Ataque de Perro Vs Perro

Hola ¡ Ayer por la mañana un pastor aleman que iba sin correa ni bozal , ataco a mi perro ( de 6 kgs ) . El perro lo llevaba mi padre con correa en un nucleo urbano. El pastor aleman se tiro sobre ellos y mi padre acabo en el suelo y mi perro se llevo un par de mordiscos en la parte de atras.

Una vez paso todo , mi padre y el dueño del otro perro se paso por la comisaria de la policia local y dejaron alli sus datos y luego mi padre se fue al veterinario.

Mi perro tiene una herida de colmillo en el muslo batstante profunda , y muchos arañazos y heridas de colmillo en la parte del abdomen , genitales e ingles . Le curaron las heridas y mas o menos el perro ahora esta bien , magullado , con trasquilones de pelo y tal pero parece mas o menos bien. Lo malo es que le han detectado dos desgarros internos que le han provocado dos hernias y el viernes tengo que operarlo :(

Mi pregunta es la siguiente , como debo de actuar , presento denuncia ? En caso de presentar denuncia tengo todas las de ganar ? cuanto tardara el juicio ? que me indeminzaran ? Tengo que pagar las tasas judiciales ?? Altguien sabe como funciona esto ???


Por otra parte el dueño se porto bien y fue con mi padre a la policia , con lo cual podria intentar arreglarlo con el a buenas si me paga todo el dinero de la operacion del viernes y del veterinario de ayer que fueron casi 160€ , pero la verdad es que ya es la segunda vez que sufro un ataque por parte de este perro y no se hasta que punto dejarlo pasar.

Alguien me puede iluminar con su experiencia personal ?

¿ Alguien si las operaciones de hernias perrunas son muy complicadas ? .. la verdad es que no me hace ni puta gracia que entre en quirofano :(
No se de dónde eres, pero aquí en catalunya es obligatorio que cualquier perro vaya atado, tenga seguro, censado y todas las vacunas en regla
yoijin escribió:No se de dónde eres, pero aquí en catalunya es obligatorio que cualquier perro vaya atado, tenga seguro, censado y todas las vacunas en regla


+1 Que puta manía tienen los dueños de llevar los perros como caballos sueltos bajo el pretexto "no hace nada!" hasta que lo hacen, a ver si algún día se conciencian de que aunque sean los mas buenos del mundo es obligatorio por ley llevarlos ATADOS, denuncia pero ya.
Puedes intentar hablar con el tio si tiens los datos para que te lo pague. Como es muy probable que por la sbuenas no quiera pon denuncia que ganas fijo, ya que primero el perro no llevaba correa por lo que ya es su culpa. Es un poco como los coches, si te dan un golpe y un tio no tiene seguro ya por cojones te tiene que pagar el arreglo, aunque hubiera sido tuya la culpa, pero como en tu caso ademas fue su culpa lo tienes ganado, pero intenta en un principio por las buenas
Pon denuncia si o si. Al mio le paso algo parecido y falleció por las infecciones. Ahora no está y el otro sigue suelto. Le pasó a mi padre y no denunció. Ahora se arrepiente y mucho.
yo hablaba con el dueño e iria a buenas si hubiera sido la primera vez pero como comentas que es la segunda parece ser que no aprendio del primer incidente y sigue dejando al perro suelto asi que yo denunciaria y que le toque el bolsillo la justicia y a ver si aprende de una vez
Habla con el dueño que pague todo en el veterinario y que de ahora en adelante lleve al perro atado y con bozal, los dueños que no pueden controlar a su perro debería ser mas prudentes, si no denuncia al canto.

Yo el mio que supuestamente esta catalogado como raza peligrosa lo llevo casi todo el tiempo suelto porque tengo el control total sobre el, ademas de que no es nada agresivo, aun así en los sitios donde pasa la gente lo llevo atado por si alguien le tiene miedo.
yoijin escribió:No se de dónde eres, pero aquí en catalunya es obligatorio que cualquier perro vaya atado, tenga seguro, censado y todas las vacunas en regla

¿Todo perro? ¿De cualquier tamaño?

Imagino que te refieres a seguro de responsabilidad civil, no?
jorcoval escribió:
yoijin escribió:No se de dónde eres, pero aquí en catalunya es obligatorio que cualquier perro vaya atado, tenga seguro, censado y todas las vacunas en regla

¿Todo perro? ¿De cualquier tamaño?

Imagino que te refieres a seguro de responsabilidad civil, no?


no es obligatorio pero si recomendable, aunque para los denominados dentro de las "razas peligrosas" si es obligatorio la contratación de una póliza para cubrir una indemnización no inferior a 120.000 euros
shinta_hid escribió:
jorcoval escribió:
yoijin escribió:No se de dónde eres, pero aquí en catalunya es obligatorio que cualquier perro vaya atado, tenga seguro, censado y todas las vacunas en regla

¿Todo perro? ¿De cualquier tamaño?

Imagino que te refieres a seguro de responsabilidad civil, no?


no es obligatorio pero si recomendable, aunque para los denominados dentro de las "razas peligrosas" si es obligatorio la contratación de una póliza para cubrir una indemnización no inferior a 120.000 euros

Así es en Valencia. Por eso me ha extrañado cuando ha dicho que en Cataluña es para todos los perros.
la cosa es que ese pastor aleman seguro que entra en las caracteristicas de perro potencialmente peligroso asi que deberia llevar bozal, hago un copy/paste:
RESUMEN DEL REGIMEN JURÍDICO DE TENECIA
DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS.
(REAL DECRETO 287/2002 DEL 22 DE MARZO DE 2002, QUE DESARROLLA LA LEY 50/1999 DE 23 DE DICIEMBRE)

El objetivo de este artículo es el de informarte sobre la nueva normativa de tenencia de animales potencialmente peligrosos. Este Real Decreto entra en vigor el 27 de Marzo de 2002 y desarrolla cómo se ha de cumplir la ley 50/1999 sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos. Destacaremos a continuación los puntos más importantes:

¿Qué son perros potencialmente peligrosos?

1º Los que pertenecen a las siguientes razas y sus cruces: PIT BULL TERRIER, STAFFORDSHIRE BULL TERRIER, AMERICAN STAFFORDSHIRE TERRIER, ROTTWEILER, DOGO ARGENTINO, FILA BRASILEIRO, TOSA INU Y AKITA INU.

2º Todos los perros que NO pertenezcan a las razas anteriores pero sí cumplan todas o la mayoría de las siguientes características:

Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
Marcado carácter y gran valor.
Pelo corto.
Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cm, altura a la cruz entre 50 y 70 cm y peso superior a 20 Kg.
Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta , ancha y profunda.
Cuello ancho, musculoso y corto.
Pecho macizo, ancho grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
3º Todos aquellos animales que hayan protagonizado ataques a animales o personas con anterioridad o que muestren un carácter marcadamente agresivo. Siendo certificada tal condición por un veterinario autorizado por la autoridad competente.

¿Qué condiciones o requisitos debemos reunir para poseer perros potencialmente peligrosos?

Se necesita obtener una LICENCIA ADMINISTRATIVA, otorgada por la autoridad municipal o estatal, en nuestro caso puede solicitarse en la correspondiente JUNTA DE DISTRITO a la que pertenezcamos. Y debemos cumplir los siguientes requisitos:

Ser mayor de edad. (presentando fotocopia del D.N.I.)
No presentar antecedentes penales con respecto a algunos supuestos como delitos contra la propiedad, la moral, la libertad sexual, homicidio...Para demostrarlo se debe ajuntar un certificado de penales que se obtiene en el Registro de Antecedentes Penales (calle Noviciado), y una declaración jurada de no haber sido sancionado por la presente Ley.
Disponer de capacidad física y psicológica para poseer uno de estos animales. La certificación la obtendremos en cualquier centro de reconocimientos médicos como por ejemplo los centros para la renovación del carné de conducir o permiso de armas.
Acreditación de haber suscrito un seguro de RESPONSABILIDAD CIVIL por daños a terceros por valor de 120.000 € (aprox. 20 millones de pesetas).
Una vez obtenidos todos estos permisos el Ayuntamiento nos concederá la LICENCIA PARA TENER PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Esta licencia deberá renovarse cada 5 años. Deberemos inscribir los perros potencialmente peligrosos en un registro creado a tal efecto "El registro municipal de perros potencialmente peligrosos", que nos dará una certificación acreditativa de que está inscrito en el mismo. Para inscribirlo debe llevar microchip de identificación, y un certificado veterinario demostrando que está en perfecto estado de salud, debiendo anualmente renovar este certificado (puede hacerse en la consulta).

¿Qué medidas de seguridad debemos tener si poseemos perros potencialmente peligrosos?

1.- Deberemos llevar en lugares públicos la copia de la licencia administrativa y de la inscripción en el registro de perros potencialmente peligrosos.
2.- Será obligatorio el uso del bozal, en lugares públicos. Así como el uso de correa o cadena de menos de 2 metros no extensible y no pudiéndose llevar más de un perro de este tipo por persona.
3.- Los animales potencialmente peligrosos que se encuentren en parcelas, chalets, terrazas, patios o similares deberán estar atados a no ser que se posean las pertinentes medidas de seguridad en cuanto a altura, cerramiento y superficie para proteger a las personas, o animales que se acerquen.
4.- Los criadores de estos animales deberán en todo momento disponer de las condiciones necesarias de seguridad para mantener estos animales.
5.- La sustracción o perdida de un perro potencialmente peligrosos debe notificarse por parte del titular al responsable del registro municipal de perros potencialmente peligrosos en las 48 horas posteriores a que se tenga conocimiento de estos hechos.
Dile que pregunte a su seguro de hogar, si lo tiene, si cubre al perro. Porque por lo menos el mio, me ofrecieron la cobertura extra para el perro. Cubre daños a terceros.

Como ya te han dicho, por ley el perro atadito. Y si es peligroso como ha resultado ser, con bozal.

Yo por etica, aunque me pagara todo lo que fuera y se portase super bien, denunciaría. Porque sabes, hoy a sido tu perro, pero y si mañana se le cruzan los cables de nuevo y es un niño pequeño.
shinta_hid escribió:la cosa es que ese pastor aleman seguro que entra en las caracteristicas de perro potencialmente peligroso asi que deberia llevar bozal, hago un copy/paste:
RESUMEN DEL REGIMEN JURÍDICO DE TENECIA
DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS.
(REAL DECRETO 287/2002 DEL 22 DE MARZO DE 2002, QUE DESARROLLA LA LEY 50/1999 DE 23 DE DICIEMBRE)

El objetivo de este artículo es el de informarte sobre la nueva normativa de tenencia de animales potencialmente peligrosos. Este Real Decreto entra en vigor el 27 de Marzo de 2002 y desarrolla cómo se ha de cumplir la ley 50/1999 sobre tenencia de animales potencialmente peligrosos. Destacaremos a continuación los puntos más importantes:

¿Qué son perros potencialmente peligrosos?

1º Los que pertenecen a las siguientes razas y sus cruces: PIT BULL TERRIER, STAFFORDSHIRE BULL TERRIER, AMERICAN STAFFORDSHIRE TERRIER, ROTTWEILER, DOGO ARGENTINO, FILA BRASILEIRO, TOSA INU Y AKITA INU.

2º Todos los perros que NO pertenezcan a las razas anteriores pero sí cumplan todas o la mayoría de las siguientes características:

Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
Marcado carácter y gran valor.
Pelo corto.
Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cm, altura a la cruz entre 50 y 70 cm y peso superior a 20 Kg.
Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta , ancha y profunda.
Cuello ancho, musculoso y corto.
Pecho macizo, ancho grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
3º Todos aquellos animales que hayan protagonizado ataques a animales o personas con anterioridad o que muestren un carácter marcadamente agresivo. Siendo certificada tal condición por un veterinario autorizado por la autoridad competente.

¿Qué condiciones o requisitos debemos reunir para poseer perros potencialmente peligrosos?

Se necesita obtener una LICENCIA ADMINISTRATIVA, otorgada por la autoridad municipal o estatal, en nuestro caso puede solicitarse en la correspondiente JUNTA DE DISTRITO a la que pertenezcamos. Y debemos cumplir los siguientes requisitos:

Ser mayor de edad. (presentando fotocopia del D.N.I.)
No presentar antecedentes penales con respecto a algunos supuestos como delitos contra la propiedad, la moral, la libertad sexual, homicidio...Para demostrarlo se debe ajuntar un certificado de penales que se obtiene en el Registro de Antecedentes Penales (calle Noviciado), y una declaración jurada de no haber sido sancionado por la presente Ley.
Disponer de capacidad física y psicológica para poseer uno de estos animales. La certificación la obtendremos en cualquier centro de reconocimientos médicos como por ejemplo los centros para la renovación del carné de conducir o permiso de armas.
Acreditación de haber suscrito un seguro de RESPONSABILIDAD CIVIL por daños a terceros por valor de 120.000 € (aprox. 20 millones de pesetas).
Una vez obtenidos todos estos permisos el Ayuntamiento nos concederá la LICENCIA PARA TENER PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS. Esta licencia deberá renovarse cada 5 años. Deberemos inscribir los perros potencialmente peligrosos en un registro creado a tal efecto "El registro municipal de perros potencialmente peligrosos", que nos dará una certificación acreditativa de que está inscrito en el mismo. Para inscribirlo debe llevar microchip de identificación, y un certificado veterinario demostrando que está en perfecto estado de salud, debiendo anualmente renovar este certificado (puede hacerse en la consulta).

¿Qué medidas de seguridad debemos tener si poseemos perros potencialmente peligrosos?

1.- Deberemos llevar en lugares públicos la copia de la licencia administrativa y de la inscripción en el registro de perros potencialmente peligrosos.
2.- Será obligatorio el uso del bozal, en lugares públicos. Así como el uso de correa o cadena de menos de 2 metros no extensible y no pudiéndose llevar más de un perro de este tipo por persona.
3.- Los animales potencialmente peligrosos que se encuentren en parcelas, chalets, terrazas, patios o similares deberán estar atados a no ser que se posean las pertinentes medidas de seguridad en cuanto a altura, cerramiento y superficie para proteger a las personas, o animales que se acerquen.
4.- Los criadores de estos animales deberán en todo momento disponer de las condiciones necesarias de seguridad para mantener estos animales.
5.- La sustracción o perdida de un perro potencialmente peligrosos debe notificarse por parte del titular al responsable del registro municipal de perros potencialmente peligrosos en las 48 horas posteriores a que se tenga conocimiento de estos hechos.

Tengo un pastor alemán y en teoría, no es perro peligroso
pero es que no es la primera vez que se lo hace a su perro es la segunda

jorcoval, a ver no es una raza potencialmente peligrosa pero si lees el spolier dice:

Todos los perros que NO pertenezcan a las razas anteriores pero sí cumplan todas o la mayoría de las siguientes características:

Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
Marcado carácter y gran valor.
Pelo corto.
Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cm, altura a la cruz entre 50 y 70 cm y peso superior a 20 Kg.
Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta , ancha y profunda.
Cuello ancho, musculoso y corto.
Pecho macizo, ancho grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
3º Todos aquellos animales que hayan protagonizado ataques a animales o personas con anterioridad o que muestren un carácter marcadamente agresivo. Siendo certificada tal condición por un veterinario autorizado por la autoridad competente.


asi que eso dependera de lo grande que sera tu perro, yo no tengo perro asi que no me hago idea de pesos y tal
Cumple un montón XD (pesa 35 kilos, tiene pecho enorme, aunque pelo largo, etc) pero al hacer el registro me dijeron que sólo tenían en cuenta la raza
jorcoval escribió:Cumple un montón XD (pesa 35 kilos, tiene pecho enorme, aunque pelo largo, etc) pero al hacer el registro me dijeron que sólo tenían en cuenta la raza



supongo y solo supongo que en un juicio pueden putearte
15 respuestas