Recibido hoy correo del asunto con la contestación de ECI al respecto:
"Estimad@ Reclamante:
Nos ponemos en contacto con usted con motivo de la reclamación que interpuso contra la empresa El Corte Inglés - Gafas PS4 a través de la Secretaria de Confianza Online desde donde me fue trasladada con objeto de intentar alcanzar un acuerdo de mediación.
Le comunico que una vez examinada la documentación y habernos puesto en contacto con la empresa reclamada, ésta nos ha manifestado que desean presentarle sus disculpas por lo sucedido y que hubo una incidencia en el proceso informático de validación de pedidos, al detectarse que se había volcado un PVP manifiestamente erróneo en la citada mercancía y que en nada coincidía con el precio oficial fijado para el mismo.
Que el referido producto tenía un PVP inicial de 299,90 € y se quería ofertar a 199,90 €. Sin embargo, por el citado e involuntario error en el cargado de su precio, se ofertó al PVP erróneo de 99,90 €.
Que detectado el error se le dio aviso.
Que dicho error manifiesto implica que se trataba de un error invalidante del consentimiento, de tal forma que cuando la empresa constató el equívoco surgido contacto para informarle del claro error de impresión que constaba en la web, con un precio de venta manifiestamente erróneo, incluso inferior al precio de coste.
Que se le ha explicado el error y ofrecido la compra del producto a su precio correcto, siendo su respuesta negativa, comunicándoles que no aceptaba otra solución que la entrega del mismo al PVP erróneo de 99,90 €.
Que está acreditado que ha existido un error en el consentimiento prestado por la empresa y que dicho error determina que el consentimiento prestado llegase a ser nulo (art. 1265 CC)
Que ahora bien, si se considera el error aritmético como un simple error de cuenta (art. 1266 CC) no quedaría invalidado el contrato, bastaría como hizo la empresa con acreditar y subsanar el error aritmético y ofrecer de buena fe el citado producto respetando el precio inicial y real de la oferta.
Que ante este error patente y manifiesto no puede tener amparo su pretensión que consciente del error, sigue pretendiendo que se le facilite el producto a un precio manifiestamente erróneo. Inusual y ridículo.
Que por todo ello, lamentan informarle que no procede atender en modo alguno su petición, por entender que es ajena a derecho y a la buena fe contractual que debe presidir de manera bilateral toda relación entre comerciante y consumidor.
Por favor, le ruego que nos confirme si está de acuerdo con las manifestaciones realizadas por la empresa con objeto, en su caso, de proceder a la firma de un acuerdo de mediación."
El antepenúltimo párrafo me toca bastante las narices. Por eso, seguiré para adelante con la Junta Nacional Arbitral de Consumo, aunque tarden un año en contestar.