Respecto a armas de fogueo:
Del mismo modo está prohibida la tenencia de las imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego; salvo que se encuentren en el propio domicilio como objeto de adorno o de coleccionismo y se hallen inscritas en un Libro-Registro.
Se exceptúan de la prohibición aquellas cuyos modelos hayan sido aprobados previamente por la Guardia Civil, con arreglo a la normativa dictada por el Ministerio del Interior.
Y en cuanto a los Sprays:
Se exceptúan de lo anterior los "sprays" de defensa personal que, en virtud de la correspondiente aprobación del Ministerio de Sanidad y Consumo, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (CIPAE), se consideren permitidos. Estos “sprays” podrán venderse en las armerías a personas que acrediten su mayoría de edad mediante la presentación del documento nacional de identidad, pasaporte, autorización o tarjeta de residencia.
Tiene que ser un tipo de spray de defensa y vendido en armería y legal siempre que seas mayor de edad.
El mejor consejo que te puedo dar es defensa personal. No hace falta ser un gigante para aprovechar la fuerza del contrario. Yo por suerte o desgracia si soy medio gigante, y aún así he necesitado saber algo de defensa personal. En este mundo nadie se come a nadie.