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nayru2000 escribió:Hola,
He comprado una DS Lite en un centro GAME ayer y resulta que hoy me han dejado algun juego, al ponerlo me doi cuenta de que tengo un pixel muerto, he llamado para ver si me la podrian cambiar y me dicen que ha de tener 7 pixeles
Asi pues, no estoy satisfecho con la compra, no quiero una Lite con un pixel muerto ¿podria devolverla alegando que no es lo que quiero?
Gracias!!
PD: Es urgente porque mañana me marcho de viaje y no tengo mucho tiempo la verdad
nayru2000 escribió:Bueno,
Me he presentado alli en persona y por lo visto ha sido cosa de la dependienta, el encargado no me ha puesto ningun tipo de pega. Iba dispuesto a que me dieran un vale o algo, pero no ha hecho falta
Gracias EOLianos!!
PD: A Chapar el hilo!!
nayru2000 escribió:Asi pues, no estoy satisfecho con la compra, no quiero una Lite con un pixel muerto.
¿podria devolverla alegando que no es lo que quiero?
nayru2000 escribió:Bueno,
Me he presentado alli en persona y por lo visto ha sido cosa de la dependienta, el encargado no me ha puesto ningun tipo de pega. Iba dispuesto a que me dieran un vale o algo, pero no ha hecho falta
Gracias EOLianos!!
PD: A Chapar el hilo!!
No tengo el gusto de conocerla todavía... ¿tan grandes las tiene?orly yarly escribió:era en el game de Gijón? era la de las tetas grandes? que puta joder
orly yarly escribió:
era en el game de Gijón? era la de las tetas grandes? que puta joder
orly yarly escribió:era en el game de Gijón? era la de las tetas grandes? que puta joder
nayru2000 escribió:
En GAME Gijon pregunte que con cuantos pixels podia cambiar una DS recien comprada, me dijeron que 1, 2.... segun, que si tenia suerte con el encargado que con 1 igual me la cambiaba. Por cierto, la tia del GAME Gijon esta que...
Por otro lado la compre en Parque Principado, tuve que ir alli y el encargado me dijo que sin ningun tipo de problema.
Os recomiendo a todos pasaros por el GAME de Gijon
raistlin_wizard escribió:
el de los fresnos, no ? porque si es asi, la semana que viene me paso por alli (para aprovechar el viaje y eso )
Diskun escribió:No tengo el gusto de conocerla todavía... ¿tan grandes las tiene?
Grande, muy grande [qmparto][qmparto][qmparto]orly yarly escribió:enormes, está tremenda xD
yo lo tengo, organicemos una macro quedada todos los asturianos para ir de peregrinación al game de Gijón y sacarle fotos a chorba
videojuegos + tia buena = lo más parecido a un E3 que cataremos en nuestra puta vida xDD
orly yarly escribió:videojuegos + tia buena = lo más parecido a un E3 que cataremos en nuestra puta vida xDD
orly yarly escribió:yo lo tengo
David Ricardo escribió:Un detalle:
Por ley tenemos derecho a devolver cualquier producto dentro de los 15 días posteriores a su compra en caso de no estar satisfechos con él.
En la tienda que te digan lo que quieran, pero durante los primeros 15 días tienen que tragarse la consola con 0,1,2... o los píxeles muertos que sean.
Un saludo
Artículo 11
1. El régimen de comprobación, reclamación, garantía y posibilidad de renuncia o devolución que se establezca en los contratos, deberá permitir que el consumidor o usuario se asegure de la naturaleza, características, condiciones y utilidad o finalidad del producto o servicio; pueda reclamar con eficacia en caso de error, defecto o deterioro; pueda hacer efectivas las garantías de calidad o nivel de prestación, y obtener la devolución equitativa del precio de mercado del producto o servicio, total o parcialmente, en caso de incumplimiento.
2. En relación con los bienes de naturaleza duradera, el productor o suministrador deberá entregar una garantía que, formalizada por escrito, expresará necesariamente:
a) El objeto sobre el que recaiga la garantía.
b) El garante.
c) El titular de la garantía.
d) Los derechos del titular de la garantía.
e) El plazo de duración de la garantía.
3. Durante el período de vigencia de la garantía, el titular de la misma tendrá derecho como mínimo a:
a) La reparación totalmente gratuita de los vicios o defectos originarios y de los daños y perjuicios por ellos ocasionados.
b) En los supuestos en que la reparación efectuada no fuera satisfactoria y el objeto no revistiese las condiciones óptimas para cumplir el uso a que estuviese destinado, el titular de la garantía tendrá derecho a la sustitución del objeto adquirido por otro de idénticas características o a la devolución del precio pagado.
4. Queda prohibido incrementar los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones y cargar por mano de obra, traslado o visita cantidades superiores a los costes medios estimados en cada sector, debiendo diferenciarse en la factura los distintos conceptos. La lista de precios de los repuestos deberá estar a disposición del público.
5. En los bienes de naturaleza duradera, el consumidor o usuario tendrá derecho a un adecuado servicio técnico y a la existencia de repuestos durante un plazo determinado.
David Ricardo escribió:Pues el artículo 4 de la ley 7/1996 estipula 7 días hábiles para la devolución sin justificación, pero me extraña muchísimo que en todos lados te den 15. Igual hay un reglamento autonómico que extienda esta posibilidad hasta los 15 días...
Edit: cito para mayor claridad->
"Artículo 44. Derecho de desistimiento.
1. El comprador dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para desistir del contrato sin penalización alguna y sin indicación de los motivos. Será la ley del lugar donde se ha entregado el bien la que determine qué días han de tenerse por hábiles.
2. El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho.
3. El derecho de desistimiento no puede implicar la imposición de penalidad alguna, si bien podrá exigirse al comprador que se haga cargo del coste directo de devolución del producto al vendedor."
etc...
http://civil.udg.es/normacivil/esta...tract/L7-96.htm
David Ricardo escribió:Pues el artículo 4 de la ley 7/1996 estipula 7 días hábiles para la devolución sin justificación, pero me extraña muchísimo que en todos lados te den 15. Igual hay un reglamento autonómico que extienda esta posibilidad hasta los 15 días...
Edit: cito para mayor claridad->
"Artículo 44. Derecho de desistimiento.
1. El comprador dispondrá de un plazo mínimo de siete días hábiles para desistir del contrato sin penalización alguna y sin indicación de los motivos. Será la ley del lugar donde se ha entregado el bien la que determine qué días han de tenerse por hábiles.
2. El ejercicio del derecho de desistimiento no estará sujeto a formalidad alguna, bastando que se acredite en cualquier forma admitida en derecho.
3. El derecho de desistimiento no puede implicar la imposición de penalidad alguna, si bien podrá exigirse al comprador que se haga cargo del coste directo de devolución del producto al vendedor."
etc...
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/L7-96.htm
La ley contempla que SÓLO en los 6 primeros meses tras la compra, se da por su supuesto que la falta de conformidad con el producto ya existía cuando se adquirió, por lo que el consumidor puede exigir hacer uso de su derecho a la garantía (y elegir entre la reparación y la sustitución del bien) automáticamente. Sin embargo, pasados esos 6 meses, el consumidor deberá demostrar que el defecto era de origen y no se ha debido a un mal uso.
SeeknDeStRoY escribió:Ni 15 dias, ni 7 ni gaitas, segun la Ley de Garantias sobre los bienes de consumo, durante los 6 primeros meses, el comprador puede exigir el cambio o devolucion del producto siempre que este se encuentre en el mismo estado en el que se encontraba al comprarlo, alegando "falta de conformidad" con el producto comprado.
http://www.ceaccu.org/ley_garantias_bienes_consumo.htm
Y cito
Saludetes
Stapleton escribió:
Creo que no has entendido el significado de lo que has citado...
Además, tampoco dicen que puedes devolver el producto, sino que te lo reparan o cambian por otro. Ni mencionan nada de que el producto se encuentre en el mismo estado en el que se encontraba al comprarlo. Sería mejor que releyeras el texto
Saludos.
TIEMPO PARA EXIGIR RESPONSABILIDAD AL VENDEDOR:
El vendedor responde de las faltas de
conformidad que se manifiesten en un plazo de
dos (2) años desde la entrega del bien. No
obstante:
Si la falta de conformidad se manifiesta durante los seis (6) primeros meses desde la entrega de la cosa, se presume que dicha falta de conformidad existía cuando se entregó aquella.
A partir del sexto mes, el consumidor deberá demostrar que la falta de conformidad existía en el momento de la entrega del bien.
En caso de falta de conformidad del bien con el
contrato, el consumidor puede optar, a su
elección, entre:
La reparación del bien o su sustitución, salvo que ello resulte imposible o desproporcionado.
Si la reparación o sustitución no son posibles o son desproporcionadas, el consumidor podrá optar por una rebaja adecuada en el precio o por la resolución del contrato, con
devolución del precio.
El consumidor no podrá exigir la sustitución cuando se trate de bienes de segunda mano o bienes de imposible sustitución por otros similares.
La ley contempla que SÓLO en los 6 primeros meses tras la compra, se da por su supuesto que la falta de conformidad con el producto ya existía cuando se adquirió, por lo que el consumidor puede exigir hacer uso de su derecho a la garantía (y elegir entre la reparación y la sustitución del bien) automáticamente. Sin embargo, pasados esos 6 meses, el consumidor deberá demostrar que el defecto era de origen y no se ha debido a un mal uso.
arcard escribió:
es lo gracioso de los que van de listos citando leyes que ni siquiera se molestan en leer , CLARAMENTE dice que en ese periodo et lo tienen que reparar o cambiar NUNCA devolver el dinero, para lo cual tienes dependiendo lo que se publique 7 o 15 dias, para la proxima vez al menos trata de entender la ley antes de citarla
arcard escribió:solo puedo decirte que el que se pica ajos come, la ley es clara en ese sentido, reparacion o sustitucion nada devolver la pasta (mas que nada porque SIEMPRE se podra reparar en el servicio tecnico siempre y cuando no sea por rotura por mal uso en cuyo caso pierdes toda garantia, asi que cualquier reparacion la hace el servicio tecnico, otra cosa es lo que tarden, o si tienes suerte te cambian la consola directamente, algo que, que yo sepa solo pasa en los GAME y no en todos), la pasta solo se devuelve los 15 primeros dias y solo si llevas TODO lo que llevaba el aparato el primer dia, es decir instrucciones incluidas.
en fin, que la cosa es que citaste mal la ley, la entendiste mal o lo que sea, ahora no vengas diciendo que los demas vamos de listillos cuando el que te colaste hasta atras fuiste tu y no yo, yo solo puntualice eso igual que otros foreros a los que no te refieres que incluso respondieron antes que yo.... asi que si no eres capaz de reconocer tu error y prefieres escudarte en que los demas vamos de listillos, pues ale majete sigue leyendo leyes y sigue entendiendolas asi que bien
y el que ha entrado llamando cosas a la gente, pues tambien has sido tu, y si no lee tu post
SeeknDeStRoY escribió:Es decir, tienes 6 meses para afirmar que hay falta de conformidad con el producto comprado, y por tanto exigir su cambio/reparacion/devolucion (esta ultima en caso de que no se pudiera algunas de las otras dos) de manera directa.
Te lo digo xq ya tuve un problema con una grafica que fallo y petó a llos 5 meses de comprada, y no queria q la mandaran a reparar sino comprar otra (habian bajado de precio) y a la vista de la modificación de la ley de garantias de consumo (a ver si encuentro la fecha en que entró en vigor), y que incluye los textos que cito, no tuvieron mas remedio que devolverme el importe integro.
Otra cosa es que en las tiendas te cuenten lo que a ellos les interese contarte...
Ni 15 dias, ni 7 ni gaitas, segun la Ley de Garantias sobre los bienes de consumo, durante los 6 primeros meses, el comprador puede exigir el cambio o devolucion del producto siempre que este se encuentre en el mismo estado en el que se encontraba al comprarlo, alegando "falta de conformidad" con el producto comprado.