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Raul Martinez escribió:Lo normal en esos caso sería llevar un lanzacohetes en el techo y asi poder eliminar el vehículo del inutil de turno.
HooK69 escribió:Raul Martinez escribió:Lo normal en esos caso sería llevar un lanzacohetes en el techo y asi poder eliminar el vehículo del inutil de turno.
El problema es que en este caso me denunciarian por echar basura a la calzada
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La cosa es que he estado leyendo foros, y hay sitios donde dicen que no es infraccion y otros donde si.
Hay otro sitios donde ven injusto que la guardia civil les multe por circular por el carril izquierdo detras de más coches. en fin, es una cosa que hace que me hierva la sangre cuando veo a esta gente. Tengo una conduccion suave y no me gusta hacer cambios de carril innecesarios solamente porque hay gente que va por el medio porque tiene mejor vision, o porque creen que el carril derecho es para vehiculos lentos.
Se que no se puede adelantar por la derecha, pero no suelen ser sancionados, ademas de que la multa no va acorde con el daño que hacen a la circulacion.
ReiGandolf escribió:que yo sepa no estas haciendo nada malo, ya que lo que harias seria rebasar al otro vehiculo. Lo que esta prohibido como te han dicho es adelantar por la derecha, pero rebasarlo no es ninguna infraccion.
De todas formas yo me lo saque (el carné) hace dos años y es posible que la normativa haya cambiado...
PD: pero voto claramente por el lanzacobetes xDD
HooK69 escribió:ReiGandolf escribió:que yo sepa no estas haciendo nada malo, ya que lo que harias seria rebasar al otro vehiculo. Lo que esta prohibido como te han dicho es adelantar por la derecha, pero rebasarlo no es ninguna infraccion.
De todas formas yo me lo saque (el carné) hace dos años y es posible que la normativa haya cambiado...
PD: pero voto claramente por el lanzacobetes xDD
Ahora hay que ver las diferencias entre adelantar y rebasar.
fearandir escribió:Mientras no exista desplazamiento lateral no se considera adelantamiento, ya que un adelantamiento es una maniobra.
Asi que puedes seguir por tu carril tranquilamente. Otra cosa es que sea seguro ya que como al menda se le ocurra meterse a la derecha sin mirar cosa bastante común, te convertirás es un bonito sandwich de guardarail.
Escapology escribió:Rebasar: En una marcha, progresión, etc., dejar atrás, adelantar.
http://buscon.rae.es/draeI/SrvltGUIBusU ... MA=rebasar
En la autopista no se puede rebasar, solo cuando cada carril vaya a un sitio...
HooK69 escribió:fearandir escribió:Mientras no exista desplazamiento lateral no se considera adelantamiento, ya que un adelantamiento es una maniobra.
Asi que puedes seguir por tu carril tranquilamente. Otra cosa es que sea seguro ya que como al menda se le ocurra meterse a la derecha sin mirar cosa bastante común, te convertirás es un bonito sandwich de guardarail.
jejeje.
estas seguro de la descripcion que has dado de adelantar y rebasar? no quiero decir que no sea correcto, simplemente es que no se la diferencia. Una implica cambio de carril y la otra no? esa es la base?.
Artículo 32. Sentido del adelantamiento.
1. En todas las carreteras objeto de esta Ley, como norma general, el adelantamiento
deberá efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar.
2. Por excepción, y si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará
por la derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se
pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda
o parar en ese lado, así como en las vías con circulación en ambos sentidos, a los tranvías que
marchen por la zona central.
3. Reglamentariamente se establecerán otras posibles excepciones a la norma general
señalada en el número 1 de este artículo, y particularidades de la maniobra de adelantamiento, en
razón del carácter o configuración de la carretera en que se desarrolle esta maniobra.
Artículo 33. Normas generales del adelantamiento
1. Antes de iniciar un adelantamiento que requiera desplazamiento lateral, el conductor
que se proponga adelantar deberá advertirlo con suficiente antelación, con las señales
preceptivas, y comprobar que en el carril que pretende utilizar para el adelantamiento, existe
espacio libre suficiente para que la maniobra no ponga en peligro ni entorpezca a quienes circulen
en sentido contrario, teniendo en cuenta la velocidad propia y la de los demás usuarios afectados.
En caso contrario, deberá abstenerse de efectuarla.
2. También deberá cerciorarse de que el conductor del vehículo que le precede en el
mismo carril no ha indicado su propósito de desplazarse hacia el mismo lado, en cuyo caso deberá
respetar la preferencia que le asiste. No obstante, si después de un tiempo prudencial, el
conductor del citado vehículo no ejerciera su derecho prioritario, se podrá iniciar la maniobra de
adelantamiento del mismo, advirtiéndosele previamente con señal acústica u óptica.
3. Asimismo, deberá asegurarse de que no se ha iniciado la maniobra de adelantar a su
vehículo por parte de ningún conductor que le siga por el mismo carril, y de que dispone de
espacio suficiente para reintegrarse a su mano cuando termine el adelantamiento.
4. No se considerará adelantamiento a efectos de estas normas los producidos entre
ciclistas que circulen en grupo. (Apartado 4 añadido por Ley 19/2001)
Artículo 34. Ejecución del adelantamiento
1. Durante la ejecución del adelantamiento, el conductor que lo efectúe deberá llevar su
vehículo a una velocidad notoriamente superior a la del que pretende adelantar y dejar entre
ambos una separación lateral suficiente para realizarlo con seguridad.
2. Si después de iniciar la maniobra de adelantamiento advirtiera que se producen
circunstancias que puedan hacer difícil la finalización del mismo sin provocar riesgos, reducirá
rápidamente su marcha y regresará de nuevo a su mano, advirtiéndolo a los que le siguen con las
señales preceptivas.
3. El conductor del vehículo que ha efectuado el adelantamiento deberá reintegrarse a su
carril tan pronto como le sea posible y de modo gradual, sin obligar a otros usuarios a modificar su
trayectoria o velocidad y advirtiéndolo a través de las señales preceptivas.
4.Todo conductor de vehículo automóvil que se proponga realizar un adelantamiento a un
ciclo o ciclomotor, o conjunto de ellos, deberá realizarlo ocupando parte o la totalidad del carril
contiguo de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para realizar un
adelantamiento en las condiciones previstas en la Ley. Queda expresamente prohibido adelantar
poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario. (Apartado 4
modificado por Ley 62/2003)
Artículo 35. Vehículo adelantado
1. El conductor que advierta que otro que le sigue tiene el propósito de adelantar a su
vehículo, estará obligado a ceñirse al borde derecho de la calzada, salvo en el supuesto de cambio
de dirección a la izquierda o de parada en ese mismo lado a que se refiere el artículo 32.2, en que
deberá ceñirse a la izquierda todo lo posible, pero sin interferir la marcha de los vehículos que
puedan circular en sentido contrario.
2. Se prohíbe al conductor del vehículo que va a ser adelantado aumentar la velocidad o
efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento. También estará obligado a
disminuir la velocidad de su vehículo cuando, una vez iniciada la maniobra de adelantamiento, se
produzca alguna situación que entrañe peligro para su propio vehículo, para el vehículo que la está
efectuando, para los que circulan en sentido contrario o para cualquier otro usuario de la vía.
Artículo 36. Prohibiciones de adelantamiento.
Queda prohibido adelantar:
1. En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y, en general, en todo lugar
o circunstancia en que la visibilidad disponible no sea suficiente para poder efectuar la maniobra o
desistir de ella una vez iniciada, a no ser que los dos sentidos de circulación estén claramente
delimitados y la maniobra pueda efectuarse sin invadir la zona reservada al sentido contrario.
2. En los pasos para peatones señalizados como tales y en los pasos a nivel y en sus
proximidades.
3. En las intersecciones y en sus proximidades, salvo cuando:
a) se trate de una plaza de circulación giratoria.
b) el adelantamiento deba efectuarse por la derecha, según lo previsto en el
artículo 32.2.
c) la calzada en que se realice goce de prioridad en la intersección y haya señal
expresa que lo indique.
d) el adelantamiento se realice a vehículos de dos ruedas.
Artículo 37. Supuestos especiales de adelantamiento. (Artículo modificado por
Ley 19/2001)
Cuando en un tramo de vía en que esté prohibido el adelantamiento se encuentre
inmovilizado un vehículo que, en todo o en parte, ocupe la calzada en el carril del sentido de la
marcha y salvo que los casos en que la inmovilización responda a las necesidades del tráfico,
podrá ser rebasado, aunque para ello haya de ocupar parte del carril izquierdo de la calzada,
después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro. Con idénticos
requisitos, se podrá adelantar a conductores de bicicletas.
fearandir escribió:HooK69 escribió:fearandir escribió:Mientras no exista desplazamiento lateral no se considera adelantamiento, ya que un adelantamiento es una maniobra.
Asi que puedes seguir por tu carril tranquilamente. Otra cosa es que sea seguro ya que como al menda se le ocurra meterse a la derecha sin mirar cosa bastante común, te convertirás es un bonito sandwich de guardarail.
jejeje.
estas seguro de la descripcion que has dado de adelantar y rebasar? no quiero decir que no sea correcto, simplemente es que no se la diferencia. Una implica cambio de carril y la otra no? esa es la base?.
Adelantar es una maniobra, rebasar no.
La RAE y el codigo de circulación no son buenos amigos en muuuchos casos
PussyLover escribió:Lo del lanzacohetes no me parece mala idea, hay cada uno que dan ganas de bajarse del coche y darle de ostias teniendo el carril derecho todo vacio para ellos.
Pues no, si tu adelantas por la derecha y te cazan, preparate que la multa es para ti.
Yo sigo pensando que no se puede considerar adelantamiento ya que un adelantamiento por definicion es una maniobra que requiere cambiar de carril y que por tanto puedes seguir por tu derecha pero bueno que el compañero haga caso a la mayoría ya que reconozco ser muy cabezón y me quedo con lo que me enseñaron.
videoconsolas escribió:[
yo también quiero un lanzacohetes, pero trasero, para cuando vas al tope de velocidad de ese tramo y llega un loco a mucha mas velocidad, se te pega, te da las luces, te increpa, toca la bocina, intenta adelantarte por la derecha (momento en el cual dan ganas de darle el susto para que vea porque no se puede hacer pero en fin..) y cuando por fin te rebasa sale quemando rueda y parece que olvidando que esa zona justo tiene 20 radares a 70
fearandir escribió:Yo sigo pensando que no se puede considerar adelantamiento ya que un adelantamiento por definicion es una maniobra que requiere cambiar de carril y que por tanto puedes seguir por tu derecha pero bueno que el compañero haga caso a la mayoría ya que reconozco ser muy cabezón y me quedo con lo que me enseñaron.
saludos
tmaniak escribió:Pues esto a mi me interesa bastante, es el pan de cada día en la A6 - M40 - A1 , adelanto mas de 100 coches al día por la derecha de esa manera, yo correctamente circulando por mi carril derecho y gentuza en el carril central a 80......
HooK69 escribió:Raul Martinez escribió:Lo normal en esos caso sería llevar un lanzacohetes en el techo y asi poder eliminar el vehículo del inutil de turno.
El problema es que en este caso me denunciarian por echar basura a la calzada
tmaniak escribió:Pues esto a mi me interesa bastante, es el pan de cada día en la A6 - M40 - A1 , adelanto mas de 100 coches al día por la derecha de esa manera, yo correctamente circulando por mi carril derecho y gentuza en el carril central a 80......
ReiGandolf escribió:que yo sepa no estas haciendo nada malo, ya que lo que harias seria rebasar al otro vehiculo. Lo que esta prohibido como te han dicho es adelantar por la derecha, pero rebasarlo no es ninguna infraccion.
De todas formas yo me lo saque (el carné) hace dos años y es posible que la normativa haya cambiado...
PD: pero voto claramente por el lanzacobetes xDD
litio5000 escribió:Adelantar por la derecha es rebasar,no adelantar y si esta permitido en ciertas circunstancias.
jas1 escribió:HooK69 escribió:ReiGandolf escribió:que yo sepa no estas haciendo nada malo, ya que lo que harias seria rebasar al otro vehiculo. Lo que esta prohibido como te han dicho es adelantar por la derecha, pero rebasarlo no es ninguna infraccion.
De todas formas yo me lo saque (el carné) hace dos años y es posible que la normativa haya cambiado...
PD: pero voto claramente por el lanzacobetes xDD
Ahora hay que ver las diferencias entre adelantar y rebasar.
un adelantamiento implica un cambio de carril.
PainKiller escribió:Da lo mismo, si luego el de el carril izquierdo se mete a la derecha y te pega una hostia, la culpa te la llevas tú por adelantamiento indevido. Así que sí, es adelantamiento, aunque no haya maniobra. Otra cosa es que los carriles tuvieran distintos destinos, ahí creo que sí sería rebasamiento y por lo tanto está permitido.
videoconsolas escribió:
yo también quiero un lanzacohetes, pero trasero, para cuando vas al tope de velocidad de ese tramo y llega un loco a mucha mas velocidad, se te pega, te da las luces, te increpa, toca la bocina, intenta adelantarte por la derecha (momento en el cual dan ganas de darle el susto para que vea porque no se puede hacer pero en fin..) y cuando por fin te rebasa sale quemando rueda y parece que olvidando que esa zona justo tiene 20 radares a 70
daniel_5 escribió:Pues lo mires por donde lo mires debes cederle el paso si el carril derecho está libre aunque la carretera sea de 70 y el venga a 200
siddhartha escribió:daniel_5 escribió:Pues lo mires por donde lo mires debes cederle el paso si el carril derecho está libre aunque la carretera sea de 70 y el venga a 200
Es que habría que partir de la base de que se debe circular por el carril de la derecha siempre que no esté ocupado. Sin embargo estos que vienen increpando a 200, te hacen la salvajada de ponerse a varios centímetros de tu culo y darte ráfagas cuando generalmente te es imposible cambiarte al carril de la derecha.
TwSh escribió:Lo puedes adelantar sin problemas por que de hecho no lo estás adelantando, no estás haciendo ninguna maniobra de adelantamiento, lo que estás haciendo es rebasarlo y no haces nada inapropiado. El que está haciendo algo mal es el capullo que circula a 100 en una vía limitada a 120 de tres carriles y quedándose en el del medio.
titanioberilio escribió:TwSh escribió:Lo puedes adelantar sin problemas por que de hecho no lo estás adelantando, no estás haciendo ninguna maniobra de adelantamiento, lo que estás haciendo es rebasarlo y no haces nada inapropiado. El que está haciendo algo mal es el capullo que circula a 100 en una vía limitada a 120 de tres carriles y quedándose en el del medio.
No puede adelantar rebasar o como quieres decirlo por la derecha. Siempre que el otro vehículo no este parado para adelantarlo lo tienes que hacer por la izquierda.
El código de circulación también dice que SIEMPRE tienes que circular por el carril de la derecha. Así pues, la guardia civil podría inflarse a poner denuncias a los putos domingueros... De hecho hará unos 20 años a mi hermano lo multaron por ese motivo...
ErFaly87cai escribió:Yo me he sacado el carnet hace medio año y me acuerdo perfectamente que bajo ninguna circunstancia en interurbana o autopista se debe adelantar por la derecha(de echo ni aunque los dos carriles esten apunto de bifurcarse, hasta que no se hallan separado no puedes ir mas rapido que el coche de tu izquierda), si lo haces y ocurre algo, si sigues vivo te tocara pagar los daños. En el caso que expones legalmente lo unico que puedes hacer es ponerte detras suya y darle porculo infinito con las luces y el pito para que se cambie al carril de la derecha.
La verdad que sobretodo la gente que lleva muchos años con el carnet tienen un serio problema con lo de pensar que cualquier carril te vale para adelantar y circular.
Por cierto adelantar y rebasar es practicamente lo mismo, solo que adelantar es la accion de ir a pasar a un coche y rebasar es el momento en el que el coche digamos que ha conseguido adelantarlo. Ejemplo: "Fui a adelantar el coche y cuando lo estaba rebasando me dieron con una concha roja."
daniel_5 escribió:videoconsolas escribió:
yo también quiero un lanzacohetes, pero trasero, para cuando vas al tope de velocidad de ese tramo y llega un loco a mucha mas velocidad, se te pega, te da las luces, te increpa, toca la bocina, intenta adelantarte por la derecha (momento en el cual dan ganas de darle el susto para que vea porque no se puede hacer pero en fin..) y cuando por fin te rebasa sale quemando rueda y parece que olvidando que esa zona justo tiene 20 radares a 70
Pues lo mires por donde lo mires debes cederle el paso si el carril derecho está libre aunque la carretera sea de 70 y el venga a 200
videoconsolas escribió:daniel_5 escribió:videoconsolas escribió:
yo también quiero un lanzacohetes, pero trasero, para cuando vas al tope de velocidad de ese tramo y llega un loco a mucha mas velocidad, se te pega, te da las luces, te increpa, toca la bocina, intenta adelantarte por la derecha (momento en el cual dan ganas de darle el susto para que vea porque no se puede hacer pero en fin..) y cuando por fin te rebasa sale quemando rueda y parece que olvidando que esa zona justo tiene 20 radares a 70
Pues lo mires por donde lo mires debes cederle el paso si el carril derecho está libre aunque la carretera sea de 70 y el venga a 200
Yo no debo cederle el paso porque voy al tope de velocidad permitida, lo que significa que no tiene ninguna necesidad de adelantarme.
...
videoconsolas escribió:Yo no debo cederle el paso porque voy al tope de velocidad permitida, lo que significa que no tiene ninguna necesidad de adelantarme. Se que debería ir por la derecha pero prefiero no hacerlo y evitar que ese tío siga a 200, cosa que él tampoco debería hacer.
Raul Martinez escribió:videoconsolas escribió:Yo no debo cederle el paso porque voy al tope de velocidad permitida, lo que significa que no tiene ninguna necesidad de adelantarme. Se que debería ir por la derecha pero prefiero no hacerlo y evitar que ese tío siga a 200, cosa que él tampoco debería hacer.
O sea que tú eres de los que forman las colas.
videoconsolas escribió:daniel_5 escribió:videoconsolas escribió:
yo también quiero un lanzacohetes, pero trasero, para cuando vas al tope de velocidad de ese tramo y llega un loco a mucha mas velocidad, se te pega, te da las luces, te increpa, toca la bocina, intenta adelantarte por la derecha (momento en el cual dan ganas de darle el susto para que vea porque no se puede hacer pero en fin..) y cuando por fin te rebasa sale quemando rueda y parece que olvidando que esa zona justo tiene 20 radares a 70
Pues lo mires por donde lo mires debes cederle el paso si el carril derecho está libre aunque la carretera sea de 70 y el venga a 200
Yo no debo cederle el paso porque voy al tope de velocidad permitida, lo que significa que no tiene ninguna necesidad de adelantarme. Se que deberia ir por la derecha pero prefiero no hacerlo y evitar que ese tio siga a 200, cosa que el tampoco deberia hacer.
Si voy a 90 en un tramo de 120 y viene un coche obviamente no tengo problema en ponerme a la derecha, por ejemplo he conducido autocaravanas y esas por desgracia la ley anticuada de españa tiene unos limites de velocidad que los que os quejais de radares flipariais con esto, pues bien yendo en ac siempre voy por la derecha.. y aun asi por la derecha vienen locos que te pitan por ir a 90 como si fuera culpa tuya y te adelantan de muy malos modales.. asi que por eso no tengo compasion con la gentuza, porque gentuza es.
ReiGandolf escribió:que yo sepa no estas haciendo nada malo, ya que lo que harias seria rebasar al otro vehiculo. Lo que esta prohibido como te han dicho es adelantar por la derecha, pero rebasarlo no es ninguna infraccion.
De todas formas yo me lo saque (el carné) hace dos años y es posible que la normativa haya cambiado...
PD: pero voto claramente por el lanzacobetes xDD