Aumento de salario anual pero pago en concepto de bonus

Buenas,

En el trabajo pedí un aumento de sueldo y me dieron el ok a éste, pero me comentaron que lo pagarían cada mes como bonus. Ando un poco mosca por que tengo una serie de preguntas que aun no puedo resolver y me gustaría ir con cierto conocimiento previo antes de hablar con los superiores

- No tendré problemas con Hacienda por recibir un bonus cada mes de la misma cantidad?
- ¿Cotizará a la seguridad social?
- Si el día de mañana me quedara en paro o tuviera una baja, ¿el porcentaje a percibir de paro o baja se tendría en cuenta con este bonus también?


He leido bastantes webs pero me he acabado haciendo un lío sobre el tema de cuanto cotiza, si cotiza o no o si se ha de proratear si es un bonus que se recibe anualmente.

Agradezco mucho las respuestas sabiendo de antemano que requiere de cierto conocimiento laboral.


Por una cuestión de privacidad y cautela he decidido crearme esta cuenta para realizar la pregunta, espero que se entienda
1.- no

2.- depende de como este tipificado, normalmente, si, pagaras IRPF por el.

3.- depende de como este tipificado, normalmente, no, no te contará en la base de cotizacion para que cobres desempleo o jubilacion por el.

hace años yo trabajaba en el sector del juego (es como se llama a bingos y casinos, entre otras cosas) y percibiamos asi la parte variable de la nomina, la que correspondia a la parte de las propinas que no se quedaba la empresa y a la parte de los beneficios que compartia la empresa. y es como se suelen tipificar en nomina los pagos no regulares para satisfacer 3 elementos clave: que para el trabajador constituyan un extra y un incentivo, que para la empresa no supongan un aumento del coste de cotizacion por el empleado, y que para la entidad reguladora que recauda los impuestos, haya un aumento de lo que percibe sin que le suponga un aumento de lo que tendrá que pagar despues.

asi todos ganan... mas o menos.

a la pregunta concreta: lo mejor es que te dirijas al responsable de recursos humanos de la empresa y le hagas esta misma pregunta. y si no a el, al menos a alguien que controle en la materia. de todos modos, con mirar la cifra de BC y la de deducción de IRPF de tu nomina, tus preguntas deberian quedar aclaradas. la respuesta que he dado es generica y creo que la mas probable, pero la respuesta concreta, esta donde he indicado.
En mi caso no se llama bonus, se llama plus. Y cada vez que me suben el sueldo va a ese plus. Porque mi salario base siempre es el del convenio.

De echo se llama "plus convenio". No sé si será tu caso, pero a todos los efectos, es parte del salario.
Piriguallo escribió:En mi caso no se llama bonus, se llama plus. Y cada vez que me suben el sueldo va a ese plus. Porque mi salario base siempre es el del convenio.

De echo se llama "plus convenio". No sé si será tu caso, pero a todos los efectos, es parte del salario.


Esto me lo conozco, si es lo que pienso, se hace para no pagar los trienios.

Los trienios cuando cumples las condiciones para cobrarlos segun tu convenio, los cobras pero a su vez te restan del plus la cantidad correspondiente, y asi no cobras mas. Lo hacen muchas empresas, multinacionales incluidas, y antes de que pregunteis si, es legal segun el sindicato [facepalm]
En mi trabajo históricamente se han hecho buena parte de las subidas salariales mediante complementos en lugar de por la base, y nunca habíamos tenido problemas con ese método.

¿Qué ha pasado cuando les ha cambiado el viento? Que a la gente que cobra más de X, cada vez que tienen una subida de la base se les baja el complemento por el mismo importe y se quedan igual, y como son complementos los sindicatos lo tienen difícil para reclamar.
@Piriguallo el "plus convenio" es el concepto rata para subir artificialmente un salario bajo y que luego a la hora de las subidas del SMI van absorbiendo para que al final sigas cobrando lo mismo.
obmultimedia escribió:@Piriguallo el "plus convenio" es el concepto rata para subir artificialmente un salario bajo y que luego a la hora de las subidas del SMI van absorbiendo para que al final sigas cobrando lo mismo.


Si, eso lo sé.
GXY escribió:1.- no

2.- depende de como este tipificado, normalmente, si, pagaras IRPF por el.

3.- depende de como este tipificado, normalmente, no, no te contará en la base de cotizacion para que cobres desempleo o jubilacion por el.

hace años yo trabajaba en el sector del juego (es como se llama a bingos y casinos, entre otras cosas) y percibiamos asi la parte variable de la nomina, la que correspondia a la parte de las propinas que no se quedaba la empresa y a la parte de los beneficios que compartia la empresa. y es como se suelen tipificar en nomina los pagos no regulares para satisfacer 3 elementos clave: que para el trabajador constituyan un extra y un incentivo, que para la empresa no supongan un aumento del coste de cotizacion por el empleado, y que para la entidad reguladora que recauda los impuestos, haya un aumento de lo que percibe sin que le suponga un aumento de lo que tendrá que pagar despues.

asi todos ganan... mas o menos.

a la pregunta concreta: lo mejor es que te dirijas al responsable de recursos humanos de la empresa y le hagas esta misma pregunta. y si no a el, al menos a alguien que controle en la materia. de todos modos, con mirar la cifra de BC y la de deducción de IRPF de tu nomina, tus preguntas deberian quedar aclaradas. la respuesta que he dado es generica y creo que la mas probable, pero la respuesta concreta, esta donde he indicado.



Gracias por la respuesta @GXY, muy completa y clarificadora. Solo tengo una pregunta respecto el punto 3:

¿Qué podría hacer para que este Plus si contara para la prestación por desempleo o baja en un futuro? Mi idea es que cuando se cumpla un año entero de este contrato se replantee el cese amistoso del contrato (de ahí que me interese poder cobrar un paro mayor), y no quiero quedarme con cara de :O cuando vea que el paro me cotiza con el antiguo salario anual.

@danaang por qué comentabas que si cobraría paro o baja pese a que el concepto sería plus?

¡Gracias a @cefecoma , @Wampiro ,@Piriguallo y @obmultimedia por las respuestas también!
@PreguntaSecreta no vas a poder hacer nada salvo que pactes con la empresa que te suban el salario base absorbiendo dichos pluses pero esto no lo haran por que tendrian que hacerlo con todos los trabajadores.

Como bien digo mas arriba, estos conceptos "rata" son para camuflar salarios bajos , una vez vas al paro te llevas la sorpresa por que cobras el 80% del salario base
PreguntaSecreta escribió:Gracias por la respuesta @GXY, muy completa y clarificadora. Solo tengo una pregunta respecto el punto 3:

¿Qué podría hacer para que este Plus si contara para la prestación por desempleo o baja en un futuro?


tu? nada.

tu base de cotizacion va determinada por lo que la empresa te paga en "conceptos cotizables" y va determinado segun la legislacion vigente y la decision de la empresa.

lo unico que puedes hacer, es que cuando negocies aumentos, pidas que los aumentos vayan en el salario base, o en pluses regularizados que si aumenten la base de cotizacion... y la empresa, a la que no le importa pagarte mas mientras lo obtengan primero pero que lo que no quiere es tener que pagarle al estado mas por ti, se limpiara el culo con tu peticion y hara lo que considere dentro del marco legislativo, que les permite estas maniobras.

nos pasa a todos... o a casi todos. es parte del actual juego.
PreguntaSecreta escribió:
GXY escribió:1.- no

2.- depende de como este tipificado, normalmente, si, pagaras IRPF por el.

3.- depende de como este tipificado, normalmente, no, no te contará en la base de cotizacion para que cobres desempleo o jubilacion por el.

hace años yo trabajaba en el sector del juego (es como se llama a bingos y casinos, entre otras cosas) y percibiamos asi la parte variable de la nomina, la que correspondia a la parte de las propinas que no se quedaba la empresa y a la parte de los beneficios que compartia la empresa. y es como se suelen tipificar en nomina los pagos no regulares para satisfacer 3 elementos clave: que para el trabajador constituyan un extra y un incentivo, que para la empresa no supongan un aumento del coste de cotizacion por el empleado, y que para la entidad reguladora que recauda los impuestos, haya un aumento de lo que percibe sin que le suponga un aumento de lo que tendrá que pagar despues.

asi todos ganan... mas o menos.

a la pregunta concreta: lo mejor es que te dirijas al responsable de recursos humanos de la empresa y le hagas esta misma pregunta. y si no a el, al menos a alguien que controle en la materia. de todos modos, con mirar la cifra de BC y la de deducción de IRPF de tu nomina, tus preguntas deberian quedar aclaradas. la respuesta que he dado es generica y creo que la mas probable, pero la respuesta concreta, esta donde he indicado.



Gracias por la respuesta @GXY, muy completa y clarificadora. Solo tengo una pregunta respecto el punto 3:

¿Qué podría hacer para que este Plus si contara para la prestación por desempleo o baja en un futuro? Mi idea es que cuando se cumpla un año entero de este contrato se replantee el cese amistoso del contrato (de ahí que me interese poder cobrar un paro mayor), y no quiero quedarme con cara de :O cuando vea que el paro me cotiza con el antiguo salario anual.

@danaang por qué comentabas que si cobraría paro o baja pese a que el concepto sería plus?

¡Gracias a @cefecoma , @Wampiro ,@Piriguallo y @obmultimedia por las respuestas también!


Da igual si se llama plus, bonus, o lo que sea. Cotizá y va a la base reguladora. Y si no lo meten en la base un están defraudando a la seguridad social.

Mira tú nómina, suma todos los conceptos devengados y comprueba tu base de la seguridad social. Si coincide es que está cotizando y entonces si formará base para el paro.
Tened cuidado y no os engañéis. No todos los pluses cotizan, ni deben hacerlo. Ya te digo que si la empresa te da un plus, que legalmente esta bien que no cotice, no te lo va a cotizar by the face XD

Ahora, es como todo, hay pluses y pluses, empresas y empresas y negociaciones individuales o convenios que estipulan muchas cosas. Nosotros por convenio tenemos un plus rata que nombran por ahi, pero se negoció en la firma, que cotizara e influyera en un montón de conceptos que tenemos (mensuales, trimestrales, objetivos etc...) y así se ha estado haciendo por 9 años ya.

Para el OP del hilo, a mi me viene más la duda de que dentro de 1 año, negocias el cese amistoso ¿como lo hacéis? Porque ya si te digo que el único cese amisto que conozco es la baja voluntaria y ahi no tienes derecho al paro. Otras cosas ya si son ilegales. Lo comento sin acritud, en el sentido de que pedimos por ejemplo tu caso, que te cotice todo, pero luego creo entender que dentro de 1 año, llegarás al acuerdo para que te despidan (a 0 euros?) pero con derecho a paro, hacemos un paripe. Yo es que, no te ofendas, pero estas dobles, triples y cuádruples varas de medir, en estos temas, no me gustan nada. Pero es opinión mía.
el tema no es si se llama plus o bonus. el tema es que si esta regularizado (los que constan como tal en el estatuto de los trabajadores y otras legislaciones aplicables), si suma a la base reguladora, pero si no lo está, no suma.

y las empresas en este aspecto, tienden a poner complementos que no estan regularizados, precisamente para que no sumen a la base de cotizacion porque es el concepto en base al cual pagan al estado por el trabajador.

y hay muchas maneras de poner complementos no regularizados que son completamente legales, y que incluso los sindicatos no tienen por donde meterles mano.

la decision es de la empresa dentro del marco regulatorio, y como la empresa siempre va a elegir la opcion que mas le convenga a ella misma, va a poner complementos no regularizados.

aqui la pregunta es ¿porque el marco regulatorio establecido por el estado permite complementos no regularizados? ¿o porque no establece directamente que la base de cotizacion incluya todos los complementos que perciba el trabajador? y la respuesta es que esta hecho aposta para "beneficiar" o "perjudicar menos" al sector empresarial (y a si mismo, como pagador de prestaciones en base a dicha base de cotizacion). no olvidemos que el empresariado son los principales mecenas de los politicos, que son los que elaboran las legislaciones.
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