Respecto al finiquito, lo que te toca seguro es la parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas, y la parte proporcional de las pagas extras (a no ser que te las prorrateen). Siendo principios de año no será gran cosa.
Respecto a la indemnización por despido, dependerá saber si efectivamente estás indefinido o sigues teniendo contrato de obra. Si es contrato de obra la indemnización es, según el enlace de maponk, 8 días por año mínimo, si es contrato indefinido te pagarán X días por año trabajado, (siendo X como mínimo 20 días si ellos alegan amortización del puesto de trabajo por causas económicas o de producción, y 33 si no es el caso).
Ho!