Asesoramiento finiquito

Buenos días, os voy a exponer mi caso para ver si me podéis echar un cable sobre que hacer.

Ayer martes día 13 (tiene cojones) me reunieron en su despacho mis dos jefes y me dieron la noticia de que tenían que prescindir de mí. Uno más para la empresa más grande de España…

El caso es que me gustaría saber que tipo de indemnización me corresponde.
Mi contrato es Eventual por circustancias de la producción. De seis meses prorrogable otros seis (eso pone en el contrato).

El contrato lo firmamos en septiembre de 2013, y por lo que he leído, este contrato puede pasar a indefinido si al finalizar el mismo nadie dice nada (como así ha sido).

Que mierdindemnización me correspondería? La perteneciente al contrato por producción o el de indefinido?

PD: En el contrato también pone que la indemnización es de 9 días. No sería menos de lo que marca la ley? (10 días)
maponk escribió:http://blog.mca-ugtpv.org/2010/06/02/lo-que-debes-saber-sobre-el-contrato-eventual-por-circunstancias-de-la-produccion/


Gracias por el aporte. Pero sigo con la duda [risita] No se si se ha transformado en indefinido o sigue dentro del tipo de circustancias de la producción
Siendo un contrato de septiembre de 2013 llevas más de 12 meses, es decir los 6 iniciales más los 6 de prórroga, habiendo superado estos incluso. Hasta donde yo se por un caso cercano que he tenido,si en todo ese tiempo no te han cortado el alta a la seguridad social, llevas más de 12 meses en un periodo de 18, por lo que tu contrato pasa a ser indefinido.

De todas formas consúltalo con algún sindicato o abogado laboralista y no firmes absolutamente nada hasta tenerlo todo claro.

En cuanto al tema de la indemnización desconozco que es lo que te corresponde.
¿Te han entregado algo por escrito? Sin una carta de despido no se puede decir nada, y tu obligación sería seguir acudiendo a tu puesto de trabajo normalmente.
Butters escribió:¿Te han entregado algo por escrito? Sin una carta de despido no se puede decir nada, y tu obligación sería seguir acudiendo a tu puesto de trabajo normalmente.


Me lo han dicho los dos gerentes de palabra. Tenía entendido que esto era considerado como aviso. Aunque yo les he pedido que me lo pasasen por escrito. No obstante, iré a currar todos los días hasta que lo hagan "bien"
alexsoy10 escribió:
Butters escribió:¿Te han entregado algo por escrito? Sin una carta de despido no se puede decir nada, y tu obligación sería seguir acudiendo a tu puesto de trabajo normalmente.


Me lo han dicho los dos gerentes de palabra. Tenía entendido que esto era considerado como aviso. Aunque yo les he pedido que me lo pasasen por escrito. No obstante, iré a currar todos los días hasta que lo hagan "bien"


Es que, ni se te ocurra no acudir hasta que tengas algo por escrito. Podrian alegar "abandono del puesto de trabajo" y entonces si que no ves un duro.

Si las cosas se pusieran muy feas, fueras a currar, no te dejaran currar y aun no tendrias carta de despido, llama a la policia (como lo oyes si) para que den fe, de que no te estan permitiendo el acceso a tu puesto de trabajo porque dicen que estas despedido y entonces ya si te vas a tu casa.

Ya se que esto que te cuento suena como muy fuerte, pero creeme, no es imposible, ya lo he vivido varias veces en mi epoca de enlace sindical.

Animo!
monthyp escribió:
alexsoy10 escribió:
Butters escribió:¿Te han entregado algo por escrito? Sin una carta de despido no se puede decir nada, y tu obligación sería seguir acudiendo a tu puesto de trabajo normalmente.


Me lo han dicho los dos gerentes de palabra. Tenía entendido que esto era considerado como aviso. Aunque yo les he pedido que me lo pasasen por escrito. No obstante, iré a currar todos los días hasta que lo hagan "bien"


Es que, ni se te ocurra no acudir hasta que tengas algo por escrito. Podrian alegar "abandono del puesto de trabajo" y entonces si que no ves un duro.

Si las cosas se pusieran muy feas, fueras a currar, no te dejaran currar y aun no tendrias carta de despido, llama a la policia (como lo oyes si) para que den fe, de que no te estan permitiendo el acceso a tu puesto de trabajo porque dicen que estas despedido y entonces ya si te vas a tu casa.

Ya se que esto que te cuento suena como muy fuerte, pero creeme, no es imposible, ya lo he vivido varias veces en mi epoca de enlace sindical.

Animo!


Muchas gracias por los consejos!
Respecto al finiquito, lo que te toca seguro es la parte proporcional de las vacaciones no disfrutadas, y la parte proporcional de las pagas extras (a no ser que te las prorrateen). Siendo principios de año no será gran cosa.

Respecto a la indemnización por despido, dependerá saber si efectivamente estás indefinido o sigues teniendo contrato de obra. Si es contrato de obra la indemnización es, según el enlace de maponk, 8 días por año mínimo, si es contrato indefinido te pagarán X días por año trabajado, (siendo X como mínimo 20 días si ellos alegan amortización del puesto de trabajo por causas económicas o de producción, y 33 si no es el caso).


Ho!
8 respuestas