Artículo 18 de la constitución

pechelin está baneado por "Clon para saltarse un baneo"
Artículo 18.
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y
familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá
hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial,
salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial,
de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor
y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio
de sus derechos.


Mi duda va en el artículo 2.

Yo ahora tengo un terreno PRIVADO y dentro de él estoy con un vehículo haciendo trompos, saltos, derrapes, etc... si pasa la pasma y me ve desde fuera, ¿vulneraría ése derecho?.

Yo estoy en mi casa tomando drogas y la pasma me ve desde la ventana, ¿pueden entrar y detenerme?.

Gracias.


P.D. Ni hago ni una cosa y tampoco la otra, aunque si la hiciese no me importaría admitirlo.
Como si vas a 400KM por hora pegando trompos sin cinturon y con las ruedas pinchadas y sin seguro... En tu terreno privado no puede..decirte NADA porque es tu terreno..

Lo de consumiendo droga...ya es otro cantar.. evidentemente pedirian una orden de registro fijo...

PEro volviendo a lo del coche...mi primo tiene una moto sin matricula y pa estar por su campo terreno privado la policia no dice nada..
En el momento que salgas a UNA VIA PUBLICA..pueden hacerte lo que sea.
pechelin escribió:
Artículo 18.
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y
familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá
hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial,
salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial,
de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor
y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio
de sus derechos.


Mi duda va en el artículo 2.

Yo ahora tengo un terreno PRIVADO y dentro de él estoy con un vehículo haciendo trompos, saltos, derrapes, etc... si pasa la pasma y me ve desde fuera, ¿vulneraría ése derecho?.

Yo estoy en mi casa tomando drogas y la pasma me ve desde la ventana, ¿pueden entrar y detenerme?.

Gracias.


P.D. Ni hago ni una cosa y tampoco la otra, aunque si la hiciese no me importaría admitirlo.

En el mismo artículo 2 tienes la respuesta, si estás cometiendo un delito, pueden entrar sin ninguna orden, también lo pueden hacer si hay vidas en peligro, los bomberos por ejemplo lo hacen a menudo.
chakal256 está baneado del subforo por "Faltas de respeto reiteradas"
Tu terreno privado no forma parte de las vías objeto de la legislación sobre tráfico, así que puedes hacer el cabra todo lo que quieras, mientras no pongas en peligro a los demas.
Y drogarse, que yo sepa, sigue siendo legal si no lo haces en la vía pública, así que no se que problema hay... ¬_¬
lee el punto 2 hasta el final...

"...salvo en caso de flagrante delito"

Si es evidente que se está cometiendo un delito pueden reventar la puerta y entrar
nada mas que decir que lo que han dicho hereze y alejandro, los dos tienen razon y es asi.
pechelin está baneado por "Clon para saltarse un baneo"
Pero a ver... ¿el vehículo no tiene que llevar la matrícula sí o sí?, es que ahí veo vacío legal... es decir, si lleva matrícula es porque está en circulación y, por lo tanto, el propietario debe tener carné de conducir, si lo lleva uno sin carné... ya tienen excusa. Solución: Quítale la matrícula... tócate los huevos.

(Droga) Pero es como todo, tu ventana es amplia, pero para verte los agentes... es chungo, porque puedes estar en un 1º y usar los prismáticos, si estás rallándote es delito pero claro si en realidad no lo estás... chungo también.

Parece mas complicado de lo que parece.
pechelin escribió:Pero a ver... ¿el vehículo no tiene que llevar la matrícula sí o sí?, es que ahí veo vacío legal... es decir, si lleva matrícula es porque está en circulación y, por lo tanto, el propietario debe tener carné de conducir, si lo lleva uno sin carné... ya tienen excusa. Solución: Quítale la matrícula... tócate los huevos.

(Droga) Pero es como todo, tu ventana es amplia, pero para verte los agentes... es chungo, porque puedes estar en un 1º y usar los prismáticos, si estás rallándote es delito pero claro si en realidad no lo estás... chungo también.

Parece mas complicado de lo que parece.


pero macho te lias mas la cabeza que yo que se, que mas da la matricula??? en un terreno privado que es tuyo puedes hacer con los coches lo que quieras, cuando los saques a la via ya te meteran el estaacazo

lee los comentarios de los eolianos que te han contestado que no hay mas que añadir.
pechelin está baneado por "Clon para saltarse un baneo"
Conclusión:

¿Sí en ambas?.
pechelin escribió:Conclusión:

¿Sí en ambas?.


Creo que está bastante claro que es SI la primera y NO la segunda ;)
Aver esque esta claro la primera NO PUEDE DECIRTE NADA puedes hacer lo que te salga del cipotuelo con el coche en tu casa..volteretas lo que sea..

Las normas de trafico las pone la DGT y tu CASA NO ES DE LA DGT la DGT no manda en tu casa.

Evidentemente si pones en peligro a otra persona si que podran..logico pasar a 200km hora alado de tu hermano..

Lo mismo es ponerle un cuchillo en el cuello..aunque no se lo claves..pero pones en riesgo su vida.
o se consideraria peligroso

PERO QUE YA PUEDES METERTE A CUATRO PUTAS...a bertin osborne dentro del coche...y ponerle una llama en la antena..que dentro de tu casita bonita..no te dicen na de ná
Y si por ejemplo uno tiene un terreno, y se monta una pista de karts para hacer el cabra con los amigos? Hay que sacarse alguna licencia, o al ser terreno privado básicamente puedes hacer lo que te salga de ahí?
Det_W.Somerset escribió:Y si por ejemplo uno tiene un terreno, y se monta una pista de karts para hacer el cabra con los amigos? Hay que sacarse alguna licencia, o al ser terreno privado básicamente puedes hacer lo que te salga de ahí?


Para montar en un Kart no hace falta ni carné, asi que si te quieres montar un circuito de karts en tu jardin, montatelo XD e invitame a dar unas vueltas XD

Suongo que minetars no cobres no hay problema
chakal256 está baneado del subforo por "Faltas de respeto reiteradas"
Exacto, mientras no cobres, no hay problema.
pechelin escribió:
Artículo 18.
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y
familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá
hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial,
salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial,
de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor
y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio
de sus derechos.

Yo ahora tengo un terreno PRIVADO y dentro de él estoy con un vehículo haciendo trompos, saltos, derrapes, etc... si pasa la pasma y me ve desde fuera, ¿vulneraría ése derecho?.

Yo estoy en mi casa tomando drogas y la pasma me ve desde la ventana, ¿pueden entrar y detenerme?.

En el primer caso no entra en su jurisdicción. En el segundo caso, si no hay ningún agravante como que traficas o algo asi no te pueden entrar.
Si te montas una pista de karts, o te pones a hacer la cabra en tu terreno privado y estás jodiendo a los vecinos con el ruido SI que te pueden denunciar y hacer que pares inmediatamente. Hay una cosa que se llaman actividades molestas y que están reguladas.
Por tanto, NO podemos hacer lo que nos salga de los cojones en nuestros lugares privados, porque sería un puto cachondeo.
 
Que puedes ir con el coche sin carnet en tu terreno, pues sí. Ahora, que lo conviertas en un foco de ruido de manera habitual ya puede ser diferente. Lo mismo que en una vivienda si pones la tele o la música a toda hostia.
 
Pero vamos, eso es sentido común.
 
PD: En algunos estados de USA, se considera ilegal darle por el cacas a tu mujer. O sea, que si la policía tiene indicios de que le estás petando el culo a alguien en tu casa, pueden entrar en plan SWAT y cortarte la pirula a cachitos. XD
Hombre pero eso es lógico, (lo del cacas no XD) si tu haces ruido y molestas pues algo habra que hacer, eso si la denuncia te la pondran por hacer ruido a horas que no esta permitido, no por montarte una pista de karts :P
Mox está baneado por "usar clon para saltarse baneo de subforo"
Pues tendría que mirarlo pero es posible que sí pudieran entrar a decirte que pararas, repito, solo es una suposición, en el caso que tú tengas un accidente de ti se va a hacer cargo la seguridad social (o no, pero eso en principio se da por hecho) por tanto si estás haciendo algo que esté poniendo en peligro una vida (aunque sea la tuya) es posible que pudieran entrar a pedirte que pararas.

De todas formas, este caso no solo se resuelve tomando como referencia el artículo 18, seguro que hay una regulación más específica.
Mox escribió:Pues tendría que mirarlo pero es posible que sí pudieran entrar a decirte que pararas, repito, solo es una suposición, en el caso que tú tengas un accidente de ti se va a hacer cargo la seguridad social (o no, pero eso en principio se da por hecho) por tanto si estás haciendo algo que esté poniendo en peligro una vida (aunque sea la tuya) es posible que pudieran entrar a pedirte que pararas.

De todas formas, este caso no solo se resuelve tomando como referencia el artículo 18, seguro que hay una regulación más específica.


Hombre si lo dices por no tener un seguro en el Kart, pues tampoco lo tienes cuanod vas en bici por ejemplo :P
pechelin escribió:Parece mas complicado de lo que parece.

Pechelin en cada hilo que abres decenas de foreros te aconsejan los mismo...no te rayes. Yo les haría caso. No es por tocar los cojones es porque creo que es un consejo que realmente te vendría bien.

Respecto al post, pues ya se ha comentado. Sólo hilaria más fina la situación de las drogas. Si es para autoconsumo no pasa nada de nada y si hay indicios de tráfico de drogas....lo mejor es que hubieras bajado las persianas.
Y si un tío sale desnudo por SU balcón????
maponk escribió:Y si un tío sale desnudo por SU balcón????


No pasaria nada, es mas, creo recordar que ir desnudo por la calle no es delito.
eolpxw escribió:
daniel_5 escribió:Hombre si lo dices por no tener un seguro en el Kart, pues tampoco lo tienes cuanod vas en bici por ejemplo :P

Que no tienes un seguro de bici?? ¬_¬


Pues no, sólo me faltaba eso
La libertad de cada uno acabadonde empieza la del vecino.

Tu en tu casa puedes hacer lo que quieras, pues para eso es un lugar privado, pero no puedes ni cometer actos legales "como estoy en mi casa me cargo a mi suegra, qe puedo hacerlo por que estoy en mi casa" ni hacer nada qe pueda molestar o perjudicar a otras personas "como estoy en mi casa monto una estacion de radio, aunqe eso implique quitarle la señal de television al vecino x la potencia de mi antena"

Ahora, una duda qe yo tengo (ya que estamos con leyes....) De siempre se ha dicho qe desde una hora de la mñn a una de la noche (no las se exactamente) se puede hacer todo el ruido qe uno desee. Ahora viene mi pregunta:
Un tio puede poner la musica a toda ostia en ese horario, aunqe eso implique que el vecino de abajo no pueda ni oir la tele?
Lo digo por que mi ventana da a un patio de luces, y, aunqe he tenido vecinos que han puesto la musica alta, altisima, tuve uno que nos quedamos todos flipando, x qe akello ya era pasarse. Incluso el hombre llego a reconcoer que tenia unos altavoces enormes para poner la musica a ese volumen
En ambos casos la policía podría entrar. Obviamente en el segundo estas cometiendo un delito y ya pueden entrar. Respecto al primero, en el caso de que te viesen haciendo el cabra en tal manera que ellos mismos considerasen que estas realizando una actividad que pondría seriamente en riesgo tu vida podrían intervenir, pues uno de los derechos FUNDAMENTALES es la vida a la que NO PUEDES RENUNCIAR VOLUNTARIAMENTE (al menos en España).

Respecto al supuesto que ha planteado Namco69, existe un límite que es diferente según las franjas horarias, siendo este muy extremo en las horas nocturnas. Por ello, si se demuestra que ese vecino (ha de ir una comisión oficial de no-me-acuerdo-que-organismo a dar fe de ello) está sobrepasando ese límite, se procedería a hacer efectiva la denuncia que contra él hubiera sido interpuesta.
Zenthorn escribió:En ambos casos la policía podría entrar. Obviamente en el segundo estas cometiendo un delito y ya pueden entrar. Respecto al primero, en el caso de que te viesen haciendo el cabra en tal manera que ellos mismos considerasen que estas realizando una actividad que pondría seriamente en riesgo tu vida podrían intervenir, pues uno de los derechos FUNDAMENTALES es la vida a la que NO PUEDES RENUNCIAR VOLUNTARIAMENTE (al menos en España).

Respecto al supuesto que ha planteado Namco69, existe un límite que es diferente según las franjas horarias, siendo este muy extremo en las horas nocturnas. Por ello, si se demuestra que ese vecino (ha de ir una comisión oficial de no-me-acuerdo-que-organismo a dar fe de ello) está sobrepasando ese límite, se procedería a hacer efectiva la denuncia que contra él hubiera sido interpuesta.

Lo de renunciar voluntariamente a la vida tienes razón pero es la mofa. Resulta que no tenemos DERECHO a la vida sino OBLIGACIÓN de vivirla.
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