Alquileres

manu56 está baneado por "Troll"
1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.

2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?

--
GRACIAS
A nombre de quien quedan los suministros es algo que se pacta.

La ventaja de que los suministros no esten a tu nombre es que no te pueden cortar el suministro incluso si dejas de pagar el alquiler (si pasas un bache podrias hablarlo con el propietario para pagarle mas adelante). La desventaja es que tendras que negociar con el propietario si quieres cambiar tarifas, si quieres darlo de baja, etc.

La gestión de baja suele ser gratuita. Se liquida la cuenta y ya (asegurate varias veces que realmente te han dado de baja, que luego siempre hay lios. Lo mejor es un burofax).

Ten en cuenta que si das de baja un suministro que estaba de alta cuando se inició el contrato después tendrás que darlo de alta (y ahi es donde suelen pegarte el palo). Aunque como todo también es negociable.

Saludos
Pues yo siempre he tenido los suministros a nombre del inquilino, que es el que paga, el que debe decidir qué potencia quiere contratar o con qué compañía quiere estar.
Yo solo me ocupé de dar de alta los servicios y a partir de ahí la agencia pasa el contrato de un inquilino a otro.

Si algún inquilino da de baja los suministros lo que haría sería pedirle que los vuelva a dar de alta. No es cuestión de que me cueste 200€ dar de alta algo que él ya se ha encontrado dado de alta. De hecho el contrato lo pone.

También he leído casos al contrario; que el arrendador pide al inquilino dar de alta los servicios. En ese caso si yo fuera inquilina, al irme los daria de baja. No le voy a regalar 200€ al gañan de turno que no cumple con sus obligaciones
manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.

2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?

--
GRACIAS


Los suministros normalmente van a nombre del inquilino.

No lo aceptará, porque recuperar el suministro es caro y hay que presentar documentación.


No creo que nadie te alquile nada con estas peticiones.
Los recibos de luz, agua y gas en el piso de alquiler donde estoy a nombre del propietario. Todo ok.
manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.

2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?

--
GRACIAS

Lo del nombre de los suministros se pacta, yo creo que ambas cosas son igual de frecuentes, al menos esa a sido mi experiencia.

Dar de baja no cuesta, lo que cuesta es dar de alta por eso lo normal es cuando te vayas hablar y cambiar de nombre, no dar de baja y de alta.
Como dicen por norma general los suministros los da de alta el propietario del inmueble porque es quien se va a quedar con ellos aunque el inquilino se vaya y las facturas se ponen a nombre del inquilino porque es quien debe asumirlas.
En mi caso la luz y el agua está a nombre de la casera, aunque la cuenta bancaria es la mia. Ha sido así en los dos alquileres que he estado, y sin problemas de momento
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Yo desde luego no pagaría una factura que no viene a mi nombre. Por el bien del propietario, lo suyo es que las facturas vayan a nombre del inquilino, porque si le da por no pagarlas quien se va a comer el marrón es el casero.

Si luego el inquilino da de baja los suministros, adelante que para algo es el titular, siempre que al irse vuelva a entregar el piso en las mismas condiciones, es decir, lo vuelva a dar de alta. Cosa que cuesta un pico, por cierto. Si no lo entrega en las mismas condiciones voy a cobrarme de la fianza.
En mi caso las facturas me llegan al buzón pero a nombre del propietario. Nos dejan cambiarlo si queremos, pero la verdad es que no tengo interés, me parece bien lo contratado y así me ahorro gestiones.
manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.

2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?

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Por puntos:

1) Es el inquilino quien tiene que poner los servicios a su nombre, porque es el que legalmente reside en el inmueble.

2) Como en todo contrato entre partes, se puede pactar; pero normalmente no se acepta, ya que dar de alta el servicio de luz son 200 € o 300 € (que si lo paga el inquilino pues sin problemas), pero sino no es el caso el propietario no lo acepta y puede penalizar por ello.

En el caso del agua, al menos en Madrid no supone un gran trauma (mientra que en de la luz como tengas que hacer un boletín nuevo son otros 200 €) realizar el cambio, sino que tienes que dejar una fianza de X €, que una vez das de baja el servicio te lo reembolsan en tu cuenta.
para la electricidad el tramite de cambio de nombre del titular (el que paga) es muy sencillo. no tiene coste y se puede hacer hasta por internet.

lo que si tiene coste (y bastante) es cambiar los datos del punto de suministro, pero eso solo se debe hacer en la compra de la vivienda.

con los del gas no tengo experiencia. los del agua depende de la compañia que sea y suelen ser una pejiguera considerable.

pd. para el bono social se exige que el titular del contrato sea el solicitante de la ayuda, con lo cual si la solicita el inquilino pero el titular sigue siendo el propietario, supone la denegacion del bono. puede ser que sea el propietario el que lo solicita y cumpla las condiciones, pero con el pliego de condiciones actual, que se ha quitado la trampilla de la potencia y unicamente se miran conceptos de renta, veo dificil que a un propietario de vivienda se le otorgue el bono social.
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bpSz escribió:A nombre de quien quedan los suministros es algo que se pacta.

La ventaja de que los suministros no esten a tu nombre es que no te pueden cortar el suministro incluso si dejas de pagar el alquiler (si pasas un bache podrias hablarlo con el propietario para pagarle mas adelante). La desventaja es que tendras que negociar con el propietario si quieres cambiar tarifas, si quieres darlo de baja, etc.

La gestión de baja suele ser gratuita. Se liquida la cuenta y ya (asegurate varias veces que realmente te han dado de baja, que luego siempre hay lios. Lo mejor es un burofax).

Ten en cuenta que si das de baja un suministro que estaba de alta cuando se inició el contrato después tendrás que darlo de alta (y ahi es donde suelen pegarte el palo). Aunque como todo también es negociable.

Saludos

trabajas en el sector o tienes experiencia en estas lides? te comento dos cosas:
1) por favor, dime qué es lo más frecuente.
2) dices que si va a nombre del propietario no te lo pueden cortar. Pero por qué no? Si el propietario quiere se da de baja y te quedas sin suministros,no? No te acabo de entender.
1. Ambas cosas son frecuentes. No le des muchas vueltas. Quedate con la idea de que lo tendrás que dejar en las mismas condiciones que te lo entregaron a menos que llegues a un acuerdo diferente.
2. No te lo pueden cortar porque la ley lo dice así. Te paso un articulo https://www.abogadosparatodos.net/puedo ... o-no-paga/

Saludos,
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adidi escribió:
manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.

2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?

--
GRACIAS


Los suministros normalmente van a nombre del inquilino.

No lo aceptará, porque recuperar el suministro es caro y hay que presentar documentación.


No creo que nadie te alquile nada con estas peticiones.

confirmas eso de que dar de baja es gratis o muy barato, mientras que dar de alta es carísimo?
biziraun escribió:Los recibos de luz, agua y gas en el piso de alquiler donde estoy a nombre del propietario. Todo ok.


Te paga la luz ,el agua... ¿el propietario?
SuperLopes escribió:
biziraun escribió:Los recibos de luz, agua y gas en el piso de alquiler donde estoy a nombre del propietario. Todo ok.


Te paga la luz ,el agua... ¿el propietario?

No hombre no, está a su nombre y yo pago el consumo xD
biziraun escribió:
SuperLopes escribió:
biziraun escribió:Los recibos de luz, agua y gas en el piso de alquiler donde estoy a nombre del propietario. Todo ok.


Te paga la luz ,el agua... ¿el propietario?

No hombre no, está a su nombre y yo pago el consumo xD


Y cuanto sueles pagar al mes???. Un sobrino mio está pensando en coger una habitacion de alquiler para ir a la universidad y teniendo ordenador y tele puesta todo el día miedo me da por eso te preguntaba.
Pues un piso pequeño de 2 hab y viviendo 2 personas algo asi como 40€ teléfono,luz y gas de cada mensuales de media y unos 80€ trimestrales de agua (aqui se incluye el tema de las basuras).
manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.

2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?

--
GRACIAS


En el contrato de arrendamiento pueden poner una cláusula donde el arrendatario (tú) se obliga a poner a su nombre todos los contratos.

No es lo mismo poner un contrato a tu nombre, que pagar un suministro que venga a nombre de otro, lo que también puede ocurrir.

En general te interesa ponerlo a tu nombre por dos razones: una, que controlarás exactamente lo que pagas, al ser tú directamente el pagador; y dos, que al ser el titular del contrato, puedes cambiarlo. Por ejemplo puedes bajar la potencia contratada en el contrato de electricidad, y pasar a modalidad de Precio Voluntario al Consumidor; puedes pasar el contrato de gas de modalidad privada, a modalidad TUR. Siendo el titular, puedes hacer cambios en los contratos, y si no eres titular, necesitarías que el titular lo hiciera por ti.

Sobre lo de dar de baja: no puedes dar de baja los suministros. Lo que deberá hacer el casero es ponerlos a su nombre, en el momento en que tú dejes el alquiler. Para eso lo razonable es avisar con antelación al casero, y en los días en que vas a dejar el piso, el casero ya debe poner a su nombre los contratos

Recuerda que los alquileres de viviendas se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Salu2
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Quintiliano escribió:
manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.

2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?

--
GRACIAS


En el contrato de arrendamiento pueden poner una cláusula donde el arrendatario (tú) se obliga a poner a su nombre todos los contratos.

No es lo mismo poner un contrato a tu nombre, que pagar un suministro que venga a nombre de otro, lo que también puede ocurrir.

En general te interesa ponerlo a tu nombre por dos razones: una, que controlarás exactamente lo que pagas, al ser tú directamente el pagador; y dos, que al ser el titular del contrato, puedes cambiarlo. Por ejemplo puedes bajar la potencia contratada en el contrato de electricidad, y pasar a modalidad de Precio Voluntario al Consumidor; puedes pasar el contrato de gas de modalidad privada, a modalidad TUR. Siendo el titular, puedes hacer cambios en los contratos, y si no eres titular, necesitarías que el titular lo hiciera por ti.

Sobre lo de dar de baja: no puedes dar de baja los suministros. Lo que deberá hacer el casero es ponerlos a su nombre, en el momento en que tú dejes el alquiler. Para eso lo razonable es avisar con antelación al casero, y en los días en que vas a dejar el piso, el casero ya debe poner a su nombre los contratos

Recuerda que los alquileres de viviendas se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Salu2

si el casero me pone los suministros a mi nombre, ¿no puedo legalmente darlos de baja? No me refiero a que cuando me vaya los dé de baja, sino que al entrar a vivir los dé de baja para así no pagar dinero (ni tener agua ni electricidad)
manu56 escribió:si el casero me pone los suministros a mi nombre, ¿no puedo legalmente darlos de baja? No me refiero a que cuando me vaya los dé de baja, sino que al entrar a vivir los dé de baja para así no pagar dinero (ni tener agua ni electricidad)


El recibo del agua seguramente está vinculado a la tasa de basuras y alcantarillado y, si esto es así, no se puede dar de baja, ni siquiera aunque no viva nadie en la casa, porque el impuesto hay que pagarlo, está directamente relacionado con la vivienda.

Es obligación del propietario pagarlo, pero si el piso está alquilado, durante el tiempo en que seas inquilino, tú eres el "sustituto del contribuyente" en relación con esa tasa de basuras/alcantarillado y agua y lo pagas tú, ya que eres el que se beneficia del servicio por el que se paga el recibo (sí: por el hecho de tirar la basura al contenedor tienes que pagar un impuesto)

Lo que no te pueden exigir en ningún caso es que pagues el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI, también llamado "contribución") que es anual y le corresponde exclusivamente al propietario, porque grava la propiedad.

Ese recibo de agua/alcantarillado y basuras no puedes darlo de baja pero sí decirle al propietario que lo vuelva a poner a su nombre, cuando te marches, del mismo modo que lo pusiste, con su permiso, a tu nombre, cuando fuiste a vivir al piso como inquilino.

Si das de baja electricidad o gas, la casa se quedará sin luz o sin gas, por eso lo lógico sería pactar con el casero que cuando te marches, él pondrá a su nombre esos recibos, del mismo modo que volverá a pagar directamente el recibo con la tasa de basuras/alcantarillado y agua.
manu56 escribió:
Quintiliano escribió:
manu56 escribió:1) Quiero saber hasta qué punto es frecuente que los suministros de agua y electricidad vayan a nombre del inquilino en lugar de ir a nombe del propietario de la casa. Si es frecuente esta practica,si el propietario suele aceptarlo.

2) ¿el propietario aceptará que yo quiera dar de baja los suministros de agua y electricidad o no aceptará?
¿suele costar muy caro dar de baja?

--
GRACIAS


En el contrato de arrendamiento pueden poner una cláusula donde el arrendatario (tú) se obliga a poner a su nombre todos los contratos.

No es lo mismo poner un contrato a tu nombre, que pagar un suministro que venga a nombre de otro, lo que también puede ocurrir.

En general te interesa ponerlo a tu nombre por dos razones: una, que controlarás exactamente lo que pagas, al ser tú directamente el pagador; y dos, que al ser el titular del contrato, puedes cambiarlo. Por ejemplo puedes bajar la potencia contratada en el contrato de electricidad, y pasar a modalidad de Precio Voluntario al Consumidor; puedes pasar el contrato de gas de modalidad privada, a modalidad TUR. Siendo el titular, puedes hacer cambios en los contratos, y si no eres titular, necesitarías que el titular lo hiciera por ti.

Sobre lo de dar de baja: no puedes dar de baja los suministros. Lo que deberá hacer el casero es ponerlos a su nombre, en el momento en que tú dejes el alquiler. Para eso lo razonable es avisar con antelación al casero, y en los días en que vas a dejar el piso, el casero ya debe poner a su nombre los contratos

Recuerda que los alquileres de viviendas se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Salu2

si el casero me pone los suministros a mi nombre, ¿no puedo legalmente darlos de baja? No me refiero a que cuando me vaya los dé de baja, sino que al entrar a vivir los dé de baja para así no pagar dinero (ni tener agua ni electricidad)


Pues si tú eres el titular del contrato claro que podrás darlos de baja (quitando tema basuras)
El problema es que deberás darlos de alta antes de irte porque tendrás que entregar el inmueble tal y como lo recibiste. Así que pagarás como 300€ entre luz y gas y vivirás sin luz ni gas el tiempo que estés allí.
martuka_pzm escribió:Pues si tú eres el titular del contrato claro que podrás darlos de baja (quitando tema basuras)
El problema es que deberás darlos de alta antes de irte porque tendrás que entregar el inmueble tal y como lo recibiste. Así que pagarás como 300€ entre luz y gas y vivirás sin luz ni gas el tiempo que estés allí.



Yo lo veo así:

Salvo que el casero sea un individuo tramposo y pufero de estos que buscan la forma de no pagar, lo lógico es que no quiera que haya problemas con los suministros, porque eso le perjudica para volver a alquilar el piso.

Lo razonable es: el inquilino, pone a su nombre:

a) Tasa de basuras/alcantarillado y agua; y en este recibo es el sustituto del contribuyente (el propietario) mientras dure el alquiler.
b) recibo de electricidad
d) recibo de gas (en su caso)

Cuando se vaya, lo lógico es pedirle al casero que vuelva a poner a su nombre los tres recibos, de este modo no habrá necesidad de dar nada de baja, y todo son ventajas para ambos.

Salu2
Quintiliano escribió:
martuka_pzm escribió:Pues si tú eres el titular del contrato claro que podrás darlos de baja (quitando tema basuras)
El problema es que deberás darlos de alta antes de irte porque tendrás que entregar el inmueble tal y como lo recibiste. Así que pagarás como 300€ entre luz y gas y vivirás sin luz ni gas el tiempo que estés allí.



Yo lo veo así:

Salvo que el casero sea un individuo tramposo y pufero de estos que buscan la forma de no pagar, lo lógico es que no quiera que haya problemas con los suministros, porque eso le perjudica para volver a alquilar el piso.

Lo razonable es: el inquilino, pone a su nombre:

a) Tasa de basuras/alcantarillado y agua; y en este recibo es el sustituto del contribuyente (el propietario) mientras dure el alquiler.
b) recibo de electricidad
d) recibo de gas (en su caso)

Cuando se vaya, lo lógico es pedirle al casero que vuelva a poner a su nombre los tres recibos, de este modo no habrá necesidad de dar nada de baja, y todo son ventajas para ambos.

Salu2


Si, si eso ya se lo hemos dicho todo.
Pero ha dicho que lo que él quiere es no tener ni agua, ni gas, ni luz cuando esté viviendo allí.
Si quiere que lo haga y luego que pague la primada de volver a darlo de alta al irse. Como quiera..
manu56 está baneado por "Troll"
martuka_pzm escribió:
Quintiliano escribió:
martuka_pzm escribió:Pues si tú eres el titular del contrato claro que podrás darlos de baja (quitando tema basuras)
El problema es que deberás darlos de alta antes de irte porque tendrás que entregar el inmueble tal y como lo recibiste. Así que pagarás como 300€ entre luz y gas y vivirás sin luz ni gas el tiempo que estés allí.



Yo lo veo así:

Salvo que el casero sea un individuo tramposo y pufero de estos que buscan la forma de no pagar, lo lógico es que no quiera que haya problemas con los suministros, porque eso le perjudica para volver a alquilar el piso.

Lo razonable es: el inquilino, pone a su nombre:

a) Tasa de basuras/alcantarillado y agua; y en este recibo es el sustituto del contribuyente (el propietario) mientras dure el alquiler.
b) recibo de electricidad
d) recibo de gas (en su caso)

Cuando se vaya, lo lógico es pedirle al casero que vuelva a poner a su nombre los tres recibos, de este modo no habrá necesidad de dar nada de baja, y todo son ventajas para ambos.

Salu2


Si, si eso ya se lo hemos dicho todo.
Pero ha dicho que lo que él quiere es no tener ni agua, ni gas, ni luz cuando esté viviendo allí.
Si quiere que lo haga y luego que pague la primada de volver a darlo de alta al irse. Como quiera..


ya entiendo que con lo caro que es no me sale rentable hacerlo,salvo que fuera a estar muchos años en esa vivienda.
cambiar potencia contratada si que es gratis,no? Me imagino que se lo podria exigir al propietario.
Ashdown está baneado por "faltas de respeto"
manu56 escribió:ya entiendo que con lo caro que es no me sale rentable hacerlo,salvo que fuera a estar muchos años en esa vivienda.
cambiar potencia contratada si que es gratis,no? Me imagino que se lo podria exigir al propietario.


No, no es gratis, cuesta unos 11 euros + IVA y si tienes contador analógico, el precio del ICP y su instalación. Y vuelvo a repetir, si eres el titular puedes hacer lo que te salga de la punta del nabo, y además tienes derecho a serlo (cosa que en mi opinión le conviene, y mucho, al propietario). Lo único es que devuelvas el piso en las mismas condiciones en las que te lo entregaron, incluyendo las condiciones de sus suministros.
manu56 está baneado por "Troll"
Ashdown escribió:
manu56 escribió:ya entiendo que con lo caro que es no me sale rentable hacerlo,salvo que fuera a estar muchos años en esa vivienda.
cambiar potencia contratada si que es gratis,no? Me imagino que se lo podria exigir al propietario.


No, no es gratis, cuesta unos 11 euros + IVA y si tienes contador analógico, el precio del ICP y su instalación. Y vuelvo a repetir, si eres el titular puedes hacer lo que te salga de la punta del nabo, y además tienes derecho a serlo (cosa que en mi opinión le conviene, y mucho, al propietario). Lo único es que devuelvas el piso en las mismas condiciones en las que te lo entregaron, incluyendo las condiciones de sus suministros.

No acabao de entenderos mucho, la verdad.
lo del icp e instalacion solo es si es contador analogico?
el digital no requiere ninguna instalacion?
gracias y perdona si te parecen muy basicas mis dudas,pero es que estoy perdido.
Ashdown está baneado por "faltas de respeto"
Sí, el ICP (Interruptor de Control de Potencia) en el caso de un analógico es el mamón que te limita la potencia instantánea que consumes, y es el primer parato que existe o existía en el cuadro de tu casa y tienen que ir a sellarlo al hacer el cambio. Los degitales esos modernos de ahora ya lo llevan incorporado y lo programan desde la centralita para que salte a la potencia contratada.

Los más avispados observarán que si le rompen el sello y ponen otro ICP de mayor potencia (o un cortocuito), pagarán por la potencia contratada en el ICP pero podrán consumir lo que les salga de las gónadas, cosa que es una estafa. Ahora con los degitales, pues... si encuentras una forma de reprogramarlo, pues tu obligación sería la de avisar al menisterio de industria para que corrijan el defecto, como buen ciudadano.
manu56 escribió:[quote="martuka_pzm]

Si, si eso ya se lo hemos dicho todo.
Pero ha dicho que lo que él quiere es no tener ni agua, ni gas, ni luz cuando esté viviendo allí.
Si quiere que lo haga y luego que pague la primada de volver a darlo de alta al irse. Como quiera..[/quote]

ya entiendo que con lo caro que es no me sale rentable hacerlo,salvo que fuera a estar muchos años en esa vivienda.
cambiar potencia contratada si que es gratis,no? Me imagino que se lo podria exigir al propietario.[/quote]

No lo se porque eso es cosa del inquilino así que yo no sé ni siquiera que potencia tienen contratada ni en que compañía ni nada.

Bueno son como tú y no usan luz ni gas xD
Sobre bajar la potencia contratada:

Depende del piso que alquiles. Si alquilas un piso que tiene cocina y calentador o caldera de gas y las únicas cosas eléctricas que tienes que vas a necesitar sí o sí, son la nevera, el microondas, la lavadora, y la TV, las luces y demás, te puede llegar con una potencia contratada de 2.200W (2,2Kw) que para los tiempos actuales es muy poco pero es suficiente siempre que no enciendas al mismo tiempo la lavadora y un horno eléctrico o un lavaplatos, por ejemplo.

Si el piso tiene todo eléctrico incluyendo cocina, va a ser difícil bajar mucho la potencia. En ese caso puedes mirar cuál es el consumo de la cocina eléctrica teniendo encendidos todos los fogones, y reducir 1KW por ejemplo, y tomarlo en cuenta a la hora de usar la cocina, para no tener más de 1 fogón o dos al mismo tiempo.

Pero por ejemplo, en un piso pequeño de unos 75m2 que tenga solamente eléctricos lavadora, nevera, horno microondas, televisión y luces, si tienes contratado 4Kw de potencia contratada y lo bajas a 2,2Kw ni te vas a enterar.

En lo que te va a beneficiar es en que pagarás algo menos del fijo por potencia contratada, si estás en el Precio Voluntario al Consumidor. Si tienes un contrato privado con la empresa de electricidad dependerá de dicho contrato.

Pero OJO porque si luego lo quieres subir es posible que no sea tan sencillo como haberlo bajado.

Si la instalación es antigua y tiene una potencia aceptable, yo lo dejaría así.
actualmente el minimo contratable son 2,2KW y luego de ahi se sube en tramos de 1,1KW.

con cocina, horno y termo electricos es relativamente facil pasarse de frenada con los 2,2KW

aunque ojo, la carga de disparo del "ICP" del contador digital es mas lenta que la del ICP instalado en cuadro, hay que estar sobrepasando la potencia durante 15 minutos para que se produzca el salto.

de todos modos ahora el bono social no esta directamente vinculado a la potencia como se hacia antiguamente (de modo que si pedias la potencia minima, te concedian el bono social directamente) ahora el bono se concede unicamente por criterios socioeconomicos y es independiente de la potencia, lo cual es un razonamiento mas logico. Esto lo comento porque a dia de hoy es la mejor manera de ahorrar en la factura de la luz.
GXY escribió:actualmente el minimo contratable son 2,2KW y luego de ahi se sube en tramos de 1,1KW.

con cocina, horno y termo electricos es relativamente facil pasarse de frenada con los 2,2KW

aunque ojo, la carga de disparo del "ICP" del contador digital es mas lenta que la del ICP instalado en cuadro, hay que estar sobrepasando la potencia durante 15 minutos para que se produzca el salto.

de todos modos ahora el bono social no esta directamente vinculado a la potencia como se hacia antiguamente (de modo que si pedias la potencia minima, te concedian el bono social directamente) ahora el bono se concede unicamente por criterios socioeconomicos y es independiente de la potencia, lo cual es un razonamiento mas logico. Esto lo comento porque a dia de hoy es la mejor manera de ahorrar en la factura de la luz.



Si fuese posible bajarse la potencia al mínimo contratable que es de 1,1Kw entonces el consumo te sale mucho más barato. Sería posible vivir con 1.1Kw siempre que no enciendas la lavadora o lavaplatos al mismo tiempo que el microondas por ejemplo. O si sólo tienes unas pocas cosas eléctricas.
es contratable actualmente 1,1 KW? porque que yo sepa no es posible. (aunque si me consta que hay instalaciones antiguas con potencias inferiores a 2,2 que mantienen lo que tengan, pero creo que es 1,7)
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GXY escribió:actualmente el minimo contratable son 2,2KW y luego de ahi se sube en tramos de 1,1KW.

con cocina, horno y termo electricos es relativamente facil pasarse de frenada con los 2,2KW

aunque ojo, la carga de disparo del "ICP" del contador digital es mas lenta que la del ICP instalado en cuadro, hay que estar sobrepasando la potencia durante 15 minutos para que se produzca el salto.

de todos modos ahora el bono social no esta directamente vinculado a la potencia como se hacia antiguamente (de modo que si pedias la potencia minima, te concedian el bono social directamente) ahora el bono se concede unicamente por criterios socioeconomicos y es independiente de la potencia, lo cual es un razonamiento mas logico. Esto lo comento porque a dia de hoy es la mejor manera de ahorrar en la factura de la luz.

ese mínimo es para todas las compañías? es un mandato legal que deben ofrecer las compañías?
Ashdown está baneado por "faltas de respeto"
¿Por qué no nos explicas cuál es tu objetivo? Y no digas ahorrar dinero, que se sobreentiende, sino qué es lo que necesitas y tus circunstancias. Así igual te podemos ayudar mejor.
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