Ayuda con finiquito.

Mi novia deja el trabajo el martes de manera voluntaria habiendo avisado con 15 días de antelación. Me gustaría saber qué papeles tienen que darle y cuánto ha de cobrar, ya que los jefes son un poco hijos de puta y creo que la van a ratear.

Lo de los papeles no lo se, pero el dinero lo tengo más o menos claro. Creo que lo que tiene que cobrar es lo siguiente:

- Lo que lleva de mes trabajado.
- Las horas extras del mes.
- Las comisiones del mes.
- La parte proporcional de la paga extra de junio.

¿Me falta algo?

Otra cosa, ¿cuándo y cómo le deben pagar? ¿Ingreso en cuenta? ¿Talón? ¿Dinero en mano (supongo que no, eso sería negro)? Si es ingreso en cuenta, ¿debe esperar a que sea efectivo para firmar el finiquito?

Help pliz.
Mis finiquitos eran asi y depende de lo que me quite hacienda.

Y todos via Cheque.
Yo trabajé un año de aprendiz. Cuando terminó el contrato el gestor me dijo que solo me dan finiquito si me despiden sin razón aparente. Y bueno, no me dieron finiquito, ni paro, ni nada... La ayuda que me queda solo me da para un mes.

Viva españa!
Dym escribió:Yo trabajé un año de aprendiz. Cuando terminó el contrato el gestor me dijo que solo me dan finiquito si me despiden sin razón aparente. Y bueno, no me dieron finiquito, ni paro, ni nada... La ayuda que me queda solo me da para un mes.

Viva españa!
No digo que le den dinero por finiquito, pero aunque no le paguen por dejar el trabajo tendrá que firmarlo para decir que está conforme con las condiciones en las que se ha terminado la relación laboral, ¿no?
Johny27 escribió:Mi novia deja el trabajo el martes de manera voluntaria habiendo avisado con 15 días de antelación. Me gustaría saber qué papeles tienen que darle y cuánto ha de cobrar, ya que los jefes son un poco hijos de puta y creo que la van a ratear.

Lo de los papeles no lo se, pero el dinero lo tengo más o menos claro. Creo que lo que tiene que cobrar es lo siguiente:

- Lo que lleva de mes trabajado.
- Las horas extras del mes.
- Las comisiones del mes.
- La parte proporcional de la paga extra de junio.

¿Me falta algo?

Otra cosa, ¿cuándo y cómo le deben pagar? ¿Ingreso en cuenta? ¿Talón? ¿Dinero en mano (supongo que no, eso sería negro)? Si es ingreso en cuenta, ¿debe esperar a que sea efectivo para firmar el finiquito?

Help pliz.


Lo que le deben de pagar es eso, y cuando, pues se supone que ella podría pedirles para el día que se va, ya que como ha avisado, tienen tiempo de prepararlo. Aunque como en muchas empresas eso se lleva a final de mes o a día X, por no tocar la moral pues les dejas unos días mas hasta que toque, y normalmente es en cheque. Ella irá, le enseñarán lo que corresponde y unos papeles para firmar. Si no está de acuerdo, que NUNCA firme. Si firmas das por finalizado cualquier asunto con la empresa, así que a la más mínima señal de que le intentan tangar, que le expliquen todo.

Papeles... le darán para firmar el del finiquito, y a ella le darán la nómina y algún papel mas que ahora no recuerdo XD
El finiquito te lo dan en un cheque. En caso de indemnizacion se lo ingresarian en CC, aunque no es el caso por que es baja voluntaria.

Creo que tambien le corresponde cobrar, la parte proporcional a las vacaciones ganadas, lo que puede que se lo cuenten como paga extra de julio-agosto

Y le haran firmar un papel, en el que pone todo eso. Que se lo lea bien, por que suele ser solo una hoja, y sin letra pequeña. Pero que sobretodo, se fije que este todo correcto, y si no es asi, puede firmar como "NO CONFORME" , pero que tambien, muy importante, la fecha que ponga la hoja, sea la del dia de la firma, ya que existen, si mal no recuerdo, 15 dias para recurrir ante un juez, y aveces intentar colar una fecha de hace 10 dias, para que no te de tiempo. Ojito, ok?

Por lo demás, siendo baja voluntaria, no deberia haber problema. Y yo en su lugar, no firmaria hasta tener el cheque en mano, por que en los papeles, suele poner "he recibido.."

enga, ya diras como ha ido
Mira jony que ella lleve todas las cantidades calculadas y que lo aclare a ellos diciendole he ido a UGT y he calculado esto,para que se medio acojonen.
Ya nos contaras si se la hacen.
Vayamos por partes.

Vamos a suponer que tu novia ha entregado una carta de baja voluntaria correctamente, esto es, una carta en la que indica que se va por su propia voluntad por las razones que sean, que según el convenio al que pertenece da los días de preaviso que correspondan, que se indique claramente qué día se presenta la carta y qué día se hará efectiva el día de baja en la empresa y, muy importante, que tiene una copia de esa carta firmada y/o sellada por la empresa.

Le corresponde cobrar:
  • La nómina del mes en curso donde cobre todos los días trabajados hasta la baja efectiva, más las horas extras demostrables, más las comisiones demostrables.
  • El finiquito, que se compone de la parte proporcional de pagas extras generadas hasta el día de baja y no cobradas, más los días de vacaciones generados desde el 1 de enero hasta el día de baja y no disfrutados.
Al irse por baja voluntaria, a lo que pierde derecho es a cobrar una INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO, que no tiene nada que ver con el finiquito, y también a pedir prestación por desempleo.

Lo ideal es que el último día de trabajo le tengan preparado el finiquito y el certificado de empresa, aunque muchas veces tardan algún día más; si quiere dejar puertas abiertas en esa empresa les puede dar un pequeño margen de días, dejando claro que lo necesita cuanto antes, puesto que es su dinero. Si le da igual quedar bien o mal que el lunes se lo recuerde a los jefes.

Modo de proceder cuando le den el finiquito:
  • Le tienen que dar una nómina de finiquito donde se indique claramente los conceptos que le pagan con sus correspondientes cantidades (tanto por prorrata de pagas, tanto por vacaciones no disfrutadas).
  • Le tienen que dar la nómina del mes de marzo hasta el día de baja como supongo que se la entreguen todos los meses.
  • Si le dan la pasta en mano, ya sea con un cheque nominal o en un sobre con billetes, o en una bolsa con el símbolo del dólar llena de monedas, eso da igual, siempre que lo que le entreguen coincida con la suma de las cantidades que figuren en las nóminas, puede firmar tranquilamente.
  • Si las cantidades que indican las nóminas no le parecen correctas, pero le dan la pasta que pone en los papeles firma poniendo al lado no conforme, y que se lleve la pasta.
  • Si no le dan la pasta en mano, con cheque o físicamente, o lo que le dan está por debajo de lo que pone en los papeles, entonces que NO firme.
  • Si le dicen que le pagan con ingreso bancario, entonces que se espere a ver la pasta en su cuenta corriente, y procedemos del modo anterior.
  • Una vez firmadas las nóminas, para lo único que sirve esa firma es para reconocer que ha recibido las cantidades que ponen en ellas, ya que las nóminas no son más que un recibo de salarios, es decir, un justificante de que has cobrado.
  • Si las cantidades no están correctamente calculadas, tienes hasta UN AÑO para reclamar vía UMAC que te paguen lo que te deben.

PD1: Cuidado con los días de preaviso, ya que en algunos convenios, y según el puesto de trabajo, pueden ser más de quince.
PD2: Si lleva en la empresa más de un año, y según lo que diga su convenio, puede que le compense pedir excedencia voluntaria, que nunca se sabe lo que puede pasar en el futuro.
Butters escribió:Vayamos por partes.

Vamos a suponer que tu novia ha entregado una carta de baja voluntaria correctamente, esto es, una carta en la que indica que se va por su propia voluntad por las razones que sean, que según el convenio al que pertenece da los días de preaviso que correspondan, que se indique claramente qué día se presenta la carta y qué día se hará efectiva el día de baja en la empresa y, muy importante, que tiene una copia de esa carta firmada y/o sellada por la empresa.

Le corresponde cobrar:
  • La nómina del mes en curso donde cobre todos los días trabajados hasta la baja efectiva, más las horas extras demostrables, más las comisiones demostrables.
  • El finiquito, que se compone de la parte proporcional de pagas extras generadas hasta el día de baja y no cobradas, más los días de vacaciones generados desde el 1 de enero hasta el día de baja y no disfrutados.
Al irse por baja voluntaria, a lo que pierde derecho es a cobrar una INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO, que no tiene nada que ver con el finiquito, y también a pedir prestación por desempleo.

Lo ideal es que el último día de trabajo le tengan preparado el finiquito y el certificado de empresa, aunque muchas veces tardan algún día más; si quiere dejar puertas abiertas en esa empresa les puede dar un pequeño margen de días, dejando claro que lo necesita cuanto antes, puesto que es su dinero. Si le da igual quedar bien o mal que el lunes se lo recuerde a los jefes.

Modo de proceder cuando le den el finiquito:
  • Le tienen que dar una nómina de finiquito donde se indique claramente los conceptos que le pagan con sus correspondientes cantidades (tanto por prorrata de pagas, tanto por vacaciones no disfrutadas).
  • Le tienen que dar la nómina del mes de marzo hasta el día de baja como supongo que se la entreguen todos los meses.
  • Si le dan la pasta en mano, ya sea con un cheque nominal o en un sobre con billetes, o en una bolsa con el símbolo del dólar llena de monedas, eso da igual, siempre que lo que le entreguen coincida con la suma de las cantidades que figuren en las nóminas, puede firmar tranquilamente.
  • Si las cantidades que indican las nóminas no le parecen correctas, pero le dan la pasta que pone en los papeles firma poniendo al lado no conforme, y que se lleve la pasta.
  • Si no le dan la pasta en mano, con cheque o físicamente, o lo que le dan está por debajo de lo que pone en los papeles, entonces que NO firme.
  • Si le dicen que le pagan con ingreso bancario, entonces que se espere a ver la pasta en su cuenta corriente, y procedemos del modo anterior.
  • Una vez firmadas las nóminas, para lo único que sirve esa firma es para reconocer que ha recibido las cantidades que ponen en ellas, ya que las nóminas no son más que un recibo de salarios, es decir, un justificante de que has cobrado.
  • Si las cantidades no están correctamente calculadas, tienes hasta UN AÑO para reclamar vía UMAC que te paguen lo que te deben.
PD1: Cuidado con los días de preaviso, ya que en algunos convenios, y según el puesto de trabajo, pueden ser más de quince.
PD2: Si lleva en la empresa más de un año, y según lo que diga su convenio, puede que le compense pedir excedencia voluntaria, que nunca se sabe lo que puede pasar en el futuro.
Muchas gracias.
Johny27 escribió:Muchas gracias.


Sólo apuntarte que si se va por decisión propia no tiene derecho a pedir prestación por desempleo, pero sigue siendo importante que la empresa le entregue el certificado de empresa, que es un papelito donde se indican las bases por las que ha cotizado el trabajador los últimos 180 días en la empresa, ya que si en el futuro trabaja en otro sitio, y después puede pedir prestación por desempleo, le pueden pedir ese certificado en el INEM.

Si tienes más dudas, ponlo por aquí o en el hilo que tengo en la firma, y te contestaré lo más pronto posible.
Butters escribió:
Sólo apuntarte que si se va por decisión propia no tiene derecho a pedir prestación por desempleo, pero sigue siendo importante que la empresa le entregue el certificado de empresa, que es un papelito donde se indican las bases por las que ha cotizado el trabajador los últimos 180 días en la empresa, ya que si en el futuro trabaja en otro sitio, y después puede pedir prestación por desempleo, le pueden pedir ese certificado en el INEM.
Me han dicho que también ha de pedir el TSnoseque o TCnosequé, ¿no?
Los papeles que le tienen que dar son necesarios en caso de que vaya a pedir prestación por desempleo (cobrar el paro). Si el caso de tu novia fuera que la despidieran o que no le renovaran el contrato los necesitaría cuanto antes, ya que disponde de quince días hábiles para arreglar los papeles.

Como es ella la que se va de forma voluntaria ya no le corren tanta prisa, en principio, pero es bueno que los tenga en su poder.

El más importante es el certificado de empresa, que es una hoja donde vienen sus datos, los de la empresa, el motivo por el que se ha finalizado el contrato, y una tabla desglosada por meses naturales, donde se indican las bases de cotizaciones por contingencias comunes de los últimos 180 días aportadas por el trabajador.

Sumando esas bases, y dividiendo por 180, tendrás la base diaria por la que se le calcularía cuánto cobrar de paro.

El otro papel que le tendrían que dar (fotocopia sellada de los TC-2 de los últimos 180 días), ya es muy raro que exista físicamente, puesto que prácticamente todas las empresas envían estos datos por internet a la Seguridad Social, y ya no te lo suelen pedir en el INEM.
Necesito ayuda de nuevo.

Mi novia termina (en la práctica) mañana de trabajar, pero en realidad está contratada hasta el lunes 24, solo que le quedan 2 días de vacaciones y mañana será el último día que va.

Hoy ha ido a decirle al jefe que mañana le tenga preparados los papeles y le ha dicho que no, que como minimo el lunes que es cuando termina el contrato, aún habiendole avisado con tiempo que los quería mañana martes porque el lunes ya está en Valencia, y también le ha dicho que si los tiene más tarde que eso es lo que hay, que no es su problema.

¿Quién lleva razón? ¿Ha de plantarse y exigirlos mañana? Ella entregó carta de dimisión hace más de 15 días.
Johnny, mucho me temo que tiene razón el jefe de tu novia.
La empresa no puede hacerte unos papeles que puede que luego tengan que ser modificados.
Imagina que, por lo que sea, esperemos que no, tu novia se quede de baja este fin de semana largo. Entonces cambiaría la nómina de marzo, con lo que cambiarían las bases de cotización, con lo que te tendrían que hacer un certificado de empresa nuevo, ellos tendrían que modificar el TC-2 que tienen que presentar a la Seguridad Social, el Modelo 110 que tienen que presentar en Hacienda...
Butters escribió:Johnny, mucho me temo que tiene razón el jefe de tu novia.
La empresa no puede hacerte unos papeles que puede que luego tengan que ser modificados.
Imagina que, por lo que sea, esperemos que no, tu novia se quede de baja este fin de semana largo.
¿Qué más da que esté de baja o no? El miércoles lo tiene de vacaciones, es fiesta local jueves, viernes, la empresa no abre los sábados y domingos, y el lunes ya no tiene que ir.

Entonces cambiaría la nómina de marzo, con lo que cambiarían las bases de cotización, con lo que te tendrían que hacer un certificado de empresa nuevo, ellos tendrían que modificar el TC-2 que tienen que presentar a la Seguridad Social, el Modelo 110 que tienen que presentar en Hacienda...
No entiendo por qué cambiaría nada, si ella mañana deja la empresa y no va a volver nunca más por muy mala que se ponga.

Además, si no podía, ¿para qué dijo el jueves cuando le volvió a avisar que no había ningún problema?
No sé si el jefe de tu novia lleva los temas laborales personalmente, supongo que no, no es muy habitual, y quien se encargue de ello le habrá puesto al día.

La empresa no está obligada a darte los papeles antes de la fecha de finalización del contrato, aunque tú hayas comunicado que te vas con antelación.

Voy a ponerte un ejemplo que espero que no suceda:
Ahora viene la Semana Santa, con lo que tenéis ahí cuatro días de vacaciones, y decidís iros a esquiar a Andorra.
El domingo tu novia se cae y se parte una pierna y se tiene que operar, con lo que pudiera estar de baja seis o siete meses.
Entonces, la empresa de Valencia que la iba a contratar se lo replantea y decide "pasar" de ella.
Tu novia acaba contrato el lunes con su empresa actual y presenta parte de baja por accidente no laboral del domingo.
Pues entonces, domingo y lunes ya no cobraría igual que si no estuviera de baja, sino el 75% de su base reguladora, y la empresa tendría que tramitar ese pago con la Seguridad Social.
En este caso, a tu novia le interesa presentar esa baja, ya que seguiría cobrando de la Seguridad Social hasta que le dieran el alta.

PD: Seguro que hay muchos más ejemplos menos drásticos para tu novia, pero no se me ocurren ahora mismo. Mil perdones.
Butters escribió:La empresa no está obligada a darte los papeles antes de la fecha de finalización del contrato, aunque tú hayas comunicado que te vas con antelación.
¿Ni cuando le han confirmado varias veces que sí? Ella se va a tener que gastar 200 euros en venir por la mentira del jefe, ¿hay alguna manera de que se los reembolse? Todo ha sido culpa de él.


El domingo tu novia se cae y se parte una pierna y se tiene que operar, con lo que pudiera estar de baja seis o siete meses.
Entonces, la empresa de Valencia que la iba a contratar se lo replantea y decide "pasar" de ella.
Ella ya está contratada, hace 3 semanas que firmó el contrato.
Johny27 escribió:¿Ni cuando le han confirmado varias veces que sí? Ella se va a tener que gastar 200 euros en venir por la mentira del jefe, ¿hay alguna manera de que se los reembolse? Todo ha sido culpa de él.


Las palabras se las lleva el viento, Johny. No sé la intención del jefe, pero creo que prometió cosas sin saber de lo que hablaba, y cuando se enteró lo que está haciendo es lavarse las manos.

De todas formas, el finiquito y el certificado de empresa seguirán ahí dentro de un mes y dentro de dos, si no le es muy urgente cobrarlo, puede aprovechar un viaje de vuelta para acercarse a la empresa y firmar.

También puede hablar con el jefe y que le ingresen la pasta, aunque probablemente se nieguen.
a mi me ha pasado algo muy curioso y tambien necesito ayuda.
La cosa es que yo el mes pasado trabaje como autonomo. Este mes cuando he ido a cobrar ahi tenia mi factura, mi contrato de baja y mi cheque.
Miro la factura y me faltan 200 euros, le pongo no conforme y firmo.
Miro el contrato de baja o "finiquito" y veo la clausula esa que si firmo doy conformidad a lo que me han pagado y evidentemente no la firmo.
Rapidamente me retiran el cheque de la mesa y me dicen alegremente que o firmo que estoy conforme con lo que me han dado o no me van a pagar nunca.
Yo les digo que el cheque me lo llevo ya porque es mio y que si me deben mas y un juez asi lo dictamina que me daran el resto y si no pues no, pero ellos en las suyas que o firmo o no me pagan.
que puedo hacer?
18 respuestas