algunas dudas con alquiler piso

Hola, es la primera vez que voy a alquilar un piso entero, hasta ahora siempre había compartido. Y además en Barcelona, que las cosas con el alquiler están como están...

Unas dudas que tengo
1) La mayoría de pisos son de inmobiliaria, y por lo visto vuelan hasta el punto de que algunos apenas duran anunciados 1-2 días. Me han recomendado que si me gusta uno lo alquile en el momento, pero.... eso qué implica? que tienes que firmar ya el contrato en el propio piso que estás viendo? que tienes que dar algún dinero en el momento de reserva?
La cosa es que yo soy del sur, me traslado a Barna por trabajo en Junio, voy a estar 2 días esta semana en Barna (cogí el vuelo hace tiempo...) para ver si consigo alquilar piso, pero ahora que estoy viendo lo dificil que está el tema, la cosa de los contratos, las fianzas, que tengan que "estudiar" tu perfil economico aportando nóminas, renta, etc me parece dificil poder cerrar todo el tema estando solo 2 días en la ciudad...

2) Veo que algunos pisos incluyen en el precio la plaza de parking, algunos hasta trastero. Yo no necesitaría ninguna de las 2.... es esto algo que normalmente sea negociable que te lo descuenten? Y si no es así, puedo yo simplemente realquilar la plaza a otra persona, o no tendría ese derecho?

Gracias!
@Ilose Por defecto se prohíbe que se realquile cualquier cosa que tú alquiles, aunque es algo negociable. Y sí, si quieres alquilar algo ya, supone firmar y soltar pasta ya.
Como dices los pisos vuelan así que normalmente lo que se hace es visitarlo y si te gusta en el momento decir que lo quieres.
Te pedirán, normalmente, copia de la documentación y el pago de una señal para dejar de enseñar el piso mientras que deciden si eres apto o no.
A los pocos días, o el mismo día, ya te dirán que sí y tendrás que pagar inmobiliaria, fianzas, mes, etc.

Si lo quieres para junio y no quieres pagar nada de mayo es algo que tendrás que dejar claro cuando hagas la oferta. Puede ser que te digan que te esperan si les interesa tu perfil o que te digan que no, que tienes que pagar desde ya. Eso depende de los casos.

Cuando yo me vine a buscar piso, firmamos al día siguiente de llegar el contrato. La señal y esas cosas las dimos el mismo día que llegamos al ver el piso. Me refiero a que quizá puedas dejarlo todo atado en dos días, pero es justito porque pueden tardar hasta una semana en decirte si sí o si no, aunque el de la inmobiliaria suele decirte claramente cómo lo ve.
me dedico al tema.....
si, sin señal o reserva o como lo quieras llamar es marear a la gente....

si tuviera trastero, garaje etc...
te lo van a meter si o si
que esperas que hagan con ello si tu no lo quieres?
mi perfil es funcionario, asi que por ese lado espero que no haya problemas...

julepe escribió:me dedico al tema.....
si, sin señal o reserva o como lo quieras llamar es marear a la gente....

si tuviera trastero, garaje etc...
te lo van a meter si o si
que esperas que hagan con ello si tu no lo quieres?

pues hombre, alquilarlo por otro lado como hacen mucha gente, o permitirme a mí que lo realquile mientras estoy viviendo en el piso, tampoco me parece descabellado
@Ilose
que seas funcionario es indiferente......
alquilar por otro "lado" es a un particular....
y ya te digo que copan 100x100 inmobiliarias
por que?
pasan de llamadas de plastas y malquedas....

realquilar?
lo normal es una clausula que no permite subarrendar, ceder o traspasar....
ojo, no te digo que de estranguis se alquilen habitaciones sin que lo sepa el dueño....
pero los contratos estan para algo
julepe escribió:@Ilose
que seas funcionario es indiferente......
alquilar por otro "lado" es a un particular....
y ya te digo que copan 100x100 inmobiliarias
por que?
pasan de llamadas de plastas y malquedas....

realquilar?
lo normal es una clausula que no permite subarrendar, ceder o traspasar....
ojo, no te digo que de estranguis se alquilen habitaciones sin que lo sepa el dueño....
pero los contratos estan para algo


creo que no me has entendido, no hablaba de realquilar habitaciones. Solo de la plaza de parking, ya que yo no tengo coche y otra persona puede aprovechar esa plaza, ya sea alquilandola el propio dueño (que sería lo ideal, que se descuente del alquiler) o alquilandola yo ese mismo incluso, con consentimiento del dueño si fuese necesario. Eso es lo que yo comentaba.
Ilose escribió:
julepe escribió:@Ilose
que seas funcionario es indiferente......
alquilar por otro "lado" es a un particular....
y ya te digo que copan 100x100 inmobiliarias
por que?
pasan de llamadas de plastas y malquedas....

realquilar?
lo normal es una clausula que no permite subarrendar, ceder o traspasar....
ojo, no te digo que de estranguis se alquilen habitaciones sin que lo sepa el dueño....
pero los contratos estan para algo


creo que no me has entendido, no hablaba de realquilar habitaciones. Solo de la plaza de parking, ya que yo no tengo coche y otra persona puede aprovechar esa plaza, ya sea alquilandola el propio dueño (que sería lo ideal, que se descuente del alquiler) o alquilandola yo ese mismo incluso, con consentimiento del dueño si fuese necesario. Eso es lo que yo comentaba.

me he dado cuenta tarde y no he editado......
solo era un ejemplo
si, lo mas seguro puedas realquilar la plaza de garaje y al dueño se la sude,
pero èl no se va a complicar la vida
cuendo entres es cuestion tuya
@Ilose
Hombre, si eres funcionario igual te es más fácil conseguir un aval bancario, que cada vez es más normal que lo pidan, sobretodo en determinadas zonas de grandes ciudades
Otra cosa que me gustaría preguntar... veo que en muchos anuncios te hablan de que harán un seguro de impago de alquiler.... ese seguro lo suele tener que pagar el inquilino?

Y otra cosa respecto a los precios de los alquileres, en algunos anuncios veo que pone por ejemplo "precio referencia por m2:12 euros, total m2= 70. IBI y comunidad van a cargo del inquilino y son 50 al mes cada uno (por ejemplo). Precio total alquiler:1000 euros....
significa eso que lo que yo pago son 1000 en total y la comunidad y el IBi están incluidos en los 1000? o son 1000+todo eso?
@Ilose
ni de coña
el seguro por impago lo paga el arrendador.......
el IBI igual.....
que no te tanguen
@Ilose no quieren alquilar la plaza sola porque es un lío. Si la alquilas junto a la vivienda no hay problema. Si la alquilas sola o lo haces en negro o tienes que presentar las trimestrales de IVA.
Vamos que es un coñazo guapo con la cantidad de gente que querrá las dos cosas juntas.
@julepe
Un seguro si lo paga el arrendador, pero si le piden un aval bancario lo tiene que pagar él, y cada es más normal pedir esto, sobretodo en grandes ciudades zonas céntricas
kitinota escribió:@julepe
Un seguro si lo paga el arrendador, pero si le piden un aval bancario lo tiene que pagar él, y cada es más normal pedir esto, sobretodo en grandes ciudades zonas céntricas

es cuestion suya si quiere meterse en un aval bancario....
a mi me parece una locura......

todo el mercado parece un puto casino
hace una semana me ofrecian un año completo pagado por adelantado por un local
le dicho que ni de coña
julepe escribió:
kitinota escribió:@julepe
Un seguro si lo paga el arrendador, pero si le piden un aval bancario lo tiene que pagar él, y cada es más normal pedir esto, sobretodo en grandes ciudades zonas céntricas

es cuestion suya si quiere meterse en un aval bancario....
a mi me parece una locura......

todo el mercado parece un puto casino
hace una semana me ofrecian un año completo pagado por adelantado por un local
le dicho que ni de coña


Pues justo ahora que mencionas eso, ahora el 1 Junio voy a alquilar una nave que tengo, a una filial de una multinacional francesa, un contrato de 3 años, con la obligación de cumplir (o al menos pagar) el primer año íntegramente, después si se quieren ir avisar con 2 meses de antelación, pues bien, me van a pagar directamente el primer año de golpe, es algo bastante mal común de lo que pensamos, sobretodo en locales/naves
@kitinota

por mas o por menos ocurre x locura
y pagas el iva de todo un año
a los 2 meses se van o pasan

luego vete a hacienda y les reclamas lo pagado [rtfm]

paso...
Lo de las plazas de garaje no te lo van a descontar a menos que nadie quiera el piso. Porque me pasó, en un piso les dije si podían descontarlo y me dijeron que no. Encontré otro y no alquilé ese por precio y a los X días me llamaron porque otro cliente se había echado para atrás y sí me descontaban el garaje (no mucho) pero vamos, que ya tenía otra cosa.

Puedes probar a ver si hay suerte.
@julepe
No hay ningún problema, el IVA hay que pagarlo igual, ya que en el contrato pone que el primer año aunque se vayan antes (años 2 meses por ejemplo) tienen que pagarlo entero, es una cláusula totalmente legal.
es la primera vez que alquilo un piso entero... está amueblado. Me han pedido 2 meses de fianza además del mes en curso. Había leído en algún lado que era práctica habitual que si el piso esté amueblado te pidan 2 meses de fianza en vez de 1 (o incluso 3....)

La cosa es que leyendo un poco por Internet parece que dice "https://www.mundojuridico.info/exigir-mas-de-una-mensualidad-de-fianza-en-el-arrendamiento/ "d) El importe de la fianza en el arrendamiento de vivienda será de una mensualidad de la renta, mientras que el importe de las cantidades adicionales a la fianza que pueden exigirse al inquilino no podrán superar dos mensualidades de la renta."

Aún no me han dado el contrato para revisarlo, firmaré en unos 10 días... pero se supone que en el contrato debe figurar que de los 2 meses que me han pedido, de fianza es solo 1 y el otro de "garantía adicional"? (que tampoco sé, en la práctica, que diferencia habrá para mí....)

Otras preguntas que tengo...
1) se supone que los del seguro de impagos hacen fotos de todo el piso en el momento de la firma? o previamente?? Yo había pensado echar fotos de todo el primer día, pero no sé qué validez tiene unas fotos que simplemente las eche yo con mi móvil y no se reflejen en ningún sitio...

2) me dijo el de la inmobiliaria que los suministros los tengo que pasar yo a mi nombre pero.... eso se hace en el momento de la firma?

Cualquier otro consejo que me podáis dar lo agradeceré.... estoy un poco inquieto porque entre los 2 meses de fianza, mes en curso e inmobiliaria voy a entregar de golpe más de 4000 euros...
Ilose escribió:(...)

2) me dijo el de la inmobiliaria que los suministros los tengo que pasar yo a mi nombre pero.... eso se hace en el momento de la firma?


No, no se hacen en el mismo momento. Aunque sí te deberán dar en ese momento los datos para hacerlo.

Es un trámite que se realiza con las respectivas compañías y, una vez iniciado, se toman su tiempo para hacerlo efectivo. Consejo: pues toma fotos de los contadores el primer día de tu contrato.
Manint escribió:
Ilose escribió:(...)

2) me dijo el de la inmobiliaria que los suministros los tengo que pasar yo a mi nombre pero.... eso se hace en el momento de la firma?


No, no se hacen en el mismo momento. Aunque sí te deberán dar en ese momento los datos para hacerlo.

Es un trámite que se realiza con las respectivas compañías y, una vez iniciado, se toman su tiempo para hacerlo efectivo. Consejo: pues toma fotos de los contadores el primer día de tu contrato.


y qué pasa con ese tiempo entre medias hasta que hacen efectivo el cambio? Lo paga el dueño y luego te pasa factura?
Ilose escribió:
Manint escribió:
Ilose escribió:(...)

2) me dijo el de la inmobiliaria que los suministros los tengo que pasar yo a mi nombre pero.... eso se hace en el momento de la firma?


No, no se hacen en el mismo momento. Aunque sí te deberán dar en ese momento los datos para hacerlo.

Es un trámite que se realiza con las respectivas compañías y, una vez iniciado, se toman su tiempo para hacerlo efectivo. Consejo: pues toma fotos de los contadores el primer día de tu contrato.


y qué pasa con ese tiempo entre medias hasta que hacen efectivo el cambio? Lo paga el dueño y luego te pasa factura?


Pues sí, sería lo lógico. Le pagas lo que corresponde si hay días tuyos en su factura.
Manint escribió:
Ilose escribió:
Manint escribió:
No, no se hacen en el mismo momento. Aunque sí te deberán dar en ese momento los datos para hacerlo.

Es un trámite que se realiza con las respectivas compañías y, una vez iniciado, se toman su tiempo para hacerlo efectivo. Consejo: pues toma fotos de los contadores el primer día de tu contrato.


y qué pasa con ese tiempo entre medias hasta que hacen efectivo el cambio? Lo paga el dueño y luego te pasa factura?


Pues sí, sería lo lógico. Le pagas lo que corresponde si hay días tuyos en su factura.


Justo antes de entrar yo al piso, hay otro chaval viviendo, que tendrá la electricidad y el agua a su nombre, entonces como imagino que el dueño no lo va a poner a su nombre pero acto seguido volver a cambiarlo (sabiendo que tardan en hacer el cambio) significa eso que durante unos días que yo ya estoy en el piso, lo estaría pagando el antiguo inquilino? y cuando yo me vaya, igual?
Ilose escribió:
Manint escribió:
Ilose escribió:
y qué pasa con ese tiempo entre medias hasta que hacen efectivo el cambio? Lo paga el dueño y luego te pasa factura?


Pues sí, sería lo lógico. Le pagas lo que corresponde si hay días tuyos en su factura.


Justo antes de entrar yo al piso, hay otro chaval viviendo, que tendrá la electricidad y el agua a su nombre, entonces como imagino que el dueño no lo va a poner a su nombre pero acto seguido volver a cambiarlo (sabiendo que tardan en hacer el cambio) significa eso que durante unos días que yo ya estoy en el piso, lo estaría pagando el antiguo inquilino? y cuando yo me vaya, igual?


Sí. Eso solo se puede remediar si los inquilinos que se intercambian, se sientan juntos el día de la firma y llaman a la compañía para el cambio dando una lectura de ese día. Así imagino, que aunque permanezca unos días con un titular no correspondiente al inquilino, pues la compañía sería capaz de ajustar bien las facturas cuando se emitan.
Refloto hilo para preguntar un par de dudas.... los que estéis de inquilinos en Cataluña... al hacer el cambio de titularidad de los suministros, veo que para el agua en la Compañia Catalana de Aguas te menciona el Pago de TMTR (tasa metropolitana de tratamiento de residuos municipales) y que puede ser recaudado, bien mediante factura de Aigues de Barcelona, bien mediante area metropolitana BCN...

Estoy leyendo y no me queda claro si este impuesto lo debe pagar el propietario o el inquilino...

https://www.amb.cat/es/web/ecologia/ges ... de-residus

Entiendo que si es el tratamiento de residuos, al igual que las basuras lo pagará el dueño no?


Otra duda... por los honorarios prestados por la inmobiliaria nos deberían dar factura?
Ilose escribió:Refloto hilo para preguntar un par de dudas.... los que estéis de inquilinos en Cataluña... al hacer el cambio de titularidad de los suministros, veo que para el agua en la Compañia Catalana de Aguas te menciona el Pago de TMTR (tasa metropolitana de tratamiento de residuos municipales) y que puede ser recaudado, bien mediante factura de Aigues de Barcelona, bien mediante area metropolitana BCN...

Estoy leyendo y no me queda claro si este impuesto lo debe pagar el propietario o el inquilino...

https://www.amb.cat/es/web/ecologia/ges ... de-residus

Entiendo que si es el tratamiento de residuos, al igual que las basuras lo pagará el dueño no?


Otra duda... por los honorarios prestados por la inmobiliaria nos deberían dar factura?


En el link que pasas pone que la debes pagar (sujeto pasivo) por beneficiarte del servicio. Ser sujeto pasivo solo implica que si no la pagas tú, se la reclamarán al propietario.



¿Qué dice tu contrato? El arrendador puede repercutir la tasa sobre ti si lo especifica.

El artículo 20 de la ley de arrendamientos urbanos (LAU) se encarga de esta cuestión, viviendo a decir que el arrendador o propietario puede repercutir al inquilino el pago de la tasa de basura.

Es decir, que aunque la obligación de pago de cara al Ayuntamiento sea del arrendador, éste (el arrendador) puede cobrar al inquilino la tasa de basura.

El pacto debe constar el el contrato de arrendamiento, y para que tenga validez dicho pacto debe constar en la cláusula cuál es el precio de la tasa de basura de ese año (del año en que se firmó el contrato), y ello para evitar sorpresas de importes muy elevados.

Es decir, si en el contrato no aparece que la tasa de basura de ese año (del año de firma del contrato) es de ….. euros, entonces la cláusula no será válida y el inquilino no estará obligado a pagar la tasa.

https://www.abogadosparatodos.net/quien ... opietario/
muchas gracias! Pues en mi contrato lo que viene al respecto es, en una de las clausulas pone:

Los gastos individualizados de comunidad de propietarios, portería,
IBI y otros van a cuenta a cuenta y cargo del ARRENDADOR.

Y en otra pone: Serán de cuenta exclusiva del arrendatario la contratación, adquisición,
conservación, reparación o sustitución de los contadores de suministros, así como el importe
que se derive de su consumo con total indemnidad para el arrendador. La vivienda está dotada
de las acometidas generales y ramales o líneas necesarias para los suministros de que
dispone. El arrendatario exime asimismo al arrendador de los daños a personas o cosas que
pudieran derivarse de la instalación y servicios de la vivienda.

No veo que haga referencia expresa a este tema....
@Ilose Quizás poniéndonos estrictos se lo podrías reclamar, pero ya ves que para el Ayuntamiento eres tú quien debe pagar. Creo que al ser un servicio vinculado al agua es más follón. No es una tasa como el IBI que va aparte.
La verdad es que he estado revisando y en mi antiguo apartamento por ejemplo yo lo pagaba también. Simplemente estaba incluido en la factura (a nombre de la dueña) y ella nos lo repercutía a nosotros

La duda me ha surgido al tener que poner a mi nombre el suministro... en otros alquileres siempre estuvieron a nombre del dueño y este nos lo repercutía
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