jorcoval escribió:Desgraciadamente, sí.
Eso sí, hay matices: compran tu deuda tal cual, no pueden comprarla y pedirte una locura que no has firmado (rollo, tenias 1,7+ euribor y te pongo 8+euribor) Y tú tienes preferencia para comprar tu propia deuda.
Es decir, si el banco X paga 70.000 por tu deuda de 100.000 tú puedes comprarla por esos mismos 70.000... si los tienes y te enteras, que creo que tampoco es fácil del todo.
Esto que comentas se llama derecho de retracto y solo entra en deudas judicializadas. En el caso que expones sería algo así como:
jorcoval debe al Banco Carroñero 100.000 euros.
jorcoval no paga.
El Banco Carroñero quiere ejecutar la hipoteca y va al juzgado.
jorcoval se opone a la ejecución y la deuda entra en litigio.
El Banco Carroñero vende al Fondo Buitre la deuda por 7.000 euros en este momento porque ni por el juzgado va a conseguir cobrar.
El Banco Carroñero informa a jorcoval de que su deuda ha sido vendida al fondo buitre, sin necesidad de decir por cuánto.
jorcoval interpone una demanda de retracto antes de 9 días.
jorcoval levanta su deuda de 100.000 euros por los 7.000 más intereses desde el día que el Banco Carroñero le informó de la venta de su deuda y gastos del Fondo Buitre.