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"Diario de Mallorca, 27-4-05" escribió:
La posesión de ´cds piratas´ no es delito
Absuelven en Palma a un vendedor del ´top manta´ que se limitó a ofrecer su mercancía
FELIPE ARMENDÁRIZ. PALMA.
La magistrada de lo penal 7 de Palma, Francisca Ramis, ha dictado una sentencia sobre un vendedor ambulante de discos compactos musicales ("cds") no originales, al que ha absuelto, que está llamada a tener una amplia repercusión en la lucha legal contra el denominado "top manta", el mercado ilegal de música "pirata" o al margen del sistema de derechos de autor.
La jueza sostiene la tesis de que la simple posesión de "cds piratas" o el mero ofrecimiento a potenciales clientes sin consumar la venta no es constitutivo de delito. M.D., un joven senegalés defendido por el letrado Jaime Bueno, estaba el 10 de enero del año pasado deambulando por las calles de Andratx con su mochila al hombro. El vendedor llevaba su zurrón repleto de "cds piratas", nada menos que 175, pero ese día tuvo buena y mala suerte. La parte positiva fue que no llegó a vender ningún "disco pirata" y la negativa es que fue observado y detenido por agentes de la Policía Local de Andratx. El arrestado fue acusado de un delito contra la propiedad intelectual y puesto a disposición judicial. Meses después fue juzgado en Palma y se enfrentó a una pena de 18 meses de cárcel y multa de 513 euros reclamada por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) o a una condena de un año de prisión solicitada por el fiscal.
La magistrada, tras analizar la prueba aportada por las partes, ha destacado que los agentes de la Policía de Andratx vieron al joven "hablando con la gente, en actitud de ofrecer (su mercancía) habitual", pero no observaron "ningún acto de venta, ni tampoco oyeron que ofreciera cds, ni le vieron con nada en la mano, ni poner la mano en la mochila". La conclusión de la jueza es que en este caso "no hubo perjuicio económico alguno para los titulares de los derechos de explotación" de las canciones "pirateadas".
La sentencia examina a continuación el alcance y contenido del artículo 270 del Código Penal sobre los delitos contra la propiedad intelectual que castigan a los que, "con ánimo de lucro y perjuicio de tercero", "reproduzcan, plagien, distribuyan o comuniquen públicamente" una obra literaria, artística o científica", sin la autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual. La magistrada entiende que un elemento esencial del tipo penal, en el caso del "top manta", es la distribución de los "cds", que en el caso del joven senegalés no llegó a consumarse. La sentencia apunta a que la SGAE podría en este supuesto ejercer acciones civiles y añade que "la Ley Penal no ha de utilizarse para todo".
y lo que es más importante, ha recomendado a la SGAE que en estos casos ejerza acciones civiles porque la Ley Penal no ha de utilizarse para todo
jiXo escribió:La jueza encargada del caso ha recomendado a la SGAE que en estos casos ejerza acciones civiles porque la Ley Penal no ha de utilizarse para todo.
Low Id escribió:Yo alucino.
O es que es muy facil ir de pro, vamos a ver yo pienso que es una mala noticia que absuelban a un mantero, igual que veria mal que absoviesen a un camello, pensar no solo en las discograficas, si no en las tiendas de discos que han cerrado y que cerrarán, o pensar que esta gente no paga i.v.a ni dada, vamos que no es justo.
Que hacia un mantero con 100 y pico copias en la calle?? que era su colección privada de cd.s?? ja ja ja que fuerte.
Pensar que gracias a esta gente el codigo penal se ha endurecido y se endurecera mas, y siempre pagaremos los mismos, usease los que tenemos propiedades.
Shadow[R escribió:]Es como si alguien fuera a retirar dinero al banco vistiendo un chaleco de TNT, y como retiro dinero de SU cuenta y salio sin más, pues no se le hace nada...
Orbatos escribió:El problema no es una miserable sentencia. El problema es el uso ilegal y fraudulento que hace de la justicia una sociedad mafiosa para amendrentar a usuarios que ejercen unos derechos LEGALES, que pagan para que se digan embustes en los discos y dvds originales y que tienen una ministra tonta del culo que les rie las gracias y que con sentencias como esta chillara como una histerica "la musica se muere" y pretenderan cambiar la legistlación española para que ni podamos silvar en la calle o tararear en la ducha, montando una gestapo al mas puro estilo nazi dedicando policia y jueces (que cobran del estado) a perseguir a los ciudadanos, en lugar de delincuentes.
¿Delirante?... puede que si, pero con muuuucho TALANTEEEEEEEEEE
Low Id escribió:Yo alucino.
O es que es muy facil ir de pro, vamos a ver yo pienso que es una mala noticia que absuelban a un mantero, igual que veria mal que absoviesen a un camello, pensar no solo en las discograficas, si no en las tiendas de discos que han cerrado y que cerrarán, o pensar que esta gente no paga i.v.a ni dada, vamos que no es justo.
Que hacia un mantero con 100 y pico copias en la calle?? que era su colección privada de cd.s?? ja ja ja que fuerte.
Pensar que gracias a esta gente el codigo penal se ha endurecido y se endurecera mas, y siempre pagaremos los mismos, usease los que tenemos propiedades.
rioga escribió:no compares un camello con un mantero...
Low Id escribió:
Pensar que gracias a los manteros la ley se ha endurecido, y si no leeros el articulo 270, y quizas dentro de unos años vallas a casa de tu primo con tu coleccion de cd.s privada y te caigan 3000 € por toda la cara. Eso se llama pagar justos por pecadores.
GRACIAS TOP MANTA POR EL BIEN QUE NOS HACES. (ironia)
Low Id escribió: En cuanto lo del camello quizas tengas razón en lo que es la comparación, quizas sea excesiva, pero yo iba por el fondo, el consumo privado de stupefacientes no es constitutivo de delito, pero como te pillen con un peta te caen 300€, por que a ese mantero no le cayó nada? Una manta, 150 cd.s de musica y seguro que alguno duplicado, eso no son pruebas??, tampoco son indicios?? por que varios indicios hacen 1 prueba.
No si lo que yo os diga lo que mola y lo que vende es ir de pro, os puedo pasar un emilio con una condena muy parecida, mi colega llevaba ( a lo mejor a su primo) 150 cd.s de musica en el coche y un control ordinario de la guardia civil lo paro, el resultado 3000 euros de multa y 6 meses de carcel, por que? muy sencillo por que esa persona tiene propiedades y el mantero no tiene nada.
xijo escribió:Si "te pillan con un peta" te caen 300€, pero no te denuncian penalmente, unas leyes están para unas cosas, y otras para otras, no es "ir de pro" pedir que no se intrumentalice la justicia.
me parece un poco dificil de creer que llevando cds en tu coche para escuchar musica te metan 3000€ de multa y 6 meses de carcel... parece una noticia sensacionalista.... ¿no hubo mas nada? solo eso?