MiGUi[dot]com escribió:Si puedes hacer lo siguiente te lo recomiendo.
Graba la llamada. Usa un grabador o llama a través de skype, o como veas.
Marcas y le dices ¿me dices tu nombre?
Y cuando te lo diga, le dices "estoy grabando esta conversación por si tengo que reclamar".
En tal caso, sirve como prueba judicial.
A continuación, que te digan todo eso de que nada de decirte los motivos por los que te han baneado y las facilidades que te dan. Con eso y un burofax con acuse de recibo a Microsoft Iberica contando tu situación, lo que te dijeron y que has grabado la llamada, te vas a Consumo y lo presentas.
Mmm... vas bastante bien encaminado. Recordemos que grabaciones, de cualquier índole, siempre serán excluidas como prueba ante un tribunal a excepción de haberse llevado a cabo con el permiso de ambas partes.
Advertirte que el arbitraje de consumo quedará en agua de borrajas, con lo cual deberás ir a juicio.
El camino será largo y tedioso PERO legalmente, en España, tienes las de ganar (NO voy a responder a ningún TROLL, leer con atención el apartado que nos atañe y descubriréis unos preciosos vacíos legales, en otros países ya subsanados) por varios motivos que no perderé el tiempo en citar... Eso contando que un tribunal no decida, unilateralmente, rescindir el contrato (del live) por contener una o varias clausulas abusivas para el usuario.
Por último... no merece la pena. Como mucho si fueras un "forrado" aburrido con ganas de crear jurisprudencia.
El número de veces que podrán apelar es poco menos que indecente, agotando tanto tu paciencia como los recursos económicos del denunciante.
Quizá tengas la suerte que quieran "callarte la boca" con un acuerdo durante el arbitraje, lo cual es, sinceramente, muy poco probable.
¡He dicho!