La detención es una figura legal que supone la privación de la libertad para el esclarecimiento de unos hechos que revisten indicios racionales de delitos, tiene que durar el tiempo imprescindible y salvo casos muy especiales jamas puede sobrepasar las 72 horas.
Esa figura legal está sometida a una serie de Derechos que te asisten como detenido (artículo 520 de la Ley de enjuiciamiento Criminal) que deben ser debidamente observados y garantizados por el Instructor de las diligencias, que es lo que parece que este señor se paso por la entrepierna bien existiendo dolo o bien por negligencia, negligencia que es inexcusable ya que cuando se detiene a una persona lo primero que ha de hacerse es informar de los Derechos, es el ABC de la Policía.
Por cierto, para un Policía un solo día de inhabilitación supone la pérdida de la condición de funcionario.