› Foros › Off-Topic › Miscelánea
Un vecino lleva al Ayutamiento al Defensor del Pueblo Andaluz por cobrarle una tasa por una consulta.
"El desconocimiento de una norma no exime de su cumplimiento". Éste es uno de los argumentos que fuentes del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra han esgrimido para justificar el cobro de una tasa de 28,45 euros a un vecino que pidió "información" sobre la normativa local sobre instalación de aires acondicionados en las fachadas y que quedó tan sorprendido cuando le llegó el recibo que, tras pagarlo ya con recargo -un total 33,55 euros-, ha llevado el caso ante el Defensor del Pueblo Andaluz, que admitió a trámite su queja.
El afectado, Jesús Castizo, explica que todo comenzó por un asunto nimio: las molestias que ocasiona un charco que se forma junto a su portal por el desagüe del aire acondicionado que un vecino instaló en el verano de 2011. Hizo una consulta a través de la web municipal y días después, un 5 de agosto, presentó en el Registro de la Consejería de Hacienda, que le coge cerca de su trabajo, una solicitud dirigida al Ayuntamiento pidiendo que le "informen de la normativa municipal referente a la instalación de aires acondicionados...". Como está acordado entre registros públicos, esta petición, de la que ni se "acordaba" -dice- llegó al Consistorio.
El escrito de respuesta del Ayuntamiento le llegó a su casa a finales de septiembre y la factura por "expedión de informe urbanístico", días después. "Cualquier petición que entra por Registro hay que contestarla por escrito", insisten desde el Consistorio, y añaden que existe una tasa por consulta y expedición de informes y certificados urbanísticos, recogida en las ordenanzas publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia, que deben aplicar.
Este vecino lo desconocía y pone el acento en que no pidió que le elaboraran ningún informe, sólo información. Le podrían haber emplazado a consultar el PGOU y advertirle de forma previa que le iba a suponer un coste de "30 euros, que hoy no son moco de pavo", dice. Para poner un recurso de reposición a la tasa, primero tuvo que pagarla. El recurso fue desestimado por el Consistorio y lo único que le quedaba era presentar un recurso concencioso-administrativo, que ya antes de la entrada en vigor de la nueva tasa judicial, le hubiera supuesto un coste de unos 300 euros.
Según el Ayuntamiento que dirige Antonio Gutiérrez Limones (PSOE), las circunstancias hubieran sido distintas si hubiera preguntado en ventanilla, a algún funcionario. Se le habría advertido de lo que implica una respuesta por escrito de este tipo o dado otras opciones. También es un hecho que, en la necesidad de recaudar, otros muchos ayuntamientos están regulando trámites administrativos por los que hasta ahora no se cobraba.
Se da la circunstancia además de que el informe que Jesús recibió en su domicilio es genérico. Ningún técnico se acercó al edificio para ver el problema, que se ha seguido produciendo y que Jesús no ha denunciado porque su ánimo, dice, no es "enemistarse" con su vecino, sino buscar una solución. El documento que le remitió el Consistorio -una página que firma el jefe de sección de licencias urbanísticas- recoge los artículos 250 y 278 del PGOU, que regulan la instalación de aparatos de aire acondicionado y que sólo permiten que den a la calle en casos excepcionales y siempre que el goteo no ocasione "molestias sobre el espacio público".
El Defensor del Pueblo, en cuya queja Jesús sólo hace referencia a la consulta que hizo por internet, se ha dirigido en tres ocasiones al Ayuntamiento desde el 7 de mayo, sin respuesta. Aunque hay un escrito del administrador de rentas municipal, del 7 de noviembre, que responde ya en parte a esa peticiones y que esgrimió, consultado por este diario, el gobierno municipal.