¿Al hacerte pareja de hecho te dan vacaciones como si te casaras?

y de si te dan vacaciones,cuanto te dan?
Mira en tu convenio. Hay convenios que sí lo contemplan.
Javiguti escribió:Mira en tu convenio. Hay convenios que sí lo contemplan.
Cierto, puede ser que en algún convenio en concreto si lo contemple.

Lo que pasa es que en tema de permisos retribuidos la inmensa mayoria de convencio hacen un corta y pega del estatuto de trabajadores donde no se contempla eso.
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Por hacerte pareja de hecho, no......pero por ejemplo a la hora de las licencias retribuidas tu pareja tiene los mismos atributos que si fuera tu conyuge, al menos en EUSKADI......ejemplo, caso de hospitalizacion e ingreso a mas de 300 kms de tu lugar de residencia..... 5 dias de sueldo retribuido, consulta el boletin oficial de tu provincia referente a la ley de parejas de hecho, la de EUSKADI, es muy avanzada, llegando con un periodo minimo de cinco años de convivencia.
Depende de los casos, hay convenios como los de funcionarios o banca/cajas de ahorro en los que seguro si dan, de hecho aplicando código civil deberían equiparar ambos supuestos
gracias por las respuestas ya me hago mas o menos una idea
Me interesa este tema porque mi novia y yo nos lo planteamos por tema de días por enfermedades familiares y demás (yo no vivo en mi ciudad y cuando ocurre algo ella no puede venir, y si ambos nos mudamos como estamos planeando, los dos estaríamos fuera).

Más o menos por lo que he visto en internet una pareja de hecho es bastante parecido al matrimonio pero con algunas excepciones que, según la página web, varían ¬_¬ alguien que sepa del tema podría echar una mano? Gracias!
Lo de la pareja de hecho, equiparable al matrimonio (civil o católico), tiene que estar contemplado en el propio Convenio Colectivo. Suelen ser 15 días naturales (incluído el de la boda, por mucho que sea en sábado, en domingo ó en festivo).
Además, en vuestro caso, también podría haber un traslado del domicilio habitual: supongo que estaríais empadronados en el domicilio de vuestros padres, pasando a un domicilio de pareja nuevo.
Lo del permiso de 15 dias es solo para el matrimonio, salvo que algún convenio diga otra cosa.

El resto de derechos, como enfermedad y demas si incluye las parejas de hecho.

Cuando una ley habla de matrimonio y solo de matrimonio, el tribunal constitucional ya ha dicho que solo se cubre el matrimonio en sentido estricto.

De ahi viene la insistencia del pp en que el matrimonio gay se llame de otra forma diferente, para así poder vaciarlos de derechos. Una vez que la unión de gays se llame de otra forma dejaría automáticamente de estar protegida por la constitucion.

Cuando el estatuto dice esto:

Quince días naturales en caso de matrimonio.
Solo cubre al matrimonio en sentido estricto.

Pero cuando dice esto:

Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.
Se incluye al cónyuge o persona de análoga relación. Y entonces habria que mirar la ley de uniones de hecho para ver si cumples los requisitos.

El estatuto es de cumplimiento obligatorio de mínimos, los derechos pueden ser ampliables, en un convenio si puede establecerse que al constituir una unión de hecho te den 15 días de permiso. Pero no es lo normal.
Me interesa el tema...y para el tema de tener retoños, hay alguna ventaja? Conozco a una pareja que ni están casados ni nada, tienen 3 enanos y tienen ayudas de mil tipos, que si madre soltera, que si km del trabajo...
ViNsEDj escribió:Me interesa el tema...y para el tema de tener retoños, hay alguna ventaja? Conozco a una pareja que ni están casados ni nada, tienen 3 enanos y tienen ayudas de mil tipos, que si madre soltera, que si km del trabajo...

Pero eso es porque hacen la púa... lo de madre soltera es porque el padre no estará empadronado con las madre/hijos y constará que no les pasa nade de manutención.
Yo estoy juntado hace 16 años y tenemos tres hijos en común y de ayudas a madre soltera nada de nada.
Ya podían dar algo, ya que tenemos algún retoño para que el país no se llene de yayos....
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ViNsEDj escribió:Me interesa el tema...y para el tema de tener retoños, hay alguna ventaja? Conozco a una pareja que ni están casados ni nada, tienen 3 enanos y tienen ayudas de mil tipos, que si madre soltera, que si km del trabajo...

Hola tio, llevo 20 años con mi pareja y 7 de pareja de hecho, dos hijos en comun y sin bautizar jjjjjjjjjjjjj (seria una incoherencia, coño), vivo en regimen de gananciales y te aseguro que gozo de todas las prevendas que un matrimonio legal, INCLUSO el hecho de que faltar cualquiera de los dos, el otro disponga de pension de viudedad......ojo esto es en EUSKADI, te remito a la ley especifica en esta materia alli donde tu comunidad autonoma lo legisle, un saludo
hal9000 escribió:
ViNsEDj escribió:Me interesa el tema...y para el tema de tener retoños, hay alguna ventaja? Conozco a una pareja que ni están casados ni nada, tienen 3 enanos y tienen ayudas de mil tipos, que si madre soltera, que si km del trabajo...

Pero eso es porque hacen la púa... lo de madre soltera es porque el padre no estará empadronado con las madre/hijos y constará que no les pasa nade de manutención.
Yo estoy juntado hace 16 años y tenemos tres hijos en común y de ayudas a madre soltera nada de nada.


Sasto y cada vez eso es mas dificil. Te hablo por lo que se desde el punto de vista de guarderias que antes la gran mayoria llegaban diciendo que eran familias monoparentales, madre soltera y demas. Hoy dia, aunque no este empadronado el padre en su casa, a menos que exista una sentencia o algo que indique separacion por malos tratos u otros motivos de este estilo, todas las familias son iguales, vamos que padre y madre tienen que entregar sus declaraciones de la renta y es como si estuvieran juntos, ya que a todos los efectos aunque estes separado ambos se tienen que hacer cargo del crio.
La unica ventaja que conozco de tener retoños son los 15 dias de paternidad, y yo me los pillo en un par de semanas a lo sumo.

Un saludo.
Por curiosidad he buscado que dice mi convenio al respecto:

Permisos retribuidos:
a) Quince días naturales por matrimonio o pareja de hecho que comienzan a partir del
primer día laborable posterior al hecho causante. En este último caso se acreditará a
través de su inscripción en el registro correspondiente de la Junta de Extremadura. El
referido permiso se podrá acumular al periodo vacacional.


En mi caso me equiparan el matrimonio con ser pareja de hecho (cosa lógica y coherente).

Saludos
Y si eres polígamo te dan 30 dias? [amor] [amor]
suskie escribió:Y si eres polígamo te dan 30 dias? [amor] [amor]

¿Y si eres mónogamo y te casas y divorcias con la misma persona continuamente? [poraki]
raul_sanchez1 escribió:
suskie escribió:Y si eres polígamo te dan 30 dias? [amor] [amor]

¿Y si eres mónogamo y te casas y divorcias con la misma persona continuamente? [poraki]

Vale, veo que no soy el único que había pensado la posibilidad [carcajad]
18 respuestas