deje alli. Me hicieron un parte de averia y a esperar, me tienen que dar una nueva de 60 gb. Si pasa algo por el camino, con el transporte o cualquier cosa, prefiero que se coman ellos el marron, que quedarme sin play. De aqui a un mes o un poco menos, si no me la han entregado, volvere otra vez a ver que me dicen.

Lo que no se es si pasado un plazo, les puedo reclamar, o algo
Hola, desde el post de "Sat y averias" me dijeron que posteara mi caso aqui; como al final se solucionó sin apenas problema porque fue en tienda, queria comentar lo que me dijo al principio el SAT cuando llamé:
Resulta que mi PS3 era de 40 gigas y de un año y casi 2 meses, asi que al llamar, como no, me dijeron que estaba sin garantia, yo le dije:"¿no tiene 2 años de garantia" y la que me soltó el tio fue que :"si, tiene 2 años pero es que sony le da uno, sin hacer preguntas ni nada, y el segundo tiene que contratar a un perito cualificado, que por supuesto corre de su cuenta, para que demuestre que es un error de fabricación", como ya habia leído algunas cosas en el foro y vi que a cada uno le decian cosas diferentes, postee mi problema en el de "SAT y averias" , y fue cuando me dijeron que posteara aqui mi caso y, de todas formas, que pasara del SAT y fuera directamente a tienda con el tiquet, que tenian que cabiarmela alli.
En tienda, al principio me dijeron que igual tenia que pagar algo de más porque tenian qu cambiarla por una de 80 gigas que es lo que tenian; al final no tuve que pagar nada y ya tengo mi consola nueva y además de 80 gigas.
Más que nada queria postear para saber si esto del perito que dijeron los del sat realmente tienen derecho a pedirlo sin pagar ellos, por si a alguien le dicen lo mismo y asi sepa que hacer.
Suerte con lo vuestro.
Pedazo de hilo Capitán, te lo has currado tela. La verdad es que todo el mundo debería de animarse a denunciar... veríamos como se les van quitando las ganas de estafar al consumidor. Si los encargados de las tiendas no saben ni siquiera cuales son sus obligaciones legales para con el consumidor... que se vayan preparando unos cursillos de formación en materia legal.

Un saludo y CHINCHETA YA!
Rousenbor escribió:Hola, desde el post de "Sat y averias" me dijeron que posteara mi caso aqui; como al final se solucionó sin apenas problema porque fue en tienda, queria comentar lo que me dijo al principio el SAT cuando llamé:
Resulta que mi PS3 era de 40 gigas y de un año y casi 2 meses, asi que al llamar, como no, me dijeron que estaba sin garantia, yo le dije:"¿no tiene 2 años de garantia" y la que me soltó el tio fue que :"si, tiene 2 años pero es que sony le da uno, sin hacer preguntas ni nada, y el segundo tiene que contratar a un perito cualificado, que por supuesto corre de su cuenta, para que demuestre que es un error de fabricación", como ya habia leído algunas cosas en el foro y vi que a cada uno le decian cosas diferentes, postee mi problema en el de "SAT y averias" , y fue cuando me dijeron que posteara aqui mi caso y, de todas formas, que pasara del SAT y fuera directamente a tienda con el tiquet, que tenian que cabiarmela alli.
En tienda, al principio me dijeron que igual tenia que pagar algo de más porque tenian qu cambiarla por una de 80 gigas que es lo que tenian; al final no tuve que pagar nada y ya tengo mi consola nueva y además de 80 gigas.
Más que nada queria postear para saber si esto del perito que dijeron los del sat realmente tienen derecho a pedirlo sin pagar ellos, por si a alguien le dicen lo mismo y asi sepa que hacer.
Suerte con lo vuestro.


Pues que yo sepa te tienen que ofrecer los 2 años de garantia integros por ley por tratarse de un electrodomestico

Lo que si te digo seguro es que si no disponen de un producto con las mismas caracteristicas que el averiado te lo tienen que sustituir con otro de gama superior sin pedirte un € a cambio (tu no tienes culpa de que hayan descatalogado ese modelo estando dentro del periodo de garantia) y si te ofrecen un modelo inferior, en este caso de 40Gb estas en tu derecho de negarte y exigir la de 60Gb (en caso de tratarse del modelo averiado y en garantia) o una superior...

Un saludo!

PD: Muy buen hilo Capitán
Enhorabuena por el hilo, mi caso es que compré hace año y medio un dualshock 3 en www.*spam*; éste mando se ha roto, y cuando llamo a sony para que me indiquen donde puedo mandarlo reparar, me dicen que sólo tiene una garantía de 1 año (yo creía que eran 2), y que además no tienen servicio de reparación de periféricos, por lo que mi caso no tiene solución. ¿es eso cierto?¿sólo tienen 1 año los periféricos?¿no tienen obligación de tener un servicio técnico? Gracias.
No me hagas mucho caso, pero creo que en el tema de los perifericos si es asi...
Yo también he recibido una consola ps3 "refurbished", y lo que he hecho es lo siguiente. Teniendo en cuenta que en los mails del sat me han dicho por escrito que la consola que me iban a enviar era nueva pues he impreso estos mails y me los he guardado.

Acto seguido he enviado un BUROFAX con acuse de recibo al sat diciendo que en la fecha X he recibido una consola nueva, garantía de la cual expira en abril de 2011 (2 AÑOS), y diciéndoles también que efectúen las alegaciones que tengan por conveniente al respecto.

Por 11€ vale la pena enviar el Burofax!, por lo que nos aseguramos ante consumo que disponemos de garantía, ante sony, ante consumo y ante la justicia ordinaria, pues el burofax es un medio de prueba!

para esto estamos!
Hola amigos, pertenezco al club de la luz amarilla, y compre la consola el dia de su lanzamiento, he llamado varias veces al SAT, y hoy me han dicho algo interesante, me han dicho que por el error de las Luz amarilla, la garantia de la consola de 60 GB fue ampliada en un año.
En ese momento le dije que entonces mi consola estaba aun en garantia 2+1=3 años de garantia,
La chica me dijo que no era asi que para ellos es 1+1=2 años de garantia.
Somos muchos los perjudicados, Si han ampliado la garantia en un año los que tenemos el modelo de 60 GB aun estamos en garantia.
Deberiamos unirnos todos y ponerle a Sony una mega denuncia.
Capitán escribió:Yo también he recibido una consola ps3 "refurbished", y lo que he hecho es lo siguiente. Teniendo en cuenta que en los mails del sat me han dicho por escrito que la consola que me iban a enviar era nueva pues he impreso estos mails y me los he guardado.

Acto seguido he enviado un BUROFAX con acuse de recibo al sat diciendo que en la fecha X he recibido una consola nueva, garantía de la cual expira en abril de 2011 (2 AÑOS), y diciéndoles también que efectúen las alegaciones que tengan por conveniente al respecto.

Por 11€ vale la pena enviar el Burofax!, por lo que nos aseguramos ante consumo que disponemos de garantía, ante sony, ante consumo y ante la justicia ordinaria, pues el burofax es un medio de prueba!

para esto estamos!


Pero es de tener 2 años mas... no creo que sea asi, en ningun electrodomestico te amplian la garantia 2 años mas si te lo cambian en el SAT. A mi lo que me dijeron es que tengo lo que quede de garantia de los 2 años de la compra + 3 meses mas por venir del SAT.
No es por nada pero eso de "creo" y "me dijeron" no cuenta para nada, lo que cuenta es lo que establece la Ley, pues el RDL 1/2007 establece en los artículos 120 Y 123 lo siguiente.

La sustitución suspende los plazos a que se refiere el artículo 123 desde el ejercicio de la opción por el consumidor y usuario hasta la entrega del nuevo producto. Al producto sustituto le será de aplicación, en todo caso, el artículo 123.1, párrafo segundo. (6 MESES DE GARANTÍA) LO QUE NO QUIERE DECIR QUE NO SE PUEDA APLICAR EL ARTÍCULO 123.1 PARA PRODUCTOS NUEVOS (2 AÑOS DE GARANTÍA).

ok?

Es cierto que la garantía del producto devuelto del sat dispone del resto de garantía del producto anterior + el tiempo que estuvo en el sat + 6 meses! Pero esto es la GARANTÍA MÍNIMA que se ha de observar en todo caso para productos nuevos o reparados, no otra cosa.

Mi razonamiento es que como desde el sat me han dicho (y tengo mails que lo dicen) que es un producto nuevo, pues les envío un burofax (del que no pueden negar ni el contenido ni la recepción) para que aleguen lo que quieran al respecto pues al ser un producto NUEVO dispone de un plazo de 2 años de garantía. Si no están de acuerdo pues que lo aleguen!

Yo siempre puedo decir que ellos estuvieron de acuerdo por aquiescencia

Para esto estamos.
Para la ps3 de 40 gb como esta el tema? que ya a pasado un año desde que la compre.
Este hilo me parece imprescindible para enterarnos de nuestros derechos,se merece cinco estrellas [oki]
Saludos
Zero97 escribió:Para la ps3 de 40 gb como esta el tema? que ya a pasado un año desde que la compre.
<p><p>El puto amo un 10 capitán, chincheta para este hilo ya, en caso de que aun no la tenga.</p><p>Mi ps3 de 60 ha petado con la luz naranja, peto a los dos minutos de encenderla, habiendo jugado la noche anterior y apagarla sin problemas.</p><p>Esta cuidada al maximo y no presenta ningun desperfecto exterior y demas, vamos que esta claro que es un fallo que ha de cubir la garantia ya que no ha sido maltratada, ni ha tenido un uso excesivo ni nada similar, aparte que al parecer la luz naranja es un fallo conocido.</p><p><br></p><p>El tema esque al llevarla a la tienda PCcity Santander me dicen que solo tiene un año de garantia, asi que me pire de alli, como yo ya tengo algo de experiendia y el vendedor me suelta poyadas como "solo nos podriamos de hacer cargo de ella si se te hubiese petado el primer año" cuando me dijo eso, directamente llame a una abogada (trabajo en el juzgado de Santander y tengo para elegir xD) y con lo que me dijo le pedir la hoja de reclamaciones, y tras reyenarla le pedi que me pusiese por escrito la chorrada que me acababa de soltar para no hacerse cargo de ella.</p><p>Al negarse a darmelo por escrito, llame a la poli para que se presentasen, le pidiesen los datos y me pusiesen por escrito la excusa que me daban para no hacerse cargo de ella, con lo que antes de que me descolgasen me dijo que de acuerdo, se quedaban con ella, pero que eso no queria decir que me la fuesen a reparar, que le diese unos dias para saber que hacer con ella.</p><p>Asi que aqui estoy sin consola, y esperando no a que me la reparen, sino a saber que leches vana a hacer con ella....</p><p><br></p><p>Tenia la intencion de esperar algo mas de tiempo antes de ir al juzgado, y estaba un poco perdido porque si bien hable con un abogado que habia llevado un caso con un portatil, nose asemejaba demasiado a mi caso, simplemente porque el portatil estaba valorado en 1899€ y mi ps3 en 499€m pero habiendote leido, ahora se exactamente lo que tengo que hacer.</p><p><br></p><p>Asi que mañana sabado ire a la tienda y les dare la oportunidad de arreglarlo por las buenas, y en el acto, (la vez que la lleve me marearon durante 1 hora, hasta que se quedaron con ella, eso si con un recibo de que la he entregado y su estado y demas) en caso de que se nieguen pues nada les advertire de mi intencion de denunciarles y de que llegados a ese punto no aceptare ningun acuerdo despues, puesto que ese supuesto acuerdo me lo pudieron ofrecer por las buenas, por lo que en ese caso a cuanta gente habran dejado con el culo al aire?, pues simplemente todos los que no denuncien (cosa normal en España y asi nos va).</p><p><br></p><p>Asi que nada mil gracias, voy a prepararme el tema y mañana a liarla.</p><p><br></p><p>Quiza una preguntilla, puede que tu lo sepas, en caso de no saberlo de memoria no te molestes en consultarlo plz que entiendo que el tiempo particular de cada uno vale oro puro xD</p><p><br></p><p>He pensado que en caso de tener que denunciar, no me voy a quedar solo en eso, sino que me gustaria que la gente que compra en esa tienda sepa lo que hacen (por cierto al libro de las garantias le quedaban 4 hojas, al darmelo, le dije al vendedor, joe que ha pasado aqui tio? a lo que me dijo, yaves, con la cara to blanca xD) esto significa que ultimamente la estan liando mas de la cuenta no? xD</p><p>Asi que he pensado en plantarme alli los sabados, que es cuando mas gente hay, con una camiseta, pancarta o similar donde informo que pasan de hacerse cargo de la garantia, esto es porque me ha llamado la atencion que ellos tienen en su tienda un cartel donde pone "OJO!!! nosotros si devolvemos el dinero, al contrario que Worten (una tienda similar que esta pared con pared a PCcity)" por lo que como ellos hacen eso, se me ha ocurrido poner su mismo eslogan, añadiendo "OJO!!! que PCcity solo se hace cargo de la garantia durante el 1º año, incumpliendo los 2 años de garantia por ley" o algo similar</p><p>Mi pregunta es:</p><p>PCcity se encuentra en el aparcamiento del centro comercial Carrefour, mi intencion es hacerlo en la puerta, me pueden echar de esa zona? yo creo queno ya que aunque sea un terreno privado, el un comercio publico, pero nose como esta la ley en ese caso.</p><p>En caso de que me echasen podria ponerme justo en la entrada al centro comercial, en la zona de calle publica verdad?</p><p><br></p><p>Un saludo y CHINCHETAZO YA PLZ que viendolo asi de facil muchos denunciaran y ayudaran al resto.<br></p></p>
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