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papatuelo escribió: Dicen que los que ya hemos trabajado volvemos a la bolsa pero que cuando haya que realizar contratos los harán a aquellas personas que esten por detrás de nosotros hasta agoar y volver a empezar la bolsa por el principio. El tema es que creo que eso no es correcto. Hasta donde yo entiendo regresamos a nuestro puesto en la bolsa con la condición de "disponibles" y que si hay que contratar a alguien tendrían que volver a contratarnos a nosotros.
GXY escribió:papatuelo escribió: Dicen que los que ya hemos trabajado volvemos a la bolsa pero que cuando haya que realizar contratos los harán a aquellas personas que esten por detrás de nosotros hasta agoar y volver a empezar la bolsa por el principio. El tema es que creo que eso no es correcto. Hasta donde yo entiendo regresamos a nuestro puesto en la bolsa con la condición de "disponibles" y que si hay que contratar a alguien tendrían que volver a contratarnos a nosotros.
imaginate que eres el 39 de la lista y no el 6. te lo piensas, y vuelve a escribir el hilo
esta hecho para que los 40 tengan oportunidad de trabajar. el orden determina cuando te llaman, pero la lista continua, no se reinicia con cada peticion.
hasta donde se, creo que la mayoria de listas/bolsas hechas por administraciones publicas, funcionan asi, y esta hecho asi precisamente para que los de la cola tengan oportunidad de pillar cacho. si siempre que se ha hecho un llamado se vuelve a empezar la lista desde el principio, a los de atras no les llega turno nunca.
michimessi escribió:@papatuelo
Como has dicho, no debemos confundir las bolsas de empleo con los planes de empleo.
En tu caso, sería interesante que aportaras más datos para que te pudieran ayudar, como son la Comunidad Autónoma, el Ayuntamiento y la citada bolsa de empleo, junto con sus bases reguladoras.
Como ejemplo, te dejo las bases reguladoras de las bolsas de empleo de personal funcionario de la Junta de Castilla y Leon, y copio y pego la parte que te interesaría si trabajases en dicha comunidad:
http://www.empleopublico.jcyl.es/web/jcyl/EmpleoPublico/es/Plantilla100Detalle/1277227614255/1277227614255/1276515900430/Texto
Art. 4.10:
10. Durante la vigencia de la bolsa de empleo, el nombramiento para
una interinidad o contratación temporal de duración inferior a seis meses
dará lugar, una vez formalizado el cese, al retorno del interesado a la bolsa
de empleo en el mismo orden de prelación originario. Cuando una interinidad
o contratación temporal o la suma de varias de ellas supere dicho plazo,
y siempre que aquélla continuase en vigor, el cese del interesado supondrá
la reintegración a la bolsa de empleo en el último lugar de prelación.
Si por causas legales o incluidas en los apartados enumerados en el punto 10 (causas de
exclusión y sus excepciones) no pudiera ser contratada la persona a quien por orden de
prelación correspondiera, ésta permanecerá en la Bolsa, ocupando el primer lugar y así
continuará hasta que cese la causa impeditiva de la contratación.
michimessi escribió:@papatuelo
En esas bases no se establece el proceso de reincorporación a la bolsa y posterior llamamiento en caso de cese, como tu bien has dicho.
Deben ajustarse, pues, a una regulación de un ámbito superior, que es la que tú estás buscando.
La Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, regula el empleo público en Castilla-La Mancha, pero aunque trata sobre las bolsas en varios apartados, creo que no soluciona esta duda. Te la dejo por aquí para que le eches un vistazo, si quieres:
https://www.boe.es/boe/dias/2011/05/02/pdfs/BOE-A-2011-7752.pdf
El Decreto 90/2006, de 04-07-2006, sobre selección y gestión de las bolsas de trabajo de los funcionarios interinos, si parece despejar estas dudas:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/cm-d90-2006.html
Te resumo lo importante:
Art 1.2
Este Decreto no será de aplicación a los funcionarios interinos docentes no universitarios ni a los funcionarios interinos pertenecientes a las Escalas de Sanitarios Locales, los cuales se regirán por su normativa específica, sin perjuicio de su aplicación supletoria. (En este artículo aclara si te compete este decreto).
Art 7.2
El llamamiento para el nombramiento como funcionario interino se realizará mediante oferta individualizada o colectiva a los integrantes de la bolsa de trabajo correspondiente. En ambos casos, la oferta y la adjudicación de los puestos se realizará según el orden de prelación de los aspirantes en la bolsa.
Art. 7.5
La reincorporación se efectuará en el orden que inicialmente ocupasen cuando procediesen de la bolsa de trabajo vigente y el tiempo de desempeño del puesto de trabajo en el que cesan sea inferior a doce meses, y en el último lugar en los demás casos.
Al haber trabajado menos de 12 meses (4 en tu caso) sigues teniendo preferencia sobre los integrantes de la bolsa que están por detrás ti.
No obstante, no estaría mal que te pusieses en contacto con los representantes sindicales y/o con la Comisón de Control que gestiona dicha bolsa.
michimessi escribió:@papatuelo
Jaja. No te preocupes. Me conformo con que pongas el desenlace por aquí por si le sirve a alguien en un futuro.
Pero ten claro que aunque tengas razón podrían no querer dartela y quizá (esperemos que no), tengas que recurrir a instancias superiores.
A la reclamación en el Ayuntamiento te podría valer ir con todo el tema bien estudiado. Si siguen en sus trece pon queja formal y el funcionario de turno quizá se replantee la situación. Si no es así, directo con tu copia de la reclamación al sindicato o a la Junta de la Comunidad.
Suerte, y ya nos contarás.
michimessi escribió:Pues que te va a tocar acudir a una instancia superior o ponerlo en manos de un profesional.
El método que utilizan, por lo que veo, cuenta con la aprobación de los representantes sindicales, así que ellos no te van a ayudar.
Si decides seguir adelante, no estaría de más que contactases con la Junta de tu Comunicad Autónoma para ver si te pueden asesorar.
Pero sin duda, lo más importante es que acudas a un abogado experto en derecho laboral. La consulta te saldrá por entre 50 y 100 euros, y ahí sí que te dirán si merece la pena continuar adelante.
Date cuenta que si un tribunal te acaba dando la razón, el Ayuntamiento tendrá que indemnizarte por todo el tiempo que estés en casa como si estuvieras trabajando, siempre y cuando haya integrantes de la bolsa posteriores a ti en activo. Además, tendrían que pagar ellos los costes procesales.
Me parecen vergonzosas las respuestas que te han dado, por cierto.
Si te lo puedes permitir, acude a un abogado.