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manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.
2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?
--
GRACIAS
manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.
2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?
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GRACIAS
manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.
2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?
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GRACIAS
bpSz escribió:A nombre de quien quedan los suministros es algo que se pacta.
La ventaja de que los suministros no esten a tu nombre es que no te pueden cortar el suministro incluso si dejas de pagar el alquiler (si pasas un bache podrias hablarlo con el propietario para pagarle mas adelante). La desventaja es que tendras que negociar con el propietario si quieres cambiar tarifas, si quieres darlo de baja, etc.
La gestión de baja suele ser gratuita. Se liquida la cuenta y ya (asegurate varias veces que realmente te han dado de baja, que luego siempre hay lios. Lo mejor es un burofax).
Ten en cuenta que si das de baja un suministro que estaba de alta cuando se inició el contrato después tendrás que darlo de alta (y ahi es donde suelen pegarte el palo). Aunque como todo también es negociable.
Saludos
adidi escribió:manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.
2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?
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GRACIAS
Los suministros normalmente van a nombre del inquilino.
No lo aceptará, porque recuperar el suministro es caro y hay que presentar documentación.
No creo que nadie te alquile nada con estas peticiones.
biziraun escribió:Los recibos de luz, agua y gas en el piso de alquiler donde estoy a nombre del propietario. Todo ok.
SuperLopes escribió:biziraun escribió:Los recibos de luz, agua y gas en el piso de alquiler donde estoy a nombre del propietario. Todo ok.
Te paga la luz ,el agua... ¿el propietario?
biziraun escribió:SuperLopes escribió:biziraun escribió:Los recibos de luz, agua y gas en el piso de alquiler donde estoy a nombre del propietario. Todo ok.
Te paga la luz ,el agua... ¿el propietario?
No hombre no, está a su nombre y yo pago el consumo xD
manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.
2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?
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GRACIAS
Quintiliano escribió:manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.
2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?
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GRACIAS
En el contrato de arrendamiento pueden poner una cláusula donde el arrendatario (tú) se obliga a poner a su nombre todos los contratos.
No es lo mismo poner un contrato a tu nombre, que pagar un suministro que venga a nombre de otro, lo que también puede ocurrir.
En general te interesa ponerlo a tu nombre por dos razones: una, que controlarás exactamente lo que pagas, al ser tú directamente el pagador; y dos, que al ser el titular del contrato, puedes cambiarlo. Por ejemplo puedes bajar la potencia contratada en el contrato de electricidad, y pasar a modalidad de Precio Voluntario al Consumidor; puedes pasar el contrato de gas de modalidad privada, a modalidad TUR. Siendo el titular, puedes hacer cambios en los contratos, y si no eres titular, necesitarías que el titular lo hiciera por ti.
Sobre lo de dar de baja: no puedes dar de baja los suministros. Lo que deberá hacer el casero es ponerlos a su nombre, en el momento en que tú dejes el alquiler. Para eso lo razonable es avisar con antelación al casero, y en los días en que vas a dejar el piso, el casero ya debe poner a su nombre los contratos
Recuerda que los alquileres de viviendas se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Salu2
manu56 escribió:si el casero me pone los suministros a mi nombre, ¿no puedo legalmente darlos de baja? No me refiero a que cuando me vaya los dé de baja, sino que al entrar a vivir los dé de baja para así no pagar dinero (ni tener agua ni electricidad)
manu56 escribió:Quintiliano escribió:manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.
2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?
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GRACIAS
En el contrato de arrendamiento pueden poner una cláusula donde el arrendatario (tú) se obliga a poner a su nombre todos los contratos.
No es lo mismo poner un contrato a tu nombre, que pagar un suministro que venga a nombre de otro, lo que también puede ocurrir.
En general te interesa ponerlo a tu nombre por dos razones: una, que controlarás exactamente lo que pagas, al ser tú directamente el pagador; y dos, que al ser el titular del contrato, puedes cambiarlo. Por ejemplo puedes bajar la potencia contratada en el contrato de electricidad, y pasar a modalidad de Precio Voluntario al Consumidor; puedes pasar el contrato de gas de modalidad privada, a modalidad TUR. Siendo el titular, puedes hacer cambios en los contratos, y si no eres titular, necesitarías que el titular lo hiciera por ti.
Sobre lo de dar de baja: no puedes dar de baja los suministros. Lo que deberá hacer el casero es ponerlos a su nombre, en el momento en que tú dejes el alquiler. Para eso lo razonable es avisar con antelación al casero, y en los días en que vas a dejar el piso, el casero ya debe poner a su nombre los contratos
Recuerda que los alquileres de viviendas se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Salu2
si el casero me pone los suministros a mi nombre, ¿no puedo legalmente darlos de baja? No me refiero a que cuando me vaya los dé de baja, sino que al entrar a vivir los dé de baja para así no pagar dinero (ni tener agua ni electricidad)
martuka_pzm escribió:Pues si tú eres el titular del contrato claro que podrás darlos de baja (quitando tema basuras)
El problema es que deberás darlos de alta antes de irte porque tendrás que entregar el inmueble tal y como lo recibiste. Así que pagarás como 300€ entre luz y gas y vivirás sin luz ni gas el tiempo que estés allí.
Quintiliano escribió:martuka_pzm escribió:Pues si tú eres el titular del contrato claro que podrás darlos de baja (quitando tema basuras)
El problema es que deberás darlos de alta antes de irte porque tendrás que entregar el inmueble tal y como lo recibiste. Así que pagarás como 300€ entre luz y gas y vivirás sin luz ni gas el tiempo que estés allí.
Yo lo veo así:
Salvo que el casero sea un individuo tramposo y pufero de estos que buscan la forma de no pagar, lo lógico es que no quiera que haya problemas con los suministros, porque eso le perjudica para volver a alquilar el piso.
Lo razonable es: el inquilino, pone a su nombre:
a) Tasa de basuras/alcantarillado y agua; y en este recibo es el sustituto del contribuyente (el propietario) mientras dure el alquiler.
b) recibo de electricidad
d) recibo de gas (en su caso)
Cuando se vaya, lo lógico es pedirle al casero que vuelva a poner a su nombre los tres recibos, de este modo no habrá necesidad de dar nada de baja, y todo son ventajas para ambos.
Salu2
martuka_pzm escribió:Quintiliano escribió:martuka_pzm escribió:Pues si tú eres el titular del contrato claro que podrás darlos de baja (quitando tema basuras)
El problema es que deberás darlos de alta antes de irte porque tendrás que entregar el inmueble tal y como lo recibiste. Así que pagarás como 300€ entre luz y gas y vivirás sin luz ni gas el tiempo que estés allí.
Yo lo veo así:
Salvo que el casero sea un individuo tramposo y pufero de estos que buscan la forma de no pagar, lo lógico es que no quiera que haya problemas con los suministros, porque eso le perjudica para volver a alquilar el piso.
Lo razonable es: el inquilino, pone a su nombre:
a) Tasa de basuras/alcantarillado y agua; y en este recibo es el sustituto del contribuyente (el propietario) mientras dure el alquiler.
b) recibo de electricidad
d) recibo de gas (en su caso)
Cuando se vaya, lo lógico es pedirle al casero que vuelva a poner a su nombre los tres recibos, de este modo no habrá necesidad de dar nada de baja, y todo son ventajas para ambos.
Salu2
Si, si eso ya se lo hemos dicho todo.
Pero ha dicho que lo que él quiere es no tener ni agua, ni gas, ni luz cuando esté viviendo allí.
Si quiere que lo haga y luego que pague la primada de volver a darlo de alta al irse. Como quiera..
manu56 escribió:ya entiendo que con lo caro que es no me sale rentable hacerlo,salvo que fuera a estar muchos años en esa vivienda.
cambiar potencia contratada si que es gratis,no? Me imagino que se lo podria exigir al propietario.
Ashdown escribió:manu56 escribió:ya entiendo que con lo caro que es no me sale rentable hacerlo,salvo que fuera a estar muchos años en esa vivienda.
cambiar potencia contratada si que es gratis,no? Me imagino que se lo podria exigir al propietario.
No, no es gratis, cuesta unos 11 euros + IVA y si tienes contador analógico, el precio del ICP y su instalación. Y vuelvo a repetir, si eres el titular puedes hacer lo que te salga de la punta del nabo, y además tienes derecho a serlo (cosa que en mi opinión le conviene, y mucho, al propietario). Lo único es que devuelvas el piso en las mismas condiciones en las que te lo entregaron, incluyendo las condiciones de sus suministros.
manu56 escribió:[quote="martuka_pzm]
Si, si eso ya se lo hemos dicho todo.
Pero ha dicho que lo que él quiere es no tener ni agua, ni gas, ni luz cuando esté viviendo allí.
Si quiere que lo haga y luego que pague la primada de volver a darlo de alta al irse. Como quiera..[/quote]
ya entiendo que con lo caro que es no me sale rentable hacerlo,salvo que fuera a estar muchos años en esa vivienda.
cambiar potencia contratada si que es gratis,no? Me imagino que se lo podria exigir al propietario.[/quote]
GXY escribió:actualmente el minimo contratable son 2,2KW y luego de ahi se sube en tramos de 1,1KW.
con cocina, horno y termo electricos es relativamente facil pasarse de frenada con los 2,2KW
aunque ojo, la carga de disparo del "ICP" del contador digital es mas lenta que la del ICP instalado en cuadro, hay que estar sobrepasando la potencia durante 15 minutos para que se produzca el salto.
de todos modos ahora el bono social no esta directamente vinculado a la potencia como se hacia antiguamente (de modo que si pedias la potencia minima, te concedian el bono social directamente) ahora el bono se concede unicamente por criterios socioeconomicos y es independiente de la potencia, lo cual es un razonamiento mas logico. Esto lo comento porque a dia de hoy es la mejor manera de ahorrar en la factura de la luz.
GXY escribió:actualmente el minimo contratable son 2,2KW y luego de ahi se sube en tramos de 1,1KW.
con cocina, horno y termo electricos es relativamente facil pasarse de frenada con los 2,2KW
aunque ojo, la carga de disparo del "ICP" del contador digital es mas lenta que la del ICP instalado en cuadro, hay que estar sobrepasando la potencia durante 15 minutos para que se produzca el salto.
de todos modos ahora el bono social no esta directamente vinculado a la potencia como se hacia antiguamente (de modo que si pedias la potencia minima, te concedian el bono social directamente) ahora el bono se concede unicamente por criterios socioeconomicos y es independiente de la potencia, lo cual es un razonamiento mas logico. Esto lo comento porque a dia de hoy es la mejor manera de ahorrar en la factura de la luz.